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Jefe del Área de Archivo y Bibliotecas, Ayuntamiento de Mazarrón (Murcia)

1 Plaza, Promoción Interna, Concurso Oposición, Subgrupo A1, 20-11-2013


Apertura de plazo - hasta el 09-12-2013

Bases de la convocatoria

Bases para la provisión en propiedad mediante concursooposición, por promoción interna, de una plaza de Jefe del Área de Archivo y Bibliotecas.

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2012, acordó aprobar las bases que han de regir la convocatoria mediante concurso-oposición por turno de promoción interna, de una plaza de Jefe del Área de Archivos y Bibliotecas, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, como siguen:

Objeto y publicación de la Convocatoria

Es objeto de esta convocatoria la provisión en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna, de una plaza de Jefe del Área de Archivo y Bibliotecas, vacante en la plantilla del personal funcionario del Excelentísimo Ayuntamiento de Mazarrón. Su clasificación y descripción es la siguiente:

CÓDIGO DENOMINACIÓN GRUPO ESC. SUB. CLASE TIPO CD

BA012 Jefe de Área de Archivo y Biblioteca A1 AE T SUP F 23

Grupo A1. Escala de Administración Especial. Subescala Técnica, Clase

Superior. Denominación de la plaza: Jefe de Área de Archivo y Biblioteca.

Una vez aprobada la convocatoria, esta se publicara integra en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado.

Participación en la convocatoria

A) Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso oposición será necesario:

Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

Ser funcionario de carrera perteneciente al A2 del MI Ayuntamiento Mazarrón, y haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como funcionario de carrera en dicho grupo de titulación.

Encontrarse en situación de servicio activo en el MI Ayuntamiento de Mazarrón.

Estar en posesión de titulación académica correspondiente al grupo A1 artículo 76 de la ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

No hallarse incurso en causas de incapacidad ni haber sido separado mediante expedientes disciplinarios del servicio de cualquier Administración Pública.

Los requisitos deberán estar referidos a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

B) Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria cuyo modelo se facilitara en el M.I. Ayuntamiento de Mazarrón, irán dirigidas al Sr. Alcalde dentro del plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, personalmente o por cualquier otro medio que autoriza la ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, y en ella se hará constar los siguientes extremos:

- Nombre, apellidos, fecha de nacimiento y DNI.

- Domicilio y teléfono.

- Declaración expresa de que el solicitante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la presente Base de la Convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia deberá acompañarse la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI.

- Sobre cerrado titulado “meritos” que incluirá la documentación acreditativa de los alegados por los aspirantes para su valoración en el concurso, mediante originales o fotocopia compulsada.

No se admitirá documentación alguna con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

C) Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias el órgano competente dictara resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión, determinando el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y composición del tribunal calificador, que se publicara en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, estableciendo un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de posibles defectos, de conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/92. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera formulado reclamación alguna la lista provisional pasara a definitiva sin necesidad de nueva publicación. En caso contrario las reclamaciones serán aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe la lista definitiva, que se publicara en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como las sucesivas comunicaciones.

Órgano de Selección

A) Composición.

El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros.

Presidente: Un funcionario del Excelentísimo Ayuntamiento de Mazarrón perteneciente al grupo A1.

Secretario: El secretario de la corporación o funcionario en quien delegue, con voz, pero sin voto.

Vocales: Cuatro funcionarios del Excelentísimo Ayuntamiento de Mazarrón.

Por cada representación del Tribunal Calificador se nombrara un titular y un suplente. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

El Tribunal podrá nombrar asesores para todas o para alguna de las pruebas, que prestaran su colaboración exclusivamente en el ejercicio de sus

especialidades técnicas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, debiendo comunicar la abstención a la autoridad convocante, pudiendo también los aspirantes recusarlos.

A efectos de percepción de asistencia por los miembros del tribunal se fijan las establecidas en el Real Decreto 462/02, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Sistema Selectivo

A) Concurso.

B) Oposición.

A) Concurso. La Fase de Concurso, que será previa a la de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio, y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición Los méritos alegados y documentados por los aspirantes serán valorados por el Tribunal Calificador conforme al siguiente Baremo:

1. Mérito profesional.

Por cada año completo de servicios prestados al Excmo. Ayuntamiento de Mazarrón o a cualquier otra Administración Local, con puesto de archivero o similar, debidamente acreditados mediante certificación oficial:

0.10 puntos/mes, hasta un máximo de 10.00 puntos.

