Facultativo de Archivos, Bibliotecas y Museos, Universidad Politécnica de Madrid
- Titulación requerida: título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente
- Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 22/09/2010
- PDF de las bases de la convocatoria BOE nº 213 de 02-09-2010
- Foro de la convocatoria
Bases de la convocatoria BOE nº 213 de 02-09-2010
Resolución de 15 de junio de 2010, de la Universidad Politécnica de Madrid,
por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de
Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, Subgrupo A1, por el sistema
de promoción interna y acceso libre.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 215/2003, de 16 de octubre, del Consejo
de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 29 de octubre), por el que se aprueban
los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a las
necesidades del Personal de Administración y Servicios.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1,
en relación con el artículo 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), así como en los
artículos 67 y 177.3 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas
selectivas para ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de
la Universidad Politécnica de Madrid, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas pertenecientes a la
Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, Subgrupo A1, de la Universidad
Politécnica de Madrid, para su provisión por el sistema de promoción interna y sistema
general de acceso libre.
Las características de las plazas comprenden, entre otras funciones, la gestión, estudio
y propuesta en el ámbito de los Archivos y Bibliotecas de nivel superior y, en su caso, las
de carácter directivo.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna
asciende a dos plazas.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre
asciende a una plaza.
1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán
al sistema general de acceso libre. En este sentido, el procedimiento para promoción
interna finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre. El Presidente
del Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.
Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.
1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán, en
todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso
libre para cubrir las plazas vacantes que se oferten.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 7/2007, de 12 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada, entre otras, por la Ley 23/1988, de 28
de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 10 de
abril) por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de
la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; el Real
Decreto 227/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y
provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; el Real Decreto
543/2001, de 18 de mayo sobre acceso al Empleo Público de la Administración General
del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros estados a los que es de
aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; la Ley de la Comunidad de
Madrid 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid de 24 de abril); los Estatutos de la Universidad
Politécnica de Madrid; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo (Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid de 14 de mayo), por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento
y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la
Comunidad de Madrid; lo dispuesto en la presente convocatoria y demás normativa de
aplicación.
1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de
oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II
de esta convocatoria.
1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo a las siguientes fases:
1.5.1 Fase de concurso.—La lista que contenga la valoración provisional de méritos
de la fase de concurso se hará pública, mediante Resolución del Rectorado de la
Universidad, para aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
A efectos de esta valoración, se expedirá de oficio, a los aspirantes que hayan superado
la fase de oposición, certificación según el modelo que figura como anexo VI a esta
convocatoria. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para alegar las rectificaciones
pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.
Por la misma autoridad se dictará Resolución que contenga la relación de las
puntuaciones definitivas en fase de concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
1.5.2 Fase de oposición.—El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a
partir de la segunda quincena de septiembre de 2010.
1.6 Superarán el proceso selectivo, siendo nombrados funcionarios de la Escala de
Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, de la Universidad Politécnica de Madrid,
aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de concurso y oposición
hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de plazas
convocadas. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso
selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de
todo el proceso.
1.7 Duración del proceso selectivo:
Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publicación de la relación
definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo, no podrán transcurrir más de
seis meses, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que en
ningún caso excederá de nueve meses.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente
deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco
días naturales, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior, que
en ningún caso excederá de noventa días naturales.
1.8 La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid y en el Boletín Oficial del Estado. Todos los actos derivados de ella se harán
públicos en la página web de la Universidad Politécnica de Madrid (www.upm.es), en los
tablones de anuncios del Rectorado (Edificio A), y en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid, cuando proceda.
Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, ascendientes
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, se extenderá
a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea aplicable
la libre circulación de trabajadores.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de
jubilación legalmente establecida.
2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente,
o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de
solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión
de la credencial que acredite su homologación, o en condiciones de obtenerla.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
las correspondientes funciones.
Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además de no
encontrarse inhabilitados para el acceso a la Función Pública en España, no deberán estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a
la función pública.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna
deberán pertenecer como funcionarios de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de
los Subgrupos A1 y A2 de la Universidad Politécnica de Madrid, no encontrarse en la
situación administrativa de suspensión de funciones, y haber prestado servicios efectivos
durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de los
Subgrupos A1 y A2 de la Universidad Politécnica de Madrid.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.
