Técnico de Documentación, Biblioteca y Publicaciones, Diputación Provincial de Granada
Apertura de plazo
- Requisitos de los aspirantes: Estar en posesión del título universitario (nivel de Diplomado) en Biblioteconomía/Documentación (u homologado cuando no hubiese sido cursado en España) o en condiciones
- de obtenerlo en la fecha en que se concluya el plazo de presentación de instancias.
- Plazo de presentación de solicitudes: hasta 23-03-2011
- PDF de las bases de la convocatoria BOJA nº 11 de 18-01-2011
- PDF de la corrección de error en las bases de la convocatoria BOJA nº 27 de 08-02-2011
- PDF de la apertura de plazo, BOE nº 46 de 23-02-2011
- Foro de la convocatoria
- Ver mapa / Cómo llegar
Bases de la convocatoria
BASES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO
SELECTIVO PARA PROVEER UNA PLAZA DE TÉCNICO DE
DOCUMENTACIÓN, BIBLIOTECA Y PUBLICACIONES (TÉCNICO
MEDIO) PARA EL CENTRO DE ESTUDIOS MUNICIPALES Y DE
COOPERACIÓN INTERNACIONAL MEDIANTE EL SISTEMA DE
CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.
1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión
por el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de
Técnico de Documentación, Biblioteca y Publicaciones (Técnico
Medio), de la Plantilla de Personal Laboral fijo del Centro de
Estudios Municipales y de Cooperación Internacional, CEMCI
(Organismo Autónomo de la Excma. Diputación Provincial de
Granada), y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo
Profesional 2 más dos pagas extraordinarias, trienios y demás
retribuciones de conformidad con los niveles especificados en
el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Centro, y con la
legislación vigente.
Dicha plaza está prevista en la Oferta de Empleo Público
del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional,
aprobada mediante Resolución de Presidencia de
20 de febrero de 2007, y publicada en el Boletín Oficial de
la Provincia de Granada núm. 47, de 9 de marzo de 2007, en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 70, de 10 de
abril de 2007, y en el Boletín Oficial del Estado núm. 114, de
12 de mayo de 2007.
1.2. Al presente concurso-oposición le serán de aplicación:
la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público, los preceptos vigentes (no expresamente
derogados o que no contravengan lo establecido en el mencionado
Estatuto) de las siguientes normas: Ley 30/1984, de 2
de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones
legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real
Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas
básicas y programas mínimos del procedimiento de selección
de los funcionarios de Administración Local, así como las
bases de la presente convocatoria, junto con los Anexos que
la acompañan, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de
10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al servicio de la Administración General del Estado
y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional
de los funcionarios civiles de la Administración General
del Estado.
Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir
los/las aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la realización de las presentes
pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los/las
aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de un Estado
miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto
por el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público. En caso de contrato laboral,
también podrán acceder a la convocatoria además de los extranjeros
a los que se refieren los apartados 2 y 3 del mencionado
artículo 57, los que tengan residencia legal en España
(apartado 4).
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas correspondientes a la plaza convocada.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de, en su
caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por Ley
podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de
jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título universitario (nivel de Diplomado)
en Biblioteconomía/Documentación (u homologado
cuando no hubiese sido cursado en España) o en condiciones
de obtenerlo en la fecha en que se concluya el plazo de presentación
de instancias. Se entiende que se está en condiciones
de obtener el título académico cuando se han abonado
los derechos por su expedición, de conformidad con lo establecido
en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público.
De conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 8
de la Ley 2271/2004, de 3 de diciembre, de acceso al empleo
público y la provisión de puestos de trabajo de personas con
discapacidad, serán admitidas las personas con minusvalías
en igualdad de condiciones con los/las demás aspirantes,
todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas o funciones propias de esta plaza. A estos
efectos, podrán establecerse para las personas con la condición
legal de discapacitados que lo soliciten, las adaptaciones
de tiempo y medios que sean necesarios para la realización
de los ejercicios de esta convocatoria. Para ello, los interesados
deberán formular la correspondiente petición motivada,
concretando las adaptaciones necesarias, que aportarán junto
con la solicitud de participación dentro del plazo de presentación
de instancias. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán
en condiciones de igualdad con el resto de aspirantes.
2.2. Todos los requisitos establecidos en esta base deberán
cumplirse en el último día del plazo de presentación de
instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En
este sentido, podrán efectuarse las comprobaciones oportunas
hasta la contratación.
