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Técnico de Documentación, Biblioteca y Publicaciones, Diputación Provincial de Granada

1 Plaza, Concurso-Oposición, Acceso Libre, Grupo A2, 23-02-2011
Apertura de plazo
  • Requisitos de los aspirantes: Estar en posesión del título universitario (nivel de Diplomado) en Biblioteconomía/Documentación (u homologado cuando no hubiese sido cursado en España) o en condiciones

Bases de la convocatoria

 

BASES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO
SELECTIVO PARA PROVEER UNA PLAZA DE TÉCNICO DE
DOCUMENTACIÓN, BIBLIOTECA Y PUBLICACIONES (TÉCNICO
MEDIO) PARA EL CENTRO DE ESTUDIOS MUNICIPALES Y DE
COOPERACIÓN INTERNACIONAL MEDIANTE EL SISTEMA DE
CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE

 

Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión

por el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de

Técnico de Documentación, Biblioteca y Publicaciones (Técnico

Medio), de la Plantilla de Personal Laboral fijo del Centro de

Estudios Municipales y de Cooperación Internacional, CEMCI

(Organismo Autónomo de la Excma. Diputación Provincial de

Granada), y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo

Profesional 2 más dos pagas extraordinarias, trienios y demás

retribuciones de conformidad con los niveles especificados en

el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Centro, y con la

legislación vigente.

Dicha plaza está prevista en la Oferta de Empleo Público

del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional,

aprobada mediante Resolución de Presidencia de

20 de febrero de 2007, y publicada en el Boletín Oficial de

la Provincia de Granada núm. 47, de 9 de marzo de 2007, en

el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 70, de 10 de

abril de 2007, y en el Boletín Oficial del Estado núm. 114, de

12 de mayo de 2007.

1.2. Al presente concurso-oposición le serán de aplicación:

la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del

Empleado Público, los preceptos vigentes (no expresamente

derogados o que no contravengan lo establecido en el mencionado

Estatuto) de las siguientes normas: Ley 30/1984, de 2

de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de

abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones

legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real

Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas

básicas y programas mínimos del procedimiento de selección

de los funcionarios de Administración Local, así como las

bases de la presente convocatoria, junto con los Anexos que

la acompañan, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de

10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al servicio de la Administración General del Estado

y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional

de los funcionarios civiles de la Administración General

del Estado.

 

Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir

los/las aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las presentes

pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los/las

aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de un Estado

miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto

por el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto

Básico del Empleado Público. En caso de contrato laboral,

también podrán acceder a la convocatoria además de los extranjeros

a los que se refieren los apartados 2 y 3 del mencionado

artículo 57, los que tengan residencia legal en España

(apartado 4).

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de

las tareas correspondientes a la plaza convocada.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de, en su

caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por Ley

podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de

jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

o de los órganos constitucionales o estatutarios de las

Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta

o especial para empleos o cargos públicos por resolución

judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o

para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en

el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o

inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse

inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido

a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su

Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título universitario (nivel de Diplomado)

en Biblioteconomía/Documentación (u homologado

cuando no hubiese sido cursado en España) o en condiciones

de obtenerlo en la fecha en que se concluya el plazo de presentación

de instancias. Se entiende que se está en condiciones

de obtener el título académico cuando se han abonado

los derechos por su expedición, de conformidad con lo establecido

en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del

Estatuto Básico del Empleado Público.

De conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 8

de la Ley 2271/2004, de 3 de diciembre, de acceso al empleo

público y la provisión de puestos de trabajo de personas con

discapacidad, serán admitidas las personas con minusvalías

en igualdad de condiciones con los/las demás aspirantes,

todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño

de las tareas o funciones propias de esta plaza. A estos

efectos, podrán establecerse para las personas con la condición

legal de discapacitados que lo soliciten, las adaptaciones

de tiempo y medios que sean necesarios para la realización

de los ejercicios de esta convocatoria. Para ello, los interesados

deberán formular la correspondiente petición motivada,

concretando las adaptaciones necesarias, que aportarán junto

con la solicitud de participación dentro del plazo de presentación

de instancias. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán

en condiciones de igualdad con el resto de aspirantes.

2.2. Todos los requisitos establecidos en esta base deberán

cumplirse en el último día del plazo de presentación de

instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En

este sentido, podrán efectuarse las comprobaciones oportunas

hasta la contratación.

