Auxiliares y Encargados de Cultura - Biblioteca, Ayuntamiento de Suances (Cantabria)
Apertura de plazo
- Requisitos académicos: Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Graduado en Educación
Secundaria, Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, Técnico Auxiliar-FP1, expedido
por el Estado Español o debidamente homologado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. - Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 08-12-2012
Bases de la convocatoria, BOC nº 221 de 18-11-2011
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Bases de la convocatoria
Convocatoria y bases para la formación de una bolsa de empleo destinada a la contratación temporal de auxiliares de cultura
Objeto
Es objeto de estas bases la formación de una bolsa de empleo, por el procedimiento de
concurso-oposición, de Auxiliares de Cultura, cuyo periodo de vigencia comprende los años
2012 y 2013, para la biblioteca municipal, para las salas de exposiciones y para la plaza de encargado
de cultura. En el caso de esta última plaza, la bolsa se empleará para cubrir las bajas
producidas por incapacidad temporal, vacaciones o cualquier otra circunstancia que suponga
la vacante temporal con reserva de puesto de trabajo de la plaza de personal laboral, denominada
Encargado de Cultura. En el resto de los supuestos, con esta bolsa se pretenden cubrir
las necesidades del Ayuntamiento de Suances en la contratación de personal laboral temporal
de las plazas mencionadas.
Estos contratos se regirán por lo establecido en la legislación laboral vigente, teniendo el
carácter de contratos laborales temporales, siendo sus retribuciones las correspondientes a su
categoría profesional.
Las funciones esenciales del Auxiliar de Cultura que se contrate para la biblioteca municipal
serán las siguientes: atención al público, gestión de préstamos y devoluciones, gestión
de circulación de fondos, ordenación de los mismos en estanterías y almacenes, gestión de
biblioteca virtual, así como cualquier otra tarea propia del puesto, debiendo coordinarse en su
trabajo con la Bibliotecaria municipal y cubrir en su caso, dentro de sus funciones, las vacaciones,
posibles bajas por enfermedad o asimilación a ILT. Así mismo será posible que se precise
su coordinación para sustituir al auxiliar de cultura para las salas de exposiciones, lo que se
determinará por la Concejalía de Cultura.
Las funciones esenciales del Auxiliar de Cultura para las salas de exposiciones serán las siguientes:
atención al público, apertura y cierre de las salas de exposiciones, así como cualquier
otra tarea propia del puesto, debiendo coordinarse en su trabajo con la Concejalía de Cultura,
la cual podrá requerir su coordinación para sustituir al auxiliar de biblioteca municipal.
En cuanto a la plaza de Encargado de Cultura, son sus funciones esenciales: colaboración
en la planifi cación y programación cultural, labores de protocolo y organización, actividades
relacionadas con actos culturales; tramitación de invitaciones, realización de publicaciones y
marketing, información y colaboración con entidades en actividades culturales, coordinación de
instituciones en jornadas formativas, manejo de herramientas ofi máticas y atención al público.
Tipo de contrato y normativa a la que se sujeta.
La contratación se realizará mediante la formalización de un contrato laboral temporal y
estará sujeta a la legislación laboral vigente.
Requisitos.
Para poder participar en el proceso selectivo, a la fecha de la terminación del plazo para presentación
de instancias, establecido en las bases, se deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión
Europea, o de aquellos Estados que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratifi cados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, de conformidad con la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, en su redacción dada por Ley
55/1999, de 29 de diciembre, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico
del Empleado Público.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima
de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Graduado en Educación
Secundaria, Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, Técnico Auxiliar-FP1, expedido
por el Estado Español o debidamente homologado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes
funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las
Administraciones Públicas, ni encontrarse inhabilitado, por sentencia fi rme para el desempeño
de las funciones públicas.
f) Haber abonado los derechos de examen.
4.- Horario y jornada laboral.
El horario y jornada se fi jará para el Auxiliar de la biblioteca municipal, de manera que se
adapte al de la misma, discurriendo su jornada, de lunes a viernes de 16 a 21 horas y el sábado
de 10 a 13 horas, pudiendo el mismo ser modifi cado en función de las necesidades del
servicio.
En cuando al horario para el Auxiliar de la sala de exposiciones, se adaptará al de la misma,
discurriendo su jornada de trabajo, los viernes y sábados de 16 a 20 horas y el domingo, de
11 a 13 horas y de 16 a 20 horas, pudiendo el mismo ser modifi cado en función de las necesidades
del servicio.
Asimismo este personal se coordinará con la Concejalía de Cultura para cubrir entre ambos
Auxiliares, sustituciones, tales como vacaciones o posibles bajas temporales.
En cuanto la jornada de trabajo del encargado de cultura se establece a tiempo completo,
en horario de mañana y/o tarde, de lunes a viernes, si bien en ocasiones comprende también
los fi nes de semana, según las necesidades del servicio.
Retribuciones.
