Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de Els Poblets (Alicante)
Apertura de plazo de presentación de solicitudes
- Requisitos académicos: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica, Formación Profesional de Grado Medio
- Plazo de presentación de solicitudes: 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (pendiente de publicación en el BOE).
- Oferta de Empleo Público 2026 - BOP
- Oferta de Empleo Público 2026 - DOGV
- Bases de la convocatoria
- Anuncio de la convocatoria - DOGV
- Anuncio de la apertura de plazo - BOE
- Información oficial
Objeto de la convocatoria
Se convoca una plaza de Auxiliar de Biblioteca, perteneciente a la Escala de Administración Especial, grupo C, subgrupo C2, como personal funcionario del Ayuntamiento de Els Poblets.
El sistema selectivo será el de concurso-oposición. La plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2026.
Entre las funciones del puesto se incluyen la atención a usuarios, organización de servicios bibliotecarios, préstamo, apoyo a actividades culturales y de promoción lectora, elaboración de materiales de difusión, gestión de incidencias, archivo y reprografía, correspondencia, información bibliográfica, servicios de acceso al documento, recursos electrónicos, búsquedas bibliográficas, catalogación y clasificación de fondos bibliográficos y documentales.
Requisitos de participación
Las personas aspirantes deberán cumplir los requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.
Se exige tener nacionalidad española o cumplir los supuestos legales de acceso al empleo público, haber cumplido 16 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa, no haber sido separado del servicio de una Administración Pública ni estar inhabilitado para funciones públicas.
También se requiere estar en posesión del título de Graduado Escolar, Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, Formación Profesional Básica en servicios administrativos, Formación Profesional Básica en informática de oficina o equivalente. Las titulaciones extranjeras deberán estar homologadas o convalidadas.
Además, se exige capacidad funcional y aptitud física y psíquica para el desempeño del puesto, así como certificado de nivel B1 de valenciano expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes deberán dirigirse al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Els Poblets, conforme al modelo oficial, y presentarse telemáticamente a través de la sede electrónica municipal.
El plazo de presentación será de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
La solicitud deberá acompañarse del justificante de pago de la tasa por derechos de examen o de la documentación justificativa de exención o bonificación. La tasa correspondiente al grupo C2 es de 20 euros.
En la solicitud deberán enumerarse los méritos que se pretendan hacer valer en la fase de concurso. La documentación acreditativa de dichos méritos se presentará posteriormente, una vez finalizada la fase de oposición y antes de la fase de concurso. No se valorarán méritos no enumerados previamente en la solicitud.
Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el plazo máximo de un mes.
La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica. Se concederá un plazo de 10 días hábiles para subsanaciones y reclamaciones.
Son causas de exclusión no subsanables la presentación fuera de plazo, la presentación de la solicitud por una vía distinta a la exigida y la falta de pago de la tasa.
Tras resolver las reclamaciones, se aprobará la lista definitiva. En esa misma resolución se nombrará al órgano técnico de selección y se fijará la fecha, hora y lugar de la primera prueba.
Órgano técnico de selección
El órgano técnico de selección estará integrado por cinco miembros funcionarios de carrera, de igual o superior grupo al de la plaza convocada. Habrá una presidencia, tres vocalías y una secretaría, todos con voz y voto.
Su composición se publicará junto con la lista de personas admitidas y excluidas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres miembros, debiendo estar presentes en todo caso la presidencia y la secretaría.
El órgano técnico resolverá las cuestiones que surjan durante el proceso, calificará las pruebas y velará por el correcto desarrollo del procedimiento. Sus miembros deberán actuar conforme a los principios de imparcialidad y profesionalidad, tendiéndose a la paridad en su composición.
Deberán abstenerse quienes hayan realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.
Desarrollo de la oposición
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único. La falta de presentación a cualquiera de los ejercicios obligatorios implicará la exclusión del procedimiento selectivo, salvo causa de fuerza mayor apreciada por el tribunal.
El orden de actuación, cuando las pruebas no puedan realizarse conjuntamente, será alfabético.
