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Facultativo de Archivos, Bibliotecas y Museos, Universidad Politécnica de Madrid

2 Plazas para promoción interna y 1 Acceso libre, Concurso-Oposición, Grupo A1, 02-09-2010

 

Bases de la convocatoria BOE nº 213 de 02-09-2010

 

Resolución de 15 de junio de 2010, de la Universidad Politécnica de Madrid,

por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de

Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, Subgrupo A1, por el sistema

de promoción interna y acceso libre.

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 215/2003, de 16 de octubre, del Consejo

de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 29 de octubre), por el que se aprueban

los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a las

necesidades del Personal de Administración y Servicios.

 

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1,

en relación con el artículo 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de

Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), así como en los

artículos 67 y 177.3 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas

selectivas para ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de

la Universidad Politécnica de Madrid, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

 

Normas generales

 

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas pertenecientes a la

Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, Subgrupo A1, de la Universidad

Politécnica de Madrid, para su provisión por el sistema de promoción interna y sistema

general de acceso libre.

Las características de las plazas comprenden, entre otras funciones, la gestión, estudio

y propuesta en el ámbito de los Archivos y Bibliotecas de nivel superior y, en su caso, las

de carácter directivo.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna

asciende a dos plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre

asciende a una plaza.

1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán

al sistema general de acceso libre. En este sentido, el procedimiento para promoción

interna finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre. El Presidente

del Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.

Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.

1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de

lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán, en

todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso

libre para cubrir las plazas vacantes que se oferten.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 7/2007, de 12 de

abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada, entre otras, por la Ley 23/1988, de 28

de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 10 de

abril) por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de

la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción

profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; el Real

Decreto 227/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y

provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; el Real Decreto

543/2001, de 18 de mayo sobre acceso al Empleo Público de la Administración General

del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros estados a los que es de

aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; la Ley de la Comunidad de

Madrid 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (Boletín

Oficial de la Comunidad de Madrid de 24 de abril); los Estatutos de la Universidad

Politécnica de Madrid; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo (Boletín Oficial de la Comunidad

de Madrid de 14 de mayo), por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento

y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la

Comunidad de Madrid; lo dispuesto en la presente convocatoria y demás normativa de

aplicación.

1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II

de esta convocatoria.

1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo a las siguientes fases:

1.5.1 Fase de concurso.—La lista que contenga la valoración provisional de méritos

de la fase de concurso se hará pública, mediante Resolución del Rectorado de la

Universidad, para aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

A efectos de esta valoración, se expedirá de oficio, a los aspirantes que hayan superado

la fase de oposición, certificación según el modelo que figura como anexo VI a esta

convocatoria. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a

partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para alegar las rectificaciones

pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.

Por la misma autoridad se dictará Resolución que contenga la relación de las

puntuaciones definitivas en fase de concurso.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para

superar los ejercicios de la fase de oposición.

1.5.2 Fase de oposición.—El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir de la segunda quincena de septiembre de 2010.

1.6 Superarán el proceso selectivo, siendo nombrados funcionarios de la Escala de

Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, de la Universidad Politécnica de Madrid,

aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de concurso y oposición

hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de plazas

convocadas. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso

selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de

todo el proceso.

1.7 Duración del proceso selectivo:

Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publicación de la relación

definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo, no podrán transcurrir más de

seis meses, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que en

ningún caso excederá de nueve meses.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente

deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco

días naturales, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior, que

en ningún caso excederá de noventa días naturales.

1.8 La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid y en el Boletín Oficial del Estado. Todos los actos derivados de ella se harán

públicos en la página web de la Universidad Politécnica de Madrid (www.upm.es), en los

tablones de anuncios del Rectorado (Edificio A), y en el Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid, cuando proceda.

 

Requisitos de los candidatos

 

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes

deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales

celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado

Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, ascendientes

y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados

miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, se extenderá

a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales

celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea aplicable

la libre circulación de trabajadores.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de

jubilación legalmente establecida.

2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente,

o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de

solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión

de la credencial que acredite su homologación, o en condiciones de obtenerla.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que

sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de

cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de

las correspondientes funciones.

Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además de no

encontrarse inhabilitados para el acceso a la Función Pública en España, no deberán estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a

la función pública.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna

deberán pertenecer como funcionarios de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de

los Subgrupos A1 y A2 de la Universidad Politécnica de Madrid, no encontrarse en la

situación administrativa de suspensión de funciones, y haber prestado servicios efectivos

durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de los

Subgrupos A1 y A2 de la Universidad Politécnica de Madrid.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la

toma de posesión como funcionario de carrera.

 

Solicitudes

 

3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas se encuentra disponible

en la página web https://www.upm.es/preinscripcion_pas/, cuya cumplimentación le

reconoce provisionalmente como candidato al proceso selectivo, debiendo, además,

imprimirse y ser presentada en el Registro General de la Universidad Politécnica de Madrid

o en cualquiera de los centros, o a través de las demás formas previstas en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para confirmar de forma efectiva su

participación.

3.2 La presentación de solicitudes deberá realizarse en el plazo de veinte días

naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el

Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica

de Madrid, calle Ramiro de Maeztu, número 7, 28040 Madrid. Las solicitudes suscritas en

representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

A la solicitud deberá adjuntarse comprobante bancario original de haber satisfecho los

derechos de examen a favor de esta Universidad. La falta del comprobante bancario

original acreditativo del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del

aspirante. Asimismo, en ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la

sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación, en tiempo y forma,

en los términos expresados en el párrafo anterior.

Junto a la solicitud de participación en estas pruebas selectivas se acompañarán dos

fotocopias legibles del documento nacional de identidad o documentación acreditativa

correspondiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho

a participar, deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad

y, en su caso, los documentos que acrediten alguna de las circunstancias previstas en la

base 2.1.1, en virtud de las cuales se puede participar en la presente convocatoria.

Asimismo, se acompañarán copias cotejadas de las titulaciones que puedan tenerse

en cuenta para valorar los méritos previstos en la fase de concurso, siempre que no se

haya aportado con anterioridad al Servicio de Gestión y Selección del PAS de la UPM.

La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en los Cuerpos

o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto

Básico del Empleado Público (BOE del 13), a efectos de la valoración de la fase de

concurso en el turno de promoción interna, en la que deberá constar el grado consolidado,

el nivel del puesto desempeñado y la antigüedad en el cuerpo o escala, será expedida de

oficio una vez haya terminado la fase de oposición, según el modelo que se adjunta como

anexo VI de la presente convocatoria.

La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en la Universidad

Politécnica de Madrid en los Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la

Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE del 13), a

efectos de la valoración de la fase de concurso en el sistema general de concurso-oposición

libre será expedida de oficio una vez haya terminado la fase de oposición, según el modelo

que se adjunta como anexo VI de la presente convocatoria.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los lugares y forma señalados

en esta base se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro

General de la Universidad Politécnica de Madrid.

3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación

de su solicitud:

En el recuadro destinado a «Centro» consignarán: «U.P.M.: «Facultativos de Archivos,

Bibliotecas y Museos».

En el recuadro destinado a «Escala» consignarán: «Escala A1».

En el recuadro destinado a «Forma de Acceso» consignarán: «L» o «P.I», según se

participe por el turno libre o por el turno de promoción interna.

En el recuadro destinado a «Fecha BOE» consignarán: «día, mes y año de

publicación».

3.4 Estarán exentas del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, expedido por la

Administración Pública competente.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo con una antigüedad

mínima de seis meses, referida a la fecha de la publicación de la correspondiente

convocatoria de pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no

hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo

causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y

que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos

señalados, se solicitará en la oficina del Instituto Nacional de Empleo. En cuanto a la

acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita

del solicitante, según el modelo del Anexo V. Ambos documentos deberán acompañarse a

la solicitud.

c) Asimismo, estarán exentas del pago las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e

hijos.

3.5 Los derechos de examen serán de 16,92 euros para los aspirantes de promoción

interna y de 33,84 euros para los aspirantes de turno libre y se ingresarán en la cuenta

corriente número 0049-5121-24-2510121551 de la entidad Banco Santander, abierta a

nombre de la Universidad Politécnica de Madrid, haciendo constar: «Pruebas Selectivas

Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos. Promoción Interna», o, en su caso:

«Pruebas Selectivas Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Muesos. Libre».

3.6 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus

solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado

dirigido al Sr. Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid, (Sección de Concursos y

Oposiciones) cuando concurra alguna causa excepcional sobrevenida, justificada y

discrecionalmente apreciada por el Tribunal, y siempre antes de la finalización del plazo de

presentación de instancias.

