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Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de Miranda de Ebro (Burgos)

1 Plaza + Bolsa de trabajo, Acceso libre, Subgrupo C2, Concurso Oposición, 08-03-2026
Apertura de plazo de presentación de solicitudes
  • Requisitos académicos: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica, Formación Profesional de Grado Medio, o equivalente.
  • Plazo de presentación de solicitudes:  veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al que aparezca el anuncio de la convocatoria, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado. 
  • Oferta de Empleo Público 2023
  • Bases de la convocatoria - BOCyL
  • Bases de la convocatoria - BOP
  • Anuncio de la apertura de plazo
  • Información oficial

 


 

Objeto de la convocatoria

Se convoca una plaza vacante de auxiliar de biblioteca del Ayuntamiento de Miranda de Ebro, incluida en la oferta pública de empleo. La plaza es de personal laboral fijo, nivel IV, de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición. Las retribuciones y funciones se ajustarán a la relación de puestos de trabajo del ayuntamiento.

Condiciones de admisión de aspirantes

Pueden participar quienes tengan la nacionalidad española o cumplan los supuestos legales equivalentes previstos para el acceso al empleo público. Deben poseer capacidad funcional para el desempeño del puesto, haber cumplido dieciséis años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.

También se exige no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública ni estar inhabilitado para empleo o cargo público. Como titulación mínima se requiere Graduado en ESO, Graduado Escolar o equivalente. Todos los requisitos deben reunirse al finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la contratación.

Forma y plazo de presentación de instancias

La solicitud debe presentarse conforme al modelo oficial previsto en los anexos y dirigirse a la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Miranda de Ebro. El plazo es de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La presentación implica aceptar las bases y declarar que se cumplen todos los requisitos exigidos. Junto a la instancia debe aportarse la documentación general exigida, incluida la identificación, el justificante de pago de tasas y la documentación de méritos si se quieren valorar en la fase de concurso. Las personas que necesiten adaptaciones para realizar las pruebas deben indicarlo en su solicitud y justificarlo documentalmente.

Tasas por derechos de examen

La tasa de examen asciende a 20 euros. El pago puede realizarse mediante autoliquidación en la sede electrónica municipal o en el servicio de atención al ciudadano mediante tarjeta.

Existe una bonificación del 50 % para personas desempleadas con una antigüedad mínima como demandantes de empleo, personas con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas del terrorismo y víctimas de violencia de género. No se prevén exenciones. La falta de pago, el pago incompleto o la falta de justificación de la bonificación puede suponer la exclusión si no se subsana dentro del plazo previsto.

Documentación que debe acompañar a la solicitud

Debe presentarse copia del documento de identidad o pasaporte, el justificante del pago de la tasa y, en su caso, la documentación acreditativa de la bonificación. También debe aportarse la autobaremación de méritos junto con la documentación acreditativa de los méritos alegados.

Solo se valorarán los méritos alegados y justificados dentro del plazo de presentación de instancias. Además, quienes invoquen circunstancias para la bonificación deben aportar la documentación específica correspondiente según su situación.

Admisión de aspirantes

Finalizado el plazo de solicitudes, se aprobará y publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, abriéndose un plazo de diez días hábiles para reclamaciones o subsanación de defectos.

Posteriormente se aprobará la lista definitiva, en la que también constará la designación nominal del tribunal. Los anuncios posteriores del proceso se publicarán en los medios municipales previstos, especialmente en la sede electrónica y, en su caso, en la web del ayuntamiento.

Tribunal calificador

El tribunal será un órgano colegiado, con composición ajustada a los principios de imparcialidad, profesionalidad y, en la medida de lo posible, paridad entre mujeres y hombres. Sus miembros deberán ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo con titulación igual o superior a la exigida para la plaza.

Estará integrado por presidencia, vocalías y secretaría en la forma prevista en las bases. El tribunal podrá resolver dudas e incidencias del proceso, requerir documentación acreditativa de requisitos y proponer la exclusión de aspirantes si aprecia falta de requisitos, falsedad o carencia de capacidad funcional para el puesto. También podrá excluir a quienes realicen actuaciones fraudulentas o permitan su identificación indebida en los ejercicios.

Presencia en los tribunales

Durante la realización de las pruebas de la fase de oposición podrá asistir, como observador, un representante de cada sección sindical. Esa presencia no se extiende a los momentos de deliberación del tribunal.

Sistema de selección y desarrollo del proceso

El proceso selectivo consta de dos fases: concurso y oposición. La fase de concurso es previa, no eliminatoria, y valora los méritos alegados y acreditados. Su puntuación máxima es de 12 puntos.

