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Publicado el nuevo decreto que regula el depósito legal en Extremadura

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado hoy el Decreto 6/2014 por el que se regula en Extremadura el depósito legal, la institución jurídica que permite a las administraciones recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo, reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública.

 

Decreto 6/2014, de 4 de febrero, por el que se regula el depósito legal en la Comunidad Autónoma de Extremadura

 

Con este decreto, elaborado por la Consejería de Educación y Cultura, a través de la Dirección General de Promoción Cultural, Extremadura se convierte en la sexta comunidad autónoma que adapta su legislación propia sobre depósito legal a la Ley estatal 23/2011, de 29 de julio, al mismo tiempo que deroga su ya obsoleto y preautómico Decreto 44/1981.

El nuevo Decreto 6/2014 establece el funcionamiento del depósito legal en Extremadura, los centros de depósito y centros de conservación, así como la tipología y el número de ejemplares a depositar. Determina, además, quiénes son las personas obligadas a solicitar y constituir el depósito, el procedimiento sancionador y los órganos competentes.

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