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Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos, Universidad Politécnica de Madrid

2 Plazas promoción interna y 2 plazas acceso libre, Concurso-Oposición, Grupo A2, 02-09-2010

 

 

Bases de la convocatoria BOE nº 213 de 02-09-2010

 

Resolución de 15 de junio de 2010, de la Universidad Politécnica de Madrid,

por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de

Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Subgrupo A2, por el sistema de

promoción interna y acceso libre.

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 215/2003, de 16 de octubre, del Consejo

de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM del 29), por el que se aprueban los

Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a las necesidades

del Personal de Administración y Servicios.

 

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1,

en relación con el artículo 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de

Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), así como en los

artículos 67 y 177.3 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas

selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la

Universidad Politécnica de Madrid, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

 

Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 4 plazas pertenecientes a la Escala

de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Subgrupo A2, de la Universidad Politécnica

de Madrid, para su provisión por el sistema general de promoción interna y sistema general

de acceso libre.

Las características de las plazas comprenden, entre otras funciones, la realización de

tareas y actividades bibliotecarias de nivel de titulación universitaria oficial de primer ciclo,

así como la realización de tareas propias de gestión bibliotecaria no específicas de la

Escala de Facultativos de Archivos y Bibliotecas de la Universidad Politécnica de Madrid.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna

asciende a dos plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre

asciende a dos plazas.

1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán

al sistema general de acceso libre. En este sentido, el procedimiento para promoción

interna finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre. El Presidente

del Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.

Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.

1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de

lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán, en

todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso

libre para cubrir las plazas vacantes que se oferten.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 7/2007, de 12 de

abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada, entre otras, por la Ley 23/1988, de 28

de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 10 de

abril) por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de

la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción

profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; el Real

Decreto 227/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y

provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; el Real Decreto

543/2001, de 18 de mayo sobre acceso al Empleo Público de la Administración General

del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros estados a los que es de

aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores); la Ley de la Comunidad de

Madrid 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (Boletín

Oficial de la Comunidad de Madrid del 24); los Estatutos de la Universidad Politécnica de

Madrid; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

del 14), por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los

Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; lo

dispuesto en la presente convocatoria y demás normativa de aplicación.

1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II

de esta convocatoria.

1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

1.5.1 Fase de concurso.—La lista que contenga la valoración provisional de méritos

de la fase de concurso se hará pública, mediante Resolución del Rectorado de la

Universidad, para aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

A efectos de esta valoración, se expedirá de oficio, a los aspirantes que hayan superado

la fase de oposición, certificación según el modelo que figura como anexo VI a esta

convocatoria. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a

partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para alegar las rectificaciones

pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.

Por la misma autoridad se dictará Resolución que contenga la relación de las

puntuaciones definitivas en fase de concurso.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para

superar los ejercicios de la fase de oposición.

1.5.2 Fase de oposición.—El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir de la segunda quincena de septiembre de 2010.

1.6 Superarán el proceso selectivo, siendo nombrados funcionarios de la Escala de

Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, de la Universidad Politécnica de Madrid,

aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de concurso y oposición

hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de plazas

convocadas. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso

selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de

todo el proceso.

1.7 Duración del proceso selectivo:

Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publicación de la relación

definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo, no podrán transcurrir más de

seis meses, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que en

ningún caso excederá de nueve meses.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente

deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco

días naturales, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior, que

en ningún caso excederá de noventa días naturales.

1.8 La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid y en el Boletín Oficial del Estado. Todos los actos derivados de ella se harán

públicos en la página web de la Universidad Politécnica de Madrid (www.upm.es), en los

tablones de anuncios del Rectorado (edificio A), y en el Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid, cuando proceda.

 

Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes

deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales

celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado

Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, ascendientes

y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados

miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, se extenderá

a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales

celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea aplicable

la libre circulación de trabajadores.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de

jubilación legalmente establecida.

2.1.3 Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,

Arquitecto Técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine

el plazo de presentación de solicitudes. Se considera equivalente al título de Diplomado

Universitario, el haber superado tres cursos completos de una misma licenciatura, de

conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2

de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. En caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su

homologación, o en condiciones de obtenerla.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que

sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de

cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de

las correspondientes funciones.

Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además de no

encontrarse inhabilitados para el acceso a la función pública en España, no deberán estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a

la función pública.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna

deberán pertenecer como funcionarios de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de

los Subgrupos A2 o C1 de la Universidad Politécnica de Madrid, no encontrarse en la

situación administrativa de suspensión de funciones, y haber prestado servicios efectivos

durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de los

Subgrupos A2 o C1 de la Universidad Politécnica de Madrid.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la

toma de posesión como funcionario de carrera.

