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Bibliotecario, Ayuntamiento de Palomares del Campo (Cuenca)

1 Plaza, Concurso-Oposicion, Acceso libre, Grupo C, 30-06-2010


Por Resolución de Alcaldía de fecha 23/06/2010, se aprobaron las bases y la convocatoria para la contratación, en régimen de personal laboral, de UNA PLAZA DE BIBLIOTECARIOvacante en la plantilla municipal. Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

OBJETO DE LA CONVOCATORIA 


Es objeto de las presentes bases la contratación de la plaza de UN BIBLIOTECARIO.
Características:
El contrato tendrá la consideración de personal laboral indefinido

MODALIDAD DEL CONTRATO 


La modalidad del contrato es la de LABORAL, regulada por  Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El carácter del contrato es indefinido
La jornada de trabajo será de 35 horas semanales, fijando como día de descanso el domingo. Jornada partida
Se fija una retribución equivalente  al grupo C, subgrupo C1, nivel 16 de la Administración.

CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES 


Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Esta-
tuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá
establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o
de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o espe-
cial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabili-
tado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Estar en posesión del título Bachillerato, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presen-
tación de instancias .

 

FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS 


Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán cons-
tar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-
Presidente del Ayuntamiento de PALOMARES DEL CAMPO, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayunta-
miento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las bases de las pruebas selectivas, así como las correspondientes convocatorias, se publicarán en el  Boletín Oficial de
la Provincia de Cuenca, se publicarán igualmente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, insertándose un extracto de
la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
La solicitud deberá ir acompañada por:
— Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
— Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria así como de los méritos y circunstancias alegados
que deban ser valorados. 

 

 ADMISIÓN DE ASPIRANTES 


Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en
el tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación. Transcurrido el plazo
de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas de selección.
El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Corporación; en este
supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en
los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se
trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo]. 

 

TRIBUNAL CALIFICADOR 


Los Tribunales calificadores estarán constituidos por:
- Presidente.
- Secretario.
- Vocales que determine la convocatoria.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de
la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente con-
vocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal, por mayoría. 

 

 SISTEMAS DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROCESOS 


PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
—Oposición.
—Concurso.
La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de una pruebas de aptitud eliminatoria y obli-
gatoria para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido con-
siderados como aptos en la citada fase de oposición.
FASE DE OPOSICIÓN:
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
PRIMER EJERCICIO: Dividido en dos partes
a) Prueba teórica. Desarrollar por escrito uno de los temas incluidos en el  anexo II
b) Prueba práctica. Supuesto práctico relacionado con las funciones a desempeñar (atención usuarios, resolución de
necesidades de información, ,préstamo, ordenación y tratamiento técnico de los fondos)
Cada parte del se calificará independientemente, con una puntuación de 0 a 10 puntos, debiendo alcanzarse un mínimo de
5 puntos en cada una de ellas para superar la prueba. El conjunto de la fase de oposición  no podrá superar los 20 puntos.
FASE DE CONCURSO:
En la fase de concurso de méritos sólo participarán aquellos aspirantes que hubiesen aprobado las dos partes del ejercicio
de oposición. El conjunto de la fase de concurso no podrá superar los 10 puntos
Méritos computables:
a) Formación:
Título de Licenciado en Documentación: 2 puntos.
Título de Diplomado en Biblioteconomía: 1,50 puntos.
Titulo de Licenciado universitario: 1 punto
Título de Diplomado universitario: 0,50 puntos
Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada.
b) Experiencia:
El tribunal valorará con 0,005 puntos cada hora lectiva de los cursos realizados, de carácter oficial y organizados por enti-
dades profesionalmente reconocidas, que hayan sido debidamente acreditados por el aspirante y en los que conste su dura-
ción. Se establecen tres boques, no pudiéndose superar las puntuaciones establecidas para cada uno de ellos. En conjunto,
la puntuación global asignada por formación no podrá exceder de 3 puntos.
- cursos de biblioteconomía, de más de 10 horas cada uno, hasta un máximo de 2 puntos.
- Cursos sobre internet, tecnologías de la información e informática documentas de más de 30 horas lectivas cada uno: hasta
un máximo de 1 punto.
Sólo se tendrán en cuenta aquellos cursos de formación que hayan sido realizados en los cinco años anteriores a la fecha
de finalización de presentación de solicitudes de la convocatoria.
El Tribunal de selección valorará la experiencia profesional exclusivamente a través de contratos de trabajo que se justifi-
quen documentalmente. La puntuación total asignada por experiencia no podrá exceder de 5 puntos.
- Experiencia  en bibliotecas públicas en puesto de igual o superior categoría a la des puesto al que se opte, 0,1 puntos por
mes trabajado.
- Experiencia en bibliotecas públicas en puestos de inferior categoría a la del puesto al que se opte 0,05 puntos por mes
trabajado
- Experiencia en bibliotecas privadas, 0,025 puntos por mes trabajado
- Experiencia en centros de internet públicos: 0,1 puntos por mes trabajado
En caso de empate en la fase de concurso se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995.

