Auxiliar de Documentación, Archivo y Biblioteca, Ayuntamiento de Maracena (Granada)
Apertura de plazo
- Requisitos académicos: Estar en posesión del Título de Graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
- Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 17/05/2012
Bases de la convocatoria, BOPG nº 15 de 24-01-2012
Anuncio apertura de plazo, BOE nº 97 23-04-2012
Foro de la convocatoria
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Bases de la convocatoria
BASES PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE AUXILIAR
DE DOCUMENTACION, ARCHIVO Y BIBLIOTECA, FUNCIONARIA/
O DE CARRERA, PERTENECIENTE AL GRUPO C,
SUBGRUPO C2, DE CONFORMIDAD CON LA DISPOSICION
TRANSITORIA TERCERA, APARTADO 2, DE LA LEY 7/2007,
DE 12 DE ABRIL, QUE REGULA EL ESTATUTO BASICO DEL
EMPLEADO PUBLICO, ESCALA ADMINISTRACION ESPECIAL,
SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES, CLASE COMETIDOS
ESPECIALES, MEDIANTE OPOSICION LIBRE.
Objeto de la Convocatoria.
Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante
OPOSICION LIBRE de una plaza de Auxiliar de Documentación
Archivo y Biblioteca funcionaria/o de carrera, perteneciente
al Grupo C Subgrupo C2, de conformidad con
la Disposición Transitoria Tercera, apartado 2, de la ley
7/2007, de 12 de abril, que regula el Estatuto Básico del
Empleado Público, Escala de Administración Especial,
Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales,
vacante en la plantilla de Funcionarios del Ayuntamiento
de Maracena.
Requisitos que han de reunir las/los aspirantes.
Para tomar parte en la Convocatoria serán requisitos
imprescindibles:
a) Ser español/a o nacional de los demás Estados miembros
de la Unión Europea así como los cónyuges de los españoles
y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho
y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre
que no estén separados de derecho sean menores de 21
años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su
caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Título de Graduado en educación
secundaria obligatoria o equivalente, o en condiciones
de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
e) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario
de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de funciones públicas.
Instancias y documentos a presentar.
Las instancias para tomar parte en la convocatoria se
dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Maracena y
se efectuarán en el modelo Anexo incluido en las presentes
bases, debiendo manifestar que cumplen todos y
cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad
igual o superior al 33% y necesitasen adaptación de tiempos
y/o medios deberán indicarlo en la solicitud, acompañando
certificación o información adicional expedido por
la Administración Pública competente, a fin de que el Tribunal
pueda dar cumplimiento a lo dispuesto en el RD
2271/2.004 de 3 de diciembre que regula el acceso al empleo
público y la provisión de puestos de trabajo de las
personas con discapacidad.
Se deberán adjuntar, fotocopias de los documentos
que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos,
a excepción de los reseñados en los apartados d y e)
que deberán acreditarse posteriormente.
Los documentos que se han de presentar para acreditar
que se cumplen los requisitos señalados en los apartados
a), b) y c) serán los siguientes:
1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
2) Fotocopia del título académico o del resguardo de
haber abonado los derechos para su expedición.
Los requisitos anteriores deberán poseerse a la fecha
de expiración del plazo de presentación de instancias y
mantenerse hasta la fecha de toma de posesión.
En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
calificador tuviera conocimiento de que alguna o
algún candidata/o no reúne algún requisito de los exigidos
en la convocatoria deberá proponer su exclusión a la
autoridad convocante.
Plazo y forma de presentación de documentos.
Las instancias y documentos se presentarán en el Registro
General del Ayuntamiento de Maracena, de lunes
a viernes de 8:30 a 13:30 horas, y los lunes y miércoles
de 17 a 19:30 horas o por los medios previstos en el artículo
38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, dentro del plazo de
20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca
el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente
si el plazo terminase en un día inhábil.
Derechos de examen.
Las/los aspirantes deberán ingresar la cuantía de
40,00 euros en la cuenta 2024 0714 93 3800000015 de
Caja Sur. 2031 0090 66 0100221685 de Caja Granada.