 

Instancias y documentos a presentar

3.1. Quienes deseen participar en este concurso-oposición,

lo solicitarán en instancia dirigida al Sr. Presidente del

Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional,

según el modelo que figura en el Anexo II, en la que deberán

manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones

y requisitos exigidos en la base segunda, adjuntando a la

instancia fotocopia del Documento Nacional de Identidad y el

justificante del ingreso de los derechos de examen expedido

por el órgano competente.

3.2. El plazo de presentación de instancias será de veinte

días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación

del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.3. Quienes pretendan puntuar en la fase de concurso

presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos

que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta

de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las

bases de la presente convocatoria. La justificación documental

relativa a méritos formativos consistirá en la aportación de

fotocopia por su anverso y reverso bajo el texto «Es copia del

original» suscrito por la persona solicitante, que se responsabiliza

de su veracidad. Asimismo, en la instancia deberán enumerarse

los documentos aportados.

Para acreditar los servicios prestados en la Administración

Pública deberá aportarse la correspondiente certificación

expedida por el organismo competente y/o los correspondientes

contratos laborales visados por el Servicio Andaluz de

Empleo. También deberá aportarse el certificado de fe de vida

laboral.

3.4. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso

se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación

de instancias.

3.5. Los derechos de examen serán de 25,00 euros, estando

exentos quienes acrediten un grado de discapacidad

igual o superior al treinta y tres por ciento o el correspondiente

título de condición de miembro de familia numerosa (fijado en

la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por participación

en pruebas selectivas de la Excma. Diputación Provincial de

Granada, BOP de 6 de mayo de 2009) que se ingresarán en

la Caja del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación

Internacional, mediante ingreso en la Cuenta de Caja Granada

2031.0009.11.0115952603, o bien mediante giro postal o telegráfico.

En ningún caso el pago supondrá sustitución del trámite

de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud referida

anteriormente. Solo procederá la devolución del importe de

los derechos de examen cuando se trate de causa o error imputable

al Centro de Estudios Municipales y de Cooperación

Internacional.

3.6. Las instancias y documentación oportunas se presentarán

de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, en el Registro

General del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación

Internacional de la Excma. Diputación Provincial de Granada

(Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta, de Granada),

donde serán debidamente registradas o en la forma prevista

en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición

del interesado.

 

Admisión de aspirantes

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Sr.

Presidente del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación

Internacional, en el plazo máximo de un mes, dictará resolución

declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/

as, publicándose dicha Resolución en el Boletín Oficial de

la Provincia y exponiéndose además en el tablón de anuncios

del Centro (Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta).

4.2. En dicha resolución se indicará el plazo de subsanación

de defectos que, en los términos del artículo 71 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, se concede a los/las aspirantes

excluidos/as, y se determinará el lugar, fecha y hora del

comienzo del primer ejercicio.

La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de

la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles

impugnaciones o recursos.

4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen

sido apreciados, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas

se expondrá en el tablón de anuncios del Centro (plaza

Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta). En el caso de que

no se presente escrito de subsanación y/o de reclamación alguna,

la lista inicial de aspirantes admitidos/as y excluidos/as

quedará elevada automáticamente a definitiva.

 

Tribunal

5.1. El Tribunal de selección será designado por Resolución

del Presidente del Centro de Estudios Municipales y de

Cooperación Internacional, de conformidad con lo dispuesto

en los artículos 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto

Básico del Empleado Público, y 4 del Real Decreto

896/1991, de 7 de junio, y se compondrá de Presidente/a,

cuatro Vocales y un Secretario/a. Se designará el mismo número

de miembros titulares y suplentes para los supuestos de

ausencia, enfermedad, abstención o recusación por la concurrencia

de alguno de los casos previstos en el artículo 28 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del

Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional

(Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta), y en el

Boletín Oficial de la Provincia.

El Presidente y los Vocales del Tribunal deberán poseer

titulación o especialización igual o superior a las exigidas para

el acceso a la plaza convocada.

5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación

de las pruebas selectivas a que hace referencia la base sexta

de la presente convocatoria.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia

del Presidente/a, Secretario/a y de la mitad al menos

de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión

que se produzca el titular o bien su suplente.

5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las

sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de

las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus

especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales

colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto

con voz pero sin voto.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar

parte del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias

previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, o hubieran realizado

tareas de preparación de opositores a pruebas selectivas

de acceso a la función pública, relacionadas o que presenten

una relación de vinculación con esta convocatoria, en los 5 años

anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6. Los interesados podrán promover recusación en

cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran

las anteriores circunstancias.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables

del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria,

de la sujeción a los plazos establecidos para la realización

y valoración de las pruebas y para la publicación de los

resultados.