Una vez iniciadas las pruebas, los anuncios posteriores y los resultados se publicarán en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento. Deberán publicarse con una antelación mínima de 12 horas si se trata del mismo ejercicio, o de 48 horas si se trata de un nuevo ejercicio.
Sistema selectivo
El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso.
La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos y será eliminatoria. Solo quienes la superen pasarán a la fase de concurso.
La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 40 puntos y valorará experiencia, formación, conocimientos de valenciano, idiomas comunitarios y titulaciones superiores relacionadas con el puesto.
Primer ejercicio de la oposición
El primer ejercicio será obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 30 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, de las que solo una será correcta. Las preguntas estarán relacionadas con el temario anexo.
Se incluirán 5 preguntas de reserva para posibles anulaciones o reclamaciones.
Cada respuesta correcta se valorará con 1 punto. Cada respuesta incorrecta restará 0,33 puntos. Las preguntas no contestadas no puntuarán.
La puntuación máxima será de 30 puntos y será necesario obtener al menos 15 puntos para superar el ejercicio. El tiempo de realización será fijado por el órgano técnico de selección y no podrá ser inferior a 60 minutos.
Segundo ejercicio de la oposición
El segundo ejercicio será obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos relacionados con las funciones propias de la plaza convocada.
El tiempo máximo será fijado por el órgano técnico de selección y no podrá exceder de 60 minutos.
La puntuación máxima será de 30 puntos y será necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superar el ejercicio.
Revisión de ejercicios
Al finalizar cada ejercicio de la fase de oposición, el órgano técnico de selección publicará la relación de personas que hayan superado la prueba, con la puntuación obtenida, así como la relación de quienes no la hayan superado.
Las personas aspirantes dispondrán de 2 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de las puntuaciones, para revisar sus ejercicios.
Una vez resueltas las posibles reclamaciones del último ejercicio, se publicará la relación de aspirantes que superan la fase de oposición y pasan a la fase de concurso.
Fase de concurso
Solo participarán en la fase de concurso quienes hayan superado la fase de oposición.
Las personas aspirantes serán requeridas para presentar la documentación justificativa de los méritos enumerados en su solicitud. El plazo será de 3 días hábiles.
La presentación de méritos deberá realizarse telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Els Poblets. La documentación deberá presentarse en formato original o, si no es posible, mediante copia simple, sin perjuicio de que el órgano técnico pueda exigir el original para su cotejo.
Experiencia profesional
La experiencia se valorará hasta un máximo de 20 puntos.
Se otorgarán 0,20 puntos por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Pública, en el mismo grupo de clasificación o superior, y con funciones iguales o equivalentes a las del puesto convocado en agencias de lectura o bibliotecas públicas.
La experiencia podrá haberse prestado como funcionario de carrera, interino, trabajador fijo, indefinido o temporal. No se computarán fracciones de mes.
Deberá acreditarse mediante certificado expedido por la Administración competente.
Formación
La formación se valorará hasta un máximo de 5 puntos.
Se valorarán cursos, seminarios y actividades de formación o perfeccionamiento, realizados como alumno o docente, siempre que estén directamente relacionados con las funciones del puesto y hayan sido organizados o impartidos por centros u organismos oficiales.
Los cursos de centros privados solo se valorarán si cuentan con sello o rúbrica de un organismo o centro oficial que los avale.
Para entender que un curso está directamente relacionado con el puesto, al menos el 50 % de sus asignaturas o módulos deberán guardar relación con las funciones del puesto.
No se valorarán cursos sin duración acreditada, cursos de menos de 15 horas, cursos pertenecientes a carreras universitarias, doctorado, valenciano, idiomas, planes de estudios universitarios, procesos selectivos, promoción interna o adaptación del régimen jurídico a puestos ocupados.
La valoración será la siguiente:
De 15 a 20 horas: 0,10 puntos por curso.
De 21 a 40 horas: 0,20 puntos por curso.