Solicitudes
3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas se encuentra disponible
en la página web https://www.upm.es/preinscripcion_pas/, cuya cumplimentación le
reconoce provisionalmente como candidato al proceso selectivo, debiendo, además,
imprimirse y ser presentada en el Registro General de la Universidad Politécnica de Madrid
o en cualquiera de los centros, o a través de las demás formas previstas en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para confirmar de forma efectiva su
participación.
3.2 La presentación de solicitudes deberá realizarse en el plazo de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica
de Madrid, calle Ramiro de Maeztu, número 7, 28040 Madrid. Las solicitudes suscritas en
representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
A la solicitud deberá adjuntarse comprobante bancario original de haber satisfecho los
derechos de examen a favor de esta Universidad. La falta del comprobante bancario
original acreditativo del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del
aspirante. Asimismo, en ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la
sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación, en tiempo y forma,
en los términos expresados en el párrafo anterior.
Junto a la solicitud de participación en estas pruebas selectivas se acompañarán dos
fotocopias legibles del documento nacional de identidad o documentación acreditativa
correspondiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho
a participar, deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad
y, en su caso, los documentos que acrediten alguna de las circunstancias previstas en la
base 2.1.1, en virtud de las cuales se puede participar en la presente convocatoria.
Asimismo, se acompañarán copias cotejadas de las titulaciones que puedan tenerse
en cuenta para valorar los méritos previstos en la fase de concurso, siempre que no se
haya aportado con anterioridad al Servicio de Gestión y Selección del PAS de la UPM.
La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en los Cuerpos
o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto
Básico del Empleado Público (BOE del 13), a efectos de la valoración de la fase de
concurso en el turno de promoción interna, en la que deberá constar el grado consolidado,
el nivel del puesto desempeñado y la antigüedad en el cuerpo o escala, será expedida de
oficio una vez haya terminado la fase de oposición, según el modelo que se adjunta como
anexo VI de la presente convocatoria.
La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en la Universidad
Politécnica de Madrid en los Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la
Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE del 13), a
efectos de la valoración de la fase de concurso en el sistema general de concurso-oposición
libre será expedida de oficio una vez haya terminado la fase de oposición, según el modelo
que se adjunta como anexo VI de la presente convocatoria.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los lugares y forma señalados
en esta base se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro
General de la Universidad Politécnica de Madrid.
3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación
de su solicitud:
En el recuadro destinado a «Centro» consignarán: «U.P.M.: «Facultativos de Archivos,
Bibliotecas y Museos».
En el recuadro destinado a «Escala» consignarán: «Escala A1».
En el recuadro destinado a «Forma de Acceso» consignarán: «L» o «P.I», según se
participe por el turno libre o por el turno de promoción interna.
En el recuadro destinado a «Fecha BOE» consignarán: «día, mes y año de
publicación».
3.4 Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, expedido por la
Administración Pública competente.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo con una antigüedad
mínima de seis meses, referida a la fecha de la publicación de la correspondiente
convocatoria de pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.
Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo
causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y
que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos
señalados, se solicitará en la oficina del Instituto Nacional de Empleo. En cuanto a la
acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita
del solicitante, según el modelo del Anexo V. Ambos documentos deberán acompañarse a
la solicitud.
c) Asimismo, estarán exentas del pago las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e
hijos.
3.5 Los derechos de examen serán de 16,92 euros para los aspirantes de promoción
interna y de 33,84 euros para los aspirantes de turno libre y se ingresarán en la cuenta
corriente número 0049-5121-24-2510121551 de la entidad Banco Santander, abierta a
nombre de la Universidad Politécnica de Madrid, haciendo constar: «Pruebas Selectivas
Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos. Promoción Interna», o, en su caso:
«Pruebas Selectivas Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Muesos. Libre».
3.6 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado
dirigido al Sr. Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid, (Sección de Concursos y
Oposiciones) cuando concurra alguna causa excepcional sobrevenida, justificada y
discrecionalmente apreciada por el Tribunal, y siempre antes de la finalización del plazo de
presentación de instancias.
3.8 Los datos consignados en las solicitudes serán tratados de conformidad a lo
dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de protección de datos de carácter personal en
la Comunidad de Madrid, para uso exclusivo de este procedimiento, pudiendo los
interesados ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación,
oposición y cancelación sobre los mismos.
Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
Politécnica de Madrid dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, sin perjuicio de lo
establecido en el artículo 42.6, párrafo segundo, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, por
cada turno, y expresando las causas de exclusión, que se publicará en el tablón de
anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu,
número 7, Madrid), y en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).
4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente a la publicación de la citada Resolución, a fin de subsanar el defecto
que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar bajo su exclusiva
responsabilidad, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además,
que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
4.3 Contra la Resolución definitiva, que haga pública la relación definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad
Politécnica de Madrid en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación,
o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
contados a partir del día siguiente al de su publicación ante el Juzgado de lo Contenciosocve
Administrativo de Madrid, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 8.3 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.4 La posible devolución de la tasa por derechos de examen se regirá por lo
dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2002 de 24 de octubre (BOCM del 29) por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de
Madrid.
Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de esta
convocatoria.
5.2 Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, deberán pertenecer a un
cuerpo o escala para cuyo ingreso se requiera nivel de titulación igual o superior a la
exigida a los aspirantes a la selección o poseer la titulación requerida a los aspirantes.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rectorado
de esta Universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo
28.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubiesen realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a cuerpos y escalas análogos
al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación
de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún
modo con centros de preparación de opositores del cuerpo al que pertenezcan las plazas
convocadas.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su
juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias de abstención citadas, conforme al
artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante
publicará Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que
hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas
en la base 5.2, o por otras causas, en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad
Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), así como en la página
web de esta Universidad (http://www.upm.es/).
5.4 La sesión de constitución del Tribunal se celebrará una vez publicada la resolución
por la que se aprueben las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al
proceso selectivo, y tendrá lugar previa convocatoria por el Secretario, por orden del
Presidente, de los miembros titulares y suplentes que lo integran. En dicha sesión, el
Presidente recordará a todos los miembros del Tribunal el rigor en el cumplimiento del
deber de sigilo profesional a que vienen obligados, así como las responsabilidades
administrativas o penales que por cualquier causa pudieran derivarse.
Asimismo, en dicha sesión constitutiva, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales titulares y, en
defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o vocal suplente respectivo.
A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia
del Presidente, del Secretario y de al menos tres de sus miembros titulares o, en su caso,
de sus respectivos suplentes. El Tribunal adoptará sus acuerdos por mayoría de votos.
5.5 De cada sesión que celebre el Tribunal se levantará acta por el Secretario, que
actuará con voz, pero sin voto.
Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión y serán firmadas, al
menos, por el Secretario con el visto bueno del Presidente, pudiendo firmarlas también
cualquier otro miembro titular del Tribunal asistente al acto que lo desee.
Los miembros del Tribunal podrán hacer constar en el acta su voto contrario al acuerdo
adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen, o el sentido de su voto
favorable.
5.6 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción
Profesional; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda de la
Comunidad de Madrid, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y
actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad
de Madrid, y en lo previsto en las bases de esta convocatoria.
El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para
adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no
previsto por las presentes bases y normativa aplicable.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su
colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para
tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá
comunicarse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid.
5.8 El Tribunal calificador adoptará discrecionalmente las medidas precisas, de forma
que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de
los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las
personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las
adaptaciones posibles en tiempo y los medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los
órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de
la Comunidad de Madrid.
5.9 El Presidente del Tribunal, bajo su responsabilidad, adoptará las medidas de
seguridad que considere necesarias para garantizar el máximo rigor y confidencialidad en
el proceso de elaboración y custodia de los ejercicios, informando al Tribunal de dichas
medidas con carácter previo a su adopción.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos que no hayan atendido debidamente las
instrucciones del Tribunal.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu, número 7,
28040 Madrid, teléfono 91 336 60 00).
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del
Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas
selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de
las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (Boletín Oficial del
Estado del 30).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en estas bases será nula de
pleno derecho.
Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquel
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «K», de conformidad con lo establecido
en la Resolución de 3 de julio de 2009, de la Dirección General de la Función Pública de
la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
(BOCM de 21 de julio de 2009)
cve: BOE-A-2010-13653
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del
Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los
casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y aquellos de
fuerza mayor, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de la lista de aprobados de cada ejercicio y del anuncio de
celebración de los sucesivos ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se
haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal (edificio A del Rectorado de la
Universidad Politécnica de Madrid, calle. Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), y en la
página web de la UPM, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para
la iniciación del mismo.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los
efectos procedentes.
Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el
lugar o lugares de celebración del último ejercicio, en la página web de la UPM y en los
tablones de anuncios (edificio A del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid,
calle. Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), las relaciones provisionales de aspirantes
que han superado el proceso selectivo en cada uno de los turnos, por orden de puntuación
alcanzada, con indicación del número de su documento nacional de identidad, sin que su
número pueda ser superior al de plazas convocadas.
Los interesados podrán alegar ante el Tribunal calificador, en el plazo de diez días
hábiles, cuantas cuestiones estimen contrarias a las presentes bases.
7.2 El Tribunal, una vez resueltas las alegaciones formuladas y, en su caso, corregidos
los errores advertidos, elevará copia certificada de las relaciones definitivas de aprobados
al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, quien ordenará su
publicación en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid
(calle Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), en el lugar de celebración del último ejercicio,
así como en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).
8 Lista de espera para funcionarios interinos
8.1 A los efectos de la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal
funcionario de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad
Politécnica de Madrid, se formará una lista de espera con los aspirantes del sistema
general de concurso-oposición libre, que se regulará según lo dispuesto en el Decreto
50/2001, de 6 de abril (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 19 de abril), de la
Consejería de Presidencia y Hacienda de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan
los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal
funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid.
8.2 La lista de espera resultante de esta convocatoria, dejará nulas y sin efectos a las
anteriores existentes en la Universidad Politécnica de Madrid para el llamamiento de
funcionarios interinos de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la
Universidad Politécnica de Madrid.
Presentación de documentos
9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hiciera pública la relación definitiva de seleccionados, los aspirantes incluidos en la
misma deberán presentar en el Servicio de Selección y Gestión del Personal de
Administración y Servicios —Sección de Concursos y Oposiciones—, de la Universidad
Politécnica de Madrid los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada o cotejada del título exigido en la base 2.1.3) de esta
convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos
los estudios para la obtención del mismo o, en su caso, de la credencial que acredite la
homologación de las titulaciones obtenidas en el extranjero.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta
convocatoria. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar,
además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan en su Estado el acceso
a la función pública, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.
C) Certificado médico oficial, exigible para el acceso a la función pública, de no estar
afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes
funciones, expedido por los órganos competentes de la Comunidad de Madrid.
D) Quienes ya tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de
justificar los extremos que sirvieron de base para su anterior nombramiento, debiendo
presentar certificación del Servicio de Personal del Ministerio u organismo público del que
dependan, justificativo de tal condición.
9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de su examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad
en la solicitud de participación en las pruebas.
9.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse
por orden de puntuación ante el Rectorado de la Universidad, previa oferta de los mismos,
de acuerdo con lo establecido en la base 1.6 de esta convocatoria.
Nombramiento de funcionarios y toma de posesión
10.1 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieren superado y aporten la
documentación requerida en la base 8.1 serán nombrados funcionarios de carrera de la
Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de
Madrid, mediante Resolución del Órgano convocante que se publicará en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
10.2 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran superado el proceso
selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su
nombramiento en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
10.3 Previamente a la incorporación del funcionario al puesto de trabajo adjudicado,
la Gerencia de la Universidad Politécnica de Madrid podrá acordar la realización de un
curso formativo acorde a las funciones a desarrollar.
11 Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la
actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos
por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid podrá, en su caso,
proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la
mencionada Ley.
