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Técnico de Gestión Servicio de Documentación, Museo Nacional del Prado (Madrid)

1 Plaza, Acceso Libre, Concurso Oposición, Subgrupo A2, 14-12-2012

 

Apertura de plazo
  • Requisitos académicos: Titulación Universitaria de Grado Medio. Será válido el Título  universitario obtenido en cualquier país de la Unión Europea.
  • Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 03-01-2013
  • Bases de la convocatoria
  • Foro de la convocatoria
  • Información Oficial

    Bases de la convocatoria

    Normas generales

    1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 1 plaza de la categoría de Técnico de

    Gestión con destino en el Servicio de Documentación, grupo profesional 1,

    nivel 2, por el sistema general de acceso libre.

    1.2. La descripción de las plazas se detalla en el Anexo I de esta convocatoria.

    1.3. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición,

    con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los

    Anexos II y III.

    1.4. La fase de oposición será previa y eliminatoria. En el caso de superar la fase

    de oposición, al los puntos obtenidos se sumarán los obtenidos en la fase de

    concurso.

    1.5. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

    La fase de oposición se iniciará a partir del mes de febrero de 2013. La

    duración máxima del proceso selectivo será de seis meses, contados a partir

    de la fecha de realización del primer ejercicio.

    1.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que

    hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el

    número de plazas convocadas, serán contratados con carácter fijo.

    Requisitos de los candidatos

    2.1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes

    deberán poseer en el día de finalización del plazo  de presentación de

    solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de

    trabajo los siguientes requisitos de participación:

    2.1.1. Nacionalidad:

    a) Tener la nacionalidad española.

    b) Tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea

    o  de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales

    celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

    aplicación la libre circulación de trabajadores.

    c) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los

    cónyuges de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás

    Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén

    separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones,

    podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de

    veintiún años o mayores dependientes.

    d) Quienes no estando incluidos en los anteriores apartados  se

    encuentren en España en situación de legalidad.

    2.1.2. Edad: Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la

    edad máxima de jubilación forzosa.

    2.1.3. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

    que se señala en el Anexo I.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán

    acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación

    o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este

    requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido

    el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las

    profesiones reguladas, al amparo de la Disposiciones de Derecho

    Comunitario.

    2.1.4. Compatibilidad funcional: Poseer capacidad funcional para el

    desempeño de las tareas.

    2.1.5. Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente

    disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones

    Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las

    Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o

    especial para el desempeño de las funciones públicas.

    Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

    acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación

    equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o

    equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el

    acceso al empleo público.

    Solicitudes

    3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el

    modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas que figura en el Anexo

    IV, que se facilitará gratuitamente en la sede administrativa del Museo

    Nacional del Prado, C/ Ruiz de Alarcón, nº 23, 28014 Madrid.

    3.2. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Museo

    Nacional del Prado, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

    30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

    Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,  en el plazo de veinte

    días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación

    del anuncio de esta convocatoria y se dirigirán al Director del Museo Nacional

    del Prado. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la

    exclusión del aspirante.

    3.3. A la solicitud se acompañará:

    - Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la

    nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1.a) así como los extranjeros

    residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que

    autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación

    personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de

    los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite

    las condiciones que se alegan.

    - Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o

    superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán

    adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico

    de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

    3.1. Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la

    solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del

    interesado.

    Admisión de aspirantes

    4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Museo

    dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista

    de admitidos y excluidos.

    En dicha resolución se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanar el

    defecto que haya motivado, en su caso, la exclusión u omisión del aspirante, y

    se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la

    oposición.

    4.2. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido

    modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las

    relaciones iniciales.

    Órgano de Selección

    5.1. La composición del Órgano de Selección de este proceso selectivo figura en el

    Anexo V de esta convocatoria.

    5.2. La pertenencia a los Órganos de selección será siempre a título individual, no

    pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

    5.3. El Órgano de Selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

    asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

    5.4. El procedimiento de actuación del Órgano de Selección se ajustará en todo

    momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

    Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

    Común y demás disposiciones vigentes. Asimismo, el Órgano de Selección, de

    acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto

    cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    5.5. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Órgano de Selección

    cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley citada

    en la base anterior.

    5.6. El Órgano de Selección adoptará las medidas precisas para que los aspirantes

    con discapacidad gocen de análogas condiciones que el resto de los aspirantes

    en la realización de los ejercicios.

