Objeto
La convocatoria regula la provisión, como personal funcionario de carrera, de una plaza de Auxiliar Ayudante de Archivo y Biblioteca del Ayuntamiento de Lucena, mediante el sistema de concurso-oposición.
La plaza pertenece a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase de plazas de cometidos especiales, y está encuadrada en el grupo C, subgrupo C2. Se trata de una vacante incluida en la oferta de empleo público municipal.
Legislación aplicable
El proceso se rige por las propias bases de la convocatoria y por la normativa general sobre empleo público, función pública andaluza, régimen local, procedimiento administrativo, régimen jurídico del sector público, igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y normativa sobre discapacidad e inclusión social.
También se aplicará cualquier otra disposición que resulte pertinente durante la tramitación y resolución del proceso.
Publicidad de la convocatoria
La convocatoria y sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.
Además, toda la información relevante se difundirá en la sede electrónica del Ayuntamiento, especialmente en los apartados de Tablón de Edictos y Procesos de Selección.
Requisitos de las personas aspirantes
Para participar, las personas aspirantes deben reunir los requisitos antes de que termine el plazo de solicitud y mantenerlos hasta la toma de posesión.
Se exige nacionalidad española, con las salvedades legales previstas; capacidad funcional para el desempeño del puesto; tener al menos 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa; no haber sido separado del servicio de ninguna Administración ni estar inhabilitado para empleo público; y poseer el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
En caso de titulaciones equivalentes o extranjeras, deberá acreditarse su equivalencia, convalidación u homologación cuando proceda.
Acceso de las personas con discapacidad
El tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que las personas con discapacidad puedan participar en igualdad de condiciones.
Quienes tengan una discapacidad igual o superior al 33 % y necesiten adaptaciones de tiempo o medios deberán solicitarlo expresamente en la solicitud y aportar el dictamen técnico facultativo correspondiente. El tribunal valorará estas peticiones y aplicará, en su caso, las adaptaciones oportunas conforme a la normativa vigente.
Forma y plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE.
La solicitud debe cumplimentarse en el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento. Presentarla en otro formato se considera defecto no subsanable y puede implicar la exclusión.
Si se dispone de certificado digital, puede realizarse la presentación electrónica y el pago telemático o mediante autoliquidación. Si no se dispone de certificado, habrá que imprimir la solicitud, firmarla y presentarla en los registros habilitados, junto con la documentación exigida.
La tasa por derechos de examen es de 24 euros. La falta de pago dentro de plazo determina la exclusión provisional.
Están exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 %. También se prevén bonificaciones para familias numerosas y personas demandantes de empleo, siempre que acrediten documentalmente su situación. Estas bonificaciones no son acumulables.
Los datos de la solicitud solo podrán modificarse dentro del plazo de presentación. Si se produjeran incidencias técnicas en la sede electrónica, podrá ampliarse el plazo o abrirse uno nuevo.
Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo de solicitud, la Alcaldía aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, indicando las causas de exclusión.
Las personas interesadas dispondrán de diez días hábiles para subsanar defectos, corregir errores o formular reclamaciones.
Después de este trámite se aprobará la lista definitiva, que incluirá también la composición del tribunal y la fecha y lugar del primer ejercicio.
Tribunal Calificador
El tribunal estará formado por presidencia, cuatro vocalías y secretaría, con sus correspondientes suplencias.
Sus miembros deberán ser personal funcionario de carrera o laboral fijo, y su composición deberá respetar criterios de imparcialidad, profesionalidad y, en la medida de lo posible, paridad entre mujeres y hombres. La secretaría actuará con voz pero sin voto.
No podrán formar parte del tribunal quienes tengan designación política, condición de interinidad, temporalidad o personal eventual. También podrán intervenir asesores técnicos con voz y sin voto.
El tribunal resolverá incidencias, aplicará los baremos, velará por la legalidad del proceso y actuará con autonomía funcional, con deber de secreto y confidencialidad.
Desarrollo del proceso selectivo
El sistema de selección es el de concurso-oposición y consta de dos fases: oposición y concurso.
La fase de oposición incluye dos ejercicios eliminatorios.