La fase de oposición es eliminatoria y consta de dos ejercicios, con una valoración total máxima de 24 puntos. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único y deberán identificarse con DNI, pasaporte o permiso de conducir. El orden de actuación comenzará por la letra V, según el sorteo administrativo aplicable.

Fase de concurso

La fase de concurso valora exclusivamente los méritos acreditados dentro del plazo de presentación de solicitudes. La fecha de referencia para la valoración será la de finalización de ese plazo.

Antes del inicio de la oposición, el tribunal calificará y publicará los méritos del concurso. Esta fase no elimina aspirantes, pero suma puntuación a la calificación final del proceso.

Ejercicios de la oposición

El primer ejercicio consiste en un cuestionario tipo test de 40 preguntas con respuestas múltiples, repartidas entre materias comunes y específicas. Incluye además preguntas de reserva para posibles anulaciones. El tiempo ordinario es de 50 minutos, ampliado hasta 60 minutos con las preguntas de reserva. Se califica hasta un máximo de 12 puntos, siendo necesario obtener al menos 6 puntos para superarlo. Las respuestas erróneas penalizan y las no contestadas no puntúan.

El segundo ejercicio es un supuesto práctico o varios supuestos prácticos, a desarrollar por escrito en un máximo de 60 minutos, basados en el temario y en las funciones del puesto. El tribunal puede convocar a los aspirantes para la lectura pública del ejercicio y formular preguntas sobre su contenido. También se califica de 0 a 12 puntos y exige un mínimo de 6 puntos para superarlo.

Calificación de los ejercicios

La nota de cada ejercicio de la oposición se obtiene mediante un sistema de depuración de puntuaciones del tribunal. Primero se eliminan provisionalmente la nota más alta y la más baja, y con las restantes se calcula una media.

Después se excluyen las puntuaciones que se aparten en más de 1,30 puntos de esa media. La nueva media con las calificaciones válidas será la definitiva. Las calificaciones se publicarán en los medios oficiales municipales. La nota final del proceso será la suma de la oposición y el concurso. En caso de empate, prevalece la mayor puntuación del segundo ejercicio, después la del primero, luego la del concurso y, si persiste, se resolverá por sorteo público.

Relación de aprobados y presentación de documentos

Una vez finalizada la calificación, el tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación y elevará la propuesta de contratación del aspirante seleccionado, sin superar el número de plazas convocadas.

Además, podrá publicarse una relación complementaria de aspirantes aprobados para cubrir posibles renuncias antes del nombramiento o incorporación. La persona propuesta deberá presentar en el plazo de veinte días hábiles la documentación acreditativa de nacionalidad, capacidad funcional, declaración responsable de no estar inhabilitada y titulación exigida. Si no lo hace o no cumple los requisitos, perderá el derecho derivado del proceso.

Nombramiento e incorporación

La Alcaldía procederá al nombramiento como personal laboral fijo en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de documentos. El nombramiento se publicará oficialmente.

Una vez publicado, la persona seleccionada deberá incorporarse en el plazo máximo de un mes. La adquisición de la condición de personal laboral fijo exige haber superado el proceso, haber sido nombrado por el órgano competente y tomar posesión o incorporarse dentro del plazo fijado.

Bolsa de empleo

Se constituirá una bolsa de empleo con quienes no obtengan plaza fija pero hayan superado todas las pruebas del proceso. Si no hubiera suficientes aspirantes en esa situación, se incluirá también a quienes hayan aprobado al menos un ejercicio, ordenados por puntuación y con preferencia para quienes hayan superado más pruebas.

La bolsa servirá para cubrir necesidades futuras relacionadas con la plaza convocada. Su funcionamiento se regirá por la normativa interna municipal sobre bolsas de empleo. La publicación de una nueva bolsa extinguirá la anterior de la misma categoría y, en todo caso, su vigencia máxima será de cinco años.

Funcionamiento de los llamamientos

Los llamamientos se realizarán por orden de puntuación, mediante llamada telefónica. Se efectuarán al menos tres intentos en horario de mañana y, en determinadas situaciones, también se enviará un mensaje al móvil o correo electrónico.

La persona localizada debe responder a la oferta en el plazo máximo de 24 horas. Si no se localiza al aspirante o este no responde en plazo, se llamará al siguiente de la bolsa. El rechazo injustificado o la falta de respuesta puede dar lugar a la exclusión automática. Se prevén causas justificadas de renuncia, como estar trabajando, en incapacidad temporal, en excedencia u otras circunstancias excepcionales debidamente apreciadas.

