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Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de Rielves (Toledo)

Bolsa de trabajo, Acceso libre, Subgrupo C1, Concurso, 17-02-2026
Apertura de plazo de presentación de solicitudes
  • Requisitos académicos: Título de Bachiller o equivalente, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de éste.
  • Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma
  • Bases de la convocatoria
  • Anuncio de la apertura de plazo 
  • Información oficial

 


 

Objeto de la convocatoria

  • Cobertura, mediante sistema de concurso (concurso de méritos), de 1 plaza de Auxiliar de Bibliotecario/a.

  • Régimen: personal laboral fijo a tiempo parcial (10 horas semanales).

  • La plaza está dotada presupuestariamente y se tramita dentro del procedimiento extraordinario de estabilización previsto en la normativa indicada en las bases, al no haberse cubierto.

Legislación aplicable

  • La convocatoria se rige por las bases y anexos, y por la normativa general citada en el texto (régimen local, empleo público, ingreso de personal, procedimiento administrativo, régimen jurídico del sector público, igualdad efectiva y demás disposiciones aplicables).

Requisitos de las personas aspirantes

  • Nacionalidad: española o de un Estado miembro de la UE; también determinados familiares en los términos previstos; y personas incluidas en tratados internacionales sobre libre circulación de trabajadores.

  • Edad: tener 16 años cumplidos y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.

  • Titulación: Bachiller o equivalente, o acreditación académica de estudios completos para su expedición; titulaciones extranjeras con convalidación/homologación.

  • Capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

  • Habilitación: no haber sido separado/a del servicio ni estar inhabilitado/a; para nacionales de otros Estados, no estar inhabilitado/a ni sancionado/a de forma equivalente.

  • Conocimiento adecuado del castellano para quienes proceda.

  • No estar incurso/a en causas de incapacidad o incompatibilidad específicas.

  • Por implicar contacto habitual con menores, no haber sido condenado/a por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual; para personas no españolas, además, no haberlo sido en el país de origen/nacionalidad respecto de los delitos previstos.

Solicitudes de participación

  • Modelo oficial de solicitud del Ayuntamiento, acompañado necesariamente de:

    • Documento identificativo (DNI o pasaporte).

    • Acreditación documental de los méritos alegados.

  • Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento (también por los medios admitidos por la normativa de procedimiento administrativo, incluidos registros electrónicos, correos en la forma indicada, representaciones diplomáticas/consulares y oficinas de asistencia en materia de registros).

  • Plazo: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín autonómico indicado; si el último día es inhábil, se prorroga al siguiente hábil.

  • Documentación a adjuntar (junto con la solicitud):

    1. Copia del DNI/pasaporte.

    2. Copia de la titulación exigida.

    3. Copia de justificantes de méritos a valorar.

    4. Informe reciente de vida laboral.

    5. Declaración responsable de reunir los requisitos (Anexo II).

  • La presentación de la solicitud implica aceptación expresa de las bases.

  • Los méritos se valoran con referencia a la fecha de cierre del plazo de solicitudes y deben acreditarse con copia junto a la solicitud.

  • La experiencia (antigüedad) se acredita mediante certificación de la entidad correspondiente; si debe expedirla el propio Ayuntamiento, puede incorporarse de oficio si se solicita expresamente en la solicitud.

Admisión de personas aspirantes

  • Finalizado el plazo de solicitudes, se publica lista provisional de admitidos/as y excluidos/as con causa de exclusión.

  • Subsanación: plazo de 10 días hábiles; si no se subsana, se tendrá por desistida la solicitud mediante resolución.

  • La resolución incluye la composición del tribunal y se publica en los canales oficiales indicados.

  • Tras la subsanación, se publica lista definitiva; si no hay alegaciones, la lista provisional puede elevarse automáticamente a definitiva.

  • La lista definitiva identifica a excluidos/as con datos anonimizados; el resto de anuncios del proceso se publican en los medios señalados.

Tribunal calificador

  • Composición: Presidencia, Secretaría y tres vocales (con voz y voto), con suplentes.

  • Designación por resolución de Alcaldía; actuación colegiada bajo principios de imparcialidad y profesionalidad, procurando paridad.

  • No pueden formar parte: personal de elección/designación política, interinos/as ni personal eventual.

  • Titulación/especialización: igual o superior a la exigida para la plaza.

