Bibliotecario, Universidad de Jaén
- Requisitos de los aspirantes: Funcionarios de carrera, de Cuerpos y Escalas de Administración, al servicio de la Universidad de Jaén, pertenecientes a los Cuerpos o Escalas clasificados en los Grupos A1 y A2, con funciones de Bibliotecas, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme y siempre que reúnan las condiciones generales y requisitos determinados en la convocatoria y en la RPT para cada puesto en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
- Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 21-01-2012
Bases de la convocatoria BOJA nº 2 de 04-01-2011
Bases de la convocatoria BOJA, n2 de 04-01-2012
Foro de la convocatoria
Bases de la convocatoria
funcionario de Administración y Servicios de los grupos A1 y A2 (Bibliotecas), vacantes en esta Universidad.
Requisitos y condiciones de participación
1.1. Podrán tomar parte en la presente convocatoria:
Funcionarios/as de carrera, de Cuerpos y Escalas de Administración,
al servicio de la Universidad de Jaén, pertenecientes
a los Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos A1
y A2, con funciones de Bibliotecas, cualquiera que sea su situación
administrativa, excepto los/las suspensos/as en firme
y siempre que reúnan las condiciones generales y requisitos
determinados en la convocatoria y en la RPT para cada puesto
en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
1.2. Los/las funcionarios/as de carrera, en situación administrativa
de servicio activo y con destino provisional o en situación
de expectativas de destino en la Universidad de Jaén,
están obligados a participar en este concurso, solicitando todas
las vacantes a las que pudieran acceder por reunir los requisitos
establecidos en estas bases. Los/las funcionarios/as
con destino provisional que no obtengan alguna de las plazas
solicitadas serán destinados/as a las vacantes que queden
después de atender las solicitudes de los/las demás concursantes.
1.3. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo
que los/las interesados/as obtengan otro destino mediante
convocatoria pública, quedando obligado el/la interesado/a,
en este caso, a comu nicar, por escrito, a la autoridad convocante
tal opción.
1.4. Los/las funcionarios/as de cada Cuerpo o Escala
solo podrán concursar para la provisión de puestos de trabajo
correspondientes a su especialidad: Bibliotecas.
Puestos
1.1. Los puestos de trabajo que pueden ser objeto de solicitud
son los que aparecen relacionados en el Anexo I de esta
convocatoria como vacantes.
1.2. En los puestos de trabajo con nivel 22 o superior se
tendrán en cuenta otros criterios que dan al concurso carácter
específico.
Solicitudes
3.1. Los/las interesados/as, dentro del plazo de quince
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
dirigirán sus solicitudes al Señor Rector Magnífico de la
Universidad de Jaén, debiendo ajustarse al modelo (Anexo II)
que se facilitará en el Servicio de Personal y Organización Docente
y en el Servicio de Información y Asuntos Generales.
Asimismo, en el supuesto de que el plazo finalice en sábado,
este se prorrogará al día siguiente hábil.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de
la Universidad de Jaén (Paraje Las Lagunillas, sin número,
edificio B-1, 23071 Jaén), o en las oficinas a que se refiere
el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
aunque en este caso el aspirante, mediante telegrama o telefax
dirigido al Servicio de Personal y Organización Docente
de la Universidad, número 953 212 278, de Jaén, anunciará
de forma simultánea su presentación dentro del plazo establecido.
Las solicitudes que no sigan el procedimiento indicado
anteriormente quedarán excluidas del concurso.
Los participantes que soliciten varias plazas deberán indicar
el orden de preferencia de las mismas y de no hacerlo se
entenderá establecido en el mismo orden en que aparezcan
en la solicitud de participación.
3.2. Finalizado el plazo de presentación de instancias no
se admitirá variación en el orden de preferencia de los puestos
solicitados ni la inclusión de ningún otro.
3.3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos
originales o de las fotocopias compulsadas que el/la
solicitante considere necesarios para acreditar los méritos alegados
y, en su caso, con tres ejemplares de la memoria a la
que ha referencia el artículo 8.B) del Reglamento de Provisión
de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios
Funcionario de la Universidad de Jaén.
Comisión de Valoración.
Las Comisiones de Valoración estarán integradas por los
siguientes miembros:
Presidente: Sr. Rector Magnífico o persona en quien delegue.
Vocales: Cuatro miembros pertenecientes al PAS funcionario
de la Universidad de Jaén; dos a propuesta de la Universidad,
siendo uno el/la secretario/a de la comisión, y dos a propuesta
de la Junta de Personal de Administración y Servicios.