2. Titulación.

Por estar en posesión de titulaciones académicas, relacionadas con el objeto y funciones de la plaza ofertada en la convocatoria: 1 punto

3. Cursos de perfeccionamiento (hasta un máximo de 3.00 puntos).

Por asistencias a cursos, cursillos, seminarios o jornadas, de perfeccionamiento o especialización sobre materias relacionadas con el objeto y funciones de la plaza, organizados por las distintas Administraciones Públicas, Organizaciones y Federaciones relacionadas con gestión de archivos y bibliotecas, y debidamente acreditadas mediante la aportación de diplomas o certificaciones expedidas por los correspondientes organismos públicos, valorándose conforme a los siguientes criterios:

• Hasta 20 horas: 0.10 puntos.

• De 21 a 40 horas: 0.20 puntos.

• De 41 a 60 horas: 0.30 puntos.

• De 61 a 80 horas: 0.40 puntos.

• De 81 a 100 horas: 0.50 puntos.

• De más de 100 horas: 0.75 puntos.

4. Otros méritos (Hasta un máximo de 1 punto).

B) Oposición. La fase de oposición constara de los siguientes ejercicios.

Primero.

Contestar un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, formulado por el Tribunal Calificador, sobre materia del temario contenido en el

Anexo adjunto, durante el tiempo máximo de una hora. El número de preguntas así como la valoración de las respuestas serán determinadas por el tribunal.

Segundo.

Resolver durante el tiempo máximo de dos horas, un supuesto practico de entre los dos que planteara el Tribunal en relación con las materias contenidas en el programa. La resolución podrá ser oral o escrita a determinar por el tribunal.

Calificación de los ejercicios

Los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo preciso alcanzar 5 puntos en cada uno de ellos para ser aprobado.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de 0 a 10 puntos. Las calificaciones serán adoptadas sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del

Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación del ejercicio. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros, serán automáticamente excluidas la calificación máxima y mínima, hallándose la puntuación media entre las calificaciones restantes. La calificación definitiva del concurso-oposición se obtendrá sumando las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición de todos los aspirantes que superen ésta.

La calificación final de la fase de oposición, con un máximo de 20 puntos, vendrá determinada por la suma de las calificaciones en esta fase, quedan eliminados los aspirante que no hayan superado cada uno de los ejercicios.

Sistema de determinación de los aprobados.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumaran a la puntuación final de la fase de oposición.

Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el procedimiento selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido anteriormente será nulo de pleno derecho.

Superaran el concurso-oposición los aspirantes que hubieran aprobado la fase de oposición, obtengan, una vez sumados los puntos de la fase de concurso y de la fase de oposición, las calificaciones más altas hasta alcanzar, como máximo, el total de las plazas convocadas sin que, por tanto, se pueda considerar que han superado el concurso-oposición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino los aspirantes que no figuren incluidos en la relación propuesta por el Tribunal.

Calificación definitiva, orden de colocación y empates de puntuación.

La calificación definitiva estará determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.

El orden de calificación de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación.

En el supuesto de puntuaciones iguales los empates se resolverán a favor

del aspirante que haya sacado mejor puntuación en el primer ejercicio y después en el segundo ejercicio. De persistir el empate, este se solventara a favor del aspirante que haya conseguido mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional de la fase de concurso.

Presentación de documentos

A) Documentos exigibles.

Los aspirantes propuestos aportaran en el Negociado de Personal los siguientes documentos de capacidad y requisitos exigibles en las bases:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad

b) Copia autentificada o fotocopia (que deberá acompañarse del original para su compulsa del Título a que se hace referencia en el apartado A de la base segunda o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

En el supuesto de haber invocado un titulo equivalente a los exigidos, habrá de acompañar un certificado que acredite la citada equivalencia. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en que finalizo el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios.

Los aspirantes que sean propuestos por el Tribunal que darán exceptuados de presentar aquellos documentos que ya hubieran aportado con anterioridad y obren en sus expedientes personales, pudiendo ser requeridos para que completen la documentación existente.

B) Plazo.

El plazo de presentación de documentos será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación estuviesen expedidos después de la fecha en que finalizo el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios.

