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Técnico/a Medio Bibliotecas, Ayuntamiento de Elda (Alicante)

1 Plaza + Bolsa de trabajo, Acceso libre, Subgrupo A2, Oposición, 29-12-2025
Pendiente de apertura de plazo de presentación de solicitudes
  • Requisitos académicos: Estar en posesión o en condiciones de obtener, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o titulación equivalente.
  • Plazo de presentación de solicitudes: veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
  • Oferta de Empleo Público 2022
  • Bases de la convocatoria
  • Información oficial

 


 

Objeto de la convocatoria y sistema de selección

  • Finalidad: provisión en propiedad, como personal funcionario/a de carrera, de 1 plaza de Técnico/a Medio Bibliotecas.

  • Turno y sistema: turno libre, mediante oposición.

  • Encudre y clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala Técnica Media, Grupo A, Subgrupo A2.

  • Derechos de examen: se exigen conforme a la ordenanza fiscal municipal vigente.

  • Carácter vinculante: las reglas de la convocatoria obligan a la Administración, al órgano de selección y a las personas aspirantes.

Legislación aplicable

  • Normativa básica de empleo público (Estatuto Básico del Empleado Público).

  • Normativa autonómica valenciana de función pública y su reglamento de selección y provisión.

  • Régimen local (bases del régimen local y disposiciones vigentes).

  • Normativa general de ingreso del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

  • Procedimiento administrativo común y régimen jurídico del sector público.

  • Con carácter supletorio, resultan aplicables las bases generales municipales y el resto de normativa vigente en función pública.

Requisitos de las personas aspirantes

  • Titulación (requisito clave):

    • Grado universitario en Información y Documentación o Diplomatura universitaria en Biblioteconomía y Documentación.

    • Alternativamente, otra titulación universitaria oficial, siempre que se acredite además Máster oficial universitario en: Archivística, Biblioteconomía, Información y Documentación, Gestión Documental o Preservación Digital.

    • Se admiten equivalencias solo si están reconocidas por la Administración competente y acreditadas documentalmente.

  • Capacidad funcional: aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño.

  • Habilitación: no haber sido separado/a del servicio (o revocado el nombramiento interino) mediante procedimiento disciplinario firme, ni estar inhabilitado/a por sentencia firme para funciones públicas o para las propias del puesto.

  • Nacionalidad: española o de Estado miembro de la Unión Europea en los términos legalmente previstos; para otros Estados, no estar inhabilitado/a ni sancionado/a en condiciones equivalentes que impidan el acceso al empleo público.

  • Edad: haber cumplido 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa (o la que establezca la ley).

  • Personas con discapacidad: participación en igualdad de condiciones; se requiere grado reconocido ≥ 33% y, si procede, solicitud de adaptación para las pruebas. La compatibilidad con el desempeño del puesto se acredita mediante certificación del órgano competente, tras superar el proceso.

Publicidad de la convocatoria y plazo de instancias

  • Publicación íntegra en el boletín provincial y extracto en el diario oficial autonómico.

  • Difusión adicional en tablón de edictos electrónico y web municipal.

  • El anuncio de convocatoria se publica en el boletín oficial estatal.

  • Plazo de solicitudes: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio estatal.

Solicitudes de participación

  • Presentación exclusivamente telemática, con identificación electrónica, mediante el trámite específico habilitado.

  • El trámite incluye: inscripción, pago/autoliquidación de la tasa, aportación de documentación complementaria y registro electrónico.

  • La solicitud se entiende completada cuando constan pago y registro, generándose justificante.

  • En la solicitud se realiza declaración responsable de reunir los requisitos y de aceptar las reglas del proceso; la acreditación completa se exige a las personas finalmente seleccionadas.

  • Si se presenta presencialmente, se requerirá subsanación para presentación electrónica.

  • No se admiten solicitudes fuera de plazo o por forma distinta a la prevista.