Madrid, 15 de junio de 2010.—El Rector, Javier Uceda Antolín.
cve: BOE-A-2010-13653
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
Turno de promoción interna
Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán hasta un máximo de 40
puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes:
a) Antigüedad.—La antigüedad como funcionario en los cuerpos o escalas incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público, se valorará hasta un máximo de 16 puntos, teniendo en cuenta a estos efectos los
servicios prestados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes,
siempre que se trate de servicios no prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de un
punto por la pertenencia al Subgrupo A2; 0,75 puntos por la pertenencia al Subgrupo C1;
0,50 puntos por la pertenencia al Subgrupo C2,y 0,25 puntos por la pertenencia al Grupo
E, hasta el límite máximo expuesto.
b) Grado personal.—Se valorará el que los aspirantes tengan consolidado a la fecha
en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:
Hasta el Grado 21: cinco puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 21: un punto más, hasta un máximo de 10
puntos.
c) Puesto de trabajo.—Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente
al puesto de trabajo que se tenga en propiedad el día en que finalice el plazo de presentación
de solicitudes, según la siguiente escala:
Nivel 21: cinco puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 21: un punto más, hasta un máximo de 10
puntos.
d) Titulación académica.—Se valorará con cuatro puntos la posesión de una o más
titulaciones académicas oficiales superiores, incluido el título de Doctor, además de la
exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A1 del artículo 76 de la Ley
7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.
Fase de oposición
La oposición estará formada por los ejercicios siguientes:
Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la resolución y exposición
escrita de dos supuestos prácticos, a elegir por los opositores, entre cuatro propuestos por
el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos de gestión técnica relacionados con el
programa que figura en el anexo II, propios de la escala a la que se aspira.
Los aspirantes dispondrán de un máximo de cuatro horas para la realización de estos
supuestos, que entregarán por escrito. Podrán utilizar material de apoyo como libros,
revistas, separatas, etc., así como medios de información electrónica disponibles en el
lugar que determine el tribunal para la realización del ejercicio, tanto en castellano como
en inglés.
Se convocará a los aspirantes, en sesión pública, para la lectura del supuesto práctico
y podrán se entrevistados por el Tribunal durante 10 minutos como máximo.
Se valorará la precisión y el rigor en la planificación técnica, su adecuación a las
tecnologías de la información y comunicaciones así como claridad y el orden de las ideas
en la expresión oral.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de 15 puntos.
Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la presentación de un
proyecto de Planificación en el área de la biblioteconomía universitaria y de investigación,
en alguna o varias de las siguientes áreas orientativas: Política y gestión de la colecciones,
Gestión de proceso técnico automatizado, Gestión de Recursos Electrónicos, Servicios de
apoyo a la docencia, Servicios de apoyo a la investigación, Gestión de Recursos Humanos,
Económicos, Espaciales y Evaluación de Servicios.
Dicho proyecto se entregará al Tribunal tras la publicación de la lista de aprobados del
segundo ejercicio del turno libre, en el lugar donde determine el Tribunal y que será
anunciado con antelación.
Se convocará a los aspirantes, en sesión pública, para la defensa del proyecto
presentado durante un tiempo no superior a 15 minutos y podrán ser entrevistados por el
tribunal durante otros 15 minutos como máximo.
Para la defensa del proyecto podrán utilizar ordenador, proyector y conexión a internet.
Se valorará la originalidad del proyecto, su adecuación a las tecnologías de la
información y comunicaciones, la precisión y el rigor en la planificación técnica, así como
claridad y el orden de las ideas en la expresión oral.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de 15 puntos.
Tercer ejercicio (optativo y de mérito).—Consistirá en la traducción directa sin diccionario
de un texto profesional propuesto por el Tribunal en inglés o francés, a elección del
aspirante.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.
La calificación será de 0 a 4 puntos, y dicha calificación no servirá en ningún caso para
la superación de la oposición.
Turno de acceso libre
Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los siguientes méritos,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Los servicios efectivos prestados a la Universidad Politécnica de Madrid de los
aspirantes que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes ostenten o hayan
ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de cualquier escala de la
Universidad Politécnica, dentro del año inmediatamente anterior a la finalización del plazo
de presentación de solicitudes, a razón de 0,20 puntos por mes completo, hasta un máximo
de 8 puntos.
b) Titulación académica: Se valorará con 1 punto la posesión de una o más titulaciones
académicas superiores a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A1
del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,
debiendo acreditarse con copia cotejada, que se adjuntará a la solicitud de participación
en las pruebas selectivas.
Fase de oposición
La oposición estará formada por los ejercicios siguientes:
Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en el desarrollo por escrito de
tres temas, uno por cada grupo de materias del programa, elegidos por los opositores de
entre seis, extraídos al azar, a razón de dos por cada uno de los tres grupos de materias
citados.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de tres horas.
