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Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, Universidad Pablo Olavide de Sevilla

2 Plazas, Promoción Interna, Concurso Oposición, Subgrupo A1, 28-11-2011
Apertura de Plazo

Bases de la convocatoria


Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, las siguientes plazas de las Escalas de funcionarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla:

- 2 plazas de la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Subgrupo A1).

1.2. Las pruebas selectivas se regirán, en lo que les sea de aplicación, por lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, por el Acuerdo de fecha 24 de septiembre de 2008, sobre Provisión de puestos de trabajo, Promoción interna e Ingreso del Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, y por lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado, serán nombrados funcionarios de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información, de la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos, y de la Escala Superior de Técnicos de Administración de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, según corresponda.

1.6. El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará con posterioridad al día 1 de enero de 2012. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la resolución del Rectorado en que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos.

1.7. Con la Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos se hará pública la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el Tablón de Anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

1.8. De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales de los aspirantes están contenidos o, en su caso, se incorporarán, en un fichero de Recursos Humanos, titularidad de la Universidad Pablo de Olavide, con la finalidad de realizar la gestión de las pruebas selectivas a las que se refiere la presente convocatoria, pudiendo ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General de la Universidad Pablo de Olavide en la dirección Carretera de Utrera, km 1, 41013 Sevilla, Edificio 3, José Moñino Conde de Floridablanca, planta baja, solicitando los formularios disponibles al efecto.

1.9. Las sucesivas publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, de conformidad con el art. 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectuarán en el tablón de anuncios de la Universidad, sito en el Edificio 13, “«Francisco José de Caldas», en los boletines oficiales que corresponda conforme a la normativa reguladora del procedimiento, así como en la siguiente dirección de internet: http://www.upo.es/rrhh-pas/convocatorias/funcionarios/index.jsp.

Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:

2.1.1. Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España.

2.1.2. Encontrarse en situación administrativa de servicio activo con destino en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla y pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas adscritos en el subgrupo A2 y poseer una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo como funcionario de carrera de dicho cuerpo o escala.

A estos efectos, se considerarán asimilados a la situación de servicio activo la situación de excedencia por cuidado de familiares y la situación de servicios especiales.

2.1.3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia (Anexo III), que será facilitada en el Registro General de esta Universidad. Asimismo se podrá realizar la presentación telemática de solicitudes en la Oficina virtual de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Para ello será necesario disponer de certificado digital.

3.2. Los aspirantes, al objeto de solicitar la puntuación en la fase de concurso (méritos), siempre que no se encuentren en el expediente personal que obra en poder del Área de Recursos Humanos PAS, Retribuciones y Seguridad Social, deberán presentarlos en el Registro General antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. Los méritos que consten en el expediente personal, serán valorados de oficio por dicho área. Asimismo, podrán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las presentes bases.

Los cursos de formación a los que se hace mención en el Anexo I, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, deberán acreditarse mediante fotocopia compulsada.

3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Ctra. de Utrera, km 1, 41013-Sevilla) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se dirigirán al Señor Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Aquéllos que opten por la presentación telemática deberán acceder a la siguiente dirección electrónica: https://oficinavirtual.upo.es/oficinaVirtual/EntradaOficinaVirtual?conCertificado=1&procedimiento=42.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

El código de la convocatoria es PI3/2011.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En dicha Resolución, que será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, constarán los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad de los candidatos, con indicación expresa de la causa de exclusión, así como la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

4.2. Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o la omisión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

La Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Tribunal.

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar, de los miembros del Tribunal, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Así mismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el Tablón de Anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrarán la sesión de constitución con una antelación mínima de quince días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la mayoría indicada en el apartado anterior.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las pruebas que estimen pertinentes. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que los ejercicios de la fase de oposición se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22) o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Ctra. de Utrera, km 1, 41013 Sevilla, teléfono 954 349 206.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. Las decisiones que el Tribunal adopte en relación con las posibles reclamaciones serán publicadas en el Tablón de Anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Ctra. de Utrera, km 1, 41013-Sevilla). La publicación de los Acuerdos del Tribunal en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, sustituirá a las notificaciones surtiendo sus mismos efectos, según lo establecido en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 49 de las Normas de Ejecución Presupuestaria de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.

Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada Secretaría de Estado.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan salvo, en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.

6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Lista de aprobados.

7.1 Finalizados el primer y el segundo ejercicio de las Escalas correspondientes al subgrupo A1, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad las listas de aspirantes con las puntuaciones correspondientes, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Rectorado de la Universidad, la relación de aspirantes, por orden de puntuación final alcanzada, que han superado el proceso selectivo conforme a lo indicado en la base 7.3.

El Presidente del Tribunal enviará copia de dicha relación al Rector de la Universidad que ordenará su publicación en el tablón de anuncios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

7.3. La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declaración de aprobados vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.

En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y en el supuesto de que persistiera el mismo, se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso y en último lugar, de persistir el empate, atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.

8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hagan públicas las listas de aprobados en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, los opositores aprobados deberán presentar en el Área de Recursos Humanos (PAS, Retribuciones y Seguridad Social) los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la convocatoria a excepción de los que obren en dicha área como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento como funcionarios de carrera y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo V.

8.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información, de la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos, y de la Escala Superior de Técnicos de Administración de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, según corresponda, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Norma final.

9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos por la ley 30/1992, de 26 de noviembre. Contra esta Resolución, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal calificador de las pruebas, conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.

Sevilla, 7 de noviembre de 2011.- El Rector, Juan Jiménez Martínez.


ANEXO I - EJERCICIOS Y VALORACIÓN

Fase de concurso

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

1. Antigüedad: Se valorarán los servicios efectivos y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, asignándose a cada año completo de servicios una puntuación de 0,30 puntos. Las fracciones de tiempo inferiores a un año serán contabilizadas a razón de 0,025 puntos por mes completo de servicios. El máximo de puntuación en este apartado será de 3 puntos.

2. Grado personal: El grado personal consolidado se valorará conforme a la siguiente escala, hasta un máximo de 3 puntos.

Para el acceso al subgrupo A1:

- Grado de nivel 24 o superior: 3 puntos.

- Grado de nivel 23: 2,5 puntos.

- Grado de nivel 22: 2 puntos.

- Grado de nivel 21: 1,5 puntos.

- Grado de nivel 20 o inferior: 1 punto.

3. Experiencia profesional en la Universidad Pablo de Olavide: Se valorará el desempeño, como funcionario de carrera, de puestos de trabajo incluidos en la RPT de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, según su nivel de complemento de destino, con un máximo de 12 puntos.

Para el acceso al subgrupo A1:

a) Puntuación general:

a.1) Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel 17 o superior: 0,15 puntos por cada mes o fracción, hasta un máximo de 9 puntos.

b) Puntuación adicional:

b.1) Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel 22 o 23: 0,03 puntos por cada mes o fracción, con un máximo de 3 puntos adicionales.

b.2) Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel 24 o superior: 0,05 puntos por cada mes o fracción, con un máximo de 3 puntos adicionales.

4. Cursos de formación: Se valorarán, hasta un máximo de 2 puntos, los cursos de formación que tengan relación directa con las funciones a desarrollar en la correspondiente Escala, según el siguiente baremo.

- Cursos de hasta 15 horas de duración: 0,20 puntos por cada curso realizado.

- Cursos de entre 16 y 30 horas de duración: 0,30 puntos por cada curso realizado.

- Cursos de más de 30 horas de duración: 0,50 puntos por cada curso realizado.

Sólo se tendrán en cuenta los cursos de formación organizados por una Universidad u organismo oficial de formación u homologados por estos. Idéntica puntuación se aplicará a la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento.

En el supuesto de existir varios cursos de la misma materia, excepto los que sean continuación, sólo se valorará el último realizado, salvo que se acredite que el contenido es diferente. No se valorarán los cursos en los que, habiéndose realizado pruebas calificatorias, no se hayan superado las mismas.

Corresponde al Tribunal Calificador de las pruebas selectivas la determinación de la vigencia de los cursos realizados o impartidos por los aspirantes.

Fase de oposición

Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos (A1).

La oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo estos eliminatorios.