  • Incidencias técnicas: si una incidencia impide el funcionamiento ordinario de la sede electrónica, el Ayuntamiento puede ampliar plazos no vencidos, con publicación de la incidencia y de la ampliación.

Tasa por derechos de examen

  • Obligatoria para participar.

  • Pago telemático durante la tramitación de la solicitud.

  • Si se tiene derecho a reducción, debe aportarse la documentación acreditativa durante la tramitación.

Lista de personas admitidas y excluidas

  • A la finalización del plazo, se aprueba lista provisional de admitidos/as y excluidos/as (con causa) y se designa el órgano técnico de selección.

  • Subsanación y alegaciones: 10 días hábiles desde la publicación del anuncio en el boletín provincial.

  • Tras resolver alegaciones, se aprueba lista definitiva, que incluye fecha, lugar y hora del primer ejercicio.

  • El inicio de las pruebas no puede fijarse antes de 15 días hábiles desde la publicación de la lista definitiva.

  • Causas de exclusión (mínimas): no reunir requisitos; solicitud fuera de plazo; no presentar solicitud en el modelo establecido; no acreditar el pago de la tasa en plazo.

Órgano técnico de selección

  • Designación por la Alcaldía/órgano delegado, conforme a imparcialidad y profesionalidad.

  • Composición: número impar, mínimo cinco miembros titulares con suplentes; al menos presidencia, tres vocalías y secretaría, atendiendo a criterios de paridad.

  • Requisitos de los miembros: personal funcionario de carrera con titulación igual o superior a la exigida para el ingreso; todos con voz y voto.

  • Exclusiones: no pueden formar parte personal de designación política, interino o eventual.

  • Incompatibilidades: no puede participar quien haya preparado aspirantes en los cinco años anteriores a la convocatoria.

  • Abstención y recusación conforme a la normativa de régimen jurídico del sector público.

  • Funcionamiento como órgano colegiado: quórum de mayoría, acuerdos por mayoría, actas de sesión. Posible incorporación de asesores especialistas (voz sin voto).

  • Límite: no puede proponer más personas aprobadas que plazas convocadas; si hay renuncias o pérdida de condición antes del nombramiento/toma de posesión, puede requerirse relación complementaria de aprobados/as.

  • Impugnación: contra acuerdos no definitivos cabe recurso de alzada ante Alcaldía en 1 mes desde publicación/notificación.

Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas

  • Llamamiento único para cada ejercicio.

  • Orden de intervención (si no pueden realizarse conjuntamente): alfabético, comenzando por la letra resultante del sorteo del Ayuntamiento; si no existe, se aplica el sorteo autonómico y, en su defecto, el estatal.

  • Entre sesiones del mismo ejercicio: preaviso mínimo de 24 horas; entre ejercicios distintos: mínimo 2 días y máximo 45 días naturales.

  • Decaimiento del derecho a participar: por llegar cuando ya han empezado las pruebas o por inasistencia, incluso con causa justificada.

  • Publicidad de resultados y convocatorias sucesivas: tablón electrónico y web municipal, con efectos de notificación.

  • Identificación: obligación de acudir con DNI (o documentación equivalente para extranjeros/as).

  • Medidas para asegurar el anonimato en fases que lo permitan (realización, corrección y valoración).

Ejercicios de la oposición y calificación

  • Fase de oposición: máximo 30 puntos; tres ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios.

  • Puntuación final de la oposición: suma de las puntuaciones de los tres ejercicios.

Primer ejercicio (teórico, tipo test)

  • Cuestionario de 50 preguntas con 4 alternativas (solo 1 correcta).

  • Fórmula de puntuación: aciertos–(errores/3)aciertos – (errores/3)aciertos(errores/3) × 10/50; las no contestadas no puntúan.

  • Calificación: 0 a 10; mínimo 5 para superar.

  • Duración: la fija el órgano de selección (máximo 1 hora).

  • Contenido: materias comunes del temario.

