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Técnico Medio de biblioteca Oropesa del Mar (Castellón de la Plana)

1 Plaza, Concurso-Oposición, Acceso Libre, Grupo A2, 20-12-2010

 

Bases de la convocatoria

 

BASES PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA
PLAZA DE TECNICO MEDIO BIBLIOTECA, ESCALA ADMINISTRACIÓN
ESPECIAL VACANTE EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO
DE OROPESA DEL MAR (CASTELLON)
PRIMERA.


OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad
de una plaza de Técnico Medio Biblioteca, encuadrada en
el subgrupo A2, correspondiente a la Escala de Administración
Especial, e incluida en la Oferta de Empleo Público Municipal del
año 2008, dotadas de las retribuciones correspondientes a dicho
subgrupo, y demás emolumentos que correspondan con arreglo
a la legislación vigente. La selección se realizara mediante el sistema
de concurso-oposición.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria
es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes
requisitos referidos al día en que fi nalice el plazo de presentación
de instancias:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto
en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su
caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las
tareas.
d) Estar al menos en posesión del título de Diplomado
Universitario Archivística, Biblioteconomía, Documentación o
equivalente,o cualquiera otra titulación universitaria de grado
medio del área de Humanidades, o cumplidas las condiciones para
obtener el documento acreditativo de dicha titulación en la fecha
que fi nalice el plazo de presentación de instancias. En todo caso la
equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certifi -
cación expedida por la Administración competente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión y presentarse la credencial que acredite su
homologación. Corresponde a la autoridad académica competente
declarar la equivalencia de títulos. Todos y cada uno de los anteriores
requisitos deberán reunirse por los interesados con referencia a
la fecha de expiración del plazo para la presentación de las instancias,
y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el
desempeño de las funciones correspondientes.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o
de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse inhabilitado absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso
al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares
a las que desempeñaban en el caso del personal laboral,
en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.

Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente
convocatoria se dirigirán al señor Alcalde Presidente de este
Ayuntamiento utilizándose la instancia modelo que se acompaña
a estas bases como Anexo II.
En las instancias para tomar parte en esta convocatoria, los
aspirantes deberán manifestar que reúne todos y cada uno de
los requisitos que se exigen en estas Bases y que se comprometen
a prestar el preceptivo juramento o promesa establecido en
R.D. 707/70 de 5 de abril.
A las instancias se acompañará:
a) Fotocopia compulsada del DNI
b) Resguardo justifi cativo de haber pagado los derechos de
examen.
c) Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
d) Justifi cantes de méritos alegados, mediante documentos
originales o fotocopias compulsadas
Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General
del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los
medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción
dada por la Ley 4/1999.
Plazo: El plazo de presentación de instancias será de veinte
días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el Boletín Ofi cial del Estado.
Tasas: El importe de los derechos de examen se fija en
25 euros. El pago de estos derechos deberá hacerse efectivo
mediante la formalización de la oportuna autoliquidación a
través del modelo ofi cial que para tal efecto facilitará el departamento
de gestión tributaria del Ayuntamiento y su ingreso
en alguna de las entidades colaboradoras en la recaudación
municipal.

 

PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA

Las bases de la presente convocatoria se publicarán en el
Boletín Ofi cial de la Provincia, un extracto de la convocatoria en
el Diario Ofi cial de la Generalitat Valenciana y en el Boletín Ofi cial
del Estado. Los demás anuncios referentes a los procesos de la
misma se publicarán en el BOP, y a partir del comienzo de las
pruebas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

 

ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía
dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobadas la lista provisional de admitidos y excluidos
En esta resolución, que se publicará en el Boletín Ofi cial
de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,
constará el nombre y apellidos de los aspirantes admitidos y
excluidos y, en su caso, el motivo de la no admisión. Contra esta
resolución se podrá presentar reclamación en el plazo de diez
días hábiles. Si se presentan reclamaciones serán aceptadas o
recusadas en la resolución por la que se apruebe la lista defi nitiva,
que se publicará asimismo, en los lugares indicados para
la lista provisional. En el mismo acto administrativo, se indicará
además, el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas selectivas,
la composición del Tribunal y la fecha de constitución de
éstos. Todo ello sin perjuicio de lo que dispone el artículo 71 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, por lo que se refi ere a la
subsanación de defi ciencias.