C) Falta de presentación de documentos.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional, de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado en el apartado 10.2 y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Nombramiento como funcionarios de carrera y toma de posesión

A) Nombramientos

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acrediten los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera por el Alcalde Presidente.

B) Plazo

Los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales a contar desde la publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

C). Efectos de falta de toma de posesión.

Quienes, sin causa justificada, no tomaran posesión dentro del plazo señalado en el apartado de esta base no adquirirán la condición de funcionarios, perdiendo todos los derechos derivados de la pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido. Así mismo, desde la toma de posesión, los funcionarios quedaran obligados a utilizar los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento de Mazarrón.

Legislación aplicable y recursos

En todo lo previsto en las presentes bases, se estará dispuesto:

- Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 53/2003, de 16 de diciembre de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Publica, modificada por Ley 23/88, de 28 de julio

- Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, modificado por el Real Decreto 255/2006 de 3 de marzo.

- Real Decreto 896/91 de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal de las Administraciones Locales y demás Disposiciones normativas que resulten de aplicación.

- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

- Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.

- Ley 30/1995 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

- Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad afectiva de mujeres y hombres.

- Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Las bases de esta convocatoria podrán ser impugnadas por los interesados, mediante Recurso potestativo de Reposición, ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en le “Boletín Oficial del Estado”, según disponen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien Recurso Contencioso, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, de conformidad con lo previsto en los artículos 10, 250y 46 de la Ley 29/1988 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los demás actos administrativos que se deriven de la convocatoria y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común

Anexo. Temario

I.- Materias comunes.

1.- La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

2.- Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3.- La Corona. El Poder Legislativo.

4.- El Gobierno y la Administración del Estado.

5.- El Poder Judicial

6.- Organización territorial del estado. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.

7.-La Administración Pública y el Derecho Administrativo. El procedimiento Administrativo Común. Concepto de Acto Administrativo.

8.- El Presupuesto Municipal.

9.- La Función Pública Local.

10.- Organización de la Función Pública Local.

11.- El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

12.- Derechos y deberes de los funcionarios.

13.- Derecho de sindicación.

14.- Régimen Disciplinario.

15.- Situaciones Administrativas.

16.- La participación de España en Organizaciones Internacionales.

17.- El Derecho Comunitario.

18.- Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

19.- Condiciones de trabajo y salud: concepto de salud. Concepto de riesgos laboral. Factores de riesgo. Orden y limpieza en el centro de trabajo.

20.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales: obligaciones de empresas y trabajadores. Servicios de Prevención. Delegados de Prevención. Comité de Seguridad y Salud.

II. Materias Específicas.

1.- Concepto actual de biblioteconomía.

2.- El libro y la biblioteca: concepto y función de los servicios bibliotecarios.

3.- Instalaciones y equipamiento de bibliotecas y centros de documentación.

4.- Organización, gestión y mantenimiento de los fondos: selección, adquisición, recepción, preparación (sellado, signatura, ordenación, tejuelado), ordenación, colocación, revisión y expurgo.

5.- Catalogación de fondos: técnicas y tipología.

6.- El catálogo: concepto, clases y fines.

7.- Sistemas de clasificación bibliográfica: concepto y tipos de sistemas.

8.- Estructura y características de la Clasificación Decimal Universal (CDU)

9.- Organización, mantenimiento y control de fondos bibliográficos. Preservación y conservación.

10.- Servicios a los lectores: el servicio de referencia e información bibliográfica. Circulación, préstamos interbibliotecario y orientación al lector.

11.- Información y atención a la ciudadanía en el marco de las bibliotecas públicas municipales.

12.- Elaboración de las directrices para la gestión y mantenimiento de las colecciones bibliográficas.

13.- Planificación, diseño, gestión y atención en los servicios de información general y bibliográfica, servicios de acceso al documento, servicios automatizados y recursos y servicios electrónicos de la biblioteca.

14.- El patrimonio bibliográfico español. La propiedad intelectual y Depósito legal.

15.- Concepto y misión de los servicios bibliotecarios.

16.- Selección, adquisición, registros y preparación de fondos documentales.

17.- Materiales especiales en la biblioteca. Ordenación y conservación de los fondos bibliográficos especiales.

18.- Proceso técnico de los fondos documentales.

19.- Clasificación. Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas.

20.- Extensión bibliotecaria y animación a la lectura.