5.8. El Presidente/a del Tribunal exigirá a los miembros

del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las

circunstancias anteriormente previstas.

5.9. El Tribunal estará facultado para resolver cualquier

duda de interpretación de estas bases, para resolver cualquier

incidente que pudiera surgir durante la celebración de las pruebas

selectivas, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas

sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.

5.10. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han

superado el proceso selectivo un número superior al de vacantes

convocadas. Las propuestas de personas aprobadas que

contravengan este límite serán nulas de pleno derecho. No

obstante lo anterior, se estará a lo dispuesto en el art. 61.8,

último párrafo, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto

Básico del Empleado Público.

5.11. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la

Administración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda

proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los arts. 102

y siguientes de la Ley 30/92.

5.12. A los efectos de comunicaciones, anuncios y demás

incidencias, el Tribunal, sea cual fuere el lugar de celebración

de las pruebas, tendrá su sede en la Plaza Mariana Pineda,

núm. 8, de Granada.

 

Procedimiento de selección

6.1. El procedimiento de selección de los/las aspirantes

constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la

fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer

ejercicio, para valorar los méritos y servicios de la fase de

concurso. La valoración resultante ha de contener para cada

aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso,

con indicación, además de la puntuación por méritos

profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no

debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan

en el apartado de la base 6.10 «Aplicación del concurso».

Dicha valoración ha de publicarse en el tablón de anuncios de

la sede del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación

Internacional (Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta),

de Granada, con al menos una antelación de 48 horas a la

realización del primer ejercicio.

6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición se

llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la

Presidencia a la que hace referencia la base cuarta de la presente

convocatoria, en la que se expresarán también lugar y

hora de realización del mismo.

6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos

ejercicios se anunciarán con una antelación mínima de 48

horas, en el tablón de anuncios del Centro de Estudios Municipales

y de Cooperación Internacional (Plaza Mariana Pineda,

núm. 8, segunda planta). Desde la terminación de un ejercicio

y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo

de 72 horas y un máximo de 45 días.

6.6. La actuación de los/las aspirantes se iniciará por

orden alfabético, a partir de aquellos cuyo primer apellido comience

por la letra «J», según lo establecido en la Resolución

de la Secretaría General para la Administración Pública de 26

de enero de 2010 (BOE de 5 de febrero de 2010) por la que se

publica el resultado del sorteo a que se refiere el Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo.

6.7. Los/las aspirantes serán convocados para cada ejercicio

en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición

quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente

acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.8. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a

los/las aspirantes para que acrediten su personalidad.

6.9. Los/las aspirantes deberán acudir provistos del DNI

o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.

6.10. Valoración de méritos. Fase de concurso:

Méritos profesionales:

Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o

puesto de igual categoría y funciones que la plaza objeto de la

presente convocatoria:

a) En Organismos Públicos cuya actividad principal sea la

formación permanente, reciclaje y perfeccionamiento de empleados

públicos de la Administración Local y la edición de

publicaciones en ese mismo ámbito: 0,1.

b) En otras Administraciones Públicas: 0,05.

En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios

mediante la correspondiente certificación expedida por el

Organismo competente.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran

sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados

y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo

parcial.

Sin embargo, en los casos establecidos en el art. 56 de la

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva

de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones

de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de

proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal,

familiar y laboral, así como el permiso de paternidad),

se computará en todo caso como jornada completa.

Cursos y seminarios. Congresos y jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la

que se opta y sean impartidos u homologados por entidades,

instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones

formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación

Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido

guarde relación directa con las funciones propias de la plaza

a la que se opta.

a) Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días: 0,10 puntos

De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,30 puntos.

De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,40 puntos.

De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

De 201 horas en adelante o más de 40 días: 0,75 puntos.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán

valorados con la puntuación mínima a que se refiere la

anterior escala.

b) Por la participación en cursos, seminarios, congresos y

jornadas, como Director, Coordinador o Ponente, independientemente

de la duración: 0,20 puntos por cada participación.

La participación en una misma actividad docente como

Director o Coordinador y como Ponente o como Ponente en

varias materias sólo será objeto de una única puntuación, que

será la más favorable para el/la aspirante.