Instancias y documentos a presentar
3.1. Quienes deseen participar en este concurso-oposición,
lo solicitarán en instancia dirigida al Sr. Presidente del
Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional,
según el modelo que figura en el Anexo II, en la que deberán
manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones
y requisitos exigidos en la base segunda, adjuntando a la
instancia fotocopia del Documento Nacional de Identidad y el
justificante del ingreso de los derechos de examen expedido
por el órgano competente.
3.2. El plazo de presentación de instancias será de veinte
días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación
del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.3. Quienes pretendan puntuar en la fase de concurso
presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos
que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta
de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las
bases de la presente convocatoria. La justificación documental
relativa a méritos formativos consistirá en la aportación de
fotocopia por su anverso y reverso bajo el texto «Es copia del
original» suscrito por la persona solicitante, que se responsabiliza
de su veracidad. Asimismo, en la instancia deberán enumerarse
los documentos aportados.
Para acreditar los servicios prestados en la Administración
Pública deberá aportarse la correspondiente certificación
expedida por el organismo competente y/o los correspondientes
contratos laborales visados por el Servicio Andaluz de
Empleo. También deberá aportarse el certificado de fe de vida
laboral.
3.4. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso
se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación
de instancias.
3.5. Los derechos de examen serán de 25,00 euros, estando
exentos quienes acrediten un grado de discapacidad
igual o superior al treinta y tres por ciento o el correspondiente
título de condición de miembro de familia numerosa (fijado en
la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por participación
en pruebas selectivas de la Excma. Diputación Provincial de
Granada, BOP de 6 de mayo de 2009) que se ingresarán en
la Caja del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación
Internacional, mediante ingreso en la Cuenta de Caja Granada
2031.0009.11.0115952603, o bien mediante giro postal o telegráfico.
En ningún caso el pago supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud referida
anteriormente. Solo procederá la devolución del importe de
los derechos de examen cuando se trate de causa o error imputable
al Centro de Estudios Municipales y de Cooperación
Internacional.
3.6. Las instancias y documentación oportunas se presentarán
de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, en el Registro
General del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación
Internacional de la Excma. Diputación Provincial de Granada
(Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta, de Granada),
donde serán debidamente registradas o en la forma prevista
en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición
del interesado.
Admisión de aspirantes
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Sr.
Presidente del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación
Internacional, en el plazo máximo de un mes, dictará resolución
declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/
as, publicándose dicha Resolución en el Boletín Oficial de
la Provincia y exponiéndose además en el tablón de anuncios
del Centro (Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta).
4.2. En dicha resolución se indicará el plazo de subsanación
de defectos que, en los términos del artículo 71 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, se concede a los/las aspirantes
excluidos/as, y se determinará el lugar, fecha y hora del
comienzo del primer ejercicio.
La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de
la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles
impugnaciones o recursos.
4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen
sido apreciados, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas
se expondrá en el tablón de anuncios del Centro (plaza
Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta). En el caso de que
no se presente escrito de subsanación y/o de reclamación alguna,
la lista inicial de aspirantes admitidos/as y excluidos/as
quedará elevada automáticamente a definitiva.
Tribunal
5.1. El Tribunal de selección será designado por Resolución
del Presidente del Centro de Estudios Municipales y de
Cooperación Internacional, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público, y 4 del Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, y se compondrá de Presidente/a,
cuatro Vocales y un Secretario/a. Se designará el mismo número
de miembros titulares y suplentes para los supuestos de
ausencia, enfermedad, abstención o recusación por la concurrencia
de alguno de los casos previstos en el artículo 28 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del
Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional
(Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta), y en el
Boletín Oficial de la Provincia.
El Presidente y los Vocales del Tribunal deberán poseer
titulación o especialización igual o superior a las exigidas para
el acceso a la plaza convocada.
5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación
de las pruebas selectivas a que hace referencia la base sexta
de la presente convocatoria.
5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia
del Presidente/a, Secretario/a y de la mitad al menos
de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión
que se produzca el titular o bien su suplente.
5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las
sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de
las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus
especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales
colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto
con voz pero sin voto.