Primer ejercicio: Los aspirantes deberán contestar un cuestionario de 80 preguntas con respuestas múltiples sobre la totalidad del programa exigido. Cada pregunta tendrá cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta. Las preguntas contestadas erróneamente no implicarán penalización. Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización del ejercicio y no podrán utilizar apuntes, documentos o libros.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dicha calificación.

Segundo ejercicio: Los aspirantes deberán contestar dos cuestionarios de preguntas con respuestas múltiples, desglosados en el número de éstas que decida el Tribunal, de entre los tres que se proponen, elaborados sobre la segunda parte del programa exigido. Cada pregunta tendrá cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta. Las preguntas contestadas erróneamente no implicarán penalización. Los aspirantes dispondrán del tiempo que establezca el Tribunal para la realización de los ejercicios.

Los ejercicios se calificarán de 0 a 5 puntos cada uno de ellos. Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en los dos supuestos prácticos. Para la realización de los anteriores ejercicios no podrán utilizarse apuntes, documentos o libros.

Tercer ejercicio: Consistirá en la exposición por escrito de dos temas correspondientes a la segunda parte del programa, elegidos por cada aspirante de entre cuatro extraídos al azar en presencia de los opositores. El tiempo para la realización del ejercicio será el que determine el Tribunal.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos.

Para la realización de los anteriores ejercicios no podrán utilizarse apuntes, documentos o libros.

TEMARIO 

ESCALA FACULTATIVA DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS (A1)

Programa

PRIMERA PARTE

Tema 1. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal: Objeto, ámbito y definiciones. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Ficheros de titularidad pública.

Tema 2. El Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual: Disposiciones generales. Sujeto, objeto y contenido.

Tema 3. El Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual: Duración, límites y salvaguardia de otras disposiciones legales. Dominio público. Derecho “sui generis” sobre las bases de datos.

Tema 4. La Ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas: Disposiciones generales. Régimen jurídico del libro. Las Bibliotecas.

Tema 5. La Ley 16/2003 de 22 de diciembre, de la Junta de Andalucía, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación: Disposiciones generales. Sistema andaluz de bibliotecas y centros de documentación (arts. 10 a 13).

Tema 6. La gestión de calidad: Principios y conceptos fundamentales, herramientas y técnicas. Modelos de gestión: El estándar ISO y el modelo EFQM de excelencia.

Tema 7. La gestión de los recursos humanos por competencias: Concepto y componentes de las competencias. Principales aportaciones del enfoque de competencias a la gestión de los recursos humanos.

Tema 8. El Reglamento de Cartas de Servicio de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Tema 9. El Plan Estratégico de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla: Misión y visión. Desarrollo del Plan Estratégico: Bloques y objetivos.

SEGUNDA PARTE

Tema 1. El nuevo modelo de la Biblioteca Universitaria: La biblioteca como Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación (CRAI).

Tema 2. La biblioteca digital en el aula virtual: La biblioteca universitaria como apoyo a la innovación docente.

Tema 3. El factor humano en la organización: El grupo. La comunicación interna. El trabajo en equipo. La motivación. El liderazgo. El proceso de toma de decisiones.

Tema 4. Los conflictos en las organizaciones: La negociación. El cambio organizacional. La resistencia al cambio.

Tema 5. La comunicación interna en las organizaciones.

Tema 6. Gestión presupuestaria y financiera en bibliotecas universitarias.

Tema 7. Planificación de edificios. Organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias.

Tema 8. Selección de los recursos de información. Criterios para la formación, mantenimiento y evaluación de colecciones. Las colecciones documentales en entornos digitales.

Tema 9. Adquisición de los recursos de información. La aplicación de la normativa sobre contratación pública en bibliotecas universitarias.

Tema 10. Aspectos jurídicos del suministro de información electrónica. Licencias de uso de los recursos electrónicos.

Tema 11. Las hemerotecas: Gestión de colecciones impresas y electrónicas.

Tema 12. El libro electrónico en las bibliotecas.

Tema 13. Los documentos electrónicos. Estándares internacionales.