CALIFICACIÓN 


La calificación final será la siguiente:
— Sistema concurso-oposición: será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de
concurso. 

 

RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO 


Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de pun-
tuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número
de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación.
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración (Secretaría de la Corporación), dentro del plazo de veinte días
naturales desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones
de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actua-
ciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Paralelamente se creará una Bolsa de trabajo con el resto de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y no hubie-
sen obtenido plaza, ordenados según la puntuación conseguida. Esta bolsa de trabajo se utilizará en el caso de las renun-
cias o  bajas que pudieran producirse en el periodo de duración del contrato.
Si por cualquier motivo, el Ayuntamiento tuviese necesidad de realizar una nueva contratación de bibliotecario, acudirá, en
primer lugar, a la bolsa prevista , en el caso de no existir aspirantes en la misma, se llevará a cabo un nuevo proceso público
de selección previa comunicación a la correspondiente Delegación Provincial de Cultura, Turismo y Artesanía. 

 

INCIDENCIAS 


Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Bole-
tín Oficial de la Provincia de Cuenca (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-
cioso-Administrativa).
Publíquese esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cuenca, así como el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 6 del
Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 7/2001, de 28 de junio, de Selección de Personal y Provisión de Pues-
tos de Trabajo, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas míni-
mos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración Gene-
ral del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administra-
ción General del Estado y en lo que no esté reservado a la legislación del Estado será de aplicación la Ley 3/1988, de 13
de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de repo-
sición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcal-
día de este Ayuntamiento de PALOMARES DEL CAMPO, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de CUENCA, en el plazo de dos meses a con-
tar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

TEMARIO 


1. La Constitución española de 1978: estructura y contenidos. Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
2. El procedimiento administrativo. La Ley de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y de Procedimiento Admi-
nistrativo Común.
3. Régimen de la Función Pública. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Dere-
chos, deberes e incompatibilidades.
4. La igualdad efectiva de mujeres y hombres en el ámbito de las Administraciones Públicas. Políticas públicas de igual-
dad.
5. Concepto y función de la biblioteca. Tipos de bibliotecas.
6. La biblioteca pública. Concepto y función.
7. Formación de la colección. Selección y adquisición: criterios, fuentes y métodos.
8. Organización, mantenimiento y control de los fondos de la biblioteca. Tipos de catálogos. El catálogo automatizado.
9. Instalación y equipamiento de la biblioteca. Diseño espacial de los servicios bibliotecarios.
10.Proceso técnico de los fondos: libros, publicaciones periódicas y materiales especiales. Catalogación: normas ISBD y
formato MARC.
11.Proceso técnico de los fondos: libros, publicaciones periódicas y materiales especiales. Clasificación: Principales siste-
mas de clasificación, la CDU y la Lista de Encabezamientos de Materias para Bibliotecas Públicas.
12.Servicios y secciones de la biblioteca pública: Mediateca, Sala Infantil, Hemeroteca, Sección Local, Préstamo Bibliote-
cario e Interbibliotecario.
13.Servicios a los usuarios: información y referencia, formación de usuarios y extensión cultural en la biblioteca.
14.Sistemas y redes de bibliotecas. Cooperación bibliotecaria.
15.Automatización de bibliotecas públicas. Los sistemas integrados de gestión bibliotecaria. El catálogo colectivo de la Red
de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha
16.Internet: conceptos y servicios. Principales aplicaciones a las funciones y servicios en la biblioteca pública.
17.Las tecnologías de la información en bibliotecas públicas: soportes ópticos, electrónicos y bases de datos.
18.La animación a la lectura: concepto, técnicas y ámbitos de actuación.
19.Formación de usuarios: concepto, técnicas y ámbitos de actuación
20.El sistema español de bibliotecas. El sistema bibliotecario de Castilla-La Mancha.

En Palomares del Campo, a 23 de junio de 2010.
La Alcaldesa,
Fdo.: María Ángela Rodríguez Toledo