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Técnico Especialista en Documentación Sanitaria, Osakidetza - Servicio Vasco de Salud Eusko Jaurlaritza

12 Plazas, Subgrupo C1, Concurso - Oposición, 26-01-2012
Apertura de Plazo

 

Bases de la convocatoria


BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE TÉCNICO ESPECIALISTA DOCUMENTACIÓN SANITARIA DEL GRUPO PROFESIONAL DE TÉCNICOS ESPECIALISTAS SANITARIOS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD

 

Destinos objeto de convocatoria.

1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Técnico Especialista Documentación Sanitaria del Grupo Profesional de Técnicos especialistas Sanitarios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el anexo II. Estos destinos podrán ver modificado su número y características en función de la resolución de concurso de traslados que se convoque para el año 2011.

1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 5% que se fijaran en el momento de la determinación definitiva de los destinos ofertables previsto en las bases generales.

Requisitos de los aspirantes:

Para participar en el proceso que aquí se regula, los aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de Técnico/a Superior Documentación Sanitaria o equivalente, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza.

b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.

c) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al Grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:

Grupo C1 (antiguo grupo C): 15 euros.

Desarrollo del concurso oposición.

3.1.– Fase de oposición.

Corresponderá al tribunal determinar el contenido de la prueba y su duración. La misma consistirá en la contestación por escrito en el plazo máximo que se fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre las materias del programa que se contiene en el anexo IV, relativo al temario general y al temario común

Asimismo, mediante su inclusión en el citado anexo, se facilitará la bibliografía para la preparación de la prueba.

3.2.– Tras la relación de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14 de las bases generales los aspirantes propuestos que figuren en el anexo I deberán presentar fotocopia compulsada, además de la documentación que se relaciona en la base 14.2, de la siguiente:

– Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de Técnico Superior Documentación Sanitaria o equivalente, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza.

3.3.– Fase de concurso.

Se valorarán los méritos acreditados, según el baremo de méritos que se acompaña como anexo III, conforme a los criterios establecidos en las bases generales.

ANEXO II

RELACIÓN DE DESTINOS, CATEGORÍA: TÉCNICO ESPECIALISTA DOCUMENTACIÓN SANITARIA

Conforme a lo previsto en la base 1 de las bases generales aprobadas por Resolución 1282/2011, de 15 de julio, del Director General de Osakidetza, se convocan 12 destinos. El número de destinos convocado podrá sufrir variación como consecuencia de la resolución del concurso de traslados cuya convocatoria se efectuará en el año 2011.

De acuerdo con lo establecido en la base 2 la determinación de los destinos en las organizaciones de servicios sanitarios objeto de esta convocatoria, se hará junto con la publicación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

ANEXO III

BAREMO DE MERITOS DE LA CATEGORÍA DE TÉCNICO ESPECIALISTA DOCUMENTACIÓN SANITARIA DEL GRUPO PROFESIONAL DE TÉCNICOS ESPECIALISTAS SANITARIOS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD

1) Experiencia profesional: máximo 55 puntos.

Se computará el tiempo de servicios que los aspirantes tuvieran reconocido hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

1.– Por cada mes de servicios prestados como Técnico especialista Documentación Sanitaria en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de la Seguridad Social o de los Servicios de Salud de Comunidades Autónomas, así como en cualquier Administración Pública, así como aquéllos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,30 puntos.

Al personal que acceda a través del turno de promoción interna se le computarán los servicios previos conforme a continuación se detalla:

a) Servicios prestados por personal en el grupo E: 0,10 puntos/mes.

b) Servicios prestados por personal en el grupo D: 0,12 puntos/mes.

c) Servicios prestados por personal en el grupo C: 0, 20 puntos/mes.

d) Servicios prestados en el mismo puesto al que se opta: 0,30 puntos/mes.

Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño de funciones de superior categoría se computarán en el puesto efectivamente desempeñado.

Asimismo se computarán en el puesto de origen los servicios prestados en situación de servicios especiales.

2) Formación, docencia e investigación (máximo 25 puntos).

Se valorará dentro de este apartado la formación que resulte acreditada conforme a lo siguiente:

a) Formación pregrado (máximo 6 puntos):

Por cada matrícula de honor o sobresaliente durante los estudios de Técnico especialista en la especialidad correspondiente o equivalente (no se deben considerar como asignaturas valorables: religión, ética, formación política, educación física e idioma):

– Por cada matrícula de honor: 0,6 puntos.

