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Técnico Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de Archidona (Málaga)

1 Plaza, Concurso Oposición, Promoción Interna, Grupo C1, 29-03-2012
Apertura de plazo

Bases de la convocatoria

Convocatoria y bases reguladoras para la provisión de plazas de
Arquitecto Técnico y Auxiliar de Biblioteca, mediante promoción
interna y sistema de concurso oposición, incluidas en la ampliación
de la oferta pública de empleo de 2010
En cumplimiento del Decreto de la Alcaldía número 2012000026,
dictado con fecha 13 de enero, se procede a la publicación de la convocatoria
y bases que han de regir la provisión de plazas de Arquitecto
Técnico y Auxiliar de Biblioteca, mediante promoción interna y sistema
de concurso oposición:

Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de las
plazas que se incluyen en la ampliación de la oferta pública de
empleo correspondiente al ejercicio del año 2010, aprobada por
Decreto de Alcaldía número 2011000330 (BOP número 107 de 7 de
junio de 2011) tras aprobación definitiva, mediante acuerdo el Pleno
corporativo celebrado el día 25 de abril de 2011, (rectificado por
acuerdo de Pleno de 3 de agosto de 2011) de modificación de la
plantilla de personal de este Ayuntamiento y de la relación de puestos
de trabajo, mediante la creación de nuevas plazas con la denominación
y características que se especifican para cada una de ellas en
la hoja de RPT haciéndose público para general conocimiento,
mediante anuncio publicado en el BOP número 91 de 16 de mayo de
2011.
Las características de las plazas a cubrir con la presente convocatoria
son:

TÉCNICO AUXILIAR DE BIBLIOTECA: Gestión y mantenimiento del
servicio de biblioteca y archivo municipal, así como atención a usuarios.

Condiciones de admisión de aspirantes

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:
a) Ser empleado municipal del Ayuntamiento de Archidona, perteneciendo
a las siguientes Escalas, subescalas y Grupos de Clasificación,
del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del
Estatuto básico del Empleado Público:
Para el acceso a la plaza de Ingeniero/A Edificación: Escala
Admon. Especial, Subescala Técnica, Grupo/Subgrupo A2.
Para el acceso a la plaza de Técnico Auxiliar de Biblioteca:
Escala Admon. Especial. Subescala Técnica, clase Auxiliar,
Grupo/Subgrupo C2.
b)Tener una antigüedad de, al menos, dos años en las Escalas
anteriormente detalladas el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación, según lo dispuesto
en el artículo 18.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público, en relación con el artículo 76 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, el título detallado
en la Base anterior para cada una de las plazas.

Forma y plazo de presentación de instancias

Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes
pruebas de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen
las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la
plaza que se opte, se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Archidona, y se presentarán en el Registro de entrada
del Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el
ESCALA/ SUBESCALA/ NÚM. PLAZAS
GRUPO TITULACIÓN EXIGIDA
DENOMINACIÓN DEL PUESTO Y CÓDIGO RPT
TÍTULO UNIVERSITARIO ADMINISTRACIÓN ESPECIAL./

C.1 BIBLIOTECONOMÍA, SUBESCALA TÉCNICA, UNA/29017-OFP-002
ARCHIVÍSTICA CLASE ADMINISTRATIVO
Y DOCUMENTACIÓN
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de
la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín
Oficial del la Provincia de Málaga y en el tablón de edictos de este
Ayuntamiento.
La solicitud deberá ir acompañada por:
Certificado acreditativo de su condición empleado del
Ayuntamiento de Archidona, perteneciente a la Escala que se
exige para poder participar en el proceso selectivo.
Original o Fotocopia compulsada del DNI o, en su caso, pasaporte.
Original o fotocopia compulsada del título que permite el acceso
al grupo correspondiente (artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12
de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).
Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la
cantidad de 24 euros (Odenanza Fiscal número once), y que
deberá ingresarse en la cuenta municipal número 2103-3006-183112000034.
Listado ordenado de méritos a tener en cuenta a la fase de concurso
y méritos y circunstancias alegadas que deban ser valoradas (fotocopia compulsada).

Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará
resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional
de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará
en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y en el tablón de edictos
del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para
subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará
la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará
en el tablón de edictos del Ayuntamiento. En la misma se hará constar
la composición del tribunal calificador, día, hora y lugar en que habrá
de realizarse la selección.
Si no se formularan reclamaciones, se entenderá definitivamente
aprobada la relación provisional de aspirantes.

Tribunal calificador

El personal de elección o de designación política, los funcionarios
interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos
de selección.
Presidente:Don Eduardo Aguilar Muñoz.
Vocales: Don Jacinto Muñoz Nuevo.
Doña Inmaculada Montero Gálvez.
Don Samuel García Pastor.
Don Antonio Garvín Salazar.
Secretario: Don José Daniel Ramos Núñez
(Secretario de la Corporación).
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de
conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del
estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción
a los plazos establecidos. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse
con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente
convocatoria, así como lo que daba hacerse en los casos no previstos,
serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.

Sistemas de selección y desarrollo de los procesos

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL. SUBESCALA TÉCNICO, CLASE AUXILIAR
DE BIBLIOTECA
Se utilizará el sistema de concurso oposición, en base a lo dispuesto
en el artículo 61.6 del EBEP (Ley 7/2007 de 12 de abril), teniéndose
en cuenta:
FASE DE OPOSICIÓN
Programa (40 temas)
Constará de dos pruebas:
Primera prueba. Consistirá en realizar por escrito un cuestionario
tipo test de preguntas con respuestas alternativas
Segunda prueba. Consistirá en realizar informe sobre supuesto
práctico planteado por el Tribunal en relación con el Programa y con
los cometidos y tareas asignados al puesto de trabajo.
FASE DE CONCURSO
A) Experiencia profesional como Técnico Auxiliar de Biblioteca o
como Auxiliar de Biblioteca (hasta un máximo de 7 puntos)
A.1. Experiencia general: Por cada año de servicios prestados a
una Administración Local 0,36 puntos con un máximo de 5 puntos, no
computándose periodos de tiempo inferiores a un mes.
A.2. Experiencia específica: Por cada año de servicios prestados
en la gestión de Archivos Históricos: 0,06 puntos con un máximo de 2
puntos, no computándose periodos de tiempo inferiores a un mes.
B) Méritos académicos y de formación (hasta un máximo de 3
puntos)
Por la asistencia a cursos de formación impartidos por centros oficiales
u homologados que guarden relación con la naturaleza del puesto
a cubrir: 0,01 puntos por cada hora lectiva a la que haya asistido, con
un máximo de 3,00 puntos. A tal fin se procederá a la suma de la totalidad
de horas lectivas.
Los servicios realizados en la Administración Pública se justificarán
con un certificado de servicios previos emitido del órgano municipal
correspondiente. Solo podrá justificarse los servicios realizados
por personal laboral contratado pero no sus periodos como becario o
personal en prácticas.
Los cursos se justificarán con copia compulsada de cualquier
documento acreditativo.

Calificación

La puntuación mínima que habrán de superar los aspirantes en la
fase de oposición será de 5 puntos. A los que no superen la fase de
oposición no se le baremará la fase de concurso.
La puntuación mínima que deberán obtener los aspirantes para
superar el concurso será:
3,5 puntos en experiencia profesional.
1,5 puntos en méritos académicos y de formación.

Relación de aprobados, presentación de documentos y

nombramiento
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales
harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el
tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de
aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas.
Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación, que, efectuará
el nombramiento efectuado, previa aportación por los aspirantes
propuestos dentro del plazo de veinte días naturales desde que se
publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en
la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese
que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a
favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quienes deberán
tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a aquel en que se publique el nombramiento en el BOP,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 7/2007, de 12
de abril, del Estatuto básico del Empleado Público.