    5.7. Todas las publicaciones referentes a la presente convocatoria se efectuarán en

    los tablones de la sede del Órgano de Selección. A  estos efectos y a los de

    comunicaciones y demás incidencias, el Órgano de Selección tendrá su sede

    en el Museo Nacional de Prado, calle Ruiz de Alarcón, nº 23, 28014 Madrid,

    teléfono 91-330-28-00.

    Desarrollo del proceso selectivo

    6.1. El orden de actuación de los aspirantes en la fase  de oposición se iniciará

    alfabéticamente por el primero de la letra “O”, según lo establecido en la

    Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de

    febrero de 2012 (Boletín Oficial del Estado de 12 de marzo).

    6.2. Los aspirantes serán convocados al ejercicio en llamamiento único, siendo

    excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

    6.3. Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Órgano de Selección

    hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo

    establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

    Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los

    restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos,

    a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro

    horas, si se trata de uno nuevo.

    6.4. Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado

    dispondrán de un plazo de veinte días naturales para presentar la

    documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la

    fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados

    y que se recogen en el Anexo III, y que serán referidos a la fecha de

    finalización del plazo de presentación de solicitudes

    6.5. El Órgano de Selección publicará la relación que contenga la valoración

    provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación

    obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes

    dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la

    publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.

    Finalizado dicho plazo el Órgano de Selección publicará la relación con la

    valoración definitiva de la fase de concurso.

    6.6. La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones

    obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

    6.7. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes

    criterios:

    1º. Puntuación obtenida en la fase de oposición.

    2º. Puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición

    3º. Puntuación obtenida en cada uno de los méritos atendiendo al orden

    en que estos aparecen en el correspondiente baremo.

    6.8. El Órgano de Selección podrá requerir, en cualquier momento del proceso

    selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, en

    cualquier momento del proceso selectivo, si tuviera conocimiento de que

    alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la

    convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la

    autoridad convocante.

    Superación del proceso selectivo

    7.1. Finalizadas las fases de concurso y de oposición, el Presidente del Órgano de

    Selección elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que

    hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el

    proceso selectivo por orden de puntuación.

    7.2. El Órgano de selección publicará dicha relación en la que se anunciará que los

    primeros aspirantes, hasta como máximo el número de plazas convocadas,

    dispondrán de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de

    publicación, para la presentación de la documentación acreditativa de los

    requisitos exigidos en la convocatoria.

    7.3. No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de

    trabajo convocados.

    Adjudicación de plazas

    8.1. La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso

    selectivo se efectuará, de acuerdo con el orden de  la puntuación total

    obtenida, mediante resolución de la autoridad  convocante que será,

    asimismo, publicada.

    8.2. Los aspirantes contratados tendrán que superar un período de prueba de

    cuatro meses durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el

    correcto desempeño del puesto de trabajo.

    8.3. En el caso de que alguno de los candidatos no presente la documentación

    correspondiente en el plazo establecido, no cumpla  los requisitos exigidos,

    renuncie, o la certificación emitida por la unidad  de personal respecto al

    correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea

    desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la

    que se refiere la base 7.1.

    Norma final

    Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Convenio Colectivo del

    Organismo Público Museo Nacional del Prado, el resto de la legislación vigente en la

    materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Contra la presente resolución se podrá interponer demanda ante la jurisdicción social,

    previa reclamación ante el Director del Museo Nacional del Prado en el plazo de

    veinte días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los

    Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2 / 1995, de 7 de abril, y 125 de

    la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

    Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las

    resoluciones del Órgano de Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley

    30/1992, de 26 de noviembre.

    Madrid, 14 de diciembre de 2012

    P.D.(Resolución de 17 de febrero  de 2005, BOE 5 de marzo)

    El Director Adjunto de Administración

    ANEXO I - DESCRIPCION DEL PUESTO

    - Denominación: Técnico de Gestión con destino en el Servicio de Documentación

    - Categoría: Técnico de Gestión

    - Grupo profesional: 1, nivel: 2

    - Número de plazas convocadas: 1

    - Titulación exigida: Titulación Universitaria de Grado Medio. Será válido el Título

    universitario obtenido en cualquier país de la Unión Europea.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que

    están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que

    acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los

    aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su calificación personal, en el

    ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho

    Comunitario.

    - Convenio aplicable: Convenio Colectivo del Museo Nacional del Prado.

    - Régimen horario: 40 horas semanales en régimen de especial dedicación.