Segundo ejercicio (teórico, desarrollo/composición)

  • Desarrollo por escrito de una temática de composición determinada por sorteo entre varias propuestas.

  • Exige relacionar epígrafes de distintos temas de las materias específicas.

  • Se valora especialmente redacción, exposición y capacidad de relación justificada (no la mera exposición secuencial).

  • Tiempo máximo: lo fija el órgano de selección inmediatamente antes del inicio.

  • Posible exposición oral total o parcial y preguntas/aclaraciones.

  • Calificación: 0 a 10; mínimo 5.

Tercer ejercicio (práctico, supuestos)

  • Uno o varios supuestos prácticos, por sorteo, sobre funciones propias de la plaza, aplicando materias específicas.

  • Tiempo máximo: lo fija el órgano de selección según contenido y características.

  • Consulta permitida: textos legales no comentados y colecciones de jurisprudencia.

  • Se valora razonamiento, sistemática, conclusiones y adecuada interpretación normativa.

  • Posible exposición total o parcial y preguntas/aclaraciones.

  • Calificación: 0 a 10; mínimo 5.

Relación de aprobados/as y propuesta de nombramiento

  • Publicación de la relación de aprobados/as por orden decreciente de puntuación final.

  • Criterios de desempate: mayor puntuación en el tercer ejercicio; si persiste, segundo; si persiste, primero; si continúa, prioridad del sexo infrarrepresentado en la categoría; y, en último término, sorteo.

  • Elevación de propuesta: el órgano técnico de selección eleva propuesta al órgano municipal competente, junto con el acta final.

  • No puede declararse superado el proceso por número superior al de plazas convocadas.

  • A quienes superen el proceso por turno libre se les propone el nombramiento como personal funcionario en prácticas, siendo indispensable superar el periodo de prácticas para el nombramiento como funcionario/a de carrera.

  • Tratamiento de datos: publicaciones con datos identificativos mínimos imprescindibles.

Presentación de documentación

  • Las personas seleccionadas deben presentar documentación acreditativa de requisitos en 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la relación definitiva de seleccionados/as y propuestos/as.

  • Si se deduce falta de requisitos, no procede el nombramiento, sin perjuicio de responsabilidades por falsedad.

  • No presentar la documentación en plazo (salvo fuerza mayor) o evidenciar incumplimiento/falsedad: invalida actuaciones respecto del aspirante e impide el nombramiento; en su caso, se propone a la siguiente persona por orden de puntuación que encaje en el número de plazas.

Periodo de prácticas, evaluación y propuesta de nombramiento

  • Duración: 6 meses, obligatorio y con evaluación preceptiva.

  • Inicio: en el plazo máximo de 1 mes desde la propuesta de nombramiento del órgano técnico de selección.

  • Evaluación: al finalizar, la persona en prácticas entrega memoria de tareas; el responsable jerárquico emite informe. Con ello, el órgano técnico califica motivadamente como Apta o No Apta.

  • Consecuencias:

    • Apta: propuesta de nombramiento como funcionario/a de carrera en máximo 1 mes.

    • No Apta: cese de la relación con el Ayuntamiento.

Formación de bolsa de trabajo temporal

  • Posible propuesta de bolsa de trabajo integrada por quienes, habiendo superado el primer ejercicio, no figuren en la lista de aprobados/as, ordenados por puntuación total.

  • Adicionalmente, puede proponerse una bolsa específica para promoción interna destinada a posibles nombramientos por mejora de empleo.

  • Publicación de la bolsa en tablón electrónico y web municipal.

Funcionamiento de la bolsa de trabajo

  • Llamamientos por el orden establecido, según necesidades.

  • Si el servicio efectivo a tiempo completo derivado del nombramiento es inferior a 1 año, se mantiene el orden en la bolsa.

  • Contacto mediante teléfono y correo facilitados; obligación de personarse en el departamento competente en 24 horas, o se produce exclusión.

  • Tras tres intentos de contacto sin éxito y transcurridas 24 horas desde el último, exclusión automática.