Aplicación del concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán

a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de

establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no

podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de

oposición.

El número máximo de puntos que se otorguen en la fase

de concurso será el siguiente:

Méritos profesionales: 10 puntos.

Cursos, seminarios, congresos, jornadas: 2 puntos.

6.11. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios,

eliminatorios y obligatorios para todos los/las aspirantes:

Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en

contestar por escrito, en un tiempo de 120 minutos, un cuestionario

de 100 preguntas de tipo test con tres respuestas alternativas,

siendo sólo una de ellas la correcta. Las preguntas

versarán sobre el programa de materias indicado en el Bloque

II del Anexo I de esta convocatoria, y se confeccionarán con

un mínimo de una pregunta por tema. El criterio de corrección

será el siguiente: por cada pregunta contestada erróneamente

se restará un tercio del valor de cada pregunta contestada correctamente.

Cuando resulten contestadas correctamente el

50% del total de las preguntas del cuestionario una vez restadas

las erróneas, según la proporción citada, corresponderá

a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el

ejercicio.

Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá

en desarrollar por escrito durante un periodo máximo de 90

minutos, 2 temas de los relacionados en el Anexo I (uno del

Bloque I, a elegir entre dos temas extraídos al azar por el Tribunal,

y otro del Bloque II, a elegir entre dos temas extraídos

al azar por el Tribunal).

Tercer ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Se desarrollará

por escrito, durante un periodo máximo de 90 minutos, y consistirá

en la realización de dos supuestos prácticos a elegir

de entre cuatro supuestos, iguales para todos los/las aspirantes,

propuestos por el Tribunal inmediatamente antes de su

realización que versarán sobre el contenido de los temas que

componen el Bloque II del Anexo I de esta convocatoria. Para

su realización se facilitarán los medios necesarios tales como

ordenador, impresora, etc.

6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para

cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlos

obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno.

6.13. El cómputo de la puntuación de los ejercicios segundo

y tercero se hará mediante la media aritmética de las

notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la

nota más alta y la más baja.

6.14. Finalizada la evaluación en cada uno de los ejercicios,

se insertará en el tablón de anuncios del Centro (plaza

Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta), la relación de aspirantes

que hubieran superado el ejercicio con indicación de la

puntuación obtenida.

6.15. La calificación final de las pruebas vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición

y de la del concurso. En caso de empate se resolverá a favor

de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición,

si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido

mayor puntuación en el tercer ejercicio, si continuase el empate,

a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo

ejercicio, y si aún persiste el empate, a quien haya obtenido

mayor puntuación en el primer ejercicio. Si el empate persiste,

se resolverá por sorteo.

 

Relación de aprobados

7.1. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal

hará pública en el tablón de anuncios del Centro de Estudios

Municipales y de Cooperación Internacional (Plaza Mariana Pineda,

núm. 8, segunda planta) la relación de aspirantes que

hubiesen superado la misma por orden de puntuación total

obtenida, en la que constarán las calificaciones obtenidas en

cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.

7.2. La relación definitiva de aprobados en el proceso selectivo

será elevada al Sr. Presidente del Centro de Estudios

Municipales y de Cooperación Internacional, con propuesta de

contratación como Personal Laboral fijo.

7.3. Los/las aspirantes que no se hallen incluidos/as en

tal relación tendrán la consideración de no aptos a todos los

efectos.

7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado

las pruebas selectivas un número superior de aspirantes

al de la plaza convocada.

7.5. Las publicaciones de todas las listas, así como la propuesta

de resolución será expuesta en el tablón de anuncios

del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Internacional

(Plaza Mariana Pineda, núm. 8, segunda planta). Con

ello se entenderán realizadas todas las notificaciones.

 

Presentación de documentos

8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la

inserción de la relación de aprobados a que se refiere la base

anterior en el tablón de anuncios del Centro (plaza Mariana

Pineda, núm. 8, segunda planta), los/las aspirantes que figuren

en ella deberán presentar los documentos acreditativos de

capacidad y requisitos exigidos en la base segunda, a saber:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (acompañado

del original para su compulsa).

2. Copia autenticada o fotocopia (acompañada del original

para su cotejo) de la titulación exigida en la convocatoria,

o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

Si estos documentos estuvieran expedidos después de la

fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias, se

deberá justificar el momento en que concluyó los estudios.