El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará
la formación general y actualización de conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la
aportación personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.
Una vez leído el ejercicio, el Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre extremos
relacionados con su ejercicio, durante un período máximo de quince minutos.
Se calificará de cero a 15 puntos, siendo necesario para su superación obtener un
mínimo de 7,5 puntos y no haber obtenido una calificación de cero puntos en alguno de los
temas.
Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la resolución y exposición
escrita de dos supuestos prácticos, a elegir por los opositores, entre cuatro propuestos por
el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos de gestión técnica relacionados con el
programa que figura en el anexo II, propios de la escala a la que se aspira.
Los aspirantes dispondrán de un máximo de cuatro horas para la realización de estos
supuestos, que entregarán por escrito. Podrán utilizar material de apoyo como libros,
revistas, separatas, etc., así como medios de información electrónica disponibles en el
lugar que determine el tribunal para la realización del ejercicio, tanto en castellano como
en inglés.
Se convocará a los aspirantes, en sesión publica, para la lectura del supuesto práctico
y podrán se entrevistados por el Tribunal durante 10 minutos como máximo.
Se valorará la precisión y el rigor en la planificación técnica, su adecuación a las
tecnologías de la información y comunicaciones así como claridad y el orden de las ideas
en la expresión oral.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de 5 puntos.
Tercer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la presentación de un
proyecto de Planificación en el área de la biblioteconomía universitaria y de investigación,
en alguna o varias de las siguientes áreas orientativas: Política y gestión de la colecciones,
Gestión de proceso técnico automatizado, Gestión de Recursos Electrónicos, Servicios de
apoyo a la docencia, Servicios de apoyo a la investigación, Gestión de Recursos Humanos,
Económicos, Espaciales y Evaluación de Servicios.
Dicho proyecto se entregará al Tribunal tras la publicación de la lista de aprobados del
segundo ejercicio, en el lugar donde determine el Tribunal y que será anunciado con
antelación.
Se convocará a los aspirantes, en sesión pública, para la defensa del proyecto
presentado durante un tiempo no superior a 15 minutos y podrán ser entrevistados por el
tribunal durante otros 15 minutos como máximo.
Para la defensa del proyecto podrán utilizar ordenador, proyector y conexión a internet.
Se valorará la originalidad del proyecto, su adecuación a las tecnologías de la
información y comunicaciones, la precisión y el rigor en la planificación técnica, así como
claridad y el orden de las ideas en la expresión oral.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de 5 puntos.
Cuarto ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la traducción directa sin
diccionario de un texto profesional propuesto por el Tribunal en inglés o francés, a elección
del aspirante.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. La
calificación será de 0 a 5 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 2,5
puntos.
Valoración final
Corresponde al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición. Todo ello a la vista del grado de dificultad de los ejercicios
propuestos y del conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta
escala.
La calificación final del proceso selectivo para el sistema de concurso-oposición libre y
promoción interna, respectivamente, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de carácter eliminatorio
de que consta la fase de oposición. En caso de igualdad en la puntuación total, se dará
prioridad al aspirante con:
A) Mayor puntuación en el tercer ejercicio de la fase de oposición.
B) Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.
C) Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
D) Mayor puntuación en el cuarto ejercicio de la fase de oposición.
E) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que
aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente, de persistir la igualdad.
De persistir el empate, se acudirá para dirimirlo al orden alfabético del primer apellido
empezando por la letra mencionada en la base 6.1.
ANEXO II Temario
Programa
Grupo de Materias I
Biblioteconomía Universitaria
Tema 1. Bibliotecas universitarias. Concepto, función y responsabilidad social.
Modelos de organización bibliotecaria.
Tema 2. Las bibliotecas universitarias en España: Origen, evolución y situación actual.
Tema 3. La Biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid: Evolución histórica,
situación actual y tendencias de futuro.
Tema 4. Organización y planificación de espacios y equipamientos de bibliotecas
universitarias.
Tema 5. Gestión de la colección. Bibliográfica: Criterios para su formación,
mantenimiento y evaluación.
Tema 6. Gestión, administración y marketing de bibliotecas universitarias: Servicios
al usuario.
Tema 7. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: Recursos financieros
y humanos.
