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33 becas de formación en Biblioteconomía para el período 2024-2025 - Galicia

Establecer las bases reguladoras que regirán la convocatoria de becas de formación en biblioteconomía mediante la formación apoyada por tutores en diversos centros bibliotecarios, así como convocarlas para los años 2024 y 2025.

Primero. Objeto

Establecer las bases reguladoras que regirán la convocatoria de becas de formación en biblioteconomía mediante la formación apoyada por tutores en diversos centros bibliotecarios, así como convocarlas para los años 2024 y 2025.

Segundo. Beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias las personas solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:

a) Poseer una titulación universitaria de grado en Biblioteconomía y Documentación; Información y Documentación; Historia; Historia del Arte; Filología; Lengua y Literatura; Ciencias de la Cultura y Difusión Cultural; o Humanidades.

Se entenderán equivalentes a las titulaciones señaladas las licenciaturas o diplomaturas correspondientes, así como aquellas titulaciones mixtas que las incluyan.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. No podrán ser beneficiarias de esta ayuda:

a) Las personas que desempeñen un empleo remunerado o disfruten de otra beca remunerada con fondos públicos, sin perjuicio de lo señalado en el párrafo segundo del punto 3 de este artículo.

b) Las personas que hubiesen ocupado un puesto de trabajo como técnico bibliotecario durante más de un año.

c) Las personas que se hayan beneficiado anteriormente de estas mismas becas durante un período superior a los seis meses.

d) Quien, siendo adjudicatario de esta misma beca en una convocatoria anterior, no se hubiera incorporado al centro de destino o hubiera renunciado a ella, después de iniciado el período de vigencia, sin causa debidamente justificada. Se considera justificada la renuncia cuando se deba a la obtención de otra beca o empleo incompatible con aquella.

e) Aquellas personas que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, o en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. La concesión de la beca será incompatible con cualquier otra beca que suponga remuneración directa o ayuda financiada con fondos públicos.

También será incompatible con el desempeño de un empleo remunerado, excepto los que tengan carácter esporádico con una duración acumulada inferior a dos meses durante el período de duración de la beca, siempre que ello no afecte a la actividad habitual en el ejercicio de esta.

Tercero. Características de las becas

1. El número total de becas convocadas es de treinta y tres (33), que se desarrollarán en los centros siguientes:

Centro de destino

Número de becas

Biblioteca de Galicia

7

Biblioteca Pública de Santiago de Compostela Ánxel Casal

4

Biblioteca Pública de A Coruña Miguel González Garcés

4

Biblioteca Pública de Lugo

4

Biblioteca Pública de Ourense Nós

4

Biblioteca Pública de Pontevedra Antonio Odriozola

4

Biblioteca Pública de Vigo Juan Compañel

5

Biblioteca Pública Municipal de Ferrol (Central)

1

2. Las becas darán comienzo dentro del plazo que se establezca en la resolución de concesión, no antes de 1 de junio de 2024, y finalizarán el 31 de julio de 2025. Tendrán una duración máxima de catorce meses y 2.065 horas lectivas. Las jornadas formativas se acomodarán al horario de la biblioteca de destino sin que puedan exceder de las 7 horas diarias ni 35 semanales.

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