 

TRIBUNAL CALIFICADOR

6.1 Composición.
El Tribunal Califi cador estará constituido por:
- El Presidente: El Secretario de la Corporación.
- Secretario: Un funcionario designado por la alcaldía.
- Vocales:
• Dos vocales designados por la Alcaldía.
• Un representante de la Generalitat Valenciana, designado
por la Dirección General de Cohesión Territorial.
La composición del Tribunal incluirá la de los respectivos
suplentes.
Los vocales deberán poseer titulación o especialización
igual o superior a la exigida en esta convocatoria.
Para las pruebas específicas, el Tribunal podrá disponer
la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, de
acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
6.2 Abstención y recusación.
Cuando concurran en los miembros del Tribunal alguna de
las circunstancias prevista en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, éstos se
abstendrán de intervenir y notificarán esta circunstancia a la
Alcaldía; asimismo, los aspirantes podrán recusarlos en la forma
prevista en el artículo 29 de la citada ley.
6.3.- Constitución y actuación.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia
de más de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes,
indistintamente. Asimismo está facultado para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las
pruebas, para adoptar los acuerdos necesarios que garanticen
el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en estas
bases, y para la adecuada interpretación de las bases de esta
convocatoria.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto. En
cada sesión del tribunal podrán participar los miembros titulares
presentes en el momento de su constitución y si están ausentes
los suplentes, sin que puedan sustituirse entre sí en la misma
sesión.
Si constituido el Tribunal e iniciada la sesión se ausenta el
Presidente, este designará, de entre los vocales concurrentes, el
que le sustituirá durante su ausencia.
De cada sesión el Secretario extenderá un acta, donde se
harán constar las califi caciones de los ejercicios, y también las
incidencias y las votaciones que se produzcan.
Las actas numeradas y rubricadas junto con los exámenes
realizados por los opositores constituirán el expediente que
refl ejará el proceso selectivo llevado a cabo.
Si los miembros del Tribunal cesan una vez iniciadas las
pruebas de la oposición, en los cargos en virtud de los cuales
fueron designados, continuarán ejerciendo las funciones correspondientes
en el tribunal hasta que termine totalmente el proceso
selectivo.
Si por cualquier causa algún miembro del Tribunal no
pudiera continuar ejerciendo sus funciones, de modo que impidiese
la continuación del procedimiento selectivo por falta de
titulares o suplentes necesarios, se considerarán válidas las
actuaciones anteriores y, previos los trámites correspondientes,
se designarán los sustitutos de los que han cesado y posteriormente
se realizarán las actuaciones que falten hasta la terminación
del proceso selectivo.

DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS

El primer ejercicio se realizará en la fecha que se anunciará
en la resolución mediante la que se apruebe la lista defi nitiva de
aspirantes admitidos, quienes superen dicha prueba serán convocados
para la realización del segundo ejercicio, en la fecha y
lugar que se anunciará en el tablón de edictos del Ayuntamiento,
en el mismo Tablón se anunciarán las sucesivas convocatorias.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento
único, salvo los casos de fuerza mayor debidamente
justifi cados y libremente apreciados por el tribunal. La falta de
presentación de un aspirante en el momento de ser llamado
a cualquiera de las pruebas, determinará automáticamente el
decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y
en los sucesivos, por lo que quedará excluido del procedimiento
selectivo.