2103 0917 09 0060000015 de Unicaja. 2100 2497 14
0210001298 de La Caixa.
En el documento de ingreso se consignará el nombre
de la/del interesada/o y la denominación de la plaza a la
que se opta.
Una copia original del justificante de haber efectuado
el ingreso deberá acompañarse a la instancia.
Admisión de Aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr.
Alcalde dictará Decreto declarando aprobada la lista de
admitidas/os y excluidas/os, en su caso. En dicho Decreto,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, así
como en el Tablón de Edictos de la Corporación y en la página
Web del Ayuntamiento de Maracena, se indicará el
plazo de subsanación, que en los términos del artículo 71
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se concederá a las/los aspirantes
excluidos. Solamente serán subsanables aquellos requisitos
que lo sean por su propia naturaleza.
Asimismo se determinará el lugar, fecha y hora del
comienzo del primer ejercicio.
La fecha de publicación del indicado Decreto será determinante
para el cómputo de los plazos a los efectos
de las posibles impugnaciones o recursos.
Asimismo el Sr. Alcalde procederá al nombramiento
del Tribunal que se hará público junto con la referida lista
en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusación
previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen
sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos
y excluidos, se expondrá en el Tablón de Edictos de
la Corporación y en la página Web del Ayuntamiento de
Maracena.
Procedimiento de selección de las/os aspirantes.
La realización del primer ejercicio de la oposición se
llevará a efecto en la fecha que indique la resolución a la
que hace referencia la Base 6ª, en la que se expresará
también lugar y hora de la realización del mismo.
La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos
ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48
horas, en el Tablón correspondiente ubicado en el local
donde se haya celebrado el ejercicio anterior, debiendo
exponerse además en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento
de Maracena y en la página Web.
La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético,
a partir del primero de la letra "U", según lo establecido
en la resolución de la Secretaría de Estado para
la Función Pública de 27 de enero de 2011.
Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes
no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente
acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a
los/as opositores para que acrediten su personalidad.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema
de oposición y constará de los siguientes ejercicios para
todos los aspirantes:
Primer Ejercicio: Obligatorio y eliminatorio, consistirá
en contestar por escrito, un cuestionario de 100 preguntas
tipo test, con tres respuestas alternativas, en un
tiempo de 100 minutos, elaborado por el Tribunal antes
de su realización en relación con los temas contenidos
en el Anexo de esta convocatoria.
El criterio de corrección será el siguiente: por cada
dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará
con una contestada correctamente. Cuando resulten
contestadas correctamente el 70% del total de las preguntas
del cuestionario, una vez restadas las erróneas
según la proporción citada, la nota corresponderá a 5,00
puntos, puntuación mínima requerida para superar el
ejercicio. A partir de la superación del 70% del total de
las preguntas por cada 6 preguntas acertadas el aspirante
sumará un punto, o puntuación proporcional si el
número de respuestas acertadas fuese menor, a la nota
inicialmente obtenida.
Segundo Ejercicio: Obligatorio y eliminatorio, consistirá
en la realización de uno o mas supuestos prácticos
propuestos por el Tribunal y relacionados con las materias
del Anexo y las funciones encomendadas a la plaza a
la que se opta. El tiempo máximo de realización del ejercicio
será de dos horas y su puntuación máxima será de
10,00 puntos, siendo 5,00 puntos, la puntuación mínima
requerida para superar el ejercicio.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad
de raciocinio, la sistemática en el planteamiento
y formulación de conclusiones.
Tercer Ejercicio: De carácter complementario y que
no tendrá carácter eliminatorio, y consistirá en una entrevista
del aspirante con el Tribunal constituido a tales
efectos en relación a las funciones de la plaza que se
convoca y de los contenidos atinentes a las materias incluidas
en el Anexo de estas Bases, valorándose la capacidad
de análisis, las aptitudes, habilidades y destrezas y
disposición profesional de los aspirantes y se valorará
con un máximo de puntuación de 5,00 puntos.