Incidencias

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad
con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa,
se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el
plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente de Málaga, a partir del día siguiente al de la
publicación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo). No obstante los interesados
podrán impugnar las presentes bases directamente ante la
Jurisdicción contencioso-administrativa sin necesidad de interponer
previamente el recurso de reposición.
En lo no previsto en las Bases, será de aplicación la Ley 7/2007
del Estatuto Básico del Empleado público, el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado;
la Ley 30/1984, de Medidas par la Reforma de la Función Pública el
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se
aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local.

TEMARIO TÉCNICO AUXILIAR DE BIBLIOTECA

BLOQUE I
Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978: antecedentes. Características
y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales
de los españoles.
2. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Los
derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública.
Participación de los ciudadanos en la Administración, con
especial referencia a la Administración Local.
3. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto
administrativo. Motivación. Eficacia. Validez de los actos
administrativos. El silencio administrativo.
4. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de
documentos. Comunicaciones y notificaciones.
5. Régimen Local Español: clases de entidades locales. Organización
municipal. Competencias municipales.
6. Personal al servicio de las entidades locales. Los funcionarios
públicos: clases, selección, situaciones administrativas, provisión
de puestos de trabajo.
7. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales.
Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de
incompatibilidades.
8. El presupuesto de las entidades locales. Elaboración. Aprobación.
Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.
BLOQUE II
Materias específicas
9. Biblioteconomía. Concepto y método. Evolución histórica.
10. Bibliotecas Públicas. Concepto, características, objetivos y
fines. Las bibliotecas públicas en España y en Málaga.
11. Bibliotecas nacionales. Concepto y funciones.
12. Bibliotecas especializadas. Concepto y funciones.
13. Bibliotecas escolares. Concepto y funciones.
14. Las bibliotecas móviles. Concepto, características, objetivos y
fines. Situación en España.
15. El libro. Concepto. El libro y las Bibliotecas en los siglos
XVIII, XIX y XX.
16. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases de
bibliotecas.
17. Selección y adquisición del fondo documental. Definición y
criterios. Procedimientos. Trámites técnicos y administrativos.
18. Catalogación. Concepto y fines. El formato MARC
19. Clasificación. Concepto y fines. Principales sistemas de clasificación.
La CDU.
20. Los catálogos. Concepto, clases y fines.
21. Servicio a los lectores: referencia e información bibliográfica,
difusión selectiva de la información y formación de usuarios.
22. Servicio de lectores: tipos de préstamo y extensión bibliotecaria.
23. El servicio de información a la comunidad en las bibliotecas
públicas.
24. Instalación y equipamientos de las bibliotecas.
25. La colección: formación y mantenimiento. Selección y adquisición.
Inventario y expurgo.
26. La colección local de la biblioteca pública.
27. La gestión bibliotecaria. Planificación y marketing.
28. La gestión bibliotecaria. Evaluación y calidad.
29. La alfabetización informacional en las bibliotecas públicas.
30. Dinamización y difusión de las bibliotecas. Actividades culturales
y fomento de la lectura.
31. El impacto tecnológico. Las bibliotecas digitales.
32. Concepto de Archivística. Definición. Ámbito. Diferencias
entre la biblioteconomía y la documentación.
33. Difusión y accesibilidad documental. Aspectos legales.
34. Protección de datos personales e informáticos. Derechos de los
administrados en relación con los archivos y registros.
35. El funcionamiento general de los archivos. Ingreso. Conservación.
Difusión.
36. La normalización en la descripción archivística: normas ISAD
(G) e ISAAR (CPF).
37. Valoración de los documentos. Concepto. Principios. Selección
y Expurgo.
38. La Identificación de los fondos. Clasificación. Cuadro de clasificación
de los archivos municipales.
39. La conservación. Causas de alteración y destrucción de documentos:
la restauración.
40. Los lenguajes documentales. Los tesauros.
En Archidona, a 25 de enero de 2012.
El Teniente de Alcalde, firmado: Francisco Jiménez Aguilera.
1127/12