 

PRUEBAS SELECTIVAS Y CALIFICACIÓN

8.1 FASE OPOSICIÓN
PRIMER EJERCICIO: (De carácter obligatorio y eliminatorio).
Escrito y teórico.
Consistirá en la realización de un ejercicio tipo test, que contendrá
un máximo de 70 preguntas relacionadas con el temario
del Anexo I, con cuatro respuestas alternativas siendo sólo una
de ellas correcta. El ejercicio se propondrá por el Tribunal califi cador.
La duración máxima del ejercicio será de 60 minutos.
El ejercicio se califi cará de 0 a 10 puntos y será necesario
alcanzar un mínimo de 5 puntos para superarlo, siendo eliminados
aquellos aspirantes que no la obtengan. Cada pregunta
incorrecta restará una correcta. Las preguntas no contestadas no
sumarán ni restarán puntuación alguna.
SEGUNDO EJERCICIO: (de carácter obligatorio y eliminatorio).
Escrito y teórico-práctico.
Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo
máximo de una hora, varias preguntas cortas propuestas por el
Tribunal y/o supuestos prácticos (entre tres y diez), relacionadas
con el temario del Anexo I, sin necesidad de coincidir con ningún
epígrafe concreto. El Tribunal podrá establecer la lectura del ejercicio
realizado por cada aspirante, pudiendo formular preguntas
para clarifi car la resolución del mismo.
Se valorará la concreta aplicación de los conocimientos
teóricos, la claridad de ideas, la capacidad de síntesis y la presentación
del ejercicio.
El ejercicio se califi cará de 0 a 10 puntos, y será necesario
alcanzar un mínimo de 5 puntos para superarlo.
TERCER EJERCICIO: (de carácter obligatorio y eliminatorio).
Práctico.
Consistirá en la elaboración de los documentos necesarios
para dar respuesta al/los supuesto/s práctico/s que se planteará/n
por el Tribunal, relativo a tareas propias de las funciones asignadas
a la plaza, todo ello en el tiempo que fi je el Tribunal que no
podrá exceder de una hora. En esta prueba se valorará la capacidad
de raciocinio, la sistemática del planteamiento, la limpieza
de la ejecución y la corrección de las conclusiones.
El ejercicio se califi cará de 0 a 10 puntos, y será necesario
alcanzar un mínimo de 5 puntos para superarlo.
8.2. FASE CONCURSO.
Finalizada la fase de oposición y para aquellos aspirantes
que hubiesen superado previamente esta fase, se procederá
a la valoración de los méritos que se aleguen y acrediten en
el momento de presentar la solicitud con arreglo al siguiente
baremo:
a) Servicios prestados: Máximo 3´5 puntos.
- Por haber prestados servicios en la Administración Pública
como personal funcionario en puestos de trabajo de grupo A2,
se valorará: 0,20 puntos por mes trabajado.
Lo alegado en este apartado se acreditará con certifi cados
expedidos por los responsables del departamento, servicio o
área de la administración correspondiente en las que se especifi
cará con claridad los periodos trabajados y funciones desempeñadas,
no valorándose los certifi cados que no cumplan esta
condición.

− El cómputo se realizará de fecha a fecha y redondeando
por defecto.
b) Conocimientos de valenciano: Hasta un máximo de 0´50
puntos.
Se valorará puntuando exclusivamente el nivel más alto
obtenido. Se acreditarán documentalmente mediante certifi cado
expedido u homologado por la Junta Cualifi cadora de Conocimientos
de Valenciano, o en su caso por la equivalencia respectiva,
otorgándose la siguiente puntuación:
1)Grado oral: 0´20 puntos.
2)Grado elemental: 0´30 puntos.
3)Grado medio: 0´40 puntos
4)Grado superior. 0´50 puntos.
c) Cursos. Hasta un máximo de 3 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, perfeccionamiento y
masters, que teniendo relación con la plaza y su temario, hayan
sido organizados por universidades, administraciones públicas,
colegios profesionales, federación de municipios y otras entidades
ofi ciales, de acuerdo con el siguiente baremo:
Cursos de más de 15 horas y hasta 25 horas: 0´20 puntos.
Cursos de mas de 26 horas y hasta 50 horas: 0´40 puntos.
Cursos de mas de 51 horas y hasta 100 horas: 0´60 puntos.
Cursos de mas de 101 horas y hasta 350 horas: 1 punto.
Cursos de mas de 351 horas y hasta 500 horas: 1´5 puntos.
Cursos de mas de 500 horas: 2 puntos.
No se valorarán aquellos cursos en cuyos justifi cantes no
se acrediten las horas de duración de los mismos, ni aquellas
actividades de naturaleza diferente de los cursos, tales como
jornadas, mesas redondas, debates, etc...