De conformidad con lo establecido en el presupuesto general correspondiente, se establece
para el 2011 una remuneración bruta mensual para el auxiliar de la biblioteca de 818,12 euros,
incluidas las pagas extras y vacaciones y para el auxiliar de la sala de exposiciones 410,00
euros, incluidas las pagas extras y vacaciones. En cuanto a la plaza de Encargado de Cultura,
se establece para el 2011 una remuneración bruta mensual de 1485,27 euros, incluidas las
pagas extras y vacaciones.
Instancias.
Las instancias para tomar parte en este proceso se ajustarán al modelo que se incorpora
como Anexo I de las presentes bases.
A la instancia deberán adjuntar:
— Fotocopia compulsada del D.N.I o documento equivalente.
— Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
— Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, que se establecen en
20,00 euros, que los aspirantes deberán hacer efectivo en la entidad fi nanciera Caja Cantabria,
ofi cina de Suances, en la cuenta número 2066 0073 64 0200015175, debiendo indicar en el
ingreso el nombre y apellidos del aspirante y haciendo constar la inscripción “Pago derechos
de examen bolsa auxiliares de cultura”.
Estarán exentos del pago de esta tasa los interesados que se encuentren en situación legal
de desempleo, al menos con un día de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.
Dicha condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, será aportada por el
interesado con documento al efecto emitido por los servicios públicos de empleo.
Las solicitudes se dirigirán al presidente de la Corporación Municipal y se presentarán en
el Registro General del Ayuntamiento una vez publicadas las bases en el Boletín Ofi cial de
Cantabria (BOC), durante el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la
publicación del anuncio en el BOC.
Relación provisional y defi nitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el alcalde dictará Resolución, declarando
aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará, en el tablón
de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal (www.suances.es), concediéndose a los
excluidos un plazo de 10 días naturales para realizar reclamaciones o subsanaciones, publicándose
la lista defi nitiva con los aspirantes admitidos y excluidos, así como con la composición de Tribunal
Califi cador, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal mencionada.
En el supuesto de que no haya excluidos, se elevará esta lista provisional a defi nitiva y se publicará
la misma en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web mencionada, designándose en
la misma los aspirantes admitidos y excluidos, el lugar, hora y día del ejercicio práctico y la relación
individualizada de los miembros del Tribunal, los cuales, podrán ser recusados o deberán abstenerse
de conformidad con lo establecido en el artículo 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
8.- Tribunal Califi cador.
El Tribunal Califi cador, en el que todos sus miembros tendrán voz y voto, a excepción del
secretario que tendrá voz pero no voto, estará constituido de conformidad con el artículo 60 de
la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Los componentes del
Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurrieran
las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Todos los miembros del Tribunal deberán tener el mismo nivel de titulación o superior al
requerido en la presente convocatoria. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia
de más de la mitad de sus miembros, siendo imprescindible en todo caso la presencia
del presidente y del secretario.
Los miembros del Tribunal observarán la confi dencialidad y el sigilo profesional en todo lo
referente a las cuestiones tratadas en las reuniones, no pudiendo utilizar fuera de las mismas
la información que posean en su calidad de miembros del Tribunal referida al proceso selectivo
para el que han sido nombrados. Junto con los titulares del Tribunal se designarán suplentes.
Todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las indemnizaciones previstas
en la legislación vigente.
Procedimiento de selección.
El sistema selectivo constará de una fase de concurso y otra de oposición.
9.1.- Fase de concurso.
La fase de concurso tiene por objeto valorar los méritos (superación de exámenes y prestación
de servicios) de cada aspirante, conforme al sistema de califi cación establecido en estas bases. Se
valorará únicamente los méritos de los aspirantes que hayan aprobado la fase de oposición.
Se valorarán los siguientes méritos, que serán tenidos en cuenta en su periodo de realización
hasta el momento de fi nalización del plazo de presentación de instancias:
a) Haber superado exámenes en pruebas selectivas de oposición o concurso-oposición para el
acceso a plazas de funcionarios o personal laboral como auxiliar de cultura en la Administración
Local o auxiliar administrativo de administración general en la Administración Local. Se acreditará
mediante certifi cación del correspondiente Ayuntamiento, donde se hubiera convocado el proceso
selectivo, a razón de 0.25 puntos por cada examen aprobado, con un máximo de 2 puntos.
b) Haber prestado servicios contratado como auxiliar de cultura en bibliotecas o salas de
exposiciones de la Administración Local. Se acreditará mediante certifi cación expedida por la
Entidad Local correspondiente, que se podrá completar con el informe de vida laboral que lo
detalle, a razón de 0.25 puntos por cada mes, con un máximo de 2 puntos.
9.2.- Fase de oposición.
Constará de un único ejercicio con dos partes.
La primera parte consistirá en la realización de un test de 20 preguntas con cuatro respuestas
alternativas de las cuales una sola será la correcta; las mismas versarán sobre el desarrollo
de las materias de la parte general del Anexo II. En esta prueba deberán contestarse correctamente,
al menos la mitad de las preguntas (10). Cada respuesta afi rmativa sumará 0,50
puntos y cada respuesta negativa restará 0,125 puntos.