3.8 Los datos consignados en las solicitudes serán tratados de conformidad a lo

dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de protección de datos de carácter personal en

la Comunidad de Madrid, para uso exclusivo de este procedimiento, pudiendo los

interesados ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación,

oposición y cancelación sobre los mismos.

 

Admisión de aspirantes

 

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad

Politécnica de Madrid dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, sin perjuicio de lo

establecido en el artículo 42.6, párrafo segundo, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, por

cada turno, y expresando las causas de exclusión, que se publicará en el tablón de

anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu,

número 7, Madrid), y en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).

4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación

de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados

a partir del siguiente a la publicación de la citada Resolución, a fin de subsanar el defecto

que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la

omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su

subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar bajo su exclusiva

responsabilidad, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además,

que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3 Contra la Resolución definitiva, que haga pública la relación definitiva de

aspirantes admitidos y excluidos, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,

con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad

Politécnica de Madrid en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación,

o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,

contados a partir del día siguiente al de su publicación ante el Juzgado de lo Contenciosocve

Administrativo de Madrid, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 8.3 de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.4 La posible devolución de la tasa por derechos de examen se regirá por lo

dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2002 de 24 de octubre (BOCM del 29) por el que se

aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de

Madrid.

 

Tribunal

 

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de esta

convocatoria.

5.2 Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, deberán pertenecer a un

cuerpo o escala para cuyo ingreso se requiera nivel de titulación igual o superior a la

exigida a los aspirantes a la selección o poseer la titulación requerida a los aspirantes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rectorado

de esta Universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo

28.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubiesen realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a cuerpos y escalas análogos

al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación

de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún

modo con centros de preparación de opositores del cuerpo al que pertenezcan las plazas

convocadas.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no

hallarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su

juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias de abstención citadas, conforme al

artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante

publicará Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que

hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas

en la base 5.2, o por otras causas, en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad

Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), así como en la página

web de esta Universidad (http://www.upm.es/).

5.4 La sesión de constitución del Tribunal se celebrará una vez publicada la resolución

por la que se aprueben las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al

proceso selectivo, y tendrá lugar previa convocatoria por el Secretario, por orden del

Presidente, de los miembros titulares y suplentes que lo integran. En dicha sesión, el

Presidente recordará a todos los miembros del Tribunal el rigor en el cumplimiento del

deber de sigilo profesional a que vienen obligados, así como las responsabilidades

administrativas o penales que por cualquier causa pudieran derivarse.

Asimismo, en dicha sesión constitutiva, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales titulares y, en

defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o vocal suplente respectivo.

A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia

del Presidente, del Secretario y de al menos tres de sus miembros titulares o, en su caso,

de sus respectivos suplentes. El Tribunal adoptará sus acuerdos por mayoría de votos.

5.5 De cada sesión que celebre el Tribunal se levantará acta por el Secretario, que

actuará con voz, pero sin voto.

Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión y serán firmadas, al

menos, por el Secretario con el visto bueno del Presidente, pudiendo firmarlas también

cualquier otro miembro titular del Tribunal asistente al acto que lo desee.

Los miembros del Tribunal podrán hacer constar en el acta su voto contrario al acuerdo

adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen, o el sentido de su voto

favorable.

5.6 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción

Profesional; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda de la

Comunidad de Madrid, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y

actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad

de Madrid, y en lo previsto en las bases de esta convocatoria.

El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para

adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no

previsto por las presentes bases y normativa aplicable.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas

para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su

colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para

tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá

comunicarse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid.

5.8 El Tribunal calificador adoptará discrecionalmente las medidas precisas, de forma

que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de

los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las

personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las

adaptaciones posibles en tiempo y los medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los

órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de

la Comunidad de Madrid.

5.9 El Presidente del Tribunal, bajo su responsabilidad, adoptará las medidas de

seguridad que considere necesarias para garantizar el máximo rigor y confidencialidad en

el proceso de elaboración y custodia de los ejercicios, informando al Tribunal de dichas

medidas con carácter previo a su adopción.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos que no hayan atendido debidamente las

instrucciones del Tribunal.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en

el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu, número 7,

28040 Madrid, teléfono 91 336 60 00).

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del

Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas

selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de

las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (Boletín Oficial del

Estado del 30).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el

proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en estas bases será nula de

pleno derecho.

