Técnico de Archivo, Ayuntamiento de Calp (Alicante)
Apertura de plazo
- Requisitos de los aspirantes: título de ingeniero técnico, diplomado universitario de primer ciclo, arquitecto técnico, formación profesional de tercer grado o equivalente.
- Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 29/05/2011
Oferta de Empleo Público BOPA nº 49 de 11-03-2011
Bases de la convocatoria BOPA nº 76 de 18-04-2011
Anuncio de la fecha de presentación de solicitudes BOE nº 110 de 09-05-2011
Foro de la convocatoria
- Información Oficial
- Ver Mapa / Cómo llegar
Bases de la convocatoria
CONVOCATORIA 11/05 PARA LA PROVISION UNA PLAZA DE TÉCNICO ARCHIVOS DE PERSONAL FUNCIONARIO BASES ESPECÍFICAS
PLAZA CONVOCADA SISTEMA DE SELECCIÓN.
1.1.- Es la que a continuación se relaciona, cuya naturaleza
y características igualmente se especifican:
- DENOMINACION PLAZA: TÉCNICO ARCHIVOS
- OFERTA DE EMPLEO: 2011 (B.O.P. nº 49 de 11-03-
2011)
CODIGO PUESTO: 579-07
- CLASE DE PERSONAL: FUNCIONARIO DE CARRERA.
- ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
- SUBESCALA: TÉCNICO MEDIO (GRUPO A2).
1.2.- El sistema de selección de los aspirantes será el de
concurso-oposición, turno libre.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos que
se indican en las Bases Genéricas que regulan la presente
convocatoria publicadas en el B.O.P. de Alicante nº 176 de
01.08.2000.
2.2.- Deberán estar en posesión del título de Diplomado
en Biblioteconomía y Documentación.
SOLICITUDES.
3.1.- Las solicitudes para tomar parte en las pruebas
selectivas, que deberán ajustarse necesariamente al modelo
que se aprueba en las presente bases y que se encuentra
disponible en www.ajcalp.es, se presentarán, dentro del
plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente
al de la publicación del extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
3.2.- Las solicitudes normalizadas se presentarán en el
Registro General de la Corporación directamente o por
cualquiera de las formas indicadas en el art. 38.4 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
3.3.- Las solicitudes normalizadas se presentaran acompañadas
de los siguientes documentos:
- Copia del documento nacional de identidad
- Justificante de haber abonado los derechos de examen
por importe de 25 €.
- Aquellos otros documentos que pudieran venir exigidos
en las bases específicas como requisitos para poder
optar al acceso a la plaza convocada, tales como titulaciones,
carnet de conducir, etc.
3.4.- La instancia presentada por cada aspirante, en lo
referente a que se reúnen las condiciones y requisitos
exigidos en la convocatoria, tendrá la consideración de
declaración jurada acreditativa de la veracidad de que se
reúnen tales requisitos.
La falsedad en dicha declaración jurada o el no reunir
los requisitos señalados dará lugar a la invalidez de la
actuación del interesado y la nulidad consiguiente con respeto
a éste de los actos del Tribunal Calificador, sin perjuicio de
la exigencia de responsabilidades de todo orden al aspirante.
DESARROLLO DEL CONCURSOOPOSICION.
4.1.- FASE DE OPOSICIÓN
Todos los ejercicios son obligatorios y eliminatorios,
calificándose cada uno de ellos de 0 a 10 puntos, necesitándose
obtener, al menos 5 puntos para superar cada uno. El
Tribunal calificará valorando, además de los conocimientos,
la claridad y orden de ideas, la calidad de expresión escrita
y la capacidad de síntesis.
Los ejercicios selectivos correspondientes a esta plaza,
todos de carácter obligatorio y eliminatorio, serán los siguientes:
4.1.1.- Primer Ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito tres temas de los
cinco que serán extraídos al azar en el momento de celebrarse
el ejercicio, de entre los comprendidos en las materias
comunes del Anexo , propuesto por el tribunal. La duración
de este ejercicio será de 2 horas y será leído en sesión
pública.
Aquellos ejercicios que no sean leídos por el aspirante,
en la lectura pública, obtendrán la calificación de 0 puntos.
Asimismo, el Tribunal podrá departir con los aspirantes
sobre alguno de los aspectos tratados en el desarrollo del
tema, con objeto de clarificar o conocer con más profundidad
el conocimiento que tiene del mismo.
4.1.2.- Segundo Ejercicio.
Consistirá en desarrollar por escrito tres temas de los
cinco que serán extraídos al azar en el momento de celebrarse
el ejercicio, de entre los comprendidos en las materias
específicas que figuran en el Anexo de estas bases. La
duración de este ejercicio será de 2 horas 30 minutos..