– Por cada sobresaliente: 0,4 puntos.

d) Formación continuada (máximo 20 puntos):

Por la asistencia a cursos relacionados con la categoría del destino solicitado:

Hasta 9 horas: 0,50 puntos10 a 19 horas: 1 punto20 a 29 horas: 2 puntos30 a 49 horas: 3 puntos50 a 99 horas: 4 puntos100 a 200 horas: 5 puntos200 o más horas: 6 puntos

Cuando en las certificaciones de los cursos conste únicamente el número de créditos, la puntuación será de 1 punto por crédito, con un máximo de 20 créditos/curso.

En aquellas certificaciones en las que no conste el mínimo de horas de duración del curso, o la equivalencia de los créditos en horas, o en los que conste tanto el número de horas como el de créditos reconocidos por la Administración Pública que imparta esta formación, el tribunal, a la vista de la certificación aportada y del contenido del curso, asignará la puntuación correspondiente sin que en ningún caso pueda otorgar una puntuación inferior a 0,25 puntos.

Se valorarán los cursos impartidos y acreditados por Organismos Oficiales, Universidades, Instituciones Sanitarias, y en su caso, Colegios Profesionales y Sociedades Científicas, así como los cursos impartidos y acreditados en virtud de los Acuerdos de Formación Continua suscritos por cualquier Administración Pública, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.

e) Actividades Docentes (máximo 6 puntos):

Docencia en programas oficiales de formación continuada (por cada 1 hora): 0,050 puntos.

f) Actividades científicas y de difusión del conocimiento (máximo 10 puntos):

Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias, comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con el puesto funcional del destino solicitado:

– Por cada Ponencia: 2 puntos.

– Por cada Comunicación oral/Póster: 1 punto.

– Por cada Mesa redonda: 1 punto.

– Por cada Publicación (primer autor): 2 puntos.

– Por cada Publicación (otros autores): 1 punto

No se valorarán otros méritos no especificados en este apartado.

i) Conocimientos de informática (máximo 2 puntos).

3) Euskera.

PL2: 18 puntos.

PL1: 9 puntos.

ANEXO IV

I.– Temario general de Técnico Especialista Documentación Sanitaria del grupo profesional de Técnicos Especialistas Sanitarios.

A) Definición y tratamiento de la documentación clínica.

1.– Definiciones legales. Información clínica. Documentación clínica. Documentos primarios y secundarios.

2.– Historia clínica: Definición. Estructura. Tipos. Identificación. Funciones.

3.– Diseño documental y tipos de soporte de la historia clínica. Estilo, utilización de colores, técnicas, material documental (dimensiones, gramajes, análisis del coste). El soporte digital. Historia clínica electrónica.

4.– Normativa específica. Reglamento de uso de la historia clínica.

5.– Métodos de evaluación de documentación clínica.

B) Organización de archivos clínicos.

6.– Organización y gestión de archivos clínicos. Tipos de archivos. Archivo numérico de historias clínicas. Normativa de los archivos clínicos. Procedimientos de gestión del archivo de historias clínicas.

7.– Material y equipos de archivado. Características; Ventajas e inconvenientes.

8.– Documentación activa/pasiva. Conservación y expurgo de la documentación clínica. Legislación sanitaria. Criterios internacionales.

9.– Estimación de las necesidades de espacio en un archivo clínico. Grosor de la historia clínica, crecimiento de las historias clínicas, archivado de radiografías.

10.– Técnicas de archivado: escaneado, microfilmación, otras técnicas de archivado. Recuperación de material escaneado.

11.– Programas de calidad de los archivos clínicos. Protocolos, indicadores y estándares de calidad.

12.– Seguridad de archivos clínicos. Normativa vigente.

C) Codificación de datos clínicos y no clínicos.

13.– Sistemas de recuperación de información. Perfil documental. Fases del proceso documental. Concepto de codificación. Programas de apoyo a la codificación.

14.– Sistemas de clasificación de pacientes. Case Mix Hospitalario.(GRD y ACG).

15.– Conjunto mínimo básico de datos (CMBD). Variables que lo integran. Criterios de selección de las variables. Codificación de las variables no clínicas.

16.– Bases de datos sanitarias. Definición y aplicaciones. Principales bases de datos utilizadas en clínica. Manejo de bases de datos. Protocolos de calidad de las bases de datos.