De 41 a 60 horas: 0,30 puntos por curso.
De 61 a 80 horas: 0,40 puntos por curso.
De 81 a 200 horas: 0,50 puntos por curso.
De 201 horas en adelante: 0,60 puntos por curso.
Valenciano
Los conocimientos de valenciano se valorarán hasta un máximo de 4 puntos, siempre que estén certificados por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià.
Se puntuará únicamente el nivel más alto acreditado.
Nivel B2: 1 punto.
Nivel C1: 2 puntos.
Nivel C2: 4 puntos.
Idiomas comunitarios
Los conocimientos de idiomas comunitarios se valorarán hasta un máximo de 4 puntos, previa acreditación mediante certificado expedido por la Escuela Oficial de Idiomas.
Se puntuará únicamente el nivel más alto de cada idioma acreditado.
Nivel B1: 0,50 puntos.
Nivel B2: 1 punto.
Nivel C1: 1,50 puntos.
Nivel C2: 2 puntos.
Titulación
La titulación se valorará hasta un máximo de 7 puntos.
Se valorará la posesión de títulos académicos superiores al exigido para acceder a la plaza, siempre que estén directa e inequívocamente relacionados con las funciones del puesto.
Bachiller o Formación Profesional de grado medio: 1 punto.
Formación Profesional de grado superior: 2 puntos.
Grado universitario o licenciatura: 4 puntos.
Doctorado o máster: 7 puntos.
Valoración definitiva del concurso
El órgano técnico de selección concederá un plazo de 2 días hábiles, desde el día siguiente a la publicación de la baremación, para solicitar revisión y presentar alegaciones.
Si no se presentan alegaciones, se publicará la baremación definitiva. Si se presentan, serán resueltas por el órgano técnico de selección.
Relación de aprobados
La puntuación final se obtendrá sumando la fase de oposición y la fase de concurso.
El órgano técnico publicará la relación de aspirantes por orden de puntuación, sin que el número de personas aprobadas pueda superar el número de plazas convocadas.
En caso de empate, tendrá prioridad quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. Si persiste el empate, se resolverá por sorteo.
La presidencia del órgano técnico propondrá al órgano competente el nombramiento de la persona aspirante que haya superado el proceso selectivo y presente la documentación exigida.
La relación de aprobados se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la sede electrónica y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Presentación de documentación
La persona aspirante propuesta deberá presentar en el Ayuntamiento, en el plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la relación de aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos.
Deberá aportar o permitir la comprobación de su identificación y edad mediante DNI, copia compulsada de la titulación exigida o justificante de haber abonado los derechos de expedición, declaración responsable de no haber sido separada del servicio ni estar incursa en causa de incapacidad, certificado de valenciano nivel B1 y acreditación de capacidad funcional mediante reconocimiento médico del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento.
Si no presenta la documentación en plazo o no cumple los requisitos, no podrá ser nombrada funcionaria y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de posibles responsabilidades por falsedad.
En ese caso se requerirá a la siguiente persona clasificada.
Nombramiento y toma de posesión
Una vez presentada la documentación y realizados los trámites administrativos correspondientes, el órgano competente nombrará a la persona aspirante como funcionaria de carrera para ocupar la plaza convocada.
El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
Si la persona nombrada estuviera prestando servicios como funcionaria o laboral en otra Administración Pública, deberá cesar en dicho puesto con efectos del día anterior a la toma de posesión en el Ayuntamiento de Els Poblets.
Bolsa de trabajo
Con las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición pero no sean propuestas para nombramiento se constituirá una bolsa de empleo temporal.
La bolsa se ordenará por puntuación final decreciente, resultado de sumar oposición y concurso. Podrá utilizarse para nombramientos como personal funcionario interino cuando las necesidades del servicio lo requieran.
La vigencia de la bolsa será de 5 años.
Funcionamiento de la bolsa de trabajo
Los llamamientos se realizarán por el Departamento de Recursos Humanos mediante el teléfono indicado por la persona aspirante en su solicitud. Simultáneamente se enviará un correo electrónico a la dirección indicada.