  • Tras la propuesta, el candidato dispone de 2 días (salvo urgencia) para personarse y comunicar por escrito aceptación o no.

  • Si el aspirante ya presta servicios en el Ayuntamiento en el momento del llamamiento, conserva el orden hasta nueva oferta, siempre que haya cesado previamente en la prestación de servicios.

Renuncias justificadas y exclusión de la bolsa

  • Si se rechaza el nombramiento por causa justificada, debe acreditarse en 5 días hábiles; si se acepta la justificación, pasa al último lugar de la bolsa.

  • Motivos justificados (con acreditación):

    • Estar trabajando (vida laboral).

    • Enfermedad o convalecencia.

    • Situaciones vinculadas a embarazo, parto, adopción, acogimiento o enfermedad grave de familiar con efectos en permisos/licencias.

  • Rechazo injustificado o acreditación insuficiente: exclusión automática.

Llamamientos extraordinarios de la bolsa

  • Posibles llamamientos extraordinarios para vacantes o sustituciones en otras plazas municipales del mismo grupo o inferior, siempre que la titulación habilite y por urgencia/necesidades del servicio.

  • Posibles llamamientos para organismos autónomos municipales u otras entidades con convenio, conforme a las reglas propias aplicables en cada caso.

Vigencia

  • La bolsa permanece vigente hasta que se constituya otra nueva por la celebración de nuevas pruebas selectivas para plazas de la misma categoría.

Incidencias

  • El órgano técnico de selección puede resolver dudas y adoptar acuerdos necesarios para el buen orden y desarrollo del proceso en todo lo no previsto expresamente.

Temario

Materias comunes

  • La Constitución Española de 1978: principios generales, valores constitucionales, derechos fundamentales y libertades públicas.

  • Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

  • Ley 39/2015 (procedimiento administrativo común): interesados; actividad administrativa; actos administrativos; disposiciones sobre el procedimiento; fases del procedimiento.

  • Ley 40/2015 (régimen jurídico del sector público): disposiciones generales; principios de actuación y funcionamiento; órganos administrativos; responsabilidad patrimonial.

  • Ley 7/1985 (bases del régimen local): competencias municipales; organización y funcionamiento de municipios de régimen común.

  • Personal al servicio de las corporaciones locales: estructura y clases; derechos y deberes; incompatibilidades; régimen disciplinario.

  • Prevención de riesgos laborales: derechos y obligaciones; igualdad efectiva de mujeres y hombres (principios generales); II Plan Municipal de Igualdad del Ayuntamiento de Elda.

  • Unión Europea: instituciones; ordenamiento jurídico; recepción, aplicación y control del derecho comunitario en España.

  • Servicio público local: formas de gestión; patrimonio y bienes locales (concepto y clasificación); contratación del sector público y contratación en la administración local.

  • Haciendas locales: clasificación de ingresos; ordenanzas fiscales; impuestos locales; ingresos no impositivos; ingresos de derecho privado; tasas y contribuciones especiales; precios públicos.

  • Presupuesto local: concepto y contenido; principios; elaboración, tramitación y aprobación; ejecución y liquidación; modificaciones presupuestarias.

  • Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Materias específicas

  • Legislación estatal y valenciana sobre lectura, libro y bibliotecas: evolución histórica y conceptos generales de la normativa actual.

  • Normativa estatal y valenciana sobre patrimonio bibliográfico y documental: evolución histórica y conceptos generales de la normativa actual.

  • Sistema bibliotecario valenciano: red de lectura pública; centros municipales de lectura pública; bibliotecas especializadas y centros de documentación.

  • Red de Bibliotecas Públicas Municipales de Elda: historia y evolución.

  • Biblioteca Nacional de España: funciones, servicios y colecciones.

  • Depósito legal y depósito legal de publicaciones en línea; propiedad intelectual; derechos de autor en el entorno digital.