    - Retribuciones brutas anuales: las establecidas en el Convenio Colectivo

    - Convenio aplicable: Convenio Colectivo del museo Nacional del Prado

    Las principales funciones y cometidos del puesto convocado son las siguientes:

    - Búsqueda de información gráfica o textual relacionada con cualquier aspecto de las

    obras de arte del Museo en cualquier tipo de fuente (bibliográfica, archivística, etc).

    - Incorporación, corrección y mejora de la información contenida en la base de datos

    de obras de arte del Museo.

    - Preparación de los registros de la base de datos de obras de arte para su

    incorporación en la página web del Museo (Galería Online).

    - Vinculación de la información contenida en el archivo del Museo Nacional del

    Prado con los registros de las obras de arte correspondientes.

    - Revisión de las obras de arte para recopilar toda la información relacionada con

    firmas, marcas, inscripciones y otros elementos, para su volcado en la base de datos.

    - Atención de  las consultas sobre las colecciones del Museo Nacional del Prado que

    se planteen tanto desde las diferentes áreas del museo como de los usuarios

    externos.

    El desempeño del puesto de trabajo precisa, entre otros los siguientes conocimientos

    y/o requirimientos:

    -  Conocimientos de Historia del Arte, especialmente de las colecciones y los edificios

    del Museo Nacional del Prado.

    -  Conocimientos de fuentes de información sobre historia del arte y museología.

    -  Conocimientos de técnicas documentales, incluyendo conocimientos de informática

    documental.

    -  Manejo de al menos un idioma oficial de cualquier país de la Comunidad Europea,

    además del español. Los candidatos deberán indicar un solo idioma en el modelo de

    solicitud.

    ANEXO II - FASE DE OPOSICIÓN

    Esta fase se valorará hasta un máximo de 80 puntos  y constará de dos ejercicios,

    ambos eliminatorios:

    Primer ejercicio:

    Se realizará una prueba consistente en el desarrollo por escrito de dos temas a

    elegir entre 3 propuestos por el Tribunal, a partir de los epígrafes contenidos en el

    siguiente temario:

    1. El Museo Nacional del Prado.

    - Historia del Museo Nacional del Prado.

    - Colecciones del Museo Nacional del Prado: pintura.

    - Colecciones del Museo Nacional del Prado: escultura, artes decorativas y

    obras sobre papel.

    2. Disposiciones legales relativas al Museo Nacional del Prado

    - Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado.

    - Real Decreto 433/2004 de 12 de marzo por el que se aprueba el Estatuto del

    Museo Nacional del Prado.

    - Convenio Colectivo del Organismo Público Museo Nacional del Prado.

    3. Legislación sobre patrimonio histórico y sobre museos.

    - Legislación estatal y autonómica vigente sobre patrimonio histórico español.

    - Tratamiento del patrimonio histórico en la Unión Europea. Acuerdos y

    tratados internacionales sobre protección del patrimonio histórico suscritos

    por España. Unión Europea

    - Normativa estatal y autonómica en materia de museos. El Reglamento de

    Museos.

    4. Museos: definición y evolución.

    - Evolución histórica del museo.

    - Funciones del museo: conservación, investigación, difusión.

    - Conservación preventiva y restauración de las colecciones del museo

    5. Museología y museografía.

    - Definición de  los conceptos de museología y museografía.

    - Tendencias iniciales en museología: la museología del objeto.

    - Nuevas orientaciones en museología.

    6. Organización y administración de los museos.

    - La organización interna en el museo. Definición de las principales áreas y

    funciones.

    - Los profesionales del museo: evolución, situación actual y perfil de futuro.

    Código deontológico.

    - La arquitectura de los museos: espacios públicos y espacios internos. Nuevas

    necesidades en los museos actuales.

    7.  La documentación en museos.

    - Planteamientos teóricos y evolución histórica.

    - Competencias de los departamentos de documentación en los museos

    españoles y en el ámbito internacional.

    - La figura del documentalista y su función dentro de los museos. Retos del

    profesional en la era de Internet

    8. Programación de las tareas documentales del museo

    - Objetivos de la documentación dentro del museo: control, gestión y difusión

    de las colecciones.

    - La documentación de las obras de la colección del museo: ingreso,

    conservación, movimientos y difusión.

    - Las obras de la colección del museo como objetos documentales: firmas,

    marcas, inscripciones, iconografía, etc.

    9. El museo en la nueva sociedad de la información y del conocimiento.

    - Informatización, sistemas integrados de gestión documental, digitalización de

    contenidos.