La persona aspirante dispondrá de 24 horas para aceptar o rechazar la oferta. Si no manifiesta expresamente su aceptación en ese plazo, se entenderá que rechaza la oferta.
Si rechaza la oferta, dispondrá de 5 días hábiles para acreditar una causa justificada que permita mantener su posición en la bolsa en situación de baja temporal.
Causas justificadas de baja temporal en la bolsa
Se consideran causas justificadas, entre otras, la enfermedad acreditada mediante certificado médico, fallecimiento o enfermedad grave de familiar hasta segundo grado, cuidado de familiar hasta segundo grado que no pueda valerse por sí mismo, cumplimiento de deber inexcusable de carácter público y personal, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, avanzado estado de gestación, situación de violencia de género, contratación temporal en el sector privado o prestación de servicios como personal interino o laboral temporal en cualquier Administración Pública española o de un Estado miembro de la Unión Europea.
Acreditada la causa, la persona permanecerá en la bolsa en el mismo orden, pero en situación de baja temporal, hasta que comunique y justifique su disponibilidad.
Si rechaza la oferta sin acreditar causa justificada, pasará al último lugar de la bolsa.
Cesión de la bolsa a otras administraciones
La bolsa podrá ser cedida a otras administraciones públicas mediante convenio de colaboración, previa autorización de cesión de datos por parte de las personas integrantes.
La cesión tendrá como único objeto la contratación o nombramiento temporal. La negativa a autorizar la cesión de datos no supondrá penalización en el orden de la bolsa constituida por el Ayuntamiento.
Impugnación
Las bases y la convocatoria podrán impugnarse conforme a la normativa administrativa común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano jurisdiccional competente.
Incidencias
El órgano técnico de selección queda autorizado para resolver dudas, interpretar las bases y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Temario
Grupo I. Temario general
- La Constitución Española de 1978. Características, estructura y reforma constitucional. Los principios fundamentales y libertades públicas: regulación y protección. La reforma de la Constitución.
- Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
- La Corona. Funciones constitucionales del Rey. La sucesión. La Regencia. La tutela. El refrendo. El príncipe heredero. La familia real.
- Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. Procedimiento de elaboración de las leyes.
- El Gobierno: composición, nombramiento, cese y funciones. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
- El Poder Judicial. Principios constitucionales. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. Organización judicial española.
- Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. Los Estatutos de Autonomía.
- La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los entes públicos: las Administraciones del Estado, autonómica e institucional. La Administración consultiva: el Consejo de Estado.
- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Las instituciones: las Cortes Valencianas, el President, órganos de gobierno y sus funciones, el Gobierno o Consell.
Grupo II. Temario específico
- Concepto de biblioteca. Clases. Biblioteca pública: concepto, funciones y servicios.
- Los documentos y sus clases. Documentos primarios, secundarios y terciarios. Colecciones especiales: fondo antiguo, material gráfico, soportes audiovisuales, etc.
- Instalaciones y equipamiento de las bibliotecas. El edificio, los depósitos y otras instalaciones del archivo: principales características arquitectónicas. Medidas ambientales y de seguridad.
- Preservación y conservación del fondo bibliográfico y documental. Digitalización y preservación digital.
- Selección y adquisición de fondos bibliográficos. El depósito legal. Proceso técnico de los fondos bibliográficos: registro, sellado, etc. Ordenación de los fondos y gestión de los depósitos. Recuentos.
- Números de identificación bibliográfica: ISBN, ISSN y otros sistemas nacionales e internacionales. Identificadores permanentes en internet. Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas.
- Servicios a los lectores: lectura en sala y libre acceso. Tipos de préstamos.
- Los archivos y la difusión cultural. La función social y cultural de los archivos: condiciones de acceso a los archivos y consulta de documentos en sala, comunicación científica, exposiciones, servicios educativos y redes sociales.
- Sistemas integrados de gestión bibliotecaria. Cooperación bibliotecaria: organismos y proyectos.