El Tribunal valorará el rigor y profundidad de los conocimientos,
así como la claridad y orden de ideas. Asimismo,
el Tribunal podrá cambiar impresiones con los aspirantes
sobre alguno de los aspectos tratados en el desarrollo de los
temas, con objeto de clarificar o conocer con más profundidad
el conocimiento que tiene de los mismos.
4.1.3.- Tercer Ejercicio:
Consistirá en la resolución de uno o más supuestos
prácticos, relacionados con las funciones propias de la plaza
objeto de esta convocatoria y que conste en los temas del
Grupo II de los que figuran en el Anexo de las presentes
Bases.. La duración de este ejercicio la determinará el
Tribunal Calificador al comienzo de la misma y será leído en
sesión pública.
Aquellos ejercicios que no sean leídos por el aspirante,
en la lectura pública, obtendrán la calificación de 0 puntos.
El Tribunal valorará la propuesta formulada por el aspirante,
teniendo en cuenta el resultado y las conclusiones a
que llegue.
4.2.- FASE DE CONCURSO:
Solamente se procederá a puntuar el concurso a aquellos
aspirantes que han superado el nivel de aptitud establecido
para todos y cada uno de los ejercicios de carácter
eliminatorio de la fase de oposición.
Se concederá hasta un máximo total de 10 puntos por
los siguientes conceptos:
4.2.1.- Valoración de títulos académicos y estudios: Se
valorará la titulación académica acreditada por el aspirante
que sea superior a la que se le exigió para acceder a la plaza
objeto de la convocatoria, conforme a la siguiente escala:
- Doctor: 2,50 puntos
- Licenciado o equivalente: 2,00 puntos
No se valorarán como mérito aquellas titulaciones que
figurasen como requisito para la provisión del puesto de
trabajo.
Tales titulaciones deberán tener relación con la plaza
que se convoca, sobre lo que decidirá el Tribunal Calificador.
Se valorará solamente el título de mayor nivel, salvo que los
títulos pertenezcan a especialidades diferentes.
4.2.2.- Valenciano: Se considerarán evaluables:
Las certificaciones expidas por la Junta Cualificadora
de Conocimiento del Valenciano y cualquier otro título de
conocimiento del valenciano convalidado por dicho órgano,
de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 16 de agosto
de 1.994, de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia.
Se excluye de la valoración cualquier otro título de esta
especialidad o materia que no sean expedidos por el mencionado
órgano.
Las puntuaciones se concederán de acuerdo con la
siguiente escala:
- Certificado de Coneixements Orals: 0’75 puntos
- Certificado de Grado Elemental: 1,25 puntos
- Certificado de Grado Medio: 2,50 puntos
- Certificado de Grado Superior: 3,00 puntos
4.2.3.- Cursos de formación:
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento,
que tengan relación directa con las tareas y cometidos
propios del puesto, de duración igual o superior a 20
horas que hayan sido cursados o impartidos por el interesado
y que hayan sido convocados u homologados por cualquier
centro u organismo oficial de formación de empleados
públicos, concediéndose un máximo de 5 puntos en este
apartado.
Las puntuaciones se concederán de acuerdo con el
siguiente baremo:
CERTIFICADO CERTIFICADO DE
DIPLOMA DE ASISTENCIA DE APROVECHAMIENTO APROVECHAMIENTO SOBRESALIENTE
DE 20 A 50 0.50 0.75 1
DE 51 A 100 1.25 1.50 2
DE 101 A 150 2.25 2.50 3
DE 151 A 200 3.25 3.50 4
DE 201 A 250 4.25 4.50 5
DE MAS DE 250 5.25 5.50 6
4.2.4.- Valoración de los servicios prestados (Vida Laboral).
Se concederá hasta un máximo total de 5 puntos, por los
servicios prestados en puestos de trabajo análogo al de la
plaza convocada, por los siguientes conceptos:
- Servicios prestados en la Administración Local en
puesto de trabajo análogo al de la plaza convocada: 0,005
puntos/día.
- Servicios prestados en otras Administraciones Públicas
en puesto de trabajo análogo al de la plaza convocada
0,004 puntos/día.
- Servicios prestados en la empresa privada o como
profesional liberal autónomo en puesto de trabajo análogo al
de la plaza convocada: 0,0025 puntos/día.
El tiempo de trabajo deberá ser acreditado de la forma
siguiente:
- Trabajo por cuenta ajena: certificación emitida por la
Seguridad Social acreditativa del tiempo cotizado a la misma
en puesto de trabajo análogo, acompañada de contrato o
nómina acreditativo de la categoría laboral desempeñada.
