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Técnico de Bibliotecas, Diputación Provincial de Huesca

1 Plaza, Promoción interna, Oposición, Subgrupo A1, 30-05-2014

 

Apertura de plazo

 

Bases de la convocatoria

RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2014, de la Diputación Provincial de Huesca, relativa a la convocatoria para la provisión de una plaza de Técnico de Bibliotecas, mediante oposición, por el sistema de promoción interna.

Se hace público, para conocimiento de los interesados, que, por Decreto núm. 0559, de 11 de marzo de 2014, se han aprobado las bases de la convocatoria para la provisión, mediante oposición y por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico de Bibliotecas, según la siguiente redacción:

“Visto el expediente de Secretaría (Sección de Recursos Humanos, Clase Funcionario, núm. 20, año 2014), sobre convocatoria para la provisión, mediante oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico de Bibliotecas, vacante en la plantilla de per- sonal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca.

Considerando que las centrales sindicales no han presentado alegaciones al borrador de bases que les fue entregado el día 3 de marzo.

Esta Presidencia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley regula- dora de las Bases del Régimen Local y disposiciones concordantes, resuelve:

Aprobar las bases que han de regir en la convocatoria para la provisión, mediante oposi- ción, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Tëcnico de Bibliotecas, según la siguiente redacción:

BASES DE LA COnVOCATORiA, PARA PROVEER, mEDiAnTE OPOSiCión, POR EL SiSTEmA DE PROmOCión inTERnA, DE unA PLAzA DE TECniCO DE BiBLiOTECAS, VACAnTE En LA PLAnTiLLA DE PERSOnAL FunCiOnARiO DE LA DiPuTACión PROVinCiAL DE HuESCA

Objeto de la convocatoria.

De conformidad con la plantilla de personal funcionario y la relación de puestos de trabajo de esta Corporación, es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico de Bibliotecas, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Plaza Cometidos Es- peciales, Grupo A, Subgrupo A1.

Dicha plaza está dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1.

Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en esta oposición será necesario:

a) Estar en posesión del título de Licenciado, ingeniero, Arquitecto o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

b) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de esta Diputación Provincial, en la plaza de Técnico medio Bibliotecas, perteneciendo a la Escala de Adminis- tración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos medios, Subgrupo A2 y contar, como mínimo, con dos años de servicios efectivos en la misma.

Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la Constitución española, se dirigirán al Pre- sidente de la Diputación Provincial de Huesca.

Las instancias se presentarán en esta Diputación Provincial durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convoca- toria en el “Boletín Oficial del Estado”, que recogerá las fechas en las que hayan sido publi- cadas las bases íntegras en el “Boletín Oficial de la Provincia” y en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su cumplimentación, dispo- niendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos

previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero el Presidente de la Diputa- ción Provincial de Huesca.

Admisión de instancias.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y ex- cluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y será expuesta en el tablón de edictos de la entidad local, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación.

En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la reso- lución por la que se aprueba la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, de la forma indicada, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del Tribunal, con- cretando qué vocal actuará como Secretario, junto con el señalamiento del lugar, día y hora de celebración del ejercicio, con una antelación no inferior a quince días al comienzo de la prueba.

Tribunal seleccionador.

El Tribunal seleccionador será designado por el Presidente ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres. Estará constituido de la siguiente forma, además de por los respectivos suplentes:

- Presidente.

- Tres vocales.

- Secretario.

La pertenencia al Tribunal de sus miembros será a título individual. Dicho Tribunal deberá ajustarse en su actuación a los principios de independencia y discrecionalidad técnica. Podrán asistir asesores técnicos, con voz y sin voto, cuya designación y actuación deberá ajustarse a los mismos principios que los miembros del Tribunal. Podrán asistir, asimismo, sin voz y sin voto, un representante por cada una de las Centrales Sindicales presentes en la mesa General de negociación, quienes podrán, en su caso, manifestar por escrito las irregularidades de carácter formal o procedimental que, a su juicio, consideren que han podido producirse durante el procedimiento.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miem- bros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los miembros del tribunal y los asesores técnicos, en su caso, habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

Comienzo y desarrollo de la oposición.

El ejercicio de la oposición no podrá comenzar hasta transcurridos, al menos, tres meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Los opositores serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

una vez convocadas las pruebas, no será obligatorio publicar, en su caso, los sucesivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, de los restantes ejercicios, haciéndolos públicos en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Huesca.

Fase de Oposición.

Los aspirantes realizarán un ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio, dividido en dos partes, sobre el contenido del programa anexo a la convocatoria, que consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de cuatro horas un total de cuatro temas del temario que figura como anexo de sta convocatoria, con el siguiente detalle:

- Parte general: un tema de entre dos, extraídos al azar, de la parte general del temario.

- Parte específica: tres temas de entre cuatro, extraídos al azar, de la parte específica del temario.

El Tribunal podrá determinar que el ejercicio sea leído por los aspirantes y asimismo plan- tear las preguntas que consideren oportunas.

Calificación de la fase de oposición.

El ejercicio tendrá carácter eliminatorio y será calificado con un máximo de diez puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de cinco puntos.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal será de 0 a 10. La calificación del ejercicio se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los dis- tintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación obtenida.

Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán ex- puestas en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Huesca.

Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal publicará el nombre del aspirante apro- bado, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas, elevando dicha propuesta a la Presidencia de la Corporación para que efectúe el correspondiente nombramiento en el plazo de un mes desde la formulación de dicha propuesta, una vez que hayan presentado en la entidad local, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, copia autenticada o fotocopia compulsada de la titulación a que hace referencia la base segunda o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si este documento estuviera expedido después de la fecha en que finalizó el plazo de presen- tación de instancias, deberán justificar el momento en que terminaron los estudios.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos no podrá ser nombrado, quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición.