5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar
parte del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias
previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, o hubieran realizado
tareas de preparación de opositores a pruebas selectivas
de acceso a la función pública, relacionadas o que presenten
una relación de vinculación con esta convocatoria, en los 5 años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.6. Los interesados podrán promover recusación en
cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran
las anteriores circunstancias.
5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables
del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria,
de la sujeción a los plazos establecidos para la realización
y valoración de las pruebas y para la publicación de los
resultados.
5.8. El Presidente/a del Tribunal exigirá a los miembros
del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las
circunstancias anteriormente previstas.
5.9. El Tribunal estará facultado para resolver cualquier
duda de interpretación de estas bases, para resolver cualquier
incidente que pudiera surgir durante la celebración de las pruebas
selectivas, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas
sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.
5.10. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han
superado el proceso selectivo un número superior al de vacantes
convocadas. Las propuestas de personas aprobadas que
contravengan este límite serán nulas de pleno derecho. No
obstante lo anterior, se estará a lo dispuesto en el art. 61.8,
último párrafo, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público.
5.11. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la
Administración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda
proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los arts. 102
y siguientes de la Ley 30/92.
5.12. A los efectos de comunicaciones, anuncios y demás
incidencias, el Tribunal, sea cual fuere el lugar de celebración
de las pruebas, tendrá su sede en la Plaza Mariana Pineda,
núm. 8, de Granada.
Procedimiento de selección
6.1. El procedimiento de selección de los/las aspirantes
constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la
fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.
6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer
ejercicio, para valorar los méritos y servicios de la fase de
concurso. La valoración resultante ha de contener para cada
aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso,
con indicación, además de la puntuación por méritos
profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no
debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan
en el apartado de la base 6.10 «Aplicación del concurso».
Dicha valoración ha de publicarse en el tablón de anuncios de
la sede del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación
Internacional (Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta),
de Granada, con al menos una antelación de 48 horas a la
realización del primer ejercicio.
6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición se
llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la
Presidencia a la que hace referencia la base cuarta de la presente
convocatoria, en la que se expresarán también lugar y
hora de realización del mismo.
6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos
ejercicios se anunciarán con una antelación mínima de 48
horas, en el tablón de anuncios del Centro de Estudios Municipales
y de Cooperación Internacional (Plaza Mariana Pineda,
núm. 8, segunda planta). Desde la terminación de un ejercicio
y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo
de 72 horas y un máximo de 45 días.
6.6. La actuación de los/las aspirantes se iniciará por
orden alfabético, a partir de aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «J», según lo establecido en la Resolución
de la Secretaría General para la Administración Pública de 26
de enero de 2010 (BOE de 5 de febrero de 2010) por la que se
publica el resultado del sorteo a que se refiere el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo.
6.7. Los/las aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente
acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
6.8. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a
los/las aspirantes para que acrediten su personalidad.
6.9. Los/las aspirantes deberán acudir provistos del DNI
o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
6.10. Valoración de méritos. Fase de concurso:
Méritos profesionales:
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o
puesto de igual categoría y funciones que la plaza objeto de la
presente convocatoria:
a) En Organismos Públicos cuya actividad principal sea la
formación permanente, reciclaje y perfeccionamiento de empleados
públicos de la Administración Local y la edición de
publicaciones en ese mismo ámbito: 0,1.
b) En otras Administraciones Públicas: 0,05.
En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios
mediante la correspondiente certificación expedida por el
Organismo competente.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran
sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados
y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo
parcial.
Sin embargo, en los casos establecidos en el art. 56 de la
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones
de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de
proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral, así como el permiso de paternidad),
se computará en todo caso como jornada completa.
Cursos y seminarios. Congresos y jornadas.
Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la
que se opta y sean impartidos u homologados por entidades,
instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones
formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación
Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido
guarde relación directa con las funciones propias de la plaza
a la que se opta.
a) Por la participación como asistente:
Hasta 14 horas o 2 días: 0,10 puntos
De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,20 puntos.
De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,30 puntos.
De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,40 puntos.
De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.
De 201 horas en adelante o más de 40 días: 0,75 puntos.
Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán
valorados con la puntuación mínima a que se refiere la
anterior escala.
b) Por la participación en cursos, seminarios, congresos y
jornadas, como Director, Coordinador o Ponente, independientemente
de la duración: 0,20 puntos por cada participación.