 

Desarrollo de los ejercicios

 

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquel

aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «K», de conformidad con lo establecido

en la Resolución de 3 de julio de 2009, de la Dirección General de la Función Pública de

la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere

el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

(BOCM de 21 de julio de 2009)

cve: BOE-A-2010-13653

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del

Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único

llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los

casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y aquellos de

fuerza mayor, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de la lista de aprobados de cada ejercicio y del anuncio de

celebración de los sucesivos ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se

haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal (edificio A del Rectorado de la

Universidad Politécnica de Madrid, calle. Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), y en la

página web de la UPM, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para

la iniciación del mismo.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento

de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la

presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los

efectos procedentes.

 

Listas de aprobados

 

7.1 Finalizadas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el

lugar o lugares de celebración del último ejercicio, en la página web de la UPM y en los

tablones de anuncios (edificio A del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid,

calle. Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), las relaciones provisionales de aspirantes

que han superado el proceso selectivo en cada uno de los turnos, por orden de puntuación

alcanzada, con indicación del número de su documento nacional de identidad, sin que su

número pueda ser superior al de plazas convocadas.

Los interesados podrán alegar ante el Tribunal calificador, en el plazo de diez días

hábiles, cuantas cuestiones estimen contrarias a las presentes bases.

7.2 El Tribunal, una vez resueltas las alegaciones formuladas y, en su caso, corregidos

los errores advertidos, elevará copia certificada de las relaciones definitivas de aprobados

al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, quien ordenará su

publicación en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid

(calle Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), en el lugar de celebración del último ejercicio,

así como en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).

8 Lista de espera para funcionarios interinos

8.1 A los efectos de la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal

funcionario de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad

Politécnica de Madrid, se formará una lista de espera con los aspirantes del sistema

general de concurso-oposición libre, que se regulará según lo dispuesto en el Decreto

50/2001, de 6 de abril (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 19 de abril), de la

Consejería de Presidencia y Hacienda de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan

los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal

funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid.

8.2 La lista de espera resultante de esta convocatoria, dejará nulas y sin efectos a las

anteriores existentes en la Universidad Politécnica de Madrid para el llamamiento de

funcionarios interinos de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la

Universidad Politécnica de Madrid.

 

Presentación de documentos

 

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en

que se hiciera pública la relación definitiva de seleccionados, los aspirantes incluidos en la

misma deberán presentar en el Servicio de Selección y Gestión del Personal de

Administración y Servicios —Sección de Concursos y Oposiciones—, de la Universidad

Politécnica de Madrid los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada o cotejada del título exigido en la base 2.1.3) de esta

convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos

los estudios para la obtención del mismo o, en su caso, de la credencial que acredite la

homologación de las titulaciones obtenidas en el extranjero.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar,

además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan en su Estado el acceso

a la función pública, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

C) Certificado médico oficial, exigible para el acceso a la función pública, de no estar

afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes

funciones, expedido por los órganos competentes de la Comunidad de Madrid.

D) Quienes ya tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de

justificar los extremos que sirvieron de base para su anterior nombramiento, debiendo

presentar certificación del Servicio de Personal del Ministerio u organismo público del que

dependan, justificativo de tal condición.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen

la documentación o de su examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas

sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad

en la solicitud de participación en las pruebas.

9.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse

por orden de puntuación ante el Rectorado de la Universidad, previa oferta de los mismos,

de acuerdo con lo establecido en la base 1.6 de esta convocatoria.

 

Nombramiento de funcionarios y toma de posesión

 

10.1 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieren superado y aporten la

documentación requerida en la base 8.1 serán nombrados funcionarios de carrera de la

Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de

Madrid, mediante Resolución del Órgano convocante que se publicará en el Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid.

10.2 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran superado el proceso

selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su

nombramiento en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

10.3 Previamente a la incorporación del funcionario al puesto de trabajo adjudicado,

la Gerencia de la Universidad Politécnica de Madrid podrá acordar la realización de un

curso formativo acorde a las funciones a desarrollar.

11 Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la

actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos

por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid podrá, en su caso,

proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la

mencionada Ley.