Los miembros de las Comisiones de Valoración serán
nombrados por el Rector, mediante Resolución que se hará
pública en el tablón de anuncios del edificio B-1 (Rectorado)
en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Valoración.
La valoración de los méritos para la adjudicación de los
puestos de trabajo se realizará de acuerdo con el siguiente
baremo y con referencia a la fecha de finalización del plazo de
solicitudes.
A) Fase primera. Méritos de carácter general. Máximo 66 puntos
1. Grado Personal Consolidado. Máximo 10 puntos.
Se entenderá por Grado Personal Consolidado el que se
posea el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Por tener un grado personal consolidado de superior nivel
al del puesto que se solicita: 10 puntos.
Por tener un grado personal consolidado del mismo nivel
al del puesto que se solicita: 8 puntos.
Por tener un grado personal consolidado de inferior nivel
al del puesto que se solicita: 6 puntos.
2. Cuerpo o Escala. Máximo 5 puntos.
Grupo de clasificación del Cuerpo o Escala de pertenencia
en situación de activo al día de finalización del plazo presentación
de solicitudes.
A 5 puntos
B 4 puntos
C 3 puntos
D 2 puntos
E 1 punto
3. Antigüedad. Máximo 12 puntos.
A estos efectos, se computarán los servicios prestados
con carácter previo, expresamente reconocidos al amparo
de la Ley 70/78. No se computarán servicios que hayan sido
prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.
Se valorará a razón de:
- 1,2 puntos por cada año de servicios prestados en centros
o unidades integradas actualmente en la Universidad
de Jaén.
- 0,8 puntos por cada año de servicios prestados en otras
Administraciones Públicas.
Se aplicará la parte proporcional por cada fracción mensual
completa.
4. Titulación. Máximo 5 puntos.
Se valorará una sola titulación académica oficial, la de
más alto grado, conforme al siguiente Baremo:
a) Graduado Escolar o equivalente 1 punto
b) Bachiller Superior o equivalente 2 puntos
c) Diplomatura o equivalente 3 puntos
d) Licenciatura o equivalente 4 puntos
e) Doctorado 5 puntos
Tener aprobados los tres primeros cursos, o el primer ciclo,
de una licenciatura se considera equivalente a Diplomatura.
5. Valoración del trabajo desarrollado. Máximo 25 puntos.
Se valorará el tiempo desempeñado, en régimen funcionarial
en Centros o Unidades integradas actualmente en la
Universidad de Jaén, en un determinado puesto en relación a
la área funcional en la que esté integrado actualmente y que
se adecuan a la RPT aprobada en Consejo de Gobierno el 28
de julio de 2009.
COD. ÁREA ÁREAS FUNCIONALES:
III. ÁREA DE GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN ACADÉMICA Y DE
LA INVESTIGACIÓN.
IV. ÁREA DE GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LOS RECURSOS
HUMANOS
V. ÁREA DE GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN ECONÓMICA Y PATRIMONIAL
VI. ÁREA DE APOYO A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA.
Esta contendrá las unidades no incluidas en las áreas anteriores.
a) por desempeñar o haber desempeñado un puesto de
idéntico o superior nivel al que se solicita y de la misma área
funcional 2,5 puntos por año de servicios prestados.
b) por desempeñar o haber desempeñado un puesto de
inferior nivel al que se solicita y de la misma área funcional 2
puntos por año de servicios prestados.
c) por desempeñar o haber desempeñado un puesto de
idéntico o superior nivel al que se solicita y de distinta área
funcional 1 punto por año de servicios prestados.
d) por desempeñar o haber desempeñado un puesto de
inferior nivel al que se solicita y de distinta área funcional 0,5
puntos por año de servicios prestados.
Se aplicará la parte proporcional por cada fracción mensual
completa.
6. Cursos de Formación. Máximo 8 puntos.
Se valorarán los cursos de formación expedidos por Centros
Oficiales u homologados por el INAP o por el MAP, o institución
autonómica correspondiente, que habrán de versar necesariamente
sobre materias directamente relacionadas con
las funciones propias de la administración universitaria.
Los cursos se valorarán de acuerdo con la siguiente escala:
Duración
Relacionados con
el puesto al que
se aspira
No relacionados
con el puesto al
que se aspira
Hasta 25 horas 0,25 0,10
De 26 a 50 horas 0’,40 0,20
más de 50 horas 0,60 0,30
En el supuesto de existir varios cursos que versen sobre
idéntica materia, excepto los que sean continuación, solo se
valorará el de mayor duración y en el supuesto de tener la
misma, solo se valorará uno de ellos.