La participación en una misma actividad docente como
Director o Coordinador y como Ponente o como Ponente en
varias materias sólo será objeto de una única puntuación, que
será la más favorable para el/la aspirante.
Aplicación del concurso.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán
a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de
establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no
podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de
oposición.
El número máximo de puntos que se otorguen en la fase
de concurso será el siguiente:
Méritos profesionales: 10 puntos.
Cursos, seminarios, congresos, jornadas: 2 puntos.
6.11. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios,
eliminatorios y obligatorios para todos los/las aspirantes:
Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en
contestar por escrito, en un tiempo de 120 minutos, un cuestionario
de 100 preguntas de tipo test con tres respuestas alternativas,
siendo sólo una de ellas la correcta. Las preguntas
versarán sobre el programa de materias indicado en el Bloque
II del Anexo I de esta convocatoria, y se confeccionarán con
un mínimo de una pregunta por tema. El criterio de corrección
será el siguiente: por cada pregunta contestada erróneamente
se restará un tercio del valor de cada pregunta contestada correctamente.
Cuando resulten contestadas correctamente el
50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas
las erróneas, según la proporción citada, corresponderá
a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el
ejercicio.
Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá
en desarrollar por escrito durante un periodo máximo de 90
minutos, 2 temas de los relacionados en el Anexo I (uno del
Bloque I, a elegir entre dos temas extraídos al azar por el Tribunal,
y otro del Bloque II, a elegir entre dos temas extraídos
al azar por el Tribunal).
Tercer ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Se desarrollará
por escrito, durante un periodo máximo de 90 minutos, y consistirá
en la realización de dos supuestos prácticos a elegir
de entre cuatro supuestos, iguales para todos los/las aspirantes,
propuestos por el Tribunal inmediatamente antes de su
realización que versarán sobre el contenido de los temas que
componen el Bloque II del Anexo I de esta convocatoria. Para
su realización se facilitarán los medios necesarios tales como
ordenador, impresora, etc.
6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para
cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlos
obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno.
6.13. El cómputo de la puntuación de los ejercicios segundo
y tercero se hará mediante la media aritmética de las
notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la
nota más alta y la más baja.
6.14. Finalizada la evaluación en cada uno de los ejercicios,
se insertará en el tablón de anuncios del Centro (plaza
Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta), la relación de aspirantes
que hubieran superado el ejercicio con indicación de la
puntuación obtenida.
6.15. La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición
y de la del concurso. En caso de empate se resolverá a favor
de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición,
si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido
mayor puntuación en el tercer ejercicio, si continuase el empate,
a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo
ejercicio, y si aún persiste el empate, a quien haya obtenido
mayor puntuación en el primer ejercicio. Si el empate persiste,
se resolverá por sorteo.
Relación de aprobados
7.1. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal
hará pública en el tablón de anuncios del Centro de Estudios
Municipales y de Cooperación Internacional (Plaza Mariana Pineda,
núm. 8, segunda planta) la relación de aspirantes que
hubiesen superado la misma por orden de puntuación total
obtenida, en la que constarán las calificaciones obtenidas en
cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.
7.2. La relación definitiva de aprobados en el proceso selectivo
será elevada al Sr. Presidente del Centro de Estudios
Municipales y de Cooperación Internacional, con propuesta de
contratación como Personal Laboral fijo.
7.3. Los/las aspirantes que no se hallen incluidos/as en
tal relación tendrán la consideración de no aptos a todos los
efectos.
7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado
las pruebas selectivas un número superior de aspirantes
al de la plaza convocada.
7.5. Las publicaciones de todas las listas, así como la propuesta
de resolución será expuesta en el tablón de anuncios
del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional
(Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta). Con
ello se entenderán realizadas todas las notificaciones.
Presentación de documentos
8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la
inserción de la relación de aprobados a que se refiere la base
anterior en el tablón de anuncios del Centro (plaza Mariana
Pineda, núm. 8, segunda planta), los/las aspirantes que figuren
en ella deberán presentar los documentos acreditativos de
capacidad y requisitos exigidos en la base segunda, a saber:
1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (acompañado
del original para su compulsa).
2. Copia autenticada o fotocopia (acompañada del original
para su cotejo) de la titulación exigida en la convocatoria,
o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
Si estos documentos estuvieran expedidos después de la
fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias, se
deberá justificar el momento en que concluyó los estudios.