Madrid, 15 de junio de 2010.—El Rector, Javier Uceda Antolín.

cve: BOE-A-2010-13653

 

ANEXO I

 

Proceso de selección y valoración

Turno de promoción interna

Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán hasta un máximo de 40

puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación

de solicitudes:

a) Antigüedad.—La antigüedad como funcionario en los cuerpos o escalas incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado

Público, se valorará hasta un máximo de 16 puntos, teniendo en cuenta a estos efectos los

servicios prestados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes,

siempre que se trate de servicios no prestados simultáneamente con otros igualmente

alegados, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de un

punto por la pertenencia al Subgrupo A2; 0,75 puntos por la pertenencia al Subgrupo C1;

0,50 puntos por la pertenencia al Subgrupo C2,y 0,25 puntos por la pertenencia al Grupo

E, hasta el límite máximo expuesto.

b) Grado personal.—Se valorará el que los aspirantes tengan consolidado a la fecha

en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:

Hasta el Grado 21: cinco puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 21: un punto más, hasta un máximo de 10

puntos.

c) Puesto de trabajo.—Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente

al puesto de trabajo que se tenga en propiedad el día en que finalice el plazo de presentación

de solicitudes, según la siguiente escala:

Nivel 21: cinco puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 21: un punto más, hasta un máximo de 10

puntos.

d) Titulación académica.—Se valorará con cuatro puntos la posesión de una o más

titulaciones académicas oficiales superiores, incluido el título de Doctor, además de la

exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A1 del artículo 76 de la Ley

7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

Fase de oposición

La oposición estará formada por los ejercicios siguientes:

Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la resolución y exposición

escrita de dos supuestos prácticos, a elegir por los opositores, entre cuatro propuestos por

el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos de gestión técnica relacionados con el

programa que figura en el anexo II, propios de la escala a la que se aspira.

Los aspirantes dispondrán de un máximo de cuatro horas para la realización de estos

supuestos, que entregarán por escrito. Podrán utilizar material de apoyo como libros,

revistas, separatas, etc., así como medios de información electrónica disponibles en el

lugar que determine el tribunal para la realización del ejercicio, tanto en castellano como

en inglés.

Se convocará a los aspirantes, en sesión pública, para la lectura del supuesto práctico

y podrán se entrevistados por el Tribunal durante 10 minutos como máximo.

Se valorará la precisión y el rigor en la planificación técnica, su adecuación a las

tecnologías de la información y comunicaciones así como claridad y el orden de las ideas

en la expresión oral.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de 15 puntos.

Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la presentación de un

proyecto de Planificación en el área de la biblioteconomía universitaria y de investigación,

en alguna o varias de las siguientes áreas orientativas: Política y gestión de la colecciones,

Gestión de proceso técnico automatizado, Gestión de Recursos Electrónicos, Servicios de

apoyo a la docencia, Servicios de apoyo a la investigación, Gestión de Recursos Humanos,

Económicos, Espaciales y Evaluación de Servicios.

Dicho proyecto se entregará al Tribunal tras la publicación de la lista de aprobados del

segundo ejercicio del turno libre, en el lugar donde determine el Tribunal y que será

anunciado con antelación.

Se convocará a los aspirantes, en sesión pública, para la defensa del proyecto

presentado durante un tiempo no superior a 15 minutos y podrán ser entrevistados por el

tribunal durante otros 15 minutos como máximo.

Para la defensa del proyecto podrán utilizar ordenador, proyector y conexión a internet.

Se valorará la originalidad del proyecto, su adecuación a las tecnologías de la

información y comunicaciones, la precisión y el rigor en la planificación técnica, así como

claridad y el orden de las ideas en la expresión oral.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de 15 puntos.

Tercer ejercicio (optativo y de mérito).—Consistirá en la traducción directa sin diccionario

de un texto profesional propuesto por el Tribunal en inglés o francés, a elección del

aspirante.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

La calificación será de 0 a 4 puntos, y dicha calificación no servirá en ningún caso para

la superación de la oposición.

 

Turno de acceso libre

Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los siguientes méritos,

referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Los servicios efectivos prestados a la Universidad Politécnica de Madrid de los

aspirantes que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes ostenten o hayan

ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de cualquier escala de la

Universidad Politécnica, dentro del año inmediatamente anterior a la finalización del plazo

de presentación de solicitudes, a razón de 0,20 puntos por mes completo, hasta un máximo

de 8 puntos.

b) Titulación académica: Se valorará con 1 punto la posesión de una o más titulaciones

académicas superiores a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A1

del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,

debiendo acreditarse con copia cotejada, que se adjuntará a la solicitud de participación

en las pruebas selectivas.