Sólo podrán realizar este ejercicio quienes hubiesen
superado el primer y segundo ejercicio de la oposición.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate se resolverá a favor de quien
haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio; si
persistiera el empate se recurrirá al segundo ejercicio; en
su defecto, el criterio de desempate será a favor de la mujer
como medida de promoción e integración laboral, y en
su defecto, se recurrirá al sorteo.
Tribunal Calificador.
PRESIDENTE: Una/un funcionaria/o de Carrera de cualquiera
de las Administraciones Públicas designado por el
Sr. Alcalde.
VOCALES:
- Cuatro funcionarias/os de Carrera de cualquiera de
las Administraciones Públicas, designadas/os por el Sr.
Alcalde.
SECRETARIO:
Funcionaria/o de Carrera del Ayuntamiento de Maracena
designada/o por el Sr. Alcalde, con voz pero sin
voto.
La designación de las/los miembros del Tribunal, incluirá
la de sus respectivas/os suplentes. El Tribunal no
podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos
la mitad mas uno de las/los miembros, titulares o suplentes,
indistintamente. De no asistir la/el Presidenta/e será
sustituido por la/el miembro del Tribunal de mayor edad,
sin contar a la/el Secretaria/o, y/o de no comparecer la/el
Secretaria/o por la/el de menor edad.
Las/los vocales, en todo caso, deberán estar en posesión
de un nivel de titulación igual o superior al exigido
para el ingreso en las plazas convocadas.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones
de asesores/ras especialistas, para todas o algunas
de las pruebas. Las/los asesores/ras colaborarán con
el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de
sus especialidades técnicas, actuando por tanto con voz
pero sin voto.
Las/los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
formar parte del mismo cuando concurra alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Relación de aprobadas/os, presentación
de documentación y nombramiento de funcionaria/o.
Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal
publicará el nombre de el/la aspirante que haya obtenido
la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones
obtenidas en los distintos ejercicios, que se
elevará al Sr. Alcalde para que proceda al nombramiento
de funcionaria/o de carrera. En ningún caso podrá el Tribunal
declarar aprobados mayor número de aspirantes
que el de plazas convocadas.
La/el aspirante propuesta/o presentará en el Area de
Recursos Humanos del Ayuntamiento de Maracena, en
el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente
a que se haga pública la propuesta, los documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza
mayor, la/el aspirantes propuesta/o no presentase la documentación,
no podrá ser nombrada/o funcionaria/o de carrera
y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades
en que hubiere podido incurrir. La/el
aspirante seleccionada/o deberán someterse, previamente
a la obtención de la condición de funcionario, a un reconocimiento
médico por los servicios que se le designen por el
Ayuntamiento de Maracena a fin de comprobar que la/el
misma/o no padece enfermedad o defecto físico alguno
que le impida el desempeño de las funciones correspondientes
a la plaza para la que ha sido propuesta/o.
Quien tuviera la condición de funcionaria/o pública/o
estará exenta/o de justificar las condiciones y requisitos
ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o
designación, salvo el de reconocimiento médico previo,
debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio,
Organismo o Corporación de quien dependan, acreditando
su condición y demás circunstancias que consten
en su expediente personal.
Incidencias.
El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten
y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo
del proceso selectivo.
En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará
a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el
que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público,
en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, por el que
se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de régimen local; R.D. 896/91, de 7
de junio; y supletoriamente, en lo no previsto anteriormente
el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado, y de provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado y
demás disposiciones legales que le sean de aplicación.
Recursos.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de estas, podrán ser impug-
nados por las/los interesadas/os, en los casos y formas
establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora
del Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO - TEMARIO
Tema 1.- La Constitución española de 1978: contenido
y principios básicos.
Tema 2.- La organización territorial del Estado. Principios
generales, la Administración Local y las Comunidades
Autónomas.
Tema 3.- Organos de Gobierno de las Entidades Locales.
El alcalde, la Junta de Gobierno, el Pleno. Atribuciones
y competencias.
Tema 4.- Funcionamiento de los órganos colegiados
locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados
de acuerdos.
Tema 5.- La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común: contenido, ámbito de aplicación y principios
generales. Cómputo de plazos.
Tema 6.- Motivación y publicación de los actos administrativos.