Tema 8. Planificación estratégica, sistemas de certificación de la calidad y evaluación
en las bibliotecas universitarias. Acreditación de los servicios bibliotecarios.
Tema 9. Cooperación bibliotecaria. Sistemas, redes y consorcios de bibliotecas
universitarias. Participación de la Biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid.
Tema 10. La integración de las bibliotecas universitarias en el Espacio Europeo de
Educación Superior (EEES). El nuevo modelo de biblioteca universitaria: La biblioteca
universitaria como Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación (CRAI).
Grupo de Materias II
Documentación y Tecnologías de la Información
Tema 1. La sociedad de la información. Impactos económicos, sociales y culturales
de las tecnologías de la información y comunicaciones.
Tema 2. La biblioteca digital: Impacto y transformaciones en los servicios bibliotecarios.
Implicaciones económicas, jurídicas y sociales.
Tema 3. Gestión de la información y del conocimiento en las organizaciones.
Aplicación en las universidades.
Tema 4. Análisis documental. Indización de documentos.
Tema 5. Lenguajes documentales y thesaurus: Concepto, elaboración y mantenimiento.
Tema 6. Los lenguajes de marcado y su aplicación en las bibliotecas. La web
semántica.
Tema 7. Fuentes de Información en Ciencia y Tecnología.
Tema 8. Bibliometría. Análisis de la producción y difusión de la Ciencia
Tema 9. La nueva comunicación científica y académica. Iniciativas de acceso abierto
a las publicaciones científicas. El papel de la biblioteca.
Tema 10. Los sistemas integrados de gestión de bibliotecas.
Tema 11. Herramientas para acceder a la información. Sistemas de recuperación de
la información en bibliotecas digitales.
Tema 12. Interoperatividad y estándares en bibliotecas digitales. TCP/IP, HTTP,
Z39.50, SRU, OAI Metadata Harvesting Protocol y Open URL.
Tema 13. Industria y Mercado de la información en la era digital: Editores, agregadotes,
modelos de precios y licencias.
Tema 14.Estándares en la normalización de documentos: AACR, ISBD, MARC,
ISBN…
Tema 15. La edición electrónica y su repercusión en las bibliotecas universitarias.
Tema 16. El papel de los bibliotecarios y documentalistas en el desarrollo de sitios en
Internet. Portales bibliotecarios y bibliográficos.
Tema 17. La formación de usuarios y las nuevas tendencias: La alfabetización
informacional.
Grupo de Materias III
Organización administrativa y derecho
Tema 1. El funcionario público: Concepto, clases, situaciones, deberes y derechos y
mejora de los servicios públicos.
Tema 2. La ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Atención al ciudadano
y calidad de los servicios en la Administración Pública.
Tema 3. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos y principios de la
acción preventiva. La ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de
Servicios de Prevención. Derechos y obligaciones de empresarios y trabajadores en
materia de prevención de riesgos laborales. El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por
el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de
Riegos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. El Comité de
Seguridad y Salud. El accidente de trabajo y la enfermedad profesional. Conceptos básicos
sobre seguridad, higiene industrial, ergonomía y psicología y vigilancia de la salud.
Tema 4. La Universidad Politécnica de Madrid. Legislación básica: Estatutos y
Reglamentos. La ley Orgánica de Universidades (Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades).
Tema 5. Situación actual de la enseñanza superior en España, problemas, tendencias
y perspectivas. La convergencia en el Espacio Europeo de Educación Superior.
Tema 6. Régimen económico y financiero de las universidades.
Tema 7. Los contratos de las administraciones públicas y su repercusión en las
adquisiciones bibliográficas de las bibliotecas universitarias.
Tema 8. La Unión Europea. Instituciones y programas de apoyo a las bibliotecas. Las
competencias normativas europeas en política de información y de bibliotecas.
Tema 9. Legislación española sobre patrimonio artístico, bibliográfico y documental.
Tema 10. La ley de propiedad intelectual. Legislación internacional sobre derecho de
autor y convenios. Las nuevas implicaciones de los derechos de autor en la Red.
Tema 11. La protección de datos y su implicación en universidades: Aspectos jurídicos
del suministro de información informatizada.
Tema 12. El sistema español de bibliotecas. Legislación y competencias de las
distintas administraciones.