Fase de oposición

La oposición estará formada por los ejercicios siguientes:

Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en el desarrollo por escrito de

tres temas, uno por cada grupo de materias del programa, elegidos por los opositores de

entre seis, extraídos al azar, a razón de dos por cada uno de los tres grupos de materias

citados.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará

la formación general y actualización de conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la

aportación personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.

Una vez leído el ejercicio, el Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre extremos

relacionados con su ejercicio, durante un período máximo de quince minutos.

Se calificará de cero a 15 puntos, siendo necesario para su superación obtener un

mínimo de 7,5 puntos y no haber obtenido una calificación de cero puntos en alguno de los

temas.

Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la resolución y exposición

escrita de dos supuestos prácticos, a elegir por los opositores, entre cuatro propuestos por

el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos de gestión técnica relacionados con el

programa que figura en el anexo II, propios de la escala a la que se aspira.

Los aspirantes dispondrán de un máximo de cuatro horas para la realización de estos

supuestos, que entregarán por escrito. Podrán utilizar material de apoyo como libros,

revistas, separatas, etc., así como medios de información electrónica disponibles en el

lugar que determine el tribunal para la realización del ejercicio, tanto en castellano como

en inglés.

Se convocará a los aspirantes, en sesión publica, para la lectura del supuesto práctico

y podrán se entrevistados por el Tribunal durante 10 minutos como máximo.

Se valorará la precisión y el rigor en la planificación técnica, su adecuación a las

tecnologías de la información y comunicaciones así como claridad y el orden de las ideas

en la expresión oral.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la presentación de un

proyecto de Planificación en el área de la biblioteconomía universitaria y de investigación,

en alguna o varias de las siguientes áreas orientativas: Política y gestión de la colecciones,

Gestión de proceso técnico automatizado, Gestión de Recursos Electrónicos, Servicios de

apoyo a la docencia, Servicios de apoyo a la investigación, Gestión de Recursos Humanos,

Económicos, Espaciales y Evaluación de Servicios.

Dicho proyecto se entregará al Tribunal tras la publicación de la lista de aprobados del

segundo ejercicio, en el lugar donde determine el Tribunal y que será anunciado con

antelación.

Se convocará a los aspirantes, en sesión pública, para la defensa del proyecto

presentado durante un tiempo no superior a 15 minutos y podrán ser entrevistados por el

tribunal durante otros 15 minutos como máximo.

Para la defensa del proyecto podrán utilizar ordenador, proyector y conexión a internet.

Se valorará la originalidad del proyecto, su adecuación a las tecnologías de la

información y comunicaciones, la precisión y el rigor en la planificación técnica, así como

claridad y el orden de las ideas en la expresión oral.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de 5 puntos.

Cuarto ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la traducción directa sin

diccionario de un texto profesional propuesto por el Tribunal en inglés o francés, a elección

del aspirante.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. La

calificación será de 0 a 5 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 2,5

puntos.

Valoración final

Corresponde al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar cada uno de los

ejercicios de la fase de oposición. Todo ello a la vista del grado de dificultad de los ejercicios

propuestos y del conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta

escala.

La calificación final del proceso selectivo para el sistema de concurso-oposición libre y

promoción interna, respectivamente, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de carácter eliminatorio

de que consta la fase de oposición. En caso de igualdad en la puntuación total, se dará

prioridad al aspirante con:

A) Mayor puntuación en el tercer ejercicio de la fase de oposición.

B) Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.

C) Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

D) Mayor puntuación en el cuarto ejercicio de la fase de oposición.

E) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que

aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente, de persistir la igualdad.

De persistir el empate, se acudirá para dirimirlo al orden alfabético del primer apellido

empezando por la letra mencionada en la base 6.1.

ANEXO II Temario

 

Programa

Grupo de Materias I
Biblioteconomía Universitaria

 

 

Tema 1. Bibliotecas universitarias. Concepto, función y responsabilidad social.

Modelos de organización bibliotecaria.

Tema 2. Las bibliotecas universitarias en España: Origen, evolución y situación actual.

Tema 3. La Biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid: Evolución histórica,

situación actual y tendencias de futuro.

Tema 4. Organización y planificación de espacios y equipamientos de bibliotecas

universitarias.

Tema 5. Gestión de la colección. Bibliográfica: Criterios para su formación,

mantenimiento y evaluación.