3. Declaración de no haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones

Públicas, así como no hallarse incurso en ninguna

de las causas de incapacidad específica, conforme a la normativa

vigente.

4. Declaración responsable de poseer la capacidad funcional

necesaria para el desempeño de la plaza objeto de esta

convocatoria.

8.2. Quien dentro del plazo indicado, y salvo casos de

fuerza mayor, debidamente justificados, no presentara la documentación,

o del examen de la misma se dedujera que carece

de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no

podrá ser contratado/a como personal laboral fijo y quedarán

anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial,

proponiéndose por el Tribunal la contratación con el/la

siguiente aspirante siguiendo el orden de puntuación final.

8.3. Quien ostente la condición de funcionario público o

laboral indefinido en la Administración Pública estará dispensado

de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones

y los requisitos exigidos en su anterior nombramiento,

siendo suficiente la presentación de un certificado del Ministerio,

Comunidad Autónoma, Corporación Local u Organismo

Público del que dependan, justificativo de su condición y de

que cumplen las condiciones y requisitos señalados en la base

segunda, sin perjuicio de tener que acreditar aquellos que se

exigen y no consten en su expediente personal.

 

Contratación como personal laboral fijo

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos,

el Sr. Presidente del Centro de Estudios Municipales y de

Cooperación Internacional dictará resolución para la contratación

laboral del/de la aspirante aprobado/a.

9.2. Dentro el plazo de 30 días naturales a contar desde

el día siguiente a la notificación de la resolución del apartado

anterior se formalizará el contrato laboral.

9.3. De no formalizarse el contrato en el plazo requerido

por causa imputable al/a la aspirante aprobado/a sin causa

justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.

 

Base final

Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa,

podrán interponer los/as interesados/as recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a

partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial

de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). No

obstante, podrá interponerse recurso potestativo de reposición

ante el órgano que haya dictado el acto administrativo, en el

plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, o

cualquier otro recurso que se estime procedente.

 

ANEXO I TEMARIO

 

BLOQUE I (parte general)

 

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

Generales. Los Derechos y Deberes fundamentales. La Corona.

Los Poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial,

nociones generales.

Tema 2. La Organización territorial del Estado. La Administración

del Estado. Administración Autonómica. La Administración

Local. Nociones generales.

Tema 3. Las Comunidades Autónomas: constitución y

competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura

y disposiciones generales. Idea general de las competencias

de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 4. Régimen local español y Tipología de Entidades

Locales. Principios constitucionales. Regulación jurídica. Organización

y competencias del municipio.

Tema 5. Organización y competencias de las Diputaciones

Provinciales. La Diputación Provincial de Granada, organización

y competencias. El Centro de Estudios Municipales y de

Cooperación Internacional, organización y competencias.

Tema 6. Sometimiento de la Administración a la Ley y

al Derecho. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley,

clases de leyes. Los Reglamentos. Las Ordenanzas y Reglamentos

de las Entidades Locales: clases y procedimiento de

elaboración y aprobación.

Tema 7. Los actos administrativos: Concepto y clases.

Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos

Tema 8. El Procedimiento Administrativo. Procedimiento

Administrativo Local. El silencio administrativo. Comunicaciones

y Notificaciones.

Tema 9. Personal al servicio de la Entidad Local, nociones

generales, clases. Derechos y deberes del personal al servicio

de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario.

Tema 10. Los derechos del ciudadano ante la Administración

Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración

y participación de los ciudadanos en la Administración.

Tema 11. El presupuesto de las Entidades Locales: Estructura,

tramitación, aprobación y ejecución presupuestaria.

Régimen jurídico del gasto público local. Los contratos administrativos

de las Entidades Locales: Clases, régimen jurídico

y tipología de procedimientos de adjudicación (nociones generales).

Tema 12. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción

de la igualdad de género en Andalucía: Objeto de la

ley, conceptos básicos, principios generales y políticas públicas

para la promoción de la igualdad de género. Ley 13/2007,

de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección

integral contra la violencia de género: Objeto de la ley, concepto

y tipos de violencia de género. Principios rectores y derechos

de las mujeres.

 

BLOQUE II (parte específica)

 

Tema 1. La biblioteconomía y la formación del bibliotecario

en la actualidad.

Tema 2. Concepto y función de las bibliotecas. Tipos de

bibliotecas y su función.

Tema 3. Bibliotecas Nacionales. Biblioteca de Andalucía.

El Depósito Legal.

