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Auxiliar de Bibliotecas, Ayuntamiento de Zaidín (Huesca)

1 Plaza, Acceso Libre, Concurso Oposición, Subgrupo C1, 11-04-2012
Apertura de Plazo

Bases de la convocatoria

Primera.- Objeto de la convocatoria

- Es objeto de la presente convocatoria la provisión,

mediante concurso-oposición de una plaza de auxiliar de biblioteca, Grupo 1, Subgrupo C1

a tiempo parcial (media jornada), de carácter laboral fijo, por procedimiento libre.

Segunda.- Condiciones de los aspirantes.

- Para tomar parte en este concurso-oposición

será necesario:

a) Estar en posesión del título de bachiller o técnico, o equivalente o en condiciones de

obtenerlo en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias de

acuerdo a lo dispuesto en el artículo 76 de la ley 7/2007 de 12 de abril del estatuto básico

del empleado público.

b).- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c).- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder en su caso de la edad máxima de

jubilación forzosa.

d).- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de

las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las

comunidades autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o

cargos públicos por resolución judicial.

Tercera.- Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en

las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones

exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la

Constitución española, se dirigirán al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Zaidín

acompañadas de los justificantes de los méritos a valorar en la fase de concurso así como

fotocopia de DNI según modelo incluido en Anexo I.

Las instancias se presentarán en el Ayuntamiento de Zaidín durante el plazo de veinte días

naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la

convocatoria en el “Boletín Oficial de la provincia de Huesca”.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley

30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Cuarta.- Admisión de instancias.

- Terminado el plazo de presentación de instancias, el

Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de quince días, aprobando la lista

provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín

Oficial de la Provincia y será expuesta en el tablón de edictos de la entidad local,

concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación.

En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la

resolución por la que se aprueba la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, de la

forma indicada, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del

Tribunal, concretando qué vocal actuará como Secretario, junto con el señalamiento del

lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio, con una antelación no inferior a quince

días al comienzo de la prueba.

Quinta.- Tribunal seleccionador.

- El Tribunal seleccionador será designado por el

Presidente de la Corporación local ajustándose a los principios de imparcialidad y

profesionalidad y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.

La pertenencia al Tribunal de sus miembros será a título individual. Dicho Tribunal deberá

ajustarse en su actuación a los principios de independencia y discrecionalidad técnica.

Podrán asistir Asesores técnicos, con voz y sin voto, cuya designación y actuación deberá

ajustarse a los mismos principios que los miembros del Tribunal.

Podrán asistir, asimismo, sin voz y sin voto, un representante por cada una de las

Centrales Sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, quienes podrán, en su

caso, manifestar por escrito las irregularidades de carácter formal o procedimental que, a

su juicio, consideren que han podido producirse durante el procedimiento.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus

miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los miembros del tribunal y los asesores técnicos, en su caso, habrán de abstenerse de

intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos,

cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

Sexta. Comienzo y desarrollo del concurso oposición

Los opositores serán convocados

para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Una vez convocadas las pruebas, no será obligatorio publicar, en su caso, los sucesivos

anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndolos públicos en el tablón de

anuncios del Ayuntamiento de Zaidín.

Séptima. Fase de Oposición

Los aspirantes realizarán un ejercicio de carácter obligatorio

y eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un período máximo de dos

horas, uno o varios supuestos prácticos, sobre materias directamente relacionadas con las

funciones a desempeñar en la plaza objeto de la presente convocatoria, que podrán versar

sobre las materias recogidas en el Anexo II de las presentes Bases.

Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso,

en su caso, del material y de los textos legales de que vengan provistos.

En este ejercicio se valorará la sistemática en el planteamiento y formulación de

conclusiones y el conocimiento y adecuada explicación de la normativa vigente.

Octava.- Calificación de la fase de oposición.

- El ejercicio tendrá carácter eliminatorio y

será calificado con un máximo de diez puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo

de cinco puntos.

Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán

expuestas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Zaidín.

Novena.- Fase de concurso

la fase de concurso se valorará según el siguiente detalle:

A) FASE DE CONCURSO (máximo de 60 puntos)

a) Tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas (máximo de 30 puntos)

Trabajo desarrollado en la Administración Pública en cometidos similares a los de la plaza

convocada, a razón de 2 puntos por año trabajado. Los períodos inferiores a uno año se

computarán proporcionalmente por meses.

D. Titulaciones académicas (máximo de 15 puntos)

Se valorarán las titulaciones académicas oficiales o convalidadas en España que sean de

igual o superior nivel al exigido por el grupo de titulación al que se opta, al margen de la

exigida como requisito de participación, conforme al siguiente baremo y hasta un máximo

de 15 puntos:

- Licenciado/a universitario/a o título de grado en materias directamente relacionadas con

la función de bibliotecas: 10 puntos por cada título.

- Diplomado/a universitario/a o equivalente en materias directamente relacionadas con la

función de bibliotecas: 10 puntos por cada título.