Tema 6. Gestión, administración y marketing de bibliotecas universitarias: Servicios

al usuario.

Tema 7. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: Recursos financieros

y humanos.

Tema 8. Planificación estratégica, sistemas de certificación de la calidad y evaluación

en las bibliotecas universitarias. Acreditación de los servicios bibliotecarios.

Tema 9. Cooperación bibliotecaria. Sistemas, redes y consorcios de bibliotecas

universitarias. Participación de la Biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid.

Tema 10. La integración de las bibliotecas universitarias en el Espacio Europeo de

Educación Superior (EEES). El nuevo modelo de biblioteca universitaria: La biblioteca

universitaria como Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación (CRAI).

Grupo de Materias II

Documentación y Tecnologías de la Información

Tema 1. La sociedad de la información. Impactos económicos, sociales y culturales

de las tecnologías de la información y comunicaciones.

Tema 2. La biblioteca digital: Impacto y transformaciones en los servicios bibliotecarios.

Implicaciones económicas, jurídicas y sociales.

Tema 3. Gestión de la información y del conocimiento en las organizaciones.

Aplicación en las universidades.

Tema 4. Análisis documental. Indización de documentos.

Tema 5. Lenguajes documentales y thesaurus: Concepto, elaboración y mantenimiento.

Tema 6. Los lenguajes de marcado y su aplicación en las bibliotecas. La web

semántica.

Tema 7. Fuentes de Información en Ciencia y Tecnología.

Tema 8. Bibliometría. Análisis de la producción y difusión de la Ciencia

Tema 9. La nueva comunicación científica y académica. Iniciativas de acceso abierto

a las publicaciones científicas. El papel de la biblioteca.

Tema 10. Los sistemas integrados de gestión de bibliotecas.

Tema 11. Herramientas para acceder a la información. Sistemas de recuperación de

la información en bibliotecas digitales.

Tema 12. Interoperatividad y estándares en bibliotecas digitales. TCP/IP, HTTP,

Z39.50, SRU, OAI Metadata Harvesting Protocol y Open URL.

Tema 13. Industria y Mercado de la información en la era digital: Editores, agregadotes,

modelos de precios y licencias.

Tema 14.Estándares en la normalización de documentos: AACR, ISBD, MARC,

ISBN…

Tema 15. La edición electrónica y su repercusión en las bibliotecas universitarias.

Tema 16. El papel de los bibliotecarios y documentalistas en el desarrollo de sitios en

Internet. Portales bibliotecarios y bibliográficos.

Tema 17. La formación de usuarios y las nuevas tendencias: La alfabetización

informacional.


Grupo de Materias III
Organización administrativa y derecho

 

 

Tema 1. El funcionario público: Concepto, clases, situaciones, deberes y derechos y

mejora de los servicios públicos.

Tema 2. La ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Atención al ciudadano

y calidad de los servicios en la Administración Pública.

Tema 3. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos y principios de la

acción preventiva. La ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de

Servicios de Prevención. Derechos y obligaciones de empresarios y trabajadores en

materia de prevención de riesgos laborales. El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por

el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de

Riegos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. El Comité de

Seguridad y Salud. El accidente de trabajo y la enfermedad profesional. Conceptos básicos

sobre seguridad, higiene industrial, ergonomía y psicología y vigilancia de la salud.

Tema 4. La Universidad Politécnica de Madrid. Legislación básica: Estatutos y

Reglamentos. La ley Orgánica de Universidades (Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,

de Universidades).

Tema 5. Situación actual de la enseñanza superior en España, problemas, tendencias

y perspectivas. La convergencia en el Espacio Europeo de Educación Superior.

Tema 6. Régimen económico y financiero de las universidades.

Tema 7. Los contratos de las administraciones públicas y su repercusión en las

adquisiciones bibliográficas de las bibliotecas universitarias.

Tema 8. La Unión Europea. Instituciones y programas de apoyo a las bibliotecas. Las

competencias normativas europeas en política de información y de bibliotecas.

Tema 9. Legislación española sobre patrimonio artístico, bibliográfico y documental.

Tema 10. La ley de propiedad intelectual. Legislación internacional sobre derecho de

autor y convenios. Las nuevas implicaciones de los derechos de autor en la Red.

Tema 11. La protección de datos y su implicación en universidades: Aspectos jurídicos

del suministro de información informatizada.

Tema 12. El sistema español de bibliotecas. Legislación y competencias de las

distintas administraciones.

