Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de Mosqueruela (Teruel)
Pendiente de apertura de plazo
- Requisitos académicos: Poseer el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
- Plazo de presentación de solicitudes: Pendiente de publicación
Bases de la convocatoria, BOPTE nº 132 de 12-07-2011
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Bases de la convocatoria
Por Resolución de Alcaldía de fecha 27 de Junio
de 2011, se aprobaron las bases para efectuar la
correspondiente convocatoria para provisión, por el
sistema de acceso libre y mediante concursooposición, de una plaza de personal laboral de duración determinada a media jornada como AUXILIAR
DE BIBLIOTECA, y la formación de una Bolsa de
Trabajo. Todo ello con arreglo a las siguientes bases:
OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el sistema de acceso libre y por el procedimiento de concurso-oposición de una plaza de personal laboral de duración determinada a media jornada, de AUXILIAR DE BIBLIOTECA, vacante en la
plantilla de personal del Ayuntamiento de Mosqueruela.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para ser admitidos al procedimiento selectivo los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos
referidos al último día de plazo de presentación de
instancias:
A) Ser español o ciudadano de cualquiera de los
países de la Unión Europea.
B) Tener cumplidos los 18 años de edad.
C) Poseer el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
D) Tener conocimientos de Informática a nivel de
usuario (Internet, Office…).
E) No padecer enfermedad o defecto físico que
impida el desempeño de las correspondientes funciones, acreditado mediante certificado médico.
F) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el
desempeño de funciones públicas.
G) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos
en la legislación vigente.
SOLICITUDES: FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Mosqueruela, presentándose en el Registro General de Ayuntamiento o en cualquiera de las
demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes será de
diez días naturales contados a partir del siguiente al
de la publicación de la convocatoria en el “Boletín
Oficial” de la provincia.
En la solicitud los aspirantes deberán manifestar
que reúnen todas y cada una de las condiciones
exigidas en la convocatoria, con referencia siempre
a la fecha de expiración del plazo de presentación
de instancias.
A la instancia se acompañará:
A) Copia del Documento Nacional de Identidad.
B) La documentación acreditativa de los méritos
que se aleguen para la fase de concurso.
Los documentos a presentar no tienen por que
estar compulsados, la persona que resulte seleccionada en el proceso presentará los originales para su
cotejo.
ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias,
el Alcalde Presidente dictará resolución declarando
aprobada la lista de admitidos y excluidos, así como
la composición del Tribunal. Dicha resolución se
publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
En la misma resolución, y para el supuesto de
que se rechazase alguna solicitud, se señalará un
periodo de cinco días siguientes a la publicación en
el Tablón, para la subsanación de defectos en las
solicitudes, y se indicará lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio.
En el supuesto de que no se presentaran escritos
de subsanación de tales defectos, la lista de admitidos y excluidos se entenderá elevada a definitiva sin
necesidad de dictar nueva resolución lo que se
anunciará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
TRIBUNAL.
El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
PRESIDENTE: miembro designado por la Diputación Provincial de Teruel o por la Comarca de
Gúdar- Javalambre.
VOCALES: miembro designado por la Diputación
Provincial de Teruel o por la Comarca de Gúdar-
Javalambre.
SECRETARIO: Un funcionario de la Diputación
Provincial de Teruel o personal laboral de la Corporación.
DESARROLLO DEL EJERCICIO.
El Tribunal podrá requerir en cualquier momento
a los aspirantes que acrediten su personalidad.
Los aspirantes serán convocados para cada
ejercicio en llamamiento único, quedando excluidos
del proceso selectivo aquellos del proceso selectivo
que no comparezcan a realizarlo.
PROCESO DE SELECCIÓN.
FASE DE CONCURSO.- Esta fase será previa a
la de oposición, y no tendrá carácter eliminatorio. En
ésta se valorarán los méritos que se indican con las
puntuaciones siguientes:
Experiencia profesional: se valorará los servicios
prestados en una plaza similar a la convocada, en
calidad de personal laboral o funcionario en cualquier administración pública a razón de 0,01 puntos
por mes completo trabajado, hasta un máximo de 2
puntos.