Presentada la documentación preceptiva por los aspirantes seleccionados y una vez apro- bada la propuesta por la Presidencia de la Corporación, los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que sea publicado el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de no tomar posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante.

Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición, en todo lo no previsto en estas bases.

Undecima

En lo no previsto en estas bases, será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y, en lo que no se opongan o contradigan al mismo, el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Departamento de Presidencia y Relaciones institucionales del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funciona- rios de la Administración Local.

Décimsegunda.

A los efectos previstos en el anexo iV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón de servicio, se especifica que la categoría del ór- gano de selección será la primera.

Decimotercera.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, regula- dora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contra las presentes bases, que son defi- nitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición po- testativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca o aquél en el que tenga su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestima- ción por silencio.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Huesca, 11 de marzo de 2014.— El Presidente, Antonio J. Cosculluela Bergua

Temario

Parte General (7 temas).

1. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administra- ción Local: Las competencias de las entidades locales.

2. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administra- ción Local: La estabilidad presupuestaria y las sostenibilidad financiera.

3. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administra- ción Local: La incidencia en Aragón de la distribución competencias de la Ley 27/20013, de 27 de diciembre.

4. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administra- ción Local: El estatuto de los miembros de las entidades locales y el empleo públicos.

5. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a las información pública y buen gobierno: La transparencia de la actividad pública.

6. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a las información pública y buen gobierno: Bueno gobierno.

7. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a las información pública y buen gobierno: impacto en las entidades locales.

Parte Específica (65 temas)

Parte 1. Bibliotecas.

1. Planificación de los servicios bibliotecarios:análisis de los entornos externo e interno.

2. Prototipo de biblioteca pública.

3. Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas.

4. Concepto y funciones de la biblioteca pública. Clases de bibliotecas.

5. Formación, mantenimiento y conservación de las colecciones de las bibliotecas públicas.

6. El proceso técnico del libro en las bibliotecas públicas.

7. Organización y presentación de los fondos de las bibliotecas.

8. Secciones y servicios de la biblioteca pública.

9. uso y difusión de la colección: información, referencia y el servicio de préstamo.

10. El expurgo.

11. La sección local en la biblioteca pública.

12. La biblioteca pública y el servicio de información a la comunidad.

13. La informatización de las bibliotecas: los catálogos colectivos.

14. La formación de usuarios.

15 - Pautas para el acceso a internet desde las bibliotecas públicas.

16. Conceptos del márketing aplicables a las bibliotecas públicas.

17. La biblioteca pública al servicio de los ciudadanos.

18. La búsqueda de calidad en los servicios bilbiotecarios.

19. El trabajo de calidad en las bibliotecas públicas.

20. nuevas formas de trabajo en la biblioteca pública.

21. Sistemas urbanos de bibliotecas.

22. Planificación de edificios y equipamientos para pequeñas bibliotecas.

23. Legislación aragonesa referente a lalectura pública.

24. El sistema de lectura pública en Aragón.

25. Panorama de la lectura pública en la provincia de Huesca.

26- Planificación de los servicios de lectura pública en la provincia de Huesca.

27. Acciones de la Diputación de Huesca en las bibliotecas municipales.

28. El personal al servicio de las bibliotecas municipales de la provincia de Huesca.

29 - Promoción de la lectura en la provincia de Huesca.

30. Evaluación y análisis de las bibliotecas del mundo rural.

Parte 2. Publicaciones.

31. El panorama editorial en España.

32- Situación actual y perspectivas del libro digital en España.

33. La Diputación Provincial de Huesca como editorial: líneas editoriales y colecciones.

34. Proceso de producción de publicaciones en la DPH.

35. Custodia, venta y promoción de publicaciones en la Diputación de Huesca.

36. La promoción del libro en la provincia de Huesca.

Parte 3. Fototeca.

37. Planificación de los servicios de una fototeca.

38. El autor de la obra fotográfica.

39. La obra fotográfica.

40. La formación de los conjuntos documentales y fotográficos: el mercado de adquisición de las fotografías.

41. La gestión de fondos fotográficos en entidades no comerciales.

42. Los procesos documentales de los fondos fotográficos.

43. La digitalización de las imágenes.

44. Evaluación y selección de los conjuntos documentales y fotográficos.

45. Planificación de la preservación documental.

46. Condiciones medioambientales de la preservación.

47. Condiciones de almacenamiento, protección y exposición.

48. Deterioros y situaciones de emergencia.

49. Gestión de las consultas.

50. Reproducción y uso.

51. El derecho moral del autor de la obra fotográfica.

52. Los contratos de explotación de los derechos de autor.

53. mera fotografía y obra fotográfica.

54. Derechos de explotación, reproducción, explotación y comunicación pública de la obra fotográfica.

55. Ámbito de aplicación de la Ley de Propiedad intelectual y tratados internacionales.

56. Transmisión de los derechos de explotación de autor.

57. Estrategias para la conservación del patrimonio fotográfico.

58. La Fototeca de la Diputación de Huesca: historia, programas y proyectos.

59. La recuperación del patrimonio fotográfico en la provincia de Huesca.

60. El programa “Signos de la imagen”.

61. El programa “imagenes de Huesca”.

62. Principales fondos y colecciones fotográficas de la Fototeca de la Diputación de Huesca.

63. Procedimientos a seguir con los documentos fotográficos en la Fototeca de la Diputación de Huesca.

64. Programas culturales de la Diputación Provincial de Huesca.

65. Herramientas para la difusión del patrimonio fotográfico aragonés: SiPCA y DARA.