    - Panorama nacional e internacional de los sistemas informatizados de gestión

    documental

    - Desarrollos recientes: la web semántica y su aplicación en los museos

    10. Tratamiento y análisis de la información documental en museos:

    - Fundamentos del análisis documental

    - Lenguajes documentales

    - Análisis documental del contenido: modelos clásicos y propuestas actuales.

    11. Recuperación y difusión de la información

    - Recuperación de información en la web: procesos y referencias.

    - Formatos y protocolos para la difusión de la información en Internet.

    - Acceso abierto: iniciativas OAI y Linked Open Data.

    12. Instrumentos de descripción y fuentes documentales del Museo Nacional del

    Prado.

    - Los inventarios del Museo Nacional del Prado.

    - Los catálogos del  Museo Nacional del Prado

    - Principales fuentes documentales sobre el Museo Nacional del Prado.

    El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas. Los

    temas serán leídos por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, valorándose

    los conocimientos expuestos, así como su forma de presentación y exposición. El

    Tribunal podrá hacer preguntas o requerir aclaraciones sobre los temas expuestos

    durante un tiempo máximo de diez minutos.

    Este ejercicio se valorará sobre un total de 40 puntos (20 puntos cada tema). Para

    superarlo será necesario obtener, al menos, el 50 por 100 de la puntuación

    máxima alcanzable en cada uno de los temas.

    Segundo ejercicio:

    Consistirá en la realización de un supuesto teórico - práctico relacionado con los

    contenidos del puesto de trabajo detallados en la descripción del perfil de la plaza

    convocada que figura en el Anexo I.

    El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

    Este ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión pública, que

    podrá formular al aspirante las preguntas que se consideren oportunas durante un

    tiempo máximo de 30 minutos. El órgano de selección podrá realizar preguntas

    en el idioma oficial de cualquier país de la Comunidad Europea que el candidato

    haya indicado que posee conocimientos.

    Este ejercicio se valorará sobre un total de 40 puntos. Para superarlo será

    necesario obtener, al menos, el 50 por 100 de la puntuación máxima alcanzable.

    ANEXO III - FASE DE CONCURSO

    En esta fase se valorarán, hasta un máximo de 20 puntos, los siguientes méritos:

    Méritos profesionales: Máximo 10 puntos.

    Experiencia profesional en el desempeño de puestos de trabajo en los que se hayan

    realizado actividades similares a las propias del puesto convocado con el mismo

    nivel de responsabilidad.

    -  Puntuación máxima: 7 puntos.

    -  Forma de puntuación: 1 punto por cada año completo de experiencia y 0,5

    por cada fracción superior a seis meses.

    -  Forma de acreditación:

    ▫ Para la experiencia adquirida en la Administración: certificado expedido

    por la correspondiente unidad de personal o unidad competente en la

    materia, en el que figuren las funciones concretas  desempeñadas y el

    tiempo de duración de las mismas.

    ▫ Para la experiencia adquirida fuera de la Administración: fotocopia

    compulsada de los contratos de trabajo o certificado de empresa

    expedido en el modelo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y

    certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la

    Seguridad Social o documento equivalente para trabajos en el exterior.

    Experiencia profesional en el desempeño de puestos de trabajo en los que se hayan

    realizado actividades similares a las propias del puesto convocado, con inferior nivel

    de responsabilidad.

    -  Puntuación máxima: 3 puntos.

    -  Forma de puntuación: 0,5 puntos por cada año completo de experiencia y 0,2

    por cada fracción superior a seis meses.

    -  Forma de acreditación: igual que en el caso anterior.

    Méritos Formativos: Máximo 10 puntos.

    Titulación adicional a la exigida como requisito de participación que, a juicio del

    Órgano de selección, esté relacionada con la plaza convocada. Asimismo, se valorará

    el haber realizado cursos de postgrado, máster, otras titulaciones o cursos

    específicos de duración superior a 300 horas.

    -  Puntuación máxima: 6 puntos.

    -  Forma de puntuación:

    ▫ Por título de Grado o Licenciatura: 2 puntos.

    ▫ Por título de Doctor: 2 puntos

    ▫ Por Diploma de Estudios Avanzados, másteres o cursos de más de 300

    horas: 1 punto.

    -  Forma de acreditación: fotocopia compulsada de los títulos, o certificación de

    haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

    La superación o impartición de cursos, seminarios o congresos relacionados, a juicio

    del Órgano de Selección, con el puesto de trabajo, siempre que tengan una duración

    mínima de 15 horas si se han recibido y de 5 horas si se han impartido, así como

    publicaciones e investigaciones relacionados a juicio del Órgano de Selección con el

    puesto de trabajo.