7. Otros méritos. Máximo 1 punto.
Por actividad académica no valorada en el artículo 8.º A.4:
hasta 0,5 puntos.
Por actividad profesional no valorada en el artículo 8.º A.5:
hasta 0,5 puntos.
B) FASE SEGUNDA. MÉRITOS DE CARÁCTER ESPECÍFICO.
Máximo 25 puntos.
1. Memoria.
Consistirá en un análisis de las tareas del puesto y de los
requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño,
debiendo contener propuesta organizativa del mismo,
a juicio del candidato, con base en la descripción contenida
en la convocatoria. La Memoria será defendida personalmente
por el interesado ante la Comisión de Valoración correspondiente.
La Comisión de Valoración podrá preguntar sobre la Memoria
pudiendo extenderse a la comprobación de los méritos
alegados.
La puntuación de la Memoria y defensa se hará de la siguiente
forma:
a) Redacción y contenido: de 0 a 10 puntos
b) Exposición y defensa: de 0 a 15 puntos
Para superar esta segunda fase se deberá obtener, un
mínimo, de 15 puntos.
Resolución.
6.1. El concurso será resuelto en el plazo de tres meses a
partir de la fecha de finalización de presentación de instancias.
6.2. En el concurso a puestos de trabajo que deban cubrirse
con méritos específicos, fase segunda del baremo, sólo
se valorarán aquellos a los concursantes que hubiesen obtenido,
al menos, 10 puntos por aplicación de la fase primera y
para la adjudicación del puesto será preciso obtener un mínimo
de 15 puntos en la valoración de los méritos específicos.
6.3. La valoración de los méritos específicos se efectuará
mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las
otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de
Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima
y la mínima concedidas. La propuesta de Resolución deberá
recaer sobre el/la candidata/a que haya obtenido mayor puntuación
sumados los resultados finales en las dos fases.
En el caso de que varios/as aspirantes tuviesen igual
puntuación se dará preferencia el/la funcionario/a que hubiese
obtenido mayor puntuación en el apartado de méritos
específicos del baremo –si los hubiese habido–, y de persistir
el empate se atenderá a la mayor puntuación otorgada en la
valoración de los puestos desempeñados.
6.4. Constituida la Comisión de Valoración, tras examinar
las solicitudes y documentación presentada, aprobará la lista
provisional de adjudicaciones de los puestos de trabajo, que
durante cinco días hábiles será expuesta al público en los tablones
de anuncios del edificio B-1 del campus universitario
de Las Lagunillas, en cuyo plazo podrán las personas interesadas
formular reclamaciones.
Transcurrido el referido plazo, y resueltas las reclamaciones
presentadas, la Comisión de Valoración aprobará la lista
definitiva de adjudicación de puestos de trabajo. Contra la
misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector
con los requisitos y plazo establecido en la Ley 30/1992, de
26 de noviembre.
6.5. La Comisión de Valoración dirigirá propuesta de adjudicación
de puestos al Rector, quien, si así lo estima, procederá
a la aprobación y adjudicación definitiva de los puestos
de trabajo, mediante resolución que se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios del
edificio B-1 del Campus Las Lagunillas.
6.6. La toma de posesión del destino obtenido tendrá lugar
en el plazo máximo de un mes desde la fecha de publicación
de la lista definitiva, pudiendo prorrogarse excepcionalmente,
y a instancias de la Gerencia por circunstancias organizativas
y del servicio hasta un plazo máximo de tres meses.
El cómputo de los plazos posesorios se considerará de
servicio activo a todos los efectos y se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que hayan sido concedidas a
las personas interesadas salvo que por causas justificadas se
acuerde la suspensión del disfrute de los mismos.
La presente convocatoria y los actos derivados de la
misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 16 de diciembre de 2011.- El Rector, Manuel Parras
Rosa.
ANEXO I
Ord. Denominación
del puesto
Grupo Nivel Complem.
Específico
TJ Localid. Cobert Observaciones
ÁREA DE
APOYO A LA
COMUNIDAD
UNIVERSITARIA
SERVICIO DE
BIBLIOTECAS
E0500501 Bibliotecario
Base
A1//A2 20 7.738,22 M Jaén V
E0500504 Bibliotecario
Base
A1/A2 20 7.738,22 M Jaén V
Claves utilizadas:
V: Vacante.
TJ: Tipo de Jornada: M: Mañana.