 

CALIFICACIÓN Y RELACIÓN DE APROBADOS

La califi cación fi nal vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada fase. Estableciéndose así el
orden de puntuación.
Terminada la califi cación de los aspirantes, el Tribunal hará
pública la relación de aprobados en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento, por orden de puntuación.
Publicada la relación de aprobados, el Tribunal elevará a la
autoridad competente propuesta para su posible nombramiento
a favor de los aspirantes que superando todas las pruebas haya
obtenido mayor puntuación en la suma total.

 

PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS

El aspirante propuesto presentará en la Secretaría General
del Ayuntamiento, en el plazo de 10 días naturales, contados
desde que se haga publicar la relación de aprobados, los documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos en la base 2ª de la convocatoria.
Si en el plazo indicado, salvo caso de fuerza mayor, el aspirante
propuesto no presentase dicha documentación, quedarán
anuladas todas las actuaciones respecto de éste, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad
de su instancia.
Presentada la documentación, y efectuado el nombramiento
por la Alcaldía el aspirante nombrado tomara posesión
de la plaza en el plazo máximo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la notifi cación del nombramiento. Quienes no
tomen posesión en plazo sin causa justifi cada, quedaran decaídos
en su derecho.

 

INCIDENCIAS

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se
presenten, interpretar las bases de esta convocatoria y tomar los
acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo

 

LEGISLACIÓN APLICABLE

En lo no previsto en estas bases se estará a lo establecido en
las disposiciones siguiente:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se
aprueban las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública y sus posteriores modifi caciones.
- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen
las reglas básicas y programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de la
Administración Local.
- Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995 de la Generalitat
Valenciana, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de la Función Pública Valenciana.
- Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano
por el que se aprueba el Reglamento de Selección, provisión
de puestos de trabajo y carrera administrativa del personal
comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de la Función
Pública Valenciana.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio
de la Administración General del Estado y Provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado.
- Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público.
- Ley 10/2010, de 9 de Julio, de la Generalitat, de Ordenación
y Gestión de la Función Pública Valenciana.

 

RECURSOS

Contra las presentes bases específi cas y cuantos administrativos
se deriven de las mismas podrán interponerse los recursos
previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello
sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso o acción que
estime procedente.

 

BOLSA DE TRABAJO

El Ayuntamiento podrá constituir una bolsa de trabajo con
aquellos aspirantes que por orden de puntuación hayan participado
y superado al menos los dos primeros ejercicios del
proceso, para la provisión de posibles vacantes, habida cuenta
de que puede considerarse realizada la selección por un sistema
que cumple los principios constitucionales de igualdad, mérito,
capacidad y publicidad. La creación de esta bolsa de trabajo anulará
las ya existentes.

 

