Cambiar a contenido. | Saltar a navegación

Herramientas Personales

958 57 47 67
Horario de 09:00 h. a 14:00 h.
Usted está aquí: Inicio / Convocatorias / Ayudantes de Archivo y Biblioteca, Universidad de Oviedo

Ayudantes de Archivo y Biblioteca, Universidad de Oviedo

3 Plazas, Acceso Libre, Concurso Oposición, Subrgrupo A2, 24-10-2011
Apertura de Plazo

 

Bases de la convocatoria

 

Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para el ingreso por el sistema general de acceso libre a tres plazas de la Escala de Ayudantes de Archivos y Biblioteca de la Universidad de Oviedo, Grupo A, Subgrupo A2.

Los aspirantes que superen estas pruebas selectivas serán nombrados por el orden de la puntuación obtenida.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables el Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, tal como prevé su disposición final cuarta; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de la Universidad de Oviedo, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso de selección se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria, de acuerdo con la legislación en vigor en la fecha del examen.

1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

1.1.1 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará una vez transcurridos tres meses, como mínimo, desde la publicación de esta convocatoria, determinándose en la Resolución que se indica en la Base 4.1 el lugar y la fecha de realización.

1.1.2 El proceso selectivo tendrá una duración máxima de seis meses.

1.1.3 Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y un máximo de 45 días.

1.6 Con la firma de la solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se autoriza el uso de datos personales, tales como nombre, apellidos, documento nacional de identidad, y valoraciones de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en los tablones de anuncios de Gerencia, Registro General y Registros Auxiliares de la Universidad, en la página web de la Universidad de Oviedo, y en los Boletines Oficiales de la Comunidad Autónoma y del Estado, tanto a efectos de esta convocatoria como de la gestión de la bolsa de trabajo.

Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública (artículo 56 del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril) y, en particular, estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado o equivalente.

2.2 Los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud que les será facilitada gratuitamente en el Registro General y en los Registros Auxiliares de la Universidad de Oviedo, y en la página web http//www.uniovi.es (PAS-Recursos Humanos).

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Oviedo (plaza de Riego, n.º 4, Oviedo), en los Registros Auxiliares cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio de Administración del Campus de Mieres, en el Servicio de Administración del Campus de Gijón, en el Servicio de Administración del Campus del Milán, en el Campus del Cristo «A» de Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, Planta Baja, calle Catedrático Valentín Andrés Álvarez), y en el Centro de Servicios Universitarios de Avilés (calle La Ferrería, números 7-9) o en los lugares a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y se dirigirán al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Oviedo. Los sucesivos actos y resoluciones de esta convocatoria serán publicados en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en la página web de la Universidad de Oviedo.

3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones para cumplimentar la solicitud:

3.3.1 En el recuadro de la solicitud destinado a «Cuerpo o Escala» harán constar simplemente «Grupo A, Subgrupo A2, Biblioteca».

3.3.2 En el recuadro destinado a «Forma de acceso» señalarán la letra L.

3.3.3 En el recuadro destinado a idioma se consignará inglés o francés.

3.3.4 En supuestos de minusvalía, se hará constar dicha condición, así como el grado reconocido por las autoridades competentes, debiendo cumplimentar, en el caso en que sea necesario, la adaptación en tiempo y/o medios que se solicitan para la realización de las pruebas.

3.4 Los derechos de examen serán de 30 euros, y se ingresarán en la Caja de Asturias, Oficina Principal, plaza de la Escandalera, Oviedo, número de cuenta: 2048-0000-21-3400152827, bajo el nombre «Pruebas Selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Oviedo»; en el resguardo constará el nombre del aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición.

La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Oviedo, a propuesta del Tribunal Calificador dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se señalarán el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de la exclusión. En la lista deberán constar en todo caso los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la lista.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen sobre la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3 Seguidamente, el Rector de la Universidad dictará Resolución, aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, y contra ella se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación, indicándose que, en este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de esta convocatoria en los cinco años anteriores a la publicación de la misma.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

5.3 La autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» Resolución por la que se nombre a los miembros del Tribunal que sustituyan a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en el base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente, el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

En la sesión constitutiva el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de estas pruebas selectivas.

5.5 A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta convocatoria y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de Asesores Especialistas, limitándose éstos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de los mismos deberá comunicarse al Rector de esta Universidad, a fin de que sea formulada la oportuna Resolución de nombramiento.

Asimismo, se podrá disponer de personal colaborador para la vigilancia durante el desarrollo de las pruebas, que no tendrán, en ningún caso, la modalidad de miembros del Tribunal.

5.7 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos acordes a la normativa vigente.

5.8 El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad, plaza de Riego, número 4, Oviedo, en la que los interesados podrán recibir información administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicación previstos en esta convocatoria.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el apartado X, a) anexo II de las Bases de Ejecución de los Presupuestos de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2011.

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior será nula de pleno derecho. No obstante lo anterior, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes del nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.

Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Según lo dispuesto en la Resolución de 24 de enero de 2011 (BOE del 27), de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, el orden de actuación de los opositores se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «U». En el supuesto de que no exista un aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquel cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio y sucesivos se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede señalada en la base 5.9, y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a la señalada para su inicio.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de esta Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión del aspirante se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Propuesta de adjudicación y nombramiento de funcionarios

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal hará pública, en los tablones de anuncios del lugar de celebración del último ejercicio, así como en la sede señalada en la base 5.9 y en cualquier otro medio, si se juzga conveniente para facilitar su difusión, la propuesta de adjudicación de las plazas, acompañada de la relación de aspirantes por orden de puntuación alcanzada, con indicación del documento nacional de identidad.

Contra dicha propuesta se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación, a tenor de lo establecido en el artículo 114 de la ley 4/1999, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.2 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de la propuesta de adjudicación, los propuestos deberán presentar en el Registro General de la Universidad de Oviedo o en los Registros Auxiliares, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

7.4 Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Bolsa para aspirantes

Aquellos candidatos que superen, como mínimo, los dos primeros ejercicios de la fase de oposición formarán parte de la bolsa de trabajo que se constituya para atender interinamente las necesidades de la Universidad.

Norma final

Contra la presente convocatoria se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, indicándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Los actos administrativos derivados de la convocatoria podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y PAC.

Oviedo, 1 de octubre de 2011.–El Rector, Vicente Gotor Santamaría.

ANEXO I

1. Desarrollo de los ejercicios

1.1 El procedimiento de selección constará de cuatro ejercicios obligatorios y eliminatorios:

1.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de cuatro temas elegidos por el Tribunal mediante sorteo en presencia de los opositores antes del comienzo del ejercicio, uno de cada grupo de materias que componen el anexo II de esta convocatoria. Se valorarán la madurez formativa, la facultad de reflexión y la corrección o adecuación de la información expuesta.

La duración máxima del ejercicio será de cuatro horas y será leído por el opositor ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto.

1.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la redacción por escrito de los asientos bibliográficos de cuatro impresos modernos, pudiendo estar algunos de ellos en inglés o francés. El asiento bibliográfico constará de:

a) Catalogación de acuerdo con las vigentes Reglas de Catalogación Españolas.

b) Encabezamientos de materia que se redactarán libremente o ajustándose a alguna de las Listas de encabezamientos vigente.

c) Clasificación Decimal Universal, según la última edición en vigor.

d) Catalogación en formato MARC 21 (se facilitará una plantilla base del formato).

Los opositores podrán utilizar las vigentes Reglas de Catalogación Españolas, las ISBD, las tablas de la Clasificación Decimal Universal, las listas de encabezamientos de materia existentes y el formato MARC 21, así como diccionarios en lengua inglesa y francesa.

Los opositores trabajarán sobre fotocopias, pudiendo consultar los originales en la mesa del Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

1.1.3 Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con los contenidos que figuran en los tres primeros bloques del anexo II de esta convocatoria. El tiempo máximo de duración del ejercicio será de dos horas.

1.1.4 Cuarto ejercicio: Consistirá en la redacción en español de un resumen (máximo 300 palabras) de un artículo completo relativo a bibliotecas, en inglés o francés (a elegir por el opositor), con la ayuda de diccionario. El idioma elegido deberá ser consignado en el apartado correspondiente de la solicitud. La duración del ejercicio será de 90 minutos.

2. Calificación de los ejercicios

1.1.1 Primer ejercicio. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar y poder realizar el segundo ejercicio obtener un mínimo de cinco puntos.

1.1.2 Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

1.1.3 Tercer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos. El Tribunal, con carácter previo a la celebración de este ejercicio, establecerá los criterios de valoración del mismo.

1.1.4 Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

1.1.5 La calificación final de la fase de oposición resultará de la suma de las puntuaciones obtenidas en los cuatro ejercicios.

3. Calificación final

La calificación final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio, segundo ejercicio, tercer ejercicio, cuarto ejercicio, y en última instancia, por sorteo público en presencia de los opositores empatados.

ANEXO II - TEMARIO

Programa

I. Biblioteconomía general y universitaria

1. Concepto y función de la biblioteca y de los servicios bibliotecarios. Tipología de bibliotecas.

2. Las bibliotecas universitarias. Concepto y función.

3. Las bibliotecas universitarias en España. Las bibliotecas universitarias ante el Espacio Europeo de Educación Superior.

4. La cooperación bibliotecaria. La cooperación internacional. Redes y consorcios en España. REBIUN: normas, directrices y plan estratégico.

5. La Biblioteca de la Universidad de Oviedo.

6. Planificación, organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias.

7. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: recursos humanos y financieros.

8. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: planificación estratégica, dirección por objetivos y gestión de calidad. Indicadores y evaluación de servicios bibliotecarios. Acreditación y certificación de bibliotecas.

9. Gestión de la colección: selección y adquisición de recursos y materiales en las bibliotecas universitarias. Criterios, fuentes y métodos para la formación y mantenimiento de la colección. Adquisición compartida y cooperativa.

10. Gestión de la colección: ordenación, preservación, conservación y evaluación de las colecciones. La preservación en un entorno digital.

