Técnico/a Medio en Biblioteconomía y Documentación, Diputación Provincial de Badajoz
Pendiente de apertura de plazo de presentación de solicitudes
- Requisitos académicos: título universitario oficial de Diplomado/a en Biblioteconomía y Documentación o de Grado en Información y Documentación, o equivalente.
- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para presentar la solicitud será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Oferta de Empleo Público 2025
- Bases de la convocatoria
- Información oficial
Objeto de la convocatoria
Se convoca, por turno libre y mediante concurso-oposición, una plaza de personal funcionario de Técnico/a Medio/a de Biblioteconomía y Documentación, encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Media, grupo A, subgrupo A2. La plaza corresponde a la oferta de empleo público de 2025 de la Diputación de Badajoz y sus organismos autónomos.
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La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la Diputación Provincial de Badajoz. Además, se publicará un extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Requisitos
Las personas aspirantes deben reunir, entre otros, los siguientes requisitos: nacionalidad española o cumplimiento de las condiciones legales para nacionales de otros Estados; capacidad funcional para el desempeño del puesto; tener cumplidos 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa; no haber sido separadas del servicio de una administración pública ni hallarse inhabilitadas; poseer la titulación exigida, que es Diplomado/a en Biblioteconomía y Documentación, Grado en Información y Documentación o equivalente; y haber abonado la tasa de examen correspondiente.
Los requisitos deben cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo y, en su caso, durante el nombramiento.
Solicitudes
La participación exige el abono previo de la tasa de examen, con exenciones para familias numerosas de categoría especial y víctimas del terrorismo, y bonificaciones del 50 % para familias numerosas de categoría general y personas desempleadas. La cuantía general es de 37,76 euros, con reducciones según la situación acreditada.
La solicitud debe presentarse obligatoriamente por vía electrónica, a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. No son subsanables ni la falta de presentación de la solicitud ni la falta de abono de la tasa en plazo.
Con la solicitud solo debe adjuntarse la documentación expresamente indicada: justificante de pago de la tasa y, en su caso, documentación acreditativa de exención, bonificación o desempleo; además de la documentación relativa a discapacidad si se solicitan adaptaciones. Los documentos deben nombrarse en mayúsculas con apellidos y nombre de la persona aspirante.
Una vez finalizada la fase de oposición, solo quienes la hayan superado dispondrán de 10 días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos de la fase de concurso.
Discapacidad
Las personas aspirantes con discapacidad que necesiten adaptaciones para realizar las pruebas deben solicitarlo expresamente en la instancia y aportar certificado acreditativo de discapacidad igual o superior al 33 %, así como la documentación técnica correspondiente.
El Tribunal resolverá sobre la concesión o denegación de las adaptaciones de tiempos y medios, aplicando la normativa vigente sobre ajustes razonables en procesos selectivos. Estas adaptaciones no podrán alterar el contenido del ejercicio ni rebajar el nivel exigido. La Diputación podrá recabar informes complementarios para valorar la capacidad funcional y la compatibilidad con las funciones del puesto.
Admisión
Finalizado el plazo de solicitudes, se aprobará y publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación. La subsanación también deberá realizarse por vía electrónica.
Tras dicho plazo, se aprobará la lista definitiva, en la que se incluirán las personas que hayan corregido los defectos advertidos. En esa misma fase se anunciarán el lugar, la fecha y la hora del inicio de los ejercicios, así como la composición del Tribunal.
Todos los actos derivados de la convocatoria se publicarán en la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la web de la Diputación, siendo responsabilidad de cada aspirante hacer seguimiento de la información publicada.
Tribunal de Selección
El Tribunal estará compuesto por cinco miembros: una Presidencia, tres vocalías y una Secretaría, con igual número de suplentes. Deben respetarse los principios de imparcialidad, profesionalidad y tendencia a la paridad entre mujeres y hombres.
Sus integrantes deberán ser personal funcionario de carrera con titulación igual o superior a la exigida para la plaza. Podrá asistir una persona observadora por cada organización sindical con representación en la Diputación. Se prevén reglas sobre abstención, recusación, quórum y posibles apoyos técnicos cuando las circunstancias del proceso lo aconsejen.
Sistema selectivo
El proceso se articula mediante concurso-oposición y consta de tres fases: oposición, concurso y período de prácticas. La fase de concurso solo se valora a quienes superen previamente la oposición.
La fase de oposición tiene un máximo de 30 puntos y consta de tres ejercicios eliminatorios:
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Un primer ejercicio teórico tipo test de 100 preguntas más 10 de reserva, con 120 minutos de duración. Se valoran conocimientos del bloque I y del bloque II del temario. Cada acierto suma 0,1 puntos y cada error resta 0,05. Es necesario obtener al menos 5 puntos.