21.- Las nuevas tecnologías de la información aplicadas en bibliotecas.

22.- Sistemas y redes de bibliotecas. Los catálogos colectivos.

23.- El sistema bibliotecario español.

24.- La red de bibliotecas públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

25.- La red de bibliotecas municipales de Mazarrón.

26.- Concepto de archivo: Funciones y tipos de archivos. Analogías y diferencias entre archivos, centros de documentación y bibliotecas.

27.- Documento de archivo y documentación de apoyo informativo: Definición, analogías y diferencias. Unidad documental simple/compuesta.

28.- El ciclo vital de los documentos: las cuatro fases de archivo. Tratamiento archivístico en las cuatro fases: archivo de oficina, archivo central, archivo intermedio, archivo histórico.

29.- La producción documental en los distintos soportes y su repercusión en los archivos.

30.- El profesional de archivos y su formación.

31.- Concepto de Sistema y Red: definición y repercusión de ambos conceptos en la dirección y organización en los sistemas y redes de las Administraciones Públicas.

32.- Normalización de tareas, procedimientos y organización de documentos.

33.- Nuevas tecnologías aplicadas a los archivos y al patrimonio documental. Paquetes estándar, diseños “ad hoc”.

34.- Documentos electrónicos: creación, autenticidad, integridad y conservación. EL MOREQ.

35.- La calidad de los servicios en los archivos: la planificación del trabajo, el tratamiento archivístico, el proceso documental, el expurgo y el acceso.

36.- Proyección cultural, social y educativa de los archivos. La difusión.

37.- Las instalaciones de archivo: Los edificios en relación con sus fases. Emplazamiento. Construcción. Equipamiento.

38.- Causas de alteración de los documentos en los distintos soportes. Medidas de prevención y de conservación. Restauración, medios y procedimientos.

39.- Reproducción de documentos de archivo: microfilm y microforma. Digitalización de documentos de archivo.

40.- El tratamiento archivístico: identificación, clasificación, ordenación, instalación.

41.- Normas internacionales para la descripción: ISAD-G. ISAAR. EAD.

42.- Transferencias, ingresos ordinarios y extraordinarios

43.- El expurgo: Selección. Conservación. Eliminación. Procedimientos e instrumentos.

44.- Normativa existente sobre archivos, Patrimonio Documental: CE. Estado Español. CCAA. Administración Local.

45.- Aspectos legales que regulan: Acceso a los archivos. Accesibilidad/reserva de documentos.

46.- Proyectos europeos para archivos y bibliotecas digitales.

47.- Sistema regional de archivos de la Región de Murcia.

48.- El archivo Municipal de Mazarrón. Historia y fondos.

49.- Otras fuentes documentales archivísticas para la historia de Mazarrón.

50.- El Estado y la administración en los reinos hispánicos.

51.- El Estado y la administración en la España de la Edad Moderna.

52.- La Administración Territorial, Provincial y Local en la España contemporánea

53.- El constitucionalismo español. Fuentes documentales y bibliográficas.

54.- Historia de los archivos nacionales.

55.- El sistema archivístico español. Archivos de la Administración Central, archivos autonómicos, archivos locales.

56.- El municipio de los reinos cristianos de la Edad Media y el Antiguo Régimen.

57.- Las Cortes de los reinos españoles hasta finales del Antiguo Régimen.

58.- La Administración de Justicia hasta finales del Antiguo Régimen.

59.- La organización señorial y los mayorazgos.

60.- Las reformas político-administrativas del siglo XVIII.

61.- Las Cortes españolas en la España Contemporánea.

62.- La administración territorial de la España Contemporánea

63.- La administración municipal de la España Contemporánea

64.- Las Cancillerías.

65.- Las bibliotecas como centro de dinamización cultural.

66.- El Marquesado de los Vélez y Villena y su historia.

67.- Los procesos desamortizadores en España. Fuentes documentales y bibliográficas.

68.- La organización de la Iglesia Católica en España. Fuentes documentales y bibliográficas.

69.-El sistema de Archivos de Defensa. Bibliografía.

70.- La administración en España desde el Antiguo Régimen hasta la

Constitución de 1978. Fuentes documentales y bibliográficas.

Mazarrón, a 28 de diciembre de 2.012.—El Alcalde-Presidente, D. Ginés Campillo Méndez.