    -  Puntuación máxima: 2 puntos

    -  Forma de puntuación:

    ▫ Por cada curso / congreso recibido en relación con la materia objeto de

    la plaza: 0,2 puntos.

    ▫ Por cada curso o conferencia impartido en relación  con la materia

    objeto de la plaza: 0,4 puntos.

    ▫ Por cada publicación en relación con la materia objeto de la plaza:

    - Artículos, comunicaciones, capítulos de libros: 0,4 puntos

    - Libros: 1 punto

    -  Forma de acreditación: fotocopia compulsada de los títulos o certificados. En

    el caso de publicaciones: fotocopia de la portada

    Por contar con prácticas certificadas / becas de formación, de duración no inferior a

    tres meses, relacionadas, a juicio del Órgano de Selección, con el puesto de trabajo

    siempre que tengan una duración mínima de tres meses.

    -  Puntuación máxima: 2 puntos.

    -  Forma de puntuación: 0,5 puntos por cada periodo mínimo de tres meses de

    prácticas o beca.

    -  Forma de acreditación: certificación de haber realizado la práctica certificada

    / beca.

    ANEXO IV

    SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO SELECTIVO PARA INGRESO COMO PERSONAL LABORAL FIJO EN EL ORGANISMO PÚBLICO MUSEO NACIONAL DEL PRADO CON LA CATEGORÍA DE TÉCNICO DE GESTIÓN  CON DESTINO EN EL SERVICIO DE DOCUMENTACION

    (Resolución de 14 de diciembre de 2012)

    PROCESO SELECTIVO

    TITULACIÓN POSEIDA:

    IDIOMA ELEGIDO PARA LA REALIZACIÓN DEL 2º EJERCICIO DE LA FASE DE

    OPOSICIÓN:

    (Indicar un solo idioma oficial de la Comunidad Europea)

    DATOS PERSONALES

    APELLIDO 1º:

    APELLIDO 2º:

    NOMBRE:

    Nº DOCUMENTO DE IDENTIDAD:

    NACIONALIDAD:

    DOMICILIO:  Nº: PISO:

    LOCALIDAD:

    PROVINCIA:  CÓDIGO POSTAL:

    TELÉFONO:

    EMAIL:

    FECHA DE NACIMIENTO:

    Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% que soliciten

    adaptaciones de tiempo y/o medios para la práctica  de los ejercicios deberán

    reflejarlo a continuación y adjuntar Dictamen Técnico Facultativo.

    Solicito adaptación en tiempo y/o medios:

    En caso afirmativo, describir a continuación las adaptaciones concretas que

    solicita:  .………………………………………………………………………

    ………………………………………………………………………………...

    ………………………………………………………………………………...

    PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

    En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter Personal (Ley 15/1999) le comunicamos que

    sus datos de carácter personal, serán incorporados a un fichero automatizado propiedad del Organismo Público Museo Nacional del

    Prado, dando su consentimiento a la cesión de sus datos a otros organismos públicos que así lo soliciten o cuya cesión esté establecida

    por mandato legal. No obstante, dicho consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento, siempre  que la cesión no fuera

    impuesta por norma legal. La información recabada no se utilizará en ningún caso para fines comerciales de venta de datos ni análogos.

    El responsable del fichero es Organismo Público Museo Nacional del Prado, con C.I.F. Q2828018H y domicilio en c/ Ruiz de Alarcón,

    23, – Madrid. Ante dicho responsable del fichero, podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

    previstos en la propia ley, y en sus normas de desarrollo.

    Lugar, fecha y firma

    ANEXO V - ÓRGANO DE SELECCIÓN

    Presidente:  D. Francisco Javier Docampo Capilla. Jefe de Área de Biblioteca,

    Documentación y Archivo.

    Secretaria:  Dña. Ana Mª Martín Bravo. Jefe de Servicio de Documentación.

    Vocales:  Dña. Mª Ester de Frutos González. Jefe de Servicio  de Actividades

    Educativas.

    Dña. Mª Rosa Pérez Pérez. Auxiliar de Servicios Generales

    (Licenciada).

    Dña. Mercedes Orihuela Maeso. Conservadora.

    El Órgano de Selección podrá disponer la incorporación, a sus  trabajos, de asesores

    especialistas para todos o alguno de los ejercicios.