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Un segundo ejercicio de desarrollo por escrito de dos temas, elegidos entre tres extraídos al azar del bloque II, con una duración máxima de tres horas. Se valora el conocimiento, la claridad, el orden y la capacidad de expresión y síntesis. También exige una nota mínima de 5.
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Un tercer ejercicio práctico, consistente en resolver dos supuestos prácticos entre tres propuestos, relacionados con el bloque II, en un máximo de tres horas. Es necesario alcanzar al menos 5 puntos.
En los ejercicios segundo y tercero se penalizan errores, omisiones, imprecisiones y falta de argumentación técnica o jurídica. El orden de actuación en ejercicios no conjuntos comenzará por la letra “U”.
La fase de concurso tiene un máximo de 6 puntos. Solo se valoran servicios prestados en la administración pública en plaza igual a la ofertada, a razón de 0,1 puntos por mes completo de servicio efectivo, hasta un máximo de 60 meses. Los servicios en la Diputación de Badajoz y entidades vinculadas pueden recabarse de oficio si se indica expresamente; los prestados en otras administraciones deben acreditarse documentalmente.
Desarrollo de las pruebas
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, salvo supuestos excepcionales legalmente previstos. Se contemplan medidas específicas para casos de hospitalización por embarazo de riesgo o parto, siempre que se justifiquen en plazo y forma.
Durante las pruebas no se permite el uso de teléfonos móviles, relojes electrónicos, pulseras electrónicas ni cualquier dispositivo que permita comunicaciones. Su uso puede dar lugar a la exclusión del proceso.
Calendario
La lista provisional de personas admitidas y excluidas deberá aprobarse en un plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de solicitudes. Después se abrirá un plazo de 10 días hábiles para subsanaciones y reclamaciones.
La lista definitiva se aprobará en un máximo de 15 días hábiles desde el fin del plazo de subsanación. El proceso selectivo debe comenzar antes de seis meses desde la finalización del plazo de instancias y resolverse en un plazo máximo de 12 meses, sin perjuicio de incidencias sobrevenidas o causas de fuerza mayor.
Lista de espera
Del proceso selectivo se derivará una lista de espera o bolsa de trabajo para nombramientos interinos o contrataciones laborales en plazas equivalentes. Se integrará por quienes no obtengan plaza pero hayan superado al menos el primer ejercicio.
El orden en la lista se determinará exclusivamente por la puntuación obtenida en la fase de oposición, aplicando los criterios reglamentarios de prelación. Además, en situaciones urgentes y extraordinarias podrá constituirse una bolsa transitoria con quienes hayan superado el primer ejercicio, hasta que quede formada la bolsa definitiva.
Resolución de la convocatoria y presentación de documentos
Una vez finalizadas las pruebas y valorada la fase de concurso, el Tribunal publicará la relación de personas aprobadas por orden de puntuación y propondrá el nombramiento como funcionario/a en prácticas de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No puede proponerse un número superior al de plazas convocadas.
La persona seleccionada deberá presentar, en el plazo de 20 días hábiles, la documentación acreditativa de identidad, titulación, declaración responsable de no inhabilitación ni separación del servicio, certificado médico oficial y, en su caso, documentación sobre discapacidad. Quienes ya sean personal funcionario de la Diputación o entidades dependientes estarán exentos de presentar los documentos que ya consten en su expediente, salvo el certificado médico.
Aprobada la propuesta y acreditados los requisitos, la persona nombrada deberá tomar posesión como funcionario/a en prácticas en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación.
Fase de período de prácticas
Las personas nombradas como funcionarias en prácticas realizarán funciones propias del puesto en un servicio con vacantes, durante un período de tres meses. Esta etapa combina desempeño práctico y formación teórica, con seguimiento y evaluación de aptitudes y actitudes.
Al finalizar, la Dirección del Área correspondiente, a propuesta de la jefatura del servicio, emitirá un informe motivado con calificación de “apta” o “no apta”. La no superación implica la pérdida de derechos al nombramiento como funcionario/a de carrera. Durante este período se tiene derecho a retribución. Quedan exentas de esta fase las personas que acrediten al menos un año de servicios en la Administración convocante en la misma plaza.
Nombramiento de funcionarias o funcionarios de carrera
Quienes superen el período de prácticas con la calificación de apto o apta deberán tomar posesión como personal funcionario de carrera en el plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación del nombramiento.