3. Declaración de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas, así como no hallarse incurso en ninguna
de las causas de incapacidad específica, conforme a la normativa
vigente.
4. Declaración responsable de poseer la capacidad funcional
necesaria para el desempeño de la plaza objeto de esta
convocatoria.
8.2. Quien dentro del plazo indicado, y salvo casos de
fuerza mayor, debidamente justificados, no presentara la documentación,
o del examen de la misma se dedujera que carece
de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no
podrá ser contratado/a como personal laboral fijo y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial,
proponiéndose por el Tribunal la contratación con el/la
siguiente aspirante siguiendo el orden de puntuación final.
8.3. Quien ostente la condición de funcionario público o
laboral indefinido en la Administración Pública estará dispensado
de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones
y los requisitos exigidos en su anterior nombramiento,
siendo suficiente la presentación de un certificado del Ministerio,
Comunidad Autónoma, Corporación Local u Organismo
Público del que dependan, justificativo de su condición y de
que cumplen las condiciones y requisitos señalados en la base
segunda, sin perjuicio de tener que acreditar aquellos que se
exigen y no consten en su expediente personal.
Contratación como personal laboral fijo
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos,
el Sr. Presidente del Centro de Estudios Municipales y de
Cooperación Internacional dictará resolución para la contratación
laboral del/de la aspirante aprobado/a.
9.2. Dentro el plazo de 30 días naturales a contar desde
el día siguiente a la notificación de la resolución del apartado
anterior se formalizará el contrato laboral.
9.3. De no formalizarse el contrato en el plazo requerido
por causa imputable al/a la aspirante aprobado/a sin causa
justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.
Base final
Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa,
podrán interponer los/as interesados/as recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). No
obstante, podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el órgano que haya dictado el acto administrativo, en el
plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, o
cualquier otro recurso que se estime procedente.
ANEXO I TEMARIO
BLOQUE I (parte general)
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios
Generales. Los Derechos y Deberes fundamentales. La Corona.
Los Poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial,
nociones generales.
Tema 2. La Organización territorial del Estado. La Administración
del Estado. Administración Autonómica. La Administración
Local. Nociones generales.
Tema 3. Las Comunidades Autónomas: constitución y
competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura
y disposiciones generales. Idea general de las competencias
de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 4. Régimen local español y Tipología de Entidades
Locales. Principios constitucionales. Regulación jurídica. Organización
y competencias del municipio.
Tema 5. Organización y competencias de las Diputaciones
Provinciales. La Diputación Provincial de Granada, organización
y competencias. El Centro de Estudios Municipales y de
Cooperación Internacional, organización y competencias.
Tema 6. Sometimiento de la Administración a la Ley y
al Derecho. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley,
clases de leyes. Los Reglamentos. Las Ordenanzas y Reglamentos
de las Entidades Locales: clases y procedimiento de
elaboración y aprobación.
Tema 7. Los actos administrativos: Concepto y clases.
Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos
Tema 8. El Procedimiento Administrativo. Procedimiento
Administrativo Local. El silencio administrativo. Comunicaciones
y Notificaciones.
Tema 9. Personal al servicio de la Entidad Local, nociones
generales, clases. Derechos y deberes del personal al servicio
de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario.
Tema 10. Los derechos del ciudadano ante la Administración
Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración
y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 11. El presupuesto de las Entidades Locales: Estructura,
tramitación, aprobación y ejecución presupuestaria.
Régimen jurídico del gasto público local. Los contratos administrativos
de las Entidades Locales: Clases, régimen jurídico
y tipología de procedimientos de adjudicación (nociones generales).
Tema 12. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción
de la igualdad de género en Andalucía: Objeto de la
ley, conceptos básicos, principios generales y políticas públicas
para la promoción de la igualdad de género. Ley 13/2007,
de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección
integral contra la violencia de género: Objeto de la ley, concepto
y tipos de violencia de género. Principios rectores y derechos
de las mujeres.
BLOQUE II (parte específica)
Tema 1. La biblioteconomía y la formación del bibliotecario
en la actualidad.
Tema 2. Concepto y función de las bibliotecas. Tipos de
bibliotecas y su función.
Tema 3. Bibliotecas Nacionales. Biblioteca de Andalucía.
El Depósito Legal.
Tema 4. Bibliotecas públicas. Redes y sistemas de bibliotecas
públicas. La Red de Lectura Pública de Andalucía.