17.– Anatomía y fisiología humana: Recuerdo anatomofisiológico de los principales aparatos y sistemas.

18.– Nociones de patología general. Principales conceptos: etiología, clínica (signos, síntomas, síndrome), diagnóstico, evolución (aguda, crónica), antecedentes, complicaciones. Terminología médica por aparatos y sistemas. Principales patologías, síntomas y signos por aparatos y sistemas.

19.– Clasificación de diagnósticos. Concepto de diagnóstico. Relación con otros conceptos: motivo de ingreso, síntomas y signos, antecedentes. Tipos de diagnóstico: principal, secundario, anatomopatológico, preoperatorio, postoperatorio, otros.

20.– Complicaciones. Concepto de complicación. Diferenciación con otros conceptos: reacción adversa a drogas, efecto adverso.

21.– Procedimientos diagnósticos y terapéuticos no quirúrgicos. Utilidad clínica. Tratamientos médicos.

22.– Procedimientos obstétricos. Concepto y desarrollo del embarazo, parto y puerperio. Acontecimientos que pueden ocurrir durante el embarazo: Embarazo de alto riesgo. Desarrollo del parto. Complicaciones.

23.– Procedimientos diagnósticos y terapéuticos quirúrgicos. Terminología quirúrgica. Procedimientos endoscópicos con toma de biopsia. Laparoscopia y laparotomía.

24.– Causas externas de lesiones y envenenamiento.

25.– Sistemas de clasificación de enfermedades y lesiones.

26.– Sistemas de clasificación de procedimientos quirúrgicos y no quirúrgicos.

27.– Normas específicas y procedimiento básico de codificación con CIE-9-MC.

28.– Otros sistemas de codificación: CIE 10, SNOMED, CIAP.

D) Validación y explotación de las bases de datos sanitarios.

29.– Evaluación de la calidad de las bases de datos. Metodología, elección de la muestra, detección y clasificación de errores. Control de calidad de la codificación de diagnósticos y procedimientos. Elaboración de indicadores.

30.– Estadística descriptiva: Parámetros estadísticos, muestreo aleatorio, representación gráfica.

31.– Indicadores sanitarios hospitalarios: estancia media, índice de rotación, índice de ocupación, porcentaje de mortalidad, reingresos ...

32.– Recuperación de información: perfil de búsqueda.

E) Aplicaciones informáticas generales.

33.– Introducción a la informática. Sistemas operativos.

34.– Redes locales: tipos, componentes físicos.

35.– Procesadores de texto: diseño, edición, gestión e impresión.

36.– Hojas de cálculo: diseño, edición, gestión e impresión.

37.– Aplicaciones gráficas y de autoedición: tipos de gráficos, diseño y presentación de gráficos, integración en documentos.

38.– Paquetes integrados: modularidad.

39.– Programas de utilidades informáticas. Gestión de discos y ficheros. Gestión de memoria. Sistemas de seguridad y protección.

F) Relaciones en el entorno del trabajo.

40.– La comunicación e información en el hospital. Tipos de comunicación. Redes de información y comunicación. Equipos de trabajo. Herramientas de trabajo en equipo.

G) Formación y orientación laboral.

41.– Economía y organización en la empresa. Principios de economía. Organigrama empresarial.

42.– La calidad en la Asistencia Sanitaria. Modelo EFQM. Certificación ISO. Acreditación.

43.– Confidencialidad de los datos. Medidas de seguridad de ficheros con datos de carácter personal. Normativa de protección de datos de carácter personal.

II.– Temario común.

1.– Disposiciones Generales de Ordenación Sanitaria de Euskadi. Sistema Sanitario de Euskadi: Ordenación y Derechos y deberes de los ciudadanos.

2.– Definición del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud. Fines. Organización rectora: enumeración. Organización Central: creación. Organizaciones de servicios: reconocimiento legal.

3.– Derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios del Servicio vasco de salud-Osakidetza.

4.– El reto de la cronicidad en Euskadi: Proyectos Estratégicos.

BIBLIOGRAFÍA DEL TEMARIO GENERAL:

1.– Anatomía y fisiología humana. Autores: Antonia Alvarez Diaz, Eunate Arana Arri, Amale Caballero. Ed. Ibaizabal. Año 2000.

2.– Economía y salud. Autor: R. Cisbert y Cefont. Ed. Masson. Año 2002.