Tema 13. La Comunidad de Madrid. Legislación con especial referencia a bibliotecas

y patrimonio bibliográfico y documental.

 

ANEXO III

 

Tribunal

El Tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas será el siguiente:

Tribunal titular:

Presidente: Don José Manuel Perales Perales, Vicerrector de Tecnología de la Información

y Servicios en Red de la UPM.

Vocal 1.º: Don Sixto García Alonso, Gerente de la UPM.

Vocal 2.º: Doña Rosa María Chueca Castedo, Directora de ETSI Topografía, Geodesia

y Cartografía.

Vocal 3.º: Doña María Boyer Lagos, E. Facultativos Archivos, Bibliot. y Museos de la

UPM.

Vocal 4.º: D. Santiago Fernández Conti, Director Biblioteca UAM.

Vocal 5.º: D. Carlos Pérez Carrasco, E. Técnicos Gestión de la UPM.

Vocal 6.º: D. José Mª Rivero Cuadrado, E. Sup. Sistemas y Tecnologías de la Información

de la UPM.

Secretaria: Doña Begoña González Sacristán, E. Técnicos de Gestión de la UPM.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Emilio Mínguez Torres, Vicerrector de Gestión Académica y Profesorado

de la UPM.

Vocal 1.º: Don Jenaro Martínez Blanco, Vicegerente de la UPM.

Vocal 2.º: Don Carlos Delgado Alonso-Martirena, Director de EUIT Obras Públicas.

Vocal 3.º: Doña Blanca Ruilope Urioste, E. Facultativos Archivos, Bibliot. y Museos de

la UPM.

Vocal 4.º: Doña María Jesús López Manzanero, Directora Biblioteca UNED.

Vocal 5.º: Doña María José Bustos Garrido, E. Facultativos Archivos, Bibliotecas y

Museos de la UPM.

Vocal 6.º: Don Martín Salvador Plaza, E. Gestión Universitaria de la UPM.

Secretario, Don Luis Cancela de la Viuda, E. Técnicos de Gestión de la UPM.

 

ANEXO IV

 

Don/doña ..................................................................................................................,

con domicilio en ....................................................................................................................

y con documento nacional de identidad número ...................................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala

de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid,

que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que

no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

En ......................................., a ............. de ...................................... de ........

Aspirantes que no posean la nacionalidad española

Don/doña ..................................................................................................................,

con domicilio en ....................................................................................................................

y con documento nacional de identidad número ...................................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala

de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid,

que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su

Estado el acceso a la función pública.

En ......................................., a ............. de ...................................... de ........

 

ANEXO V

 

Don/doña ..................................................................................................................,

con domicilio en ....................................................................................................................

y con documento nacional de identidad número ...................................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de quedar exento del pago de los

derechos de examen, que no percibe rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional.

En ......................................., a ............. de ...................................... de ........

 

ANEXO VI

 

Don Jenaro Martínez Blanco.

Cargo: El Vicegerente.

CERTIFICA: que de los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor

abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:

PROMOCIÓN INTERNA:

Datos del opositor:

Apellidos y nombre: ........................................................................................................

Documento Nacional de Identidad: Cuerpo o Escala a la que pertenece: .....................

Número de Registro de Personal: ..................................................................................

Destino actual: Situación actual: ....................................................................................

1 Antigüedad reconocida en la Universidad Politécnica de Madrid a efectos de la

valoración de la fase de concurso:

Escala A1: Años ............ meses ............ días ............

Escala A2: Años ............ meses ............ días ............

Escala B: Años ............ meses ............ días ............

Escala C1: Años ............ meses ............ días ............

Escala C2: Años ............ meses ............ días ............

Escala E: Años ............ meses ............ días ............

TOTAL ANTIGÜEDAD:

Años ............ meses ............ días ............

1.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala a la que pertenece:

Años .......... meses ............ días ............

2 Grado personal consolidado y formalizado a la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes:

Grado: ............ Fecha de Consolidación: ............

3 Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo en propiedad a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Nivel: ............ Fecha de Toma de Posesión: ............ Denominación: ............

4 Nivel de complemento de destino provisional en otros Puestos a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Nivel: ............ Fecha de Toma de Posesión: ............ Denominación: ............

5 Nivel de Estudios:

Titulación: .......................................................................................................................

Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid, a ......... de ......... de 2010.