Para el caso de que dicho trabajo sea por cuenta de una
Administración Pública, la documentación referida en el
párrafo anterior podrá ser sustituida por certificación de
servicios expedida por el correspondiente organismo público
en que se hará constar la existencia de convocatoria pública
relativa al tiempo de trabajo recogida en la certificación.
- Trabajo por cuenta propia: licencia fiscal o documento
tributario equivalente correspondiente a cada periodo cuyo
cómputo se pretenda; deberá acreditarse fecha de alta para
ser tenida en cuenta la primera anualidad; en otro caso, se
computarán 90 días únicamente por dicha primera anualidad.
a) Cuando el tiempo de trabajo lo haya sido a tiempo
parcial, deberán efectuarse las correcciones correspondientes
para guardar la debida proporcionalidad entre los días
acreditados y la jornada efectivamente realizada.
b) El tiempo de trabajo en la Administración Pública bajo
la forma de personal eventual o situación asimilada no será
tenido en cuenta para la valoración, igualmente los servicios
prestados como funcionario en prácticas sólo se computará
en los casos en que se haya superado el periodo de prácticas.
c) Sólo se podrán valorar aquellos servicios prestados
en la Administración Pública que hayan sido en virtud de
Convocatoria pública. Igualmente se valorarán los servicios
prestados en puestos de trabajo desempeñados por un
nombramiento provisional de mejora de empleo, así como
los servicios prestados como funcionario interino.
TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1.- El Tribunal Calificador estará compuesto por los
siguientes miembros, todos ellos con voz y voto:
Presidente: La Jefa del Área de Régimen Interior o
funcionario del Ayuntamiento de Calp en quien delegue.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien
delegue.
Vocales:
- El Técnico de Asuntos Sociales o funcionario del
Ayuntamiento de Calp en quien delegue.
- Un vocal que será propuesto por la Dirección General
de la Generalitat Valenciana competente en materia de
Administración Local.
- Un vocal que será propuesto por la Junta de Personal
del Ayuntamiento de Calp.
5.2.- La designación de los miembros del Tribunal
incluirá la de los respectivos suplentes, y se hará pública
junto a la lista definitiva de admitidos y excluidos.
5.3.- Los vocales del Tribunal poseerán igual o superior
titulación académica que la exigida para los puestos de
trabajo ofertados, y no podrá constituirse ni actuar sin la
asistencia, como mínimo, de la mitad más uno de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.4.- Los miembros del tribunal podrán ser recusados
por los aspirantes de conformidad con lo previsto en el
artículo 28 y 29 de la vigente ley de procedimiento administrativo
(Ley 30/1992).
5.5.- A los efectos de lo dispuesto en el anexo XVIII de
la Resolución de 30 de diciembre de 2.005, de la Secretaria
de Estado de Hacienda y Presupuestos, el tribunal que actúa
en esta prueba selectiva tendrá la categoría tercera de las
recogidas en aquél, tanto respecto de las asistencias de
los miembros del tribunal como de sus asesores y colaboradores.
DERECHO SUPLETORIO.
En todo lo no previsto en las presentes Bases Especificas
se estará a lo dispuesto en las Bases Genéricas para la
selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Calpe
publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 176
de 1 de agosto de 2.000.
IMPUGNACIONES.
La convocatoria, sus Bases, y cuantos actos administrativos
se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal
podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en
la forma previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO II TEMARIO:
Grupo I. Temas generales
Tema 1: La Constitución Española de 1978. Estructura.
Principios generales. La Reforma de la Constitución.
Tema 2: La Corona. Funciones constitucionales del
Rey. La sucesión. La tutela. La regencia. El refrendo.
Tema 3: Organización territorial del Estado. Las Comunidades
Autónomas: constitución y competencias. Los Estatutos
de Autonomía.
Tema 4: El municipio: concepto y elementos. El término
municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.
Tema 5: La organización municipal. Los órganos del
ayuntamiento y sus competencias.
Tema 6: Ordenanzas y reglamentos de las entidades
locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Los bandos.
Tema 7: Derechos y deberes de los funcionarios locales.
Sistema retributivo. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.
Tema 8: Los actos administrativos: concepto, elementos
y clases. Términos y plazos.
Tema 9: Los actos administrativos: requisitos. Validez y
Eficacia. Notificación y Publicación. La nulidad y anulabilidad.
Las disposiciones de carácter general.
Tema 10: El procedimiento administrativo. Principios
generales. Fases del procedimiento administrativo común.
Tema 11: Funcionamiento de los órganos colegiados
locales. Convocatoria y orden del día. Régimen de sesiones
y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos.
Tema 12: Los presupuestos locales: concepto, principios
y estructura. Elaboración del presupuesto. Su liquidación.
