Bibliotecario, Ayuntamiento de Herrera del Duque (Badajoz)
Apertura de plazo
- Requisitos académicos: Diplomatura o equivalente
- Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 23-09-2011
Bases de la convocatoria del 31-08-2011
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Bases de la convocatoria
BASES QUE HAN DE REGIR EN LA SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE UNA
PLAZA DE BIBLIOTECARIO/A, PARA EL AYUNTAMIENTO DE HERRERA DEL DUQUE.
OBJETO:
Es objeto de la presente convocatoria, la selección de UNA PLAZA DE BIBLIOTECARIO/A
para la Biblioteca Municipal con una jornada de 25 horas semanales, durante un año, es decir, desde el 30 de
septiembre de 2011 hasta el29 de septiembre de 2012.
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES:
Para poder ser admitidos a la selección, los aspirantes deberán reunir en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, todos y cada uno de los siguientes requisitos:
A) Ser español/a, o ciudadano de cualquiera dejos Estados miembros de la U.E., o de aquellos
Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la U.E. y ratificados por España, le
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley 17/93, de 23 de
Diciembre y demás normas concordantes.
B) Ser mayor de 18 años.
C) No padecer enfermedad o defecto fisico que impida el normal desarrollo de sus funciones.
D) No haber sido separado de ninguna Administración Pública, mediante expediente disciplinario
ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
E) Estar inscrito en la Oficina del SEXPE, en situación de demandante. Con respecto a los
demandantes de mejora de empleo se atenderá a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
F) Tener total disponibilidad para desempeñar su jornada de trabajo de lunes a sábado, asi como
tener total disponibilidad para trabajar durante dias festivos o fines de semana.
G) Estar en posesión al menos de la titulación de Diplomatura o equivalente.
SELECCIÓN
TITULACIÓN:
- LICENCIATURA EN HUMANIDADES, HISTORIA, HISTORIA DEL ARTE, FILOLOGÍA,
BIBLIOTECONOMÍA y DOCUMENTACIÓN 2 PUNTOS.
CURSOS:
- CURSO DE MONITOR DE ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL 0.5 PUNTOS
- CURSOS DE BIBLIOTECONOMÍA, ARCHIVO y DOCUMENTACIÓN, CATALOGACIÓN,
PEDAGOGÍA EN APTITUDES LINGUISTICAS, INFORMÁTICA.
SE VALORARÁN SEGÚN LA SIGUIENTE ESCALA:
Cada curso, jornada o seminario de 10 a 20 horas: 0.10 puntos por curso hasta un máximo de I
punto.
Cada curso, jornada o seminario de 21 a 40 horas: 0.15 puntos por curso hasta un máximo de I
punto.
Cada curso, jornada o seminario de 41 a l Oü horas: 0.25 puntos por curso hasta un máximo de 1.5
puntos.
Cada curso, jornada o seminario superior alOa horas: 0.50 puntos por curso hasta un máximo de 2
punto.
EXPERIENCIA LABORAL:
-POR SERVICIOS PRESTADOS POR TRABAJOS SIMILARES AL DE LA PLAZA OFERTADA... O,IO
PUNTOS/MES HASTA 1 PUNTO.
-POR SERVICIOS PRESTADOS COMO BECARIO EN LA REALIZACIÓN DE FUNCIONES DE
CARACTERÍSTICAS SIMILARES AL DE LA PLAZA OFERTADA... O,IO PUNTO/MES, HASTA 1
PUNTO.
PROYECTO: UN PROYECTO DE ACTIVIDADES ANUAL PARA LA
BIBLIOTECA HASTA 3 PUNTOS
- ENTREVISTA PERSONAL.. HASTA 3 PUNTOS.
La valoración se efectuará por el tribunal que se reunirá a tal efecto a partir de las 10 horas del dia 27 de
septiembre de 2011.
Efectuada la puntuación y a continuación, se procederá a la fase de oposición, proponiéndose para la
contratación a los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, quedando el resto por orden
decreciente en bolsa de trabajo.
RETRIBUCIONES:
La persona contratada, percibirá la cantidad de 700,00 € brutos mensuales, incluidas pagas extras.
SOLICITUDES:
Las solicitudes, ajustadas al modelo de instancia que se facilitará al efecto, se presentarán en el Registro
General de este Ayuntamiento, en horas y dias hábiles de oficina, hasta las 14 horas del dia 23 de septiembre
de 2011, a la que habrá que acompañar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
necesarios para ser admitidos, así como la de aquella que el aspirante pretenda que sea valorada por el
Tribunal, en la fase de concurso.
La documentación se presentará en original o fotocopia compulsada.
El cumplimiento de los requisitos e) y d), se declararán por el solicitante en la instancia, pudiendo solicitarse
la aportación de los documentos acreditativo de los mismos, una vez finalizado el plazo de presentación de
instancias y con anterioridad a la contratación.
TRIBUNAL:
El Tribunal Calificador, estará integrado por cinco miembros, (un Presidente, tres vocales y un secretario),
designándose igual número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los
principios de imparcialidad y de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres
observándose, en cualquier caso, el minimo del 40% de representación de cada sexo. Todos los miembros
del tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igualo superior a
la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como observador un
representante por cada organización sindical con representación en la Corporación. Los miembros en que
concurran las circunstancias previstas en el arto 28 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, deberán abstenerse
de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los
aspirantes admitidos. No podrán constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros
titulares, o en su caso, suplentes. En ausencia del presidente le sustituirá el vocal presente de mayor
jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el proceso selectivo por dificultades técnicas o de otra
indo le, asi lo aconsejase, el Tribunal por medio de su Presidente, podrá disponer la incorporación al mismo
con carácter temporal, de otro personal de diputación o de otras administraciones públicas, que colaborará
exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas) en desarrollo de los procesos de selección y
bajo la dirección del citado Tribunal.
Así el Tribunal quedará constitutito por los siguientes miembros:
Presidente: Un funcionariode la Corporación.
Secretario: La Secretaria de la Corporacióno funcionario que la sustituya.
Vocales: Un representante de la Junta de Extremadura.
Dos funcionarios o persona l laboral del Ayuntamiento o de cualquier Organ ismo Publico
INCIDENCIA:
El Tribunal resolverá por mayoría de votos dc sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que
surj an para la aplicac ión de las normas con tenid as en esta s Bases, y estará facultado para reso lver las
cuestiones e incidencias que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como paraadoptar
lasmedidasnecesariasque garanticen el debido orden en las mismasen todo lo no previsto en lasBases.