Tema 13. La Comunidad de Madrid. Legislación con especial referencia a bibliotecas
y patrimonio bibliográfico y documental.
ANEXO III
Tribunal
El Tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas será el siguiente:
Tribunal titular:
Presidente: Don José Manuel Perales Perales, Vicerrector de Tecnología de la Información
y Servicios en Red de la UPM.
Vocal 1.º: Don Sixto García Alonso, Gerente de la UPM.
Vocal 2.º: Doña Rosa María Chueca Castedo, Directora de ETSI Topografía, Geodesia
y Cartografía.
Vocal 3.º: Doña María Boyer Lagos, E. Facultativos Archivos, Bibliot. y Museos de la
UPM.
Vocal 4.º: D. Santiago Fernández Conti, Director Biblioteca UAM.
Vocal 5.º: D. Carlos Pérez Carrasco, E. Técnicos Gestión de la UPM.
Vocal 6.º: D. José Mª Rivero Cuadrado, E. Sup. Sistemas y Tecnologías de la Información
de la UPM.
Secretaria: Doña Begoña González Sacristán, E. Técnicos de Gestión de la UPM.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Emilio Mínguez Torres, Vicerrector de Gestión Académica y Profesorado
de la UPM.
Vocal 1.º: Don Jenaro Martínez Blanco, Vicegerente de la UPM.
Vocal 2.º: Don Carlos Delgado Alonso-Martirena, Director de EUIT Obras Públicas.
Vocal 3.º: Doña Blanca Ruilope Urioste, E. Facultativos Archivos, Bibliot. y Museos de
la UPM.
Vocal 4.º: Doña María Jesús López Manzanero, Directora Biblioteca UNED.
Vocal 5.º: Doña María José Bustos Garrido, E. Facultativos Archivos, Bibliotecas y
Museos de la UPM.
Vocal 6.º: Don Martín Salvador Plaza, E. Gestión Universitaria de la UPM.
Secretario, Don Luis Cancela de la Viuda, E. Técnicos de Gestión de la UPM.
ANEXO IV
Don/doña ..................................................................................................................,
con domicilio en ....................................................................................................................
y con documento nacional de identidad número ...................................................
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala
de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid,
que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que
no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
En ......................................., a ............. de ...................................... de ........
Aspirantes que no posean la nacionalidad española
Don/doña ..................................................................................................................,
con domicilio en ....................................................................................................................
y con documento nacional de identidad número ...................................................
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala
de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid,
que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su
Estado el acceso a la función pública.
En ......................................., a ............. de ...................................... de ........
ANEXO V
Don/doña ..................................................................................................................,
con domicilio en ....................................................................................................................
y con documento nacional de identidad número ...................................................
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de quedar exento del pago de los
derechos de examen, que no percibe rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional.
En ......................................., a ............. de ...................................... de ........
ANEXO VI
Don Jenaro Martínez Blanco.
Cargo: El Vicegerente.
CERTIFICA: que de los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor
abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:
PROMOCIÓN INTERNA:
Datos del opositor:
Apellidos y nombre: ........................................................................................................
Documento Nacional de Identidad: Cuerpo o Escala a la que pertenece: .....................
Número de Registro de Personal: ..................................................................................
Destino actual: Situación actual: ....................................................................................
1 Antigüedad reconocida en la Universidad Politécnica de Madrid a efectos de la
valoración de la fase de concurso:
Escala A1: Años ............ meses ............ días ............
Escala A2: Años ............ meses ............ días ............
Escala B: Años ............ meses ............ días ............
Escala C1: Años ............ meses ............ días ............
Escala C2: Años ............ meses ............ días ............
Escala E: Años ............ meses ............ días ............
TOTAL ANTIGÜEDAD:
Años ............ meses ............ días ............
1.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala a la que pertenece:
Años .......... meses ............ días ............
2 Grado personal consolidado y formalizado a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes:
Grado: ............ Fecha de Consolidación: ............
3 Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo en propiedad a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Nivel: ............ Fecha de Toma de Posesión: ............ Denominación: ............
4 Nivel de complemento de destino provisional en otros Puestos a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Nivel: ............ Fecha de Toma de Posesión: ............ Denominación: ............
5 Nivel de Estudios:
Titulación: .......................................................................................................................
Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid, a ......... de ......... de 2010.