La segunda parte del ejercicio, que sólo se puntuará si se ha aprobado la primera parte,
consistirá en el desarrollo de un tema de entre los dos extraídos al azar de la parte especial,
del Anexo II. Esta segunda parte se puntuará de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo
de 5 puntos. Se valorarán los conocimientos del tema, el nivel de formación general, la composición
gramatical y la claridad de exposición.
El tiempo máximo de realización de este ejercicio con ambas partes será de 60 minutos. El
Tribunal podrá señalar a los opositores que lean la segunda parte del ejercicio, pudiendo dialogar
con ellos, acabada la lectura, sobre cuestiones relacionadas con las materias planteadas,
por un período máximo de quince minutos.
La puntuación de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones
correspondientes a ambas partes del ejercicio.
Puntuación fi nal y bolsa de empleo.
A los aspirantes que superen la fase de oposición, se les sumará los puntos obtenidos en
la fase de concurso. En el caso de que se produjera empate entre varios aspirantes, se dará
preferencia al que mayor puntuación obtuviese en la fase de concurso, si persiste el empate
se dará preferencia al que mayor puntuación obtuviese en la segunda parte del ejercicio de la
fase de oposición y si persistiera el empate, se dirimirá a suerte.
Realizadas estas operaciones el Tribunal publicará la lista con la puntuación de los aspirantes,
tras lo cual se elevará la formación de la bolsa de empleo por el orden de puntuación, al Presidente
de la Corporación de Suances. En caso de ser precisa la contratación de dos auxiliares,
quien obtenga la mayor puntuación se le propondrá para el contrato que tenga una jornada de
mayor duración, si bien podrá optar por el de menor duración. Esta bolsa de empleo se utilizará
haciendo llamamientos por el orden de puntuación, mediante una llamada telefónica o un correo
electrónico de contracto, que habrán señalado con anterioridad los aspirantes en las instancias.
Indicar que en el caso de que alguno de los aspirantes, cambie de teléfono o correo deberá comunicarlo
al Ayuntamiento de Suances. Si efectuada la llamada o el envío del correo electrónico,
transcurre un plazo de 24 horas y no fuera posible contactar con el interesado o no se recibiera
contestación del mismo, se pasará al siguiente de la lista. Cuando el aspirante fuera requerido
para su contratación y rechazara la oferta, perderá su lugar de la bolsa y pasará al último lugar,
salvo causa justifi cada, entendiendo por tal: enfermedad o asimilación a ILT para desempeñar el
trabajo o realización de un trabajo en otra Administración o en una empresa.
El nombramiento se llevará a efecto cuando surjan las necesidades para las que está prevista
la bolsa, debiendo la persona propuesta aportar ante la Administración, en un plazo máximo de
diez días, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en
la convocatoria que no se hayan aportado, siendo precisa la presentación de un certifi cado médico
de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.
Si no presentara dicha documentación en el plazo señalado, salvo causa justifi cada, se podrá
proponer al siguiente aspirante con más puntuación. Una vez aportada la documentación
requerida, se procederá a la contratación.
Incidencias y régimen jurídico.
El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos
necesarios para el buen orden de la selección en todo lo no previsto en estas bases. La presente
convocatoria y los actos administrativos que se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal
podrán ser recurridos por los interesados en los casos y forma prevista en la Ley 30/92, de 26
de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común. No obstante, las bases aprobadas ponen fi n a la vía administrativa conforme lo
establecido en el artículo 52 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y por cualquier persona interesada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de
la Ley 30/92 mencionada podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un
mes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/92 ante el
alcalde de Suances, o bien, interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1988, de
13 de junio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
ANEXO I
MODELO DE INSTANCIA
MODELO DE INSTANCIA PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO
DESTINADA A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE AUXILIARES DE CULTURA
D./Dª............................................................................ D.N.I./CIF..........................
Domicilio.................................................................... C.Postal...................................
Municipio.................................................................. Provincia.....................................
Teléfono...................................... Fax............................ email...................................
A los efectos de ser admitido en el proceso selectivo a que se refi ere la presente instancia,
DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones exigidas
en la convocatoria que tiene por objeto la formación de una Bolsa de empleo destinada a la
contratación temporal de auxiliares de cultura, adjuntando:
1º.- Copia compulsada del DNI.
2º.- Copia compulsada de la titulación exigida (Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Graduado
en Educación Secundaria, Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, Técnico
Auxiliar-FP1, expedido por el Estado español o debidamente homologado).
3º.- Justifi cante del pago de los derechos de examen (20,00 euros) o justifi cante acreditativo
para la exención del pago según el punto 6 de estas bases.
Por todo lo cual SOLICITA:
Que se tenga por presentada la presente instancia dentro del plazo concedido al efecto y en
consecuencia, sea admitido para tomar parte en el proceso de selección para la formación de
una bolsa de empleo destinada a la contratación temporal de auxiliares de cultura.
En Suances a... de... de 2011.
Firma del interesado
SR ALCALDE AYUNTAMIENTO DE SUANCES