3.– Formación y orientación laboral. Autores: Concepción Ricart, M.ª Dolores Salazar, Marcela Senent. Vicenta Fuster. Joan Gandia. Grupo Santillana (Santillana profesional). 1995 «Escola profesional la Florida» Sociedad cooperativa Valenciana. Grado Superior.

4.– ISAD (G). Norma internacional general de descripción archivística. Consejo internacional de archivos. Ministerio de educación, cultura y deporte. Madrid. Año 2000.

5.– Documentación clínica y archivo. Tejero Alvarez, Mercedes. Editorial Díaz de Santos. Año 2003.

6.– Organización de archivos clínicos. Ciclo Formativo Documentación Sanitaria. Autor: Sorribas Vivas, M. Ed Masson. Año 2005.

7.– Principios de gestión sanitaria. Francisco Errasti. Ediciones Díaz de Santos. Madrid, 1997.

8.– Clasificación internacional de enfermedades. 9.ª revisión. Modificación clínica (CIE-9-MC). Ministerio de Sanidad y Consumo. 7.ª Edición. Enero 2010.

9.– El manual del usuario. Norma de codificación. 4.ª edición. Ministerio de Sanidad y Consumo. Centro de publicaciones.

10.– Diccionario de siglas médicas y otras abreviaturas, epónimos y términos médicos relacionados con la codificación de las altas hospitalarias. Ministerio de Sanidad y Consumo. Centro de publicaciones. Madrid 2003.

11.– Manual de descripción de los grupos relacionados por el diagnóstico (AP-GRD v. 21.0). Osakidetza-Servicio vasco de salud. Año 2007.

12.– Ministerio de Sanidad, política social e igualdad. SNOMED, CIE 10 http://www.msps.es/profesionales/hcdsns/areaRecursosSem/snomed-ct/home.htm

http://eciemaps.mspsi.es/ecieMaps-2010/basic_search/cie9mc_basic_search.html

13.– Expurgo y conservación de la documentación clínica. Comisión de valoración, selección y expurgo de documentación clínica (COVSEDOC). Viceconsejería de Sanidad del Gobierno Vasco. Junio 2004.

14.– Guía para la elaboración del reglamento de uso de la historia clínica. Dirección de Asistencia Sanitaria. Osakidetza– Servicio vasco de salud. Junio 2001.

15.– Estándares internacionales de acreditación de hospitales. Joint Comission International Accreditation. Fundación Avedis Donabedian. Año 2001.

16.– Guía de autoevaluación EFQM para unidades de gestión. Osakidetza-Servicio vasco de salud. Febrero 2004.

17.– Guía de gestión por procesos e ISO 9001: 2000 en las organizaciones sanitarias. Osakidetza-Servicio vasco de salud. Setiembre 2004.

18.– Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

19.– Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

20.– Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

21.– Decreto 175/1989 de 18 de julio, por el que se aprueba la carta de Derechos y Obligaciones de los pacientes y usuarios del Osakidetza– Servicio vasco de salud.

22.– Decreto 272/1986 del Boletín Oficial del País Vasco, por el que se regula el uso de la historia clínica de los centros hospitalarios de la CAPV.

23.– Decreto 45/1998, de 17 de marzo, del Boletín Oficial del País Vasco, por el que se establece el contenido y se regula la valoración, conservación y expurgo de los documentos del Registro de Actividades Clínicas de los Servicios de Urgencias de los Hospitales y de las Historias Clínicas Hospitalarias.

24.– Instrucción 6/2003, de la Dirección General de Osakidetza– Servicio vasco de salud que establece las funciones y obligaciones del personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud, con relación a la protección de datos de carácter personal. Procedimientos de actuación.

25.– Orden del 3 de septiembre de 2010 del Consejero de Sanidad, que incorpora nuevas variables al Conjunto Mínimo Básico de Datos al Alta Hospitalaria.

26.– Real Decreto 1093/2010 que regula el Conjunto Mínimo Básico de Datos de los Informes Clínicos del Sistema Nacional de Salud

BIBLIOGRAFÍA DEL TEMARIO COMÚN:

1.– Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi (artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11).

2.– Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud (artículos 1, 3, 6, 9 y 13).

3.– Decreto 175/1989, de 18 de julio, por el que se aprueba la carta de derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios del Servicio vasco de salud-Osakidetza (artículos 1, 2, 3 y 4).

4.– Estrategia para afrontar el reto de la cronicidad en Euskadi.

Portal: http://cronicidad.blog.euskadi.net