TEMARIO

Materias comunes
TEMA 1. La Constitución española de 1978. Estructura y
principios generales. El modelo económico de la Constitución. El
Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.
TEMA 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Su garantía y suspensión.
TEMA 3. La organización del Estado en la Constitución: institucional
y territorial. La Corona. Las Cortes Generales. El Defensor
del Pueblo. El Tribunal de Cuentas.
TEMA 4. El Poder Judicial: principios constitucionales. Organización
judicial en España. El Gobierno y la Administración.
Relaciones del Gobierno con las Cortes.
TEMA 5. El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
Competencias. Instituciones.
TEMA 6. El acto administrativo: concepto, clases y elementos.
Motivación y notifi cación.
TEMA 7. La Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo
Común. Fases del procedimiento administrativo.
TEMA 8. Revisión de los actos administrativos. Revisión de
ofi cio. Los recursos administrativos
TEMA 9. La responsabilidad patrimonial de la Administración
Pública. Principios, requisitos y procedimiento.
TEMA 10. El municipio. Elementos. Organización municipal.
Órganos y atribuciones. Las competencias municipales. Régimen
de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados municipales.
TEMA 11. Los bienes de las Entidades Locales. Su clasifi cación:
bienes de dominio público y patrimoniales.
TEMA 12. La normativa básica en materia de empleado
público. Régimen jurídico, derecho, deberes y régimen disciplinario.
Incompatibilidades.
TEMA 13. Régimen jurídico de los contratos de las administraciones
publicas. La administración contratante. El órgano de
contratación. El contratista. Capacidad, solvencia, prohibiciones
y clasifi cación.
TEMA 14. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento
de elaboración y aprobación. Infracciones.
TEMA 15.- Régimen jurídico del gasto público.
TEMA 16. La expropiación forzosa: concepto y elementos.
Procedimiento general de expropiación. Fases.
TEMA 17. La relación jurídica administrativa. Las personas
jurídicas públicas: clases y capacidad. El administrado: concepto
y clases. La capacidad de los administrados.
TEMA 18. La administración y los interesados. Derechos
de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones
Públicas. El procedimiento administrativo. Iniciación. Desarrollo:
ordenación, instrucción, intervención de los interesados, pruebas
e informes. Terminación. La obligación de resolver. Contenido
de la resolución expresa. La terminación convencional. La
falta de resolución expresa. El silencio. Desistimiento y renuncia.
La caducidad.
TEMA 19. El análisis de tareas. Análisis de funciones. Las
mejoras del procedimiento.
TEMA 20. La administración electrónica. Régimen jurídico
TEMA 21. Principios de actuación administrativa: efi cacia,
jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
Relaciones de las Entidades Locales con las restantes administraciones
territoriales. La autonomía municipal y el control de
legalidad.
TEMA 22. La Ley de Haciendas Locales. Clasificación de
ingresos. Ordenanzas fi scales. Tasas. Precios públicos. El presupuesto
local Concepto. Principios presupuestarios. Contenido.
Elaboración. Aprobación y ejecución. Liquidación y fi scalización.
TEMA 23. Régimen general de las elecciones locales.
TEMA 24. La recaudación de los tributos. Órganos de
recaudación. El procedimiento de recaudación en periodo
voluntario. Aplazamiento y fraccionamiento del pago. Entidades
colaboradoras en la recaudación municipal El procedimiento de
recaudación en vía de apremio: Facultades de la administración
recaudatoria tributaria.
TEMA 25. Concepto de cultura e identidad cultural. Patrimonio
cultural: evolución del concepto. Patrimonio cultural y
turismo. Gestión cultural: formas y modelos. Proyectos culturales.
Animación y gestión cultural.
TEMA 26. Organización municipal del Ayuntamiento de Oropesa
del Mar: El Pleno. La Junta Local de Gobierno. Las Comisiones
informativas. El Alcalde y Tenientes de Alcalde. Delegaciones
de la Alcaldía. La ofi cina virtual y sede electrónica del Ayuntamiento
de Oropesa del Mar. Quejas y sugerencias.