El primer ejercicio consiste en un cuestionario tipo test de 80 preguntas, con 10 adicionales de reserva, sobre el temario del anexo. Cada respuesta correcta suma, las incorrectas restan y las preguntas en blanco no puntúan. El tiempo máximo es de 150 minutos. Se calificará hasta 4 puntos y será necesario obtener al menos 2 puntos para superarlo.
El segundo ejercicio consiste en la resolución de uno o varios supuestos prácticos relacionados con el temario o con las funciones del puesto. Su duración máxima es de dos horas. Se calificará hasta 2 puntos y habrá que obtener al menos 1 punto para superarlo.
La fase de concurso solo se aplica a quienes hayan superado la oposición. En ella se valoran los méritos referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE.
Se puntúan tres bloques:
Experiencia profesional: se valora el tiempo trabajado en plaza igual o similar, tanto en el sector público como en el privado o por cuenta propia, con una puntuación por mes completo y un máximo de 2,5 puntos.
Titulaciones y formación: se valoran titulaciones superiores relacionadas con Biblioteconomía, el Bachillerato o equivalente y cursos, jornadas, seminarios o congresos vinculados al puesto. La puntuación máxima es de 1 punto.
Superación de ejercicios en procesos selectivos de Administraciones Públicas: se valora cada ejercicio superado en procesos de plazas iguales o similares, con un máximo de 0,5 puntos.
Acreditación de los méritos
Los méritos deberán presentarse documentalmente dentro del plazo fijado por el tribunal tras la publicación de las notas del ejercicio práctico. Ese plazo no podrá ser inferior a diez días naturales.
No se valorarán méritos aportados fuera de plazo.
La experiencia profesional se acredita mediante certificación administrativa o, en su defecto, mediante vida laboral y contratos o tomas de posesión. Las titulaciones se justifican con el título o certificado académico. Los cursos se acreditan con certificados de asistencia o aprovechamiento. La superación de ejercicios en procesos selectivos se justifica con certificado expedido por la Administración correspondiente.
Celebración de los ejercicios
El orden de actuación de las personas aspirantes se determinará según el sorteo vigente publicado para ese año por la Administración andaluza.
La convocatoria a cada ejercicio será en llamamiento único. Quien no comparezca quedará excluido, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el tribunal.
Las personas aspirantes deberán acreditar su identidad con DNI, pasaporte, permiso de conducción o documento público equivalente.
Los anuncios de ejercicios sucesivos se publicarán con al menos 72 horas de antelación. Entre la finalización de un ejercicio y el inicio del siguiente deberá mediar un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco.
Publicidad de las calificaciones
Las calificaciones de cada ejercicio y del resto de actuaciones del proceso se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento, en los apartados habilitados para ello.
Calificaciones finales y propuesta de nombramiento
Una vez terminadas todas las fases, el tribunal publicará las calificaciones finales, detallando la puntuación obtenida en cada fase y, en su caso, en cada apartado del baremo.
Después formulará propuesta de nombramiento a favor de la persona aspirante con mejor puntuación.
En caso de empate, se resolverá atendiendo primero a la mayor puntuación en la fase de oposición y, si persiste, a la obtenida en los distintos apartados del concurso por el orden establecido. Si aun así continuara el empate, se resolverá mediante sorteo público.
No podrá proponerse un número de personas superior al de plazas convocadas. Si la persona propuesta renuncia antes de tomar posesión, podrá requerirse una relación complementaria con la siguiente persona aspirante.
Presentación de documentos
La persona propuesta deberá presentar, en el plazo de veinte días hábiles desde la publicación de la propuesta de nombramiento, la documentación que acredite que cumple los requisitos exigidos.
Si no lo hace dentro del plazo, o si de la documentación resulta que no cumple los requisitos, no podrá ser nombrada y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de posibles responsabilidades por falsedad.
Quienes ya tengan la condición de personal funcionario público estarán exentos de volver a acreditar extremos ya justificados, debiendo aportar certificación actualizada de su situación administrativa.
Nombramiento como personal funcionario de carrera
Una vez comprobada la documentación, la Alcaldía procederá al nombramiento de la persona propuesta como funcionaria de carrera.
Antes de la toma de posesión deberá prestarse el correspondiente juramento o promesa conforme a la ley.
Toma de posesión
La persona nombrada deberá tomar posesión en el plazo de un mes desde la notificación del nombramiento.