Notificación.
Tema 7.- Revisión, anulación y revocación de los actos
administrativos. Recursos administrativos. Principios
generales. Clases de recursos.
Tema 8.- Derechos de los ciudadanos y sus relaciones
con las Administraciones Públicas. Derecho de acceso a
archivos y Registros públicos.
Tema 9.- El personal al servicio de las Entidades Locales:
concepto y clases. Derechos, deberes e incompatibilidades.
Régimen disciplinario de los funcionarios públicos.
Tema 10.- Historia del libro desde la antigüedad hasta
la Edad Media.
Tema 11.- Historia del libro desde el siglo XV hasta la
actualidad.
Tema 12.- Historia de las bibliotecas desde la antigüedad
hasta la Edad Media.
Tema 13.- Historia de las bibliotecas desde el siglo XV
hasta la actualidad.
Tema 14.-Clases de bibliotecas: Diferentes clasificaciones,
definición, funciones y servicios.
Tema 15.- La biblioteca pública: Concepto, funciones
y servicios.
Tema 16.- Los documentos y sus clases. Las obras de
referencia.
Tema 17.- La formación de la colección: selección y
adquisición de fondo.
Tema 18.- El tratamiento del fondo, ubicación y ordenación.
El control de la colección: Inventario y expurgación.
Tema 19.- Los catálogos: Concepto, clases y fines. El
catálogo automatizado y su uso público.
Tema 20.- La descripción bibliográfica y su normalización:
ISBD, reglas de catalogación españolas, ISBN y ISSN.
Tema 21.- La clasificación: definición y objetivos. El
Sistema de Clasificación Decimal Universal (CDU) estructura,
uso y contenido.
Tema 22.- Instalaciones y equipamientos de los servicios
bibliotecarios: dimensiones, secciones, disposición,
mobiliario.
Tema 23. Servicios al lector: préstamo, referencia e
información bibliográfica. La formación de usuarios:
concepto, objetivos y planificación.
Tema 24.- Extensión bibliotecaria y extensión cultural.
Animación a la lectura.
Tema 25.- La sección local en las bibliotecas públicas:
concepto y organización.
Tema 26.- La sección infantil y juvenil en las bibliotecas
públicas. Servicios bibliotecarios para chiquillos.
Tema 27.- Sistemas y redes de bibliotecas. Los catálogos
colectivos.
Tema 28.- La bibliografía: definición, objetivos y evolución
histórica. Tipos de bibliografías.
Tema 29.- Automatización de bibliotecas. Internet y
las nuevas tecnologías aplicadas a las bibliotecas. El servicio
de Internet para los usuarios.
Tema 30.- Las bibliotecas digitales, virtuales e híbridas.
Definición y evolución.
Tema 31.- Organización bibliotecaria española.
Tema 32.- Igualdad de oportunidades. Principios de
igualdad: Marco normativo español. Estratégicas para desarrollar
la igualdad de oportunidades. Planes de Igualdad
y Conciliación del Ayuntamiento de Maracena.
ANEXO II - SOLICITUD
SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS
1. PLAZA A QUE ASPIRA:
2. CONVOCATORIA:
3. DATOS PERSONALES:
Apellidos: __________________ Nombre: ____________
Fecha Nacimiento: _________________________
Provincia: _________________________________
Domicilio: _________________________________
Municipio: _______________ Provincia: ____________
Código Postal: ____________ Teléfonos: ____________
4. FORMACION (TITULACION):
5. DOCUMENTACION QUE SE ADJUNTA:
- Resguardo de ingreso de derechos de examen.
- Fotocopia del D.N.I.
- Otros:
El abajo firmante, solicita ser admitido/a a las pruebas
selectivas a las que se refiere la presente instancia y declara
que son ciertos los datos contenidos en ella y que reúne
las condiciones señaladas en la Convocatoria, comprometiéndose
a probar documentalmente todos los
datos que figuran en esta solicitud.
En ________________ a _____ de ____________ de 20 __
Firma
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA.
Maracena, 16 de enero de 2012.-El Alcalde-Presidente,
fdo.: Noel López Linares.