11. Los usuarios de las bibliotecas universitarias. Tipología y necesidades. Formación de usuarios. Servicios de extensión bibliotecaria

12. Servicios a los usuarios en las bibliotecas universitarias: servicios de referencia, búsqueda y recuperación de la información, difusión selectiva de la información y alertas informativas.

13. Servicios a los usuarios en las bibliotecas universitarias: acceso a los fondos y suministro de documentos, préstamo y préstamo interbibliotecario. Nuevas formas de acceso al documento en el entorno digital.

14. Los documentos y sus clases. Documentos y recursos electrónicos.

15. Análisis de la estructura de la información bibliográfica: ISBD y FRBR. Las Reglas de Catalogación Españolas.

16. Los catálogos. Concepto y evolución. Técnicas actuales para la elaboración, normalización y mantenimiento de catálogos. Los catálogos colectivos.

17. Principales sistemas de clasificación bibliográfica. La CDU.

18. Indización de documentos. Análisis documental y lenguajes documentales. Descriptores y tesauros. Elaboración de resúmenes.

II. Tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a las bibliotecas

1. Automatización de los servicios bibliotecarios. Los sistemas integrados de gestión bibliotecaria.

2. Los OPACs.

3. Aplicaciones de gestión bibliotecaria de la Universidad de Oviedo: AMICUS y Papyrus.

4. Las tecnologías de la información y de la comunicación y su aplicación en las bibliotecas universitarias.

5. Internet. Desarrollo, funcionamiento, organización, acceso y utilidad. Aplicación en bibliotecas universitaria.

6. Sedes web en bibliotecas: arquitectura de la información. Interfaces y motores de búsqueda. Accesibilidad. La Web de una biblioteca universitaria.

7. Publicación y distribución de información electrónica. Principales productos y servicios.

8. Interoperabilidad y estándares en bibliotecas digitales: Z39.50, SRU-SRW, OAI-PMH, OpenURL, DOI y CrossRef.

9. Formatos para el tratamiento de la información bibliográfica en un entorno electrónico, MARC y metadatos.

10. El acceso abierto y los repositorios.

11. Los servicios virtuales de la biblioteca. Desarrollo y mantenimiento. Referencias internacionales. Situación en España

III. Fuentes de información e historia del libro y las bibliotecas

1. Definición y objeto de la bibliografía. Evolución histórica.

2. Clases de bibliografías.

3. Técnica bibliográfica. Los gestores de referencias y citas bibliográficas.

4. Recursos y fuentes de información de carácter general y multidisciplinar.

5. Recursos y fuentes de información en Ciencia.

6. Recursos y fuentes de información en Ciencias de la Salud.

7. Recursos y fuentes de información en Tecnología.

8. Recursos y fuentes de información en Ciencias Sociales.

9. Recursos y fuentes de información en Humanidades.

10. Análisis y estudio de la producción científica. La bibliometría.

11. El libro y las bibliotecas en la Antigüedad.

12. El libro y las bibliotecas en la Edad Media.

13. El nacimiento de la imprenta. Los incunables.

14. El libro y las bibliotecas durante la época Moderna.

15. El libro y las bibliotecas en el siglo XIX.

16. El libro y las bibliotecas en el siglo XX.

17. Panorama de la edición en la actualidad. La edición electrónica.

18. Consecuencias sociales y culturales de la innovación tecnológica en información y comunicación. La sociedad de la información. La alfabetización informacional.

IV. Legislación y organización administrativa

1. La Constitución española. Estructura y contenido.

2. Nacimiento, evolución y objetivos de la Unión Europea. Tratados e instituciones comunitarias.

3. El Espacio Europeo de Educación Superior.

4. La función pública. El empleado público. Concepto, régimen jurídico y clases. Situaciones, deberes y derechos.

5. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Atención al ciudadano y calidad de los servicios en la Administración Pública.

6. Régimen jurídico de las universidades. La Ley Orgánica de Universidades. Estructura y organización de las universidades.

7. La Universidad de Oviedo. Sus Estatutos.

8. El sistema español de investigación científica y desarrollo tecnológico. La investigación en la Universidad de Oviedo.

9. El sistema español de bibliotecas. Legislación y competencia de las distintas administraciones.

10. Derechos de autor y propiedad intelectual. Legislación y normativa vigente. Su repercusión en la actividad de las bibliotecas.

11. El patrimonio bibliográfico y documental. Legislación y normativa vigente.

12. La protección de datos de carácter personal y su implicación en las bibliotecas.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Don Fernando Juan Baños Vallejo.

Vocales:

Don Isidoro Vaquero Piñeiro, por sorteo.

Doña Elena González Ruíz.

Doña Gema Martínez Rodríguez.

Secretario: Don Ramón Rodríguez Álvarez.

Suplentes:

Presidente: Don José María Fernández Cardo

Vocales:

Doña María Luisa Sáenz de Santa María, por sorteo.

Doña María Mercedes García San Millán.

Doña Lourdes Pardo Urquijo.

Secretario: Don Eduardo González González.