Desde la adquisición de la condición de funcionario/a les resultará aplicable el régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Legislación
La convocatoria se rige por la normativa general de procedimiento administrativo, régimen jurídico del sector público, empleo público, régimen local, función pública de Extremadura, normativa reglamentaria específica de selección y demás disposiciones aplicables. También resultan de aplicación las propias bases de la convocatoria y, con carácter supletorio, la normativa estatal sobre ingreso del personal al servicio de la Administración.
Protección de datos de carácter personal
El tratamiento de datos personales se justifica por el cumplimiento de una misión realizada en interés público: gestionar y tramitar la participación en el proceso selectivo y valorar la idoneidad de las candidaturas.
Se informa de la existencia de una persona responsable del tratamiento, de la finalidad, de la legitimación legal y de las posibles cesiones a otras administraciones públicas cuando proceda. Las personas interesadas pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición.
Los listados que se publiquen contendrán únicamente los datos mínimos necesarios para garantizar la publicidad del proceso, y se mantendrán durante el tiempo preciso para su finalidad y para la formulación de reclamaciones o recursos.
Incidencias
El Tribunal queda facultado para resolver las cuestiones que surjan en la interpretación y aplicación de las bases, así como en el desarrollo del proceso selectivo.
El incumplimiento de las bases o de las instrucciones dictadas por el Tribunal puede suponer la exclusión de la persona aspirante en cualquier momento del procedimiento.
Impugnación
Contra las bases cabe interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que las aprobó, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de Badajoz en el plazo de dos meses.
También podrán interponerse los recursos procedentes contra los actos administrativos definitivos que deriven del proceso, de acuerdo con la normativa general de procedimiento administrativo y de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Temario
Bloque I
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La Constitución Española de 1978: Título Preliminar. Título I. De los derechos y deberes fundamentales: de los españoles y los extranjeros; derechos y libertades; de los principios rectores de la política social y económica; de las garantías de las libertades y derechos fundamentales; de la suspensión de los derechos y libertades.
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El Estatuto de Autonomía de Extremadura: Disposiciones generales. Derechos, deberes y principios rectores. Las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las instituciones de Extremadura.
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Título Preliminar. Disposiciones generales. Título I. De los interesados en el procedimiento.
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Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (I): Disposiciones generales. El municipio.
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Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (II): La Provincia: Organización; Competencias; Regímenes especiales. Otras Entidades locales.
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La estructura orgánica de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz: Áreas; Servicios; Patronatos; Organismos Autónomos; Consorcios.
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Texto refundido consolidado del Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Badajoz.
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Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Título I. Objeto y ámbito de aplicación. Título II. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
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Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Presupuesto y gasto público: de los presupuestos, contenido y aprobación; de los créditos y sus modificaciones.
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Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de Prevención.
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Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura: disposiciones generales. Integración de la perspectiva de género en las políticas públicas. Violencia de género: derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
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Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Título Preliminar. Disposiciones generales: objeto y ámbito de aplicación de la ley; contratos del sector público.
Bloque II
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La biblioteca pública en el siglo XXI: concepto, funciones y regulación.
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Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura.
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La biblioteca pública en el ámbito municipal. El Servicio Provincial de Bibliotecas de la Diputación de Badajoz: organización, competencias y líneas estratégicas.
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La presencia de la biblioteca pública en la sociedad: relaciones con los colectivos sociales, la comunidad educativa y el movimiento asociativo en Extremadura.
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Bibliotecas inclusivas y su contribución a la igualdad de oportunidades. Alineación de las bibliotecas con la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible y planes provinciales relacionados.
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Servicios presenciales de la biblioteca pública: préstamo, información, consulta, acceso a Internet y servicios complementarios.
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Usuarios de las bibliotecas públicas: tipologías, necesidades y derechos. Formación de usuarios y educación en el uso de la información.
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Servicios de extensión bibliotecaria y cultural: bibliotecas móviles, actividades en el territorio y cooperación interinstitucional.
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Promoción y marketing de la biblioteca: planificación, herramientas y estrategias de comunicación interna y externa.
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Alfabetización informacional y mediática desde la biblioteca pública: formación en búsqueda, evaluación y uso crítico de la información.
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Catálogo colectivo del Servicio Provincial de Bibliotecas de la Diputación de Badajoz. Aplicaciones móviles, sistemas de gestión y acceso al catálogo.
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La biblioteca digital: concepto, planificación, desarrollo y mantenimiento técnico y de contenidos.
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Política de adquisiciones en formato digital: libro electrónico, audiolibro, podcast, prensa, revistas digitales y otros recursos en línea.
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Dispositivos y soportes de lectura electrónica: características, criterios de selección y gestión en los servicios bibliotecarios.