Formación:
Estar en posesión de título de Licenciado o Diplomado universitario se valorará con 1 punto.
Cursos, cursillos y seminarios impartidos por el
INAEM u otros organismos públicos o por centros
privados homologados oficialmente, relacionados
con las funciones del puesto a desempeñar:
De 20 a 60 horas de duración: 0.10 puntos por
curso.
De 61 o más horas de duración: 0,20 puntos por
curso.
La puntuación máxima por este concepto es de
2 puntos.
Los méritos referidos se acreditarán con la siguiente documentación: la experiencia profesional,
mediante certificados de la Administración, organismo o empresas públicas en la que se prestaran servicios.
Los títulos Universitarios, mediante fotocopia de
los mismos.
Los cursos, cursillos y seminarios mediante fotocopia del diploma acreditativo de de haberlos superado o, en su defecto, del correspondiente certificado expedido por el centro que los impartió.
FASE DE OPOSICIÓN.- La fase de oposición
estará integrada por un ejercicio. Consistirá en contestar por escrito, durante un periodo máximo de
una hora, un cuestionario de 20 preguntas relacionadas con el programa del anexo I de la convocatoria (puesto de trabajo a desempeñar). El máximo de
puntuación a obtener por este ejercicio es de 10
puntos.
Las calificaciones de cada ejercicio se harán pú-
blicas, el mismo día en que se acuerden, mediante
su exposición en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de Mosqueruela.
La calificación final del proceso selectivo vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase concurso y en la fase de oposición,
conllevará la realización de una propuesta de contratación a favor del aspirante que haya obtenido
mejor puntuación en dicho proceso y se hará pública
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
Los aspirantes con mejor puntuación entrarán a
formar parte de una bolsa de trabajo y podrán ser
llamados según el orden de puntuación en el supuesto de causar baja el titular del puesto.
PROPUESTA DE CONTRATACIÓN.
Concluidas las pruebas y hechos públicos los
resultados, el Tribunal elevará a la Alcaldía la calificación final mencionada, junto con la propuesta de
contratación del aspirante que haya superado el
proceso selectivo, para la aprobación de esta última.
El acuerdo que al respecto adopte la Alcaldía será notificado al interesado.
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El aspirante propuesto aportará ante la Corporación dentro del plazo de diez días naturales siguientes a aquél en que se haga públicos su nombre, los
documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:
A) Título académico original exigido para ser admitido a la plaza.
B) Declaración jurada de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Tras la notificación de la Resolución referida y la
aportación de los documentos indicados, el órgano
competente efectuará nombramiento del aspirante y
procederá a la formalización del contrato de trabajo.
Impugnación.
Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos
administrativos se deriven de la misma y de la ac
tuación del Tribunal podrán ser impugnados por los
interesados en los casos y en la forma establecida
en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Mosqueruela, 27 de junio de 2011.-El Alcalde,Maria Isabel Gil Salvador.
ANEXO I - TEMARIO
Tema 1.- Concepto y misión de los servicios de
bibliotecarios.
Tema 2.- La Biblioteca Pública: definición y funciones.
Tema 3.- Clases de biblioteca.
Tema 4.- Sistema bibliotecario español. Ley de
Bibliotecas de Aragón.
Tema 5.- Recepción, preparación y colocación de
los materiales en la Biblioteca.
Tema 6.- Servicios a los lectores: préstamo,
préstamo interbibliotecario y lectura en sala.
Tema 7.- Servicio a los lectores: referencia e información bibliográfica. Formación de usuarios.
Tema 8.- Actividades culturales en la biblioteca.
Tema 9.- La sección infantil en la Biblioteca Pú-
blica: servicios.
Tema 10.- Clases de catálogos en las Bibliotecas. Los catálogos automatizados (OPAC,s) y su
consulta pública.
Tena 11.- Internet en la biblioteca.
Tema 12.- Informática en la Biblioteca.
Tema 13.- Sistema integrado de gestión de bibliotecas Absys. NET.
Tema 14. Formato de intercambio de información
bibliotecaria: Formato MARC.
Tema 15.- Historia de la Biblioteca Municipal de
Mosqueruela. Servicios que presta.