Tema 5. Bibliotecas especializadas y centros de documentación.
Concepto, función y acceso a la información: Bases de
datos jurídicas.
Tema 6. Planificación de servicios documentales y bibliotecarios.
Tema 7. Principios de selección y adquisición en bibliotecas
y centros de documentación. Fuentes de información y
automatización.
Tema 8. Procesos técnicos de los fondos en las bibliotecas
y centros de documentación.
Tema 9. Preservación, conservación y restauración de los
materiales bibliográficos y no bibliográficos.
Tema 10. Descripción bibliográfica. Normas.
Tema 11. La catalogación automatizada: formatos MARC.
La catalogación cooperativa.
Tema 12. Sistemas de encabezamientos de materia.
Componentes, reglas (de sentido y forma) y estructura.
Tema 13. Catálogos: concepto, fines y tipología. Los catálogos
tradicionales. La conversión retrospectiva de los catálogos.
OPAC.
Tema 14.Control de autoridades.
Tema 15. Servicios al usuario en las bibliotecas y centros
de documentación. Influencia de la word wide web.
Tema 16. Publicaciones periódicas: historia, características
y tipología.
Tema 17. El ISBN: composición del código, ámbito de aplicación
y la impresión en códigos de barras. La Agencia Española
de ISBN: legislación vigente y funciones principales.
Tema 18. Las organizaciones internacionales al servicio
de las bibliotecas y los centros de documentación. La cooperación
internacional.
Tema 19. Lenguajes documentales, I. Sistemas precoordinados.
Tema 20. Lenguajes documentales. II. Sistemas postcoordinados.
Tema 21. Indización y resúmenes documentales.
Tema 22. Instrumentos de control y seguimiento de la
documentación. Sistemas de información y recuperación. Difusión
de la información.
Tema 23. Redes de bibliotecas y cooperación bibliotecaria.
Situación actual. Especial referencia a España.
Tema 24. Los medios telemáticos y su aplicación en las
bibliotecas. El Modelo de Referencia OSI.
Tema 25. Recuperación de la información «on line». Datos,
información y conocimiento.
Tema 26. ABSYS: Sistema Integrado de Gestión Bibliotecaria.
Tema 27. Gestión de la información. La información documental
como recurso. El gestor de la información.
Tema 28. Relaciones profesionales con el usuario en
los servicios de información: la figura del referencista en la
actualidad.
Tema 29. Acceso remoto a recursos informativos. Internet:
conceptos generales, evolución histórica y futuro.
Tema 30. Definición y objetivos de la bibliografía: concepto
y método. Estado actual.
Tema 31. Obras de referencia y consulta. Características
y clasificación.
Tema 32. Los catálogos colectivos. Concepto, fines y problemas
de elaboración. Los catálogos colectivos en España.
Tema 33. Literatura gris. Concepto, importancia informativa,
características y tratamiento bibliotecario.
Tema 34. Fuentes de información sobre publicaciones
periódicas. Índices, boletines de sumarios y revistas de resúmenes.
Tema 35. Fuentes de información sobre publicaciones oficiales
y comerciales. Estudio y tipología.
Tema 36. Fuentes de información para la documentación
jurídica. Doctrina jurídica.
Tema 37. Fuentes de información para la documentación
normativa española y comunitaria.
Tema 38. Fuentes de información para la documentación
jurisprudencial.
Tema 39. El Patrimonio Histórico. Conceptos y categorías.
El Patrimonio Bibliográfico.
Tema 40. La organización bibliotecaria española. Legislación
y competencias de las distintas Administraciones Públicas.
Tema 41. El Sistema Bibliotecario de Andalucía. Evolución
histórica y situación actual.
Tema 42. La propiedad intelectual. Legislación. La reproducción
de documentos en las bibliotecas.
Tema 43. Industria editorial en España.
Tema 44. La política editorial. El programa editorial. La
preedición.
Tema 45. Los actores de la edición: autor, editor, impresor,
distribuidor.
Tema 46. Proceso editorial. Edición. Pasos en la elaboración
de una publicación. Correcciones de pruebas. Impresión.
El contrato de edición.
Tema 47. Distribución y venta. Marketing editorial.
Tema 48. Normativa reguladora de organización y funcionamiento
de la Biblioteca de la Diputación de Granada. La Biblioteca
del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación
Internacional.