  • Concepto de biblioteca: objetivos, funciones y servicios según tipologías.

  • Bibliotecas públicas municipales: organización, funciones y servicios; función social.

  • Planificación y construcción de bibliotecas: diseño, equipamiento, señalización y gestión de espacios.

  • Medidas medioambientales de seguridad y prevención; actuación ante emergencias; conservación de materiales.

  • Proceso técnico de fondos: adquisición, ingreso, registro y ordenación; recuentos y expurgos.

  • Análisis documental: catalogación y clasificación.

  • Normas de catalogación; reglas españolas; sistemas de clasificación; CDU.

  • Catálogos: concepto, clases y fines.

  • Sección infantil y juvenil en biblioteca pública; colaboración con centros de enseñanza.

  • Hemeroteca y control de publicaciones periódicas; publicaciones periódicas eldenses: historia y evolución.

  • Sección local: definición; referencias principales de bibliografía local eldense (monografías y periódicas).

  • Evolución histórica de la bibliografía; obras de referencia (enciclopedias, diccionarios, bibliografías y catálogos); bibliografías valencianas.

  • Evaluación y estadísticas en bibliotecas públicas municipales: normas y procesos.

  • Servicios bibliotecarios básicos: préstamo individual, colectivo e interbibliotecario; información bibliográfica y de referencia.

  • Formato MARC de registros bibliográficos.

  • Normalización de identificación bibliográfica: ISBN, ISSN y otros números internacionales.

  • Fomento de la lectura: animación lectora y formación de usuarios; extensión bibliotecaria.

  • Accesibilidad universal en bibliotecas públicas; clubes de lectura.

  • Biblioteca inclusiva: recursos y servicios adaptados para personas con capacidades diversas.

  • Automatización y nuevas tecnologías: internet y bibliotecas; catálogos públicos en línea.

  • Sistemas integrados de gestión bibliotecaria: Absysnet.

  • Biblioteca e inclusión digital: acceso público a internet y formación TIC.

  • Plataformas de préstamo de libros electrónicos y audiovisuales: eBiblio y eFilm.

  • Libro y bibliotecas en la Antigüedad y Edad Media.

  • Invención y difusión de la imprenta; imprenta en España en el siglo XV.

  • Imprenta valenciana.

  • Libro y bibliotecas en los siglos XVI, XVII y XVIII.

  • Libro y bibliotecas en los siglos XIX y XX.

  • Sistema archivístico español: normativa.

  • Sistema archivístico valenciano: ley autonómica de archivos; SAVEX (Sistema Arxivístic Valencià en Xarxa).

  • Archivística: concepto, definición y fundamentos; evolución histórica.

  • Archivo: concepto y definición; funciones, etapas y tipos.

  • Documento: concepto y definición; tipologías documentales.

  • Ingresos documentales ordinarios y extraordinarios; transferencias documentales.

  • Clasificación de fondos documentales: sistemas de clasificación.

  • Ordenación documental: tipos de ordenación.

  • Digitalización de documentos de archivo: aspectos técnicos; gestión de proyectos.

  • Construcción y equipamiento de archivos: edificio, depósitos e instalaciones; condiciones medioambientales; planes de contingencia y desastres.

  • Materiales especiales en archivos: fondos fotográficos; conservación e instalación de soportes fotográficos.

  • Derecho de acceso a la información pública: límites, normativa y protección de datos (intimidad, honor y propiedad intelectual).

  • Difusión de archivos: políticas y estrategias de comunicación; función educativa y cultural.

  • Archivo histórico de Elda: evolución y contenido; principales hitos documentales.

Recursos

  • Frente al acuerdo que pone fin a la vía administrativa cabe:

    • Recurso de reposición potestativo en el plazo de 1 mes desde el día siguiente a la publicación oficial correspondiente.

    • Recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses en los términos legalmente previstos.

    • Si se interpone reposición, no procede acudir a la vía contenciosa hasta su resolución expresa o desestimación presunta.