Grupo II. Temario específico
Tema 13: Historia de la Archivística y de los archivos.
Marco conceptual. Evolución y desarrollo.
Tema 14: El concepto de ciencia archivística y su
relación con otras disciplinas. Finalidades y objetivos.
Tema 15: Teoría archivística. Formulación de los principios
generales. Historia y desarrollo.
Tema 16: El concepto del archivo. Definición y características.
Tipos y funciones.
Tema 17: Analogías y diferencias entre archivos, centros
de documentación y bibliotecas.
Tema 18: El documento desde el punto de vista
archivístico. Concepto Características. Clases. Valores.
Tema 19: El expediente administrativo. Concepto. Elementos
de caracterización.
Tema 20: Tipología documental de las administraciones
públicas.
Tema 21: El ciclo vital de los documentos y su relación
con el funcionamiento de las instituciones que lo generan.
Tema 22: La identificación. Metodología y perspectivas.
Tema 23: La clasificación de documentos. Conceptos,
objetivos y sistemas. El cuadro de clasificación: principios,
características y estructura.
Tema 24: La ordenación y la instalación de los documentos
en los depósitos. Criterios y tipos. Elementos y
sistemas.
Tema 25: La descripción archivística. Concepto y metodología.
Tema 26: Instrumentos de descripción. Guías,
inventarios, catálogos.
Tema 27: El expurgo de los documentos: valoración,
selección y eliminación.
Tema 28: Las Comisiones Calificadoras de Documentos
Administrativos. Regulación, competencias y funciones.
La Junta Qualificadora de documents Valenciana.
Tema 29: El ingreso de los documentos en los archivos.
Las transferencias documentales. Instrumentos de control.
Tema 30: Análisis documental. Sistemas de indización
y recuperación de la información.
Tema 31: Los tesauros.
Tema 32. Los Organismos Internacionales de Archivos.
La UNESCO. El Consejo Internacional de Archivos (CIA).
Tema 33: La administración española de archivos. El
sistema archivístico español.
Tema 34: Ley 3/2005, de 15 de junio, de la Generalitat
Valenciana, de archivos. Estructura. Contenido.
Tema 35: La documentación de carácter público y su
derecho de acceso.
Tema 36: La protección de la información documental:
la protección de los datos de carácter personal y de la
propiedad intelectual.
Tema 37: El edifico de archivo municipal como centro de
conservación. Emplazamiento, construcción y equipamiento.
Características arquitectónicas.
Tema 38: Sistemas de detección de incendios en los
archivos. Tipos y Componentes.
Tema 39: La seguridad del fondo documental. Planificación.
Prevención.
Tema 40: Las exposiciones documentales. Pautas de
exhibición y protección.
Tema 41: La conservación preventiva de documentos.
Conceptos básicos. Metodología a seguir y desarrollo.
Tema 42: Factores de deterioro extrínsecos de conservación:
ambientales.
Tema 43: Factores de deterioro extrínsecos de conservación:
químicos.
Tema 44: Factores de deterioro extrínsecos de conservación:
biológicos.
Tema 45: La situación de catástrofe en las dependencias
del archivo. Clasificación. Planificación.
Tema 46: La reproducción de documentos. Concepto y
principales sistemas.
Tema 47: La digitalización en los archivos. Aspectos
técnicos. Soportes.
Tema 48: Aplicación de las nuevas tecnologías para la
preservación documental. Tipologia. Ventajas e inconvenientes.
Tema 49: El archivo y las nuevas tecnologías. Principales
aplicaciones e impacto.
Tema 50: El proceso de informatización del archivo.
Diseño y fases.
Tema 51: Las redes telemáticas de comunicación. Los
lenguajes de comunicación y su codificación: el lenguaje
marcado de datos.
Tema 52: El documento electrónico. Definición. Características.
Tipos. Normativa.
Tema 53: La descripción del documento electrónico.
Almacenamiento, conservación y recuperación.
Tema 54: Las bases de datos. Sistemas Gestores de
Bases de datos. Elementos. Tipología. Modelo de datos
relacional..
Tema 55: El archivo como institución cultural y científico:
personal y servicios ofertados.
Tema 56: Animación cultural y difusión de archivos.
Marketing y promoción.
Tema 57: El archivero como profesional cualificado. El
código deontológico.
Tema 58: Aproximación a la historia local de Calp.
Tema 59: El Archivo Municipal de Calp. Organización.
Principales series. Elementos descriptivos.
Tema 60: Institut d’Estudis Calpins. Estructura. Objetivos.
Lo que se hace público para general conocimiento y
oportunos efectos.
Calp, a 4 de abril de 2011.
EL ALCALDE, Josep J. Tur i Ciscar.