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La inteligencia artificial, los códigos QR y otras tecnologías emergentes aplicadas a las bibliotecas: usos, potencialidades y tipos de actividades asociadas.
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Personalización de la experiencia de usuario mediante el uso responsable de datos: estadísticas de uso, segmentación de públicos y recomendaciones de lectura.
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Concepto de lectura digital. Nuevos rituales de lectura y transformación de los hábitos lectores.
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Tipos de lectores según soportes y prácticas: migraciones digitales, lectores implicados, colaborativos y creativos.
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Lectura conectada y lectura en la nube: características, ventajas y riesgos.
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Clubes de lectura presenciales, híbridos y en la nube: diseño, gestión, dinamización y evaluación.
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Plataformas de lectura social y redes en línea para la creación de comunidades lectoras, especialmente juveniles.
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El lector social: figura, competencias, herramientas y nuevas formas de participación.
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Literatura transmedia y el nuevo rol del autor en entornos digitales. Expectativas y derechos del lector transmedia.
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Actividades de fomento de la lectura y de animación lectora en la biblioteca para distintos grupos de edad.
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Actividades de dinamización de la lectura digital: hibridación de soportes y espacios, fomento del préstamo digital y participación activa de los usuarios.
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Innovación lectora y sus características en función de los destinatarios: infantil, juvenil y adulta con baja motivación lectora. Propuestas específicas y criterios de diseño.
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Nueva concepción espacial de la biblioteca pública: diseño de espacios flexibles, seguros e inclusivos orientados a la lectura y a la participación social y cultural.
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Nubeteca como modelo de innovación lectora en la provincia de Badajoz: objetivos, líneas de actuación y resultados.
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Espacios Nubeteca: concepción, diseño, equipamiento y procesos de implantación en las bibliotecas municipales.
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Cultura Maker en las bibliotecas: fundamentos, objetivos y su relación con el fomento de la lectura.
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Espacios para la creación (makerspaces, laboratorios de innovación y la creación digital): planificación, recursos tecnológicos y modelos de gestión. Actividades Maker vinculadas a la lectura: proyectos que integran lectura, tecnología e IA en los procesos creativos.
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Nubeteca. Plan de Fomento de la Lectura Digital del Servicio Provincial de Bibliotecas de la Diputación de Badajoz: planificación, agentes implicados y evaluación.
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Herramientas digitales para el apoyo a la lectura: aplicaciones de lectura, plataformas de préstamo digital y otras soluciones tecnológicas. Nubeguías y otros recursos digitales de mediación lectora: concepto, diseño, selección de contenidos y uso de recursos multimedia.
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Realidad aumentada y otras tecnologías inmersivas aplicadas a la mediación lectora y a la orientación en la biblioteca.
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Laboratorios de lectura y creación digital (Bibliolabs, laboratorios ciudadanos): metodología de trabajo, participación comunitaria y líneas de programación.
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Gamificación de la lectura: principios, recursos y ejemplos de aplicación en servicios y actividades bibliotecarias.
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Formación de bibliotecarios en el siglo XXI: competencias profesionales, actualización permanente y liderazgo en innovación lectora.
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Formación de usuarios en competencias digitales y multimodales: lectura en distintos formatos, creación de contenidos y participación en entornos digitales.
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Alfabetización multimodal: lectura y escritura de textos, imágenes, sonidos y lenguajes interactivos en el contexto bibliotecario.
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Autopublicación en las bibliotecas: marco jurídico básico, apoyo a la creación local y visibilización de las obras de autores y lectores.
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Creaciones propias de las bibliotecas y de los usuarios: colecciones digitales, proyectos colaborativos y memoria digital local.
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Evaluación de servicios y programas de fomento de la lectura, presencial y digital: criterios, indicadores y sistemas de recogida de información.
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Medición del impacto social y educativo de los proyectos de innovación lectora en las bibliotecas públicas.
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Proyectos de investigación sobre la implementación de la lectura digital en España: principales líneas, metodologías y resultados aplicables al ámbito bibliotecario.
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El impacto de los Espacios Nubeteca en las bibliotecas de la provincia de Badajoz sobre el préstamo digital y la creación de nuevos lectores públicos.
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Líneas de futuro para la innovación lectora en la red de bibliotecas públicas: tendencias, oportunidades y desafíos para la gestión bibliotecaria.
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Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España. Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español: Título VII. Del Patrimonio Documental y Bibliográfico y de los Archivos, Bibliotecas y Museos.
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Reglamento del Sistema de Archivos y Gestión de Documentos de la Diputación Provincial de Badajoz: Capítulo I. Disposiciones generales. Capítulo IV. De la difusión y formación.