  • Funciones: resolver cuestiones del proceso, velar por su desarrollo, calificar méritos y aplicar baremos; puede incorporar especialistas (voz sin voto).

  • Puede establecer pruebas adicionales si se producen empates de puntuación.

  • Abstención/recusación conforme a la normativa aplicable; posibilidad de reclamaciones frente a resoluciones del tribunal en el plazo que se acuerde.

Procedimiento selectivo

  • Selección mediante concurso de méritos: se valoran los méritos alegados y acreditados con la solicitud, conforme al baremo.

Baremo de méritos

  • Méritos profesionales (máximo 10 puntos):

    • Servicios en entidades educativas (colegios, centros de formación, institutos, escuelas infantiles): 1 punto por mes completo o fracción.

    • Servicios en otras administraciones públicas en la plaza objeto: 0,05 puntos por mes completo o fracción.

    • Servicios en empresas de animación sociocultural infantil, campamentos y ocio infantil: 0,01 puntos por mes completo o fracción.

    • Acreditación: certificación con duración, categoría, fechas de inicio/fin (o vigencia), objeto del contrato/nombramiento y jornada, junto con vida laboral reciente. Si falta alguno de esos datos, no se valora.

  • Formación (máximo 10 puntos):

    • Cursos/jornadas/seminarios relacionados con funciones de la plaza o contenidos transversales (atención a la ciudadanía, igualdad, protocolo de acoso, calidad, protección de datos, etc.):

      • Hasta 10 h: 1 punto

      • Hasta 20 h: 1,5 puntos

      • Hasta 50 h: 2 puntos

      • Más de 50 h: 2,5 puntos

    • Formación específica en bibliotecas, documentación y archivo:

      • Hasta 20 h: 1 punto

      • Hasta 50 h: 1,5 puntos

      • Hasta 100 h: 2 puntos

      • Más de 100 h: 2,5 puntos

    • Si no consta el número de horas, se computa con la puntuación mínima del apartado correspondiente.

Calificación final y alegaciones

  • La calificación final es la suma de méritos profesionales + formación.

  • Máximo total: 20 puntos.

  • Tras publicar la calificación, se concede un plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones.

Criterios de desempate

  • En caso de empate en la calificación final:

    1. Mayor puntuación en méritos profesionales (según el apartado de experiencia, atendiendo a la puntuación obtenida conforme a ese apartado).

    2. Si persiste, mayor puntuación en formación.

    3. Si persiste, por mayoría de edad.

    4. Si aún persiste, por el criterio alfabético derivado del sorteo oficial indicado para el orden de actuación del año de referencia (letra T).

Relación de personas aprobadas

  • Finalizado el proceso, se publica la relación de personas aprobadas por orden de puntuación.

  • La relación no puede contener un número de personas superior al de plazas convocadas (1).

  • Contra la lista se pueden presentar alegaciones ante el tribunal en el plazo de 10 días naturales desde el día siguiente a su publicación.

  • Los actos de finalización del procedimiento se motivan; la discrecionalidad técnica del tribunal se vincula al cumplimiento de normas y bases.

Presentación de documentos

  • La persona propuesta dispone de 10 días hábiles desde la publicación de la relación definitiva para presentar en el registro municipal los documentos originales para cotejo que acrediten requisitos y capacidad.

  • Si no se presenta la documentación o no se reúnen los requisitos, no se formaliza la contratación y se anulan actuaciones, sin perjuicio de responsabilidades por falsedad.

Propuesta final y contratación

  • Elevación de propuesta a Alcaldía para contratar como laboral fijo a la persona con mayor puntuación (sin superar el número de plazas).

  • La contratación se hará efectiva en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución de Alcaldía.

Obligaciones de la persona contratada

  • Incorporación como empleado/a público/a en la categoría convocada.

  • Desempeño diligente de tareas, sometimiento a la Constitución y al ordenamiento jurídico, y actuación conforme a los principios del código de conducta del personal público citado.

Norma final y recursos

  • Contra la resolución que pone fin a la vía administrativa:

    • Recurso contencioso-administrativo: plazo de 2 meses.

    • Recurso potestativo de reposición: plazo de 1 mes; si se interpone, no cabe contencioso hasta resolución expresa o desestimación presunta.

  • Los sucesivos anuncios se publicarán en los medios oficiales indicados (sede electrónica y tablón).