Tema 14. Proceso técnico de los fondos documentales. Normalización, criterios de mantenimiento y evaluación de catálogos.

Tema 15. Sistemas integrados de gestión de bibliotecas universitarias. Situación actual y tendencias de futuro.

Tema 16. El catálogo como portal de acceso a servicios a distancia y recursos electrónicos.

Tema 17. Técnicas de recuperación de la información. Lenguajes controlados versus texto libre.

Tema 18. Técnicas de recuperación de la información. Nuevas herramientas para la integración e interconexión de recursos.

Tema 19. Gestión de servicios al usuario: Planificación, control y evaluación de los servicios.

Tema 20. Los servicios virtuales de la biblioteca. Desarrollo y mantenimiento.

Tema 21. Herramientas electrónicas para la difusión, comunicación y servicios a distancia: Formularios, correo electrónico, intranets y webs de bibliotecas.

Tema 22. La difusión de los servicios. El marketing en bibliotecas universitarias.

Tema 23. Aplicaciones de la Web 2.0 en bibliotecas universitarias.

Tema 24. Formación de usuarios y la alfabetización informacional.

Tema 25. Servicios de información bibliográfica. Los servicios de referencia virtual.

Tema 26. El acceso a la información y los servicios de obtención de documentos. El préstamo interbibliotecario.

Tema 27. Acceso abierto y repositorios institucionales. Panorama de los repositorios en España.

Tema 28. Impacto de Internet en la organización de los servicios y en el acceso a la información. Búsqueda de información científica en Internet.

Tema 29. Situación actual de la edición científica. Problemas y perspectivas. Editores, autores y bibliotecas.

Tema 30. Fuentes de información generales.

Tema 31. Fuentes de información de publicaciones periódicas y publicaciones oficiales.

Tema 32. Fuentes de información especializada en Ciencia y Tecnología.

Tema 33. Fuentes de información especializada en Ciencias Sociales.

Tema 34. Fuentes de información especializada en Humanidades.

Tema 35. Fuentes de información especializada en Biomedicina.

Tema 36. El acceso a la literatura gris: Normas, patentes, tesis.

Tema 37. Producción científica y bibliometría.

Tema 38. La cooperación bibliotecaria. Redes y sistemas europeos y americanos de bibliotecas académicas y de investigación.

Tema 39. La cooperación bibliotecaria en España: Sistemas, redes y consorcios.

Tema 40. El Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Andalucía.

 

De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos de que sus datos personales están contenidos o, en su caso, se incorporarán, en un fichero de Recursos Humanos, titularidad de la Universidad Pablo de Olavide, con la finalidad de realizar la gestión de las pruebas selectivas a las que se refiere la presente instancia.

Podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General de la Universidad Pablo de Olavide en la dirección Carretera de Utrera, km. 1, 41013 Sevilla, Edificio 3, José Moñino Conde de Floridablanca, planta baja, solicitando los formularios disponibles al efecto.

ANEXO IV - TRIBUNAL CALIFICADOR

Tribunal Titular:

Presidente:

Don Rafael Serrano Aguilar, Gerente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Vocales:

Doña Fátima Romero Avilés, funcionaria de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Doña Carmen Baena Díaz, funcionaria de la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Pablo Olavide, de Sevilla.

Doña Patricia de Acuña Ausín, funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Doña Esperanza Pérez Mañas, funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Secretaria:

Doña Marta Serrano Álvarez, funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Tribunal Suplente:

Presidente:

Don José Manuel Jiménez Cañete, Vicegerente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Vocales:

Doña Eva M.ª Navarro Gimena, funcionaria de la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Pablo Olavide, de Sevilla.

Don José Luis Pavón Fernández, funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía.

Doña Carmen García Sierra, funcionaria de la Escala Auxiliar de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Doña Laura Rodríguez Luque, funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Secretaria:

Doña María Ruz Hernández-Pinzón, funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

ANEXO V

Don/Doña ......................................................., con domicilio en ...................................., y Documento Nacional de Identidad número ............, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala ……………………………………………………….. de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, declara bajo juramento o promete que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes funciones.

En Sevilla, a…………. de .................................. de ..............

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