TEMA 27.El planeamiento urbanístico. Consideraciones
generales, contenido y determinaciones. Peculiaridades en la
Comunidad Valenciana.
TEMA 28. Informática: tratamiento de textos, correo electrónico,
bases de datos y hoja de cálculo.
TEMA 29. Análisis documental: documentos oficiales.
Formación del expediente administrativo. Documentación de
apoyo. Criterios de ordenación del archivo.
TEMA 30. Competencias locales en materia de turismo.
Municipios turísticos
Materias específi cas
TEMA 1. - Bibliotecas públicas, concepto y función.
TEMA 2. La legislación española en materia de patrimonio
documental.
TEMA 3. Selección y adquisición de publicaciones. Problemas,
criterios, fuentes y métodos.
TEMA 4. Los catálogos de las bibliotecas. Análisis de los
diversos tipos.
TEMA 5. Sistemas de clasifi cación bibliográfi ca.
TEMA 6. La Clasifi cación Decimal Universal.
TEMA 7. Fuentes documentales. Defi nición y división.
TEMA 8. Proceso técnico de las publicaciones.
TEMA 9. Instalación, equipamiento y normas de seguridad
de las bibliotecas.
TEMA 10. La función cultural de la biblioteca.
TEMA 11. La difusión de los fondos bibliotecarios. El préstamo.
TEMA 12. Formación de usuarios: información bibliográfi ca.
Difusión selectiva de la información.
TEMA 13. Las nuevas tecnologías de la información y su
aplicación a los servicios bibliotecarios y archivísticos.
TEMA 14. El archivo. Concepto. Función. Clases.
TEMA 15. Evolución histórica de los archivos en España y
situación actual.
TEMA16. Organización Bibliotecaria de la Comunidad
Valenciana.
TEMA 17. El sistema estatal. El sistema de la Comunidad
Valenciana. La problemática del archivo municipal.
TEMA 18. Ciencias auxiliares de la Archivística.
TEMA 19. Concepto de documento. Valor administrativo,
legal e histórico del documento.
TEMA 20. El expediente.
TEMA 21. Materiales especiales y bibliotecarios.
TEMA 22. Instrumentos de descripción: guías, inventarios
y catálogos.
TEMA 23. Construcción e instalación de archivos.
TEMA 24. Patología del documento. Normas de conservación
de los documentos.
TEMA 25. El derecho del ciudadano al acceso al documento.
TEMA 26. El sistema español de archivos. Archivos históricos
del Estado y Archivos Históricos cuya gestión ha sido transferida
a las Comunidades Autónomas.
TEMA 27. La organización del archivo.
TEMA 28. La expurgación en las bibliotecas municipales.
TEMA 29. La biblioteca municipal de Oropesa del Mar Servicios
y fondos. Reglamentación.
TEMA 30. La atención a los usuarios y los servicios básicos
de la biblioteca municipal.
TEMA 31. Los servicios de extensión bibliotecaria.
TEMA 32. La gestión de calidad y evaluación en bibliotecas.
Indicadores.
TEMA 33. La normalización en bibliotecas. Normas de catalogación
documental: ISBD, ISBN, e ISSN.
TEMA 34. El fondo local en la biblioteca de Oropesa del Mar.
TEMA 35. Decretos de transferencia. La organización
bibliotecaria de la Comunidad Valenciana. La xarxa de la lectura
pública valenciana.
TEMA 36. La extensión bibliotecaria. Servicios de lectura
para sectores específi cos de la población.
TEMA 37. Preservación y conservación de los materiales
bibliográfi cos y colecciones documentales.
TEMA 38. El servicio del préstamo.
TEMA 39. Gestión y administración de bibliotecas: Programación,
recursos fi nancieros y humanos. Control y evaluación
de los servicios.
TEMA 40. Planifi cación de los servicios bibliotecarios.
TEMA 41. Concepto actual de biblioteconomía. Formación
profesional de los bibliotecarios.
TEMA 42. Proceso técnico: selección y adquisición de libros
y otros materiales bibliotecarios. Problemas, criterios, fuentes y
métodos.
TEMA 43. La biblioteca infantil. Organización y ordenación
de la colección.
TEMA 44. La hemeroteca: concepto y función. Organización
y difusión documental.
TEMA 45. La biblioteca digital en la sociedad de la información.
TEMA 46. La biblioteca híbrida.
TEMA 47. Sociedad de la información. Internet y la sociedadred.
Sociedad del conocimiento y sociedad del aprendizaje. La
brecha digital.