En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará

exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras

titulaciones necesarias para su obtención.

b) Formación (máximo de 15 puntos)

Se valorarán las acciones formativas realizadas por centros oficiales directamente

relacionadas con la plaza a cubrir hasta un máximo de 15 puntos. La valoración se

efectuará atendiendo al número total de horas de formación directamente relacionadas y

multiplicando la suma de las mismas por un coeficiente de 0,01 puntos por hora de curso

recibida y de 0,02 puntos por hora de curso impartida.

Se valorarán cursos de formación específica en programas informáticos relacionados con

la materia objeto de la presente convocatoria, con un baremo igual al indicado en el párrafo

anterior.

En el supuesto de acciones formativas en las que el interesado no acredite la duración de

las mismas, se computarán con una hora de formación.

Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias.

Los citados méritos deberán acreditarse como se detalla a continuación:

- Méritos profesionales: Certificación o copia de certificación donde conste categoría

profesional, Administración pública donde se han prestado los servicios y períodos.

- Titulación académica: Copia del título correspondiente, del abono de los derechos de su

expedición o de la certificación oficial que acredite estar en posesión de la misma.

- Formación: Copia de los diplomas de asistencia, donde se indique sobre qué materias

versa el curso, así como número de horas y centro de impartición.

El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones

obtenidas en las fases de oposición y concurso.

Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento

Una vez terminadas las fases de oposición y concurso, el Tribunal publicará el nombre de los

aspirantes aprobados, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas, elevando

dicha propuesta a la Presidencia de la Corporación para que efectúe el correspondiente

nombramiento en el plazo de un mes desde la formulación de dicha propuesta, una vez

que hayan presentado en la entidad local, dentro del plazo de veinte días naturales,

contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, copia autenticada o fotocopia

compulsada de la titulación a que hace referencia la base segunda o justificante de haber

abonado los derechos para su expedición. Si este documento estuviera expedido después

de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberán justificar el

momento en que terminaron los estudios.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos

no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos no podrán ser

nombrados, quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando

tomar parte en la oposición.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes propuestos renunciase a su nombramiento

o no presentase la documentación en plazo, se requerirá al Tribunal para que realice

relación complementaria del/los aspirante/s que siga/n al/los propuestos.

Presentada la documentación preceptiva por los aspirantes seleccionados y una vez

aprobada la propuesta por la Presidencia de la Corporación, los opositores nombrados

deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que

sea publicado el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de no tomar

posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante.

 

Incidencias

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se

presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición, en

todo lo no previsto en estas bases.

Duodécima.

 En lo no previsto en estas bases, será de aplicación la Ley 7/2007, de 13 de

abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y, en lo que no se opongan o contradigan

al mismo, el Decreto 80/97, de 10 de junio, del Departamento de Presidencia y Relaciones

Institucionales del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión

de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios

de la Comunidad Autónoma de Aragón, el R.D. 364/1995, de 10 de marzo por el que se

aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del

Estado y el R. D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los

programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios

de la Administración Local.

Décimotercera.- A los efectos previstos en el anexo IV del R. D. 462/2002, de 24 de mayo,

sobre indemnización por razón de servicio, se especifica que la categoría del órgano de

selección será la segunda.

Decimocuarta.- De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son

definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición

potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso

contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca o

aquél en el que tenga su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar

desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso

contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya

producido su desestimación por silencio.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

ANEXO I (MODELO DE INSTANCIA)

D. …………………………… con DNI nº …………………, natural de …………………….., y

residencia en ……………………………, nacido el ……………………………, enterado de la

convocatoria para proveer mediante concurso oposición una plaza de auxiliar de biblioteca

a tiempo parcial vacante en la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Zaidín,

publicado en BOP Huesca nº …………….. de fecha …………………,

Manifiesto reunir todos los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

A tal efecto SOLICITO ser admitido al proceso selectivo para lo cual adjunto fotocopia de

DNI así como justificantes de los méritos que solicito sean valorados en la fase de

concurso.

(Relacionarlos en índice separado)

En………….. a …………….. de …………………… de 2012.

- SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ZAIDIN (HUESCA).

ANEXO II TEMARIO


TEMA 1.- La lectura pública en el sistema español de bibliotecas: el caso de Aragón.

TEMA 2.- Legislación aragonesa referente a los servicios de lectura pública.

TEMA 3.- Planificación de espacios y edificios destinados a bibliotecas públicas:

equipamiento, secciones y servicios.

TEMA 4.- El ISBN y el Depósito legal.

TEMA 5.- Custodia, venta y promoción de publicaciones.

TEMA 6.- Real decreto legislativo 1/1996 de 12 de abril por el que se aprueba el texto

refundido de la ley de la propiedad intelectual y la ley 23/2006 de 27 de julio que lo

modifica.

TEMA 7.- La fototeca de la Diputación de Huesca: historia, programas y proyectos.

TEMA 8.- Documentación y descripción de documentos en los centros de imagen: bases

de datos Archivo 3000 y File Marker.

TEMA 9.- La protección del patrimonio histórico artístico de Aragón.

TEMA 10.- Programas culturales de la Diputación provincial de Huesca.

TEMA 11.- La contratación de suministros y servicios en la ley 3/2011 de 24 de febrero, de

medidas en materia de contratos del sector publico de Aragón.