Tras ello, el nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia. Si no toma posesión sin causa justificada dentro del plazo, perderá el derecho a hacerlo.
Incompatibilidades
La persona nombrada quedará sometida al régimen legal de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y a la normativa que resulte de aplicación.
Incidencias e interpretación de las bases
La Alcaldía es competente para interpretar las bases y resolver incidencias y recursos hasta la constitución del tribunal.
A partir de ese momento, corresponde al tribunal interpretar las bases en lo necesario para el buen desarrollo del proceso y resolver las incidencias no previstas hasta su finalización.
Bolsa de trabajo
Una vez finalizado el proceso, se constituirá una bolsa de trabajo con las personas que hayan superado la fase de oposición pero no hayan obtenido la plaza.
Esta bolsa servirá para futuros nombramientos de personal interino en los supuestos legalmente previstos y permanecerá vigente hasta que se apruebe una nueva lista derivada de un proceso selectivo posterior para la misma categoría.
Los llamamientos se harán por orden de puntuación. La aceptación o renuncia deberá formalizarse de forma fehaciente antes de las 24:00 horas del día siguiente al llamamiento. Si no se contesta en plazo o se rechaza sin causa justificada acreditada, la persona pasará al último lugar de la bolsa.
Se consideran causas justificadas de rechazo, entre otras, estar trabajando, incapacidad temporal, situaciones relacionadas con embarazo, parto, lactancia, adopción, acogimiento, enfermedad grave de familiar, violencia de género o realización de estudios reglados.
Recursos
Contra las bases puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, en los términos legalmente previstos.
También podrán interponerse los recursos que correspondan contra los actos administrativos que deriven del proceso selectivo, conforme a la normativa de procedimiento administrativo y jurisdicción contencioso-administrativa.
Temario
El temario incluido en la convocatoria comprende los siguientes temas:
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La Constitución Española de 1978: estructura, principios generales, derechos y deberes fundamentales, protección y suspensión de derechos, y protección jurisdiccional.
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El municipio: concepto, elementos, término municipal, población, padrón, organización municipal, órganos unipersonales y colegiados, sesiones, acuerdos, actas, certificaciones y competencias.
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Procedimiento Administrativo Común: personas interesadas, capacidad de obrar, fases del procedimiento, tramitación simplificada, obligación de resolver, resolución expresa, silencio administrativo, desistimiento, renuncia, caducidad, registro electrónico, términos y plazos.
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Políticas de igualdad de género y contenido esencial de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
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El sistema español de bibliotecas y la regulación actual de las bibliotecas en España.
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El Sistema Bibliotecario de Andalucía, la Biblioteca de Andalucía, la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía y la normativa andaluza en la materia.
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La biblioteca pública: tipología, servicios, referencia e información bibliográfica, alfabetización informacional, lectura en sala, libre acceso, préstamo, extensión bibliotecaria y fomento de la lectura.
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Servicios digitales en la biblioteca pública, servicios educativos y culturales y portales bibliográficos.
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La sección infantil y juvenil en la biblioteca pública, animación a la lectura y dinamización cultural.
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El fondo local en la biblioteca pública.
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Proceso técnico de los fondos, catalogación y estándares de normalización documental como ISXN, ISBD/FRBR, RDA, MARC y BIBFRAME.
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Sistemas integrados de gestión bibliotecaria, con referencia a AbsysNet.
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Los catálogos: concepto, clases, fines, catalogación cooperativa, intervención de registros, Z39.50, catálogo de la Red de Bibliotecas de Andalucía y OPAC.
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La clasificación documental: definición, objetivos, sistemas de clasificación y Clasificación Decimal Universal.
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Análisis documental, indización de materias, encabezamientos de materia y descriptores.
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Gestión de la colección bibliográfica: selección, adquisición, registro, sellado, preparación, colocación, mantenimiento y expurgo.
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Organización y presentación de fondos en acceso directo, promoción de la colección, organización de depósitos, preservación y conservación de materiales bibliográficos y recursos digitales.
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Cooperación bibliotecaria, sistemas y redes de bibliotecas, e iniciativas de cooperación.
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Historia del libro, de la lectura y de las bibliotecas desde sus orígenes hasta la edición digital, incluido el libro electrónico.
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Difusión y marketing en bibliotecas públicas, así como web y redes sociales de la biblioteca pública.