Causas de exclusión de la bolsa

Son causas de exclusión, entre otras, no cumplir los requisitos de inclusión, renunciar por escrito, no superar el período de prueba, rechazar injustificadamente una oferta o no acudir a la formalización del contrato o nombramiento.

También conlleva exclusión no incorporarse al puesto sin causa justificada una vez formalizado el vínculo, así como haber sido sancionado por falta grave mediante expediente disciplinario.

Incompatibilidades

La persona propuesta quedará sometida al régimen legal de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Antes de incorporarse deberá declarar que no incurre en ninguna incompatibilidad legal o, en su caso, solicitar la compatibilidad correspondiente para una segunda actividad.

Referencias de género

Las bases aclaran que las referencias formuladas en género gramatical determinado deben entenderse hechas de forma genérica, con plena igualdad de efectos para hombres y mujeres.

Protección de datos

Los datos personales aportados por los aspirantes se incorporarán a un fichero responsabilidad del Ayuntamiento de Miranda de Ebro. Las personas interesadas podrán ejercer los derechos reconocidos por la normativa de protección de datos dirigiéndose al ayuntamiento e indicando la convocatoria correspondiente.

Recursos administrativos e incidencias

El tribunal queda facultado para resolver las dudas e incidencias que surjan durante el desarrollo del proceso en todo lo no previsto expresamente en las bases.

Contra las bases y la convocatoria pueden interponerse los recursos administrativos y judiciales legalmente previstos. Asimismo, se establece la normativa supletoria aplicable en materia de empleo público, administración local, procedimiento administrativo y legislación laboral.

Temario

Temario general:

  1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido, derechos y deberes fundamentales, organización territorial del Estado y comunidades autónomas.

  2. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: consejerías, delegaciones territoriales y organismos autónomos.

  3. Ley 39/2015: fases del procedimiento administrativo, interesados, actos administrativos, notificaciones y recursos.

  4. Ley 19/2013 de Transparencia: ámbito de aplicación, publicidad activa, acceso a la información pública y régimen de impugnaciones.

  5. Personal al servicio de las administraciones públicas: tipología, sistemas de acceso, selección, derechos, deberes e incompatibilidades.

  6. Igualdad entre mujeres y hombres, tutela contra la discriminación y marco normativo sobre violencia de género, LGTBIfobia y discriminación por orientación e identidad sexual.

  7. El municipio: organización, competencias y régimen jurídico de las haciendas locales.

Temario específico:

  1. Legislación bibliotecaria en España y Ley de la Lectura, del Libro y las Bibliotecas.

  2. Marco normativo en Castilla y León y sistema bibliotecario autonómico.

  3. Tipos de bibliotecas y bibliotecas públicas: concepto, funciones y servicios.

  4. Colecciones especiales: fondo antiguo, material gráfico, soportes audiovisuales y electrónicos, hemerotecas, sección infantil y sección local.

  5. Instalaciones y equipamiento de las bibliotecas.

  6. Preservación y conservación del fondo bibliográfico y documental.

  7. Desarrollo de colecciones: selección, expurgo, adquisición, intercambio y donaciones.

  8. Depósito legal, publicaciones en línea y archivo de la web española.

  9. Proceso técnico de fondos bibliográficos: registro, sellado, protección y catálogo.

  10. Ordenación de fondos y gestión de depósitos.

  11. Descripción bibliográfica en RABEL, reglas de catalogación, formato MARC y estándar RDA.

  12. Clasificación bibliográfica y CDU.

  13. Normalización e identificadores bibliográficos e identificadores permanentes en Internet.

  14. Servicio de préstamo en biblioteca pública: préstamo domiciliario, colectivo, en red, interbibliotecario, digital y consulta en sala.

  15. Atención al público y formación de usuarios.

  16. Historia del libro y de las bibliotecas.

  17. La edición en la actualidad: libros electrónicos, dispositivos, plataformas y servicios.

Concurso de méritos

La fase de concurso se divide en formación y experiencia, con un máximo total de 12 puntos.

En formación se valora la posesión de titulaciones superiores a la exigida y los cursos relacionados con la plaza, según su duración, hasta un máximo de 6 puntos. Solo se valoran cursos impartidos por administraciones públicas, organizaciones sindicales u otros agentes formativos vinculados a la formación para el empleo público, siempre que guarden relación con las funciones del puesto o con materias transversales.

En experiencia se valoran los servicios prestados como bibliotecario, auxiliar de biblioteca o puesto asimilado en administraciones públicas, así como la experiencia en otros puestos públicos diferentes, con la puntuación mensual fijada en las bases y con el límite máximo previsto.