Tema 4. Bibliotecas públicas. Redes y sistemas de bibliotecas

públicas. La Red de Lectura Pública de Andalucía.

Tema 5. Bibliotecas especializadas y centros de documentación.

Concepto, función y acceso a la información: Bases de

datos jurídicas.

Tema 6. Planificación de servicios documentales y bibliotecarios.

Tema 7. Principios de selección y adquisición en bibliotecas

y centros de documentación. Fuentes de información y

automatización.

Tema 8. Procesos técnicos de los fondos en las bibliotecas

y centros de documentación.

Tema 9. Preservación, conservación y restauración de los

materiales bibliográficos y no bibliográficos.

Tema 10. Descripción bibliográfica. Normas.

Tema 11. La catalogación automatizada: formatos MARC.

La catalogación cooperativa.

Tema 12. Sistemas de encabezamientos de materia.

Componentes, reglas (de sentido y forma) y estructura.

Tema 13. Catálogos: concepto, fines y tipología. Los catálogos

tradicionales. La conversión retrospectiva de los catálogos.

OPAC.

Tema 14.Control de autoridades.

Tema 15. Servicios al usuario en las bibliotecas y centros

de documentación. Influencia de la word wide web.

Tema 16. Publicaciones periódicas: historia, características

y tipología.

Tema 17. El ISBN: composición del código, ámbito de aplicación

y la impresión en códigos de barras. La Agencia Española

de ISBN: legislación vigente y funciones principales.

Tema 18. Las organizaciones internacionales al servicio

de las bibliotecas y los centros de documentación. La cooperación

internacional.

Tema 19. Lenguajes documentales, I. Sistemas precoordinados.

Tema 20. Lenguajes documentales. II. Sistemas postcoordinados.

Tema 21. Indización y resúmenes documentales.

Tema 22. Instrumentos de control y seguimiento de la

documentación. Sistemas de información y recuperación. Difusión

de la información.

Tema 23. Redes de bibliotecas y cooperación bibliotecaria.

Situación actual. Especial referencia a España.

Tema 24. Los medios telemáticos y su aplicación en las

bibliotecas. El Modelo de Referencia OSI.

Tema 25. Recuperación de la información «on line». Datos,

información y conocimiento.

Tema 26. ABSYS: Sistema Integrado de Gestión Bibliotecaria.

Tema 27. Gestión de la información. La información documental

como recurso. El gestor de la información.

Tema 28. Relaciones profesionales con el usuario en

los servicios de información: la figura del referencista en la

actualidad.

Tema 29. Acceso remoto a recursos informativos. Internet:

conceptos generales, evolución histórica y futuro.

Tema 30. Definición y objetivos de la bibliografía: concepto

y método. Estado actual.

Tema 31. Obras de referencia y consulta. Características

y clasificación.

Tema 32. Los catálogos colectivos. Concepto, fines y problemas

de elaboración. Los catálogos colectivos en España.

Tema 33. Literatura gris. Concepto, importancia informativa,

características y tratamiento bibliotecario.

Tema 34. Fuentes de información sobre publicaciones

periódicas. Índices, boletines de sumarios y revistas de resúmenes.

Tema 35. Fuentes de información sobre publicaciones oficiales

y comerciales. Estudio y tipología.

Tema 36. Fuentes de información para la documentación

jurídica. Doctrina jurídica.

Tema 37. Fuentes de información para la documentación

normativa española y comunitaria.

Tema 38. Fuentes de información para la documentación

jurisprudencial.

Tema 39. El Patrimonio Histórico. Conceptos y categorías.

El Patrimonio Bibliográfico.

Tema 40. La organización bibliotecaria española. Legislación

y competencias de las distintas Administraciones Públicas.

Tema 41. El Sistema Bibliotecario de Andalucía. Evolución

histórica y situación actual.

Tema 42. La propiedad intelectual. Legislación. La reproducción

de documentos en las bibliotecas.

Tema 43. Industria editorial en España.

Tema 44. La política editorial. El programa editorial. La

preedición.

Tema 45. Los actores de la edición: autor, editor, impresor,

distribuidor.

Tema 46. Proceso editorial. Edición. Pasos en la elaboración

de una publicación. Correcciones de pruebas. Impresión.

El contrato de edición.

Tema 47. Distribución y venta. Marketing editorial.

Tema 48. Normativa reguladora de organización y funcionamiento

de la Biblioteca de la Diputación de Granada. La Biblioteca

del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación

Internacional.