 

Solicitudes

3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas se encuentra disponible

en la página web https://www.upm.es/preinscripcion_pas/, cuya cumplimentación le

reconoce provisionalmente como candidato al proceso selectivo, debiendo, además,

imprimirse y ser presentada en el Registro General de la Universidad Politécnica de Madrid

o en cualquiera de los centros, o a través de las demás formas previstas en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para confirmar de forma efectiva su

participación.

3.2 La presentación de solicitudes deberá realizarse en el plazo de veinte días

naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el

Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica

de Madrid, calle Ramiro de Maeztu, número 7, 28040 Madrid. Las solicitudes suscritas en

el extranjero podrán cursarse, en el plazo establecido anteriormente, a través de las

representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

A la solicitud deberá adjuntarse comprobante bancario original de haber satisfecho los

derechos de examen a favor de esta Universidad. La falta del comprobante bancario

original acreditativo del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del

aspirante. Asimismo, en ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la

sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación, en tiempo y forma,

en los términos expresados en el párrafo anterior.

Junto a la solicitud de participación en estas pruebas selectivas se acompañarán dos

fotocopias legibles del documento nacional de identidad o documentación acreditativa

correspondiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho

a participar, deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad

y, en su caso, los documentos que acrediten alguna de las circunstancias previstas en la

base 2.1.1, en virtud de las cuales se puede participar en la presente convocatoria.

Asimismo, se acompañarán copias cotejadas de las titulaciones que puedan tenerse

en cuenta para valorar los méritos previstos en la fase de concurso, siempre que no se

haya aportado con anterioridad al Servicio de Selección y Gestión del PAS de la UPM.

La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en los cuerpos o

escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto

Básico del Empleado Público (BOE del 13), a efectos de la valoración de la fase de

concurso en el turno de promoción interna, en la que deberá constar el grado consolidado,

el nivel del puesto desempeñado y la antigüedad en el cuerpo o escala, será expedida de

oficio una vez haya terminado la fase de oposición, según el modelo que se adjunta como

anexo VI de la presente convocatoria.

La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en la Universidad

Politécnica de Madrid en los cuerpos o escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la

Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE del 13), a

efectos de la valoración de la fase de concurso en el sistema general de concurso-oposición

libre será expedida de oficio una vez haya terminado la fase de oposición, según el modelo

que se adjunta como anexo VI de la presente convocatoria.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los lugares y forma señalados

en esta base se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro

General de la Universidad Politécnica de Madrid.

3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación

de su solicitud:

En el recuadro destinado a «Centro» consignarán: «U.P.M.: «Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos»

En el recuadro destinado a «Escala» consignarán: «Escala A2»

En el recuadro destinado a «Forma de Acceso» consignarán: «L» o «P.I», según se

participe por el turno libre o por el turno de promoción interna.

En el recuadro destinado a «Fecha BOE» consignarán: «día, mes y año de

publicación».

3.4 Estarán exentas del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, expedido por la

Administración Pública competente.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo con una antigüedad

mínima de seis meses, referida a la fecha de la publicación de la correspondiente

convocatoria de pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no

hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo

causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y

que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos

señalados, se solicitará en la oficina del Instituto Nacional de Empleo. En cuanto a la

acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita

del solicitante, según el modelo del Anexo V. Ambos documentos deberán acompañarse a

la solicitud.

c) Asimismo, estarán exentas del pago las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e

hijos.

3.5 Los derechos de examen serán de 13,16 euros para los aspirantes de promoción

interna y de 26,31 euros para los aspirantes de turno libre y se ingresarán en la cuenta

corriente número 0049-5121-24-2510121551 de la entidad Banco Santander, abierta a

nombre de la Universidad Politécnica de Madrid, haciendo constar: «Pruebas Selectivas

Escala Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. Promoción Interna», o, en su caso:

«Pruebas Selectivas Escala Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. Libre».

3.6 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus

solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado

dirigido al Sr. Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid, (Sección de Concursos y

Oposiciones) cuando concurra alguna causa excepcional sobrevenida, justificada y

discrecionalmente apreciada por el Tribunal, y siempre antes de la finalización del plazo de

presentación de instancias.

3.8 Los datos consignados en las solicitudes serán tratados de conformidad a lo

dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de protección de datos de carácter personal en

la Comunidad de Madrid, para uso exclusivo de este procedimiento, pudiendo los

interesados ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación,

oposición y cancelación sobre los mismos.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad

Politécnica de Madrid dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, sin perjuicio de lo

establecido en el artículo 42.6, párrafo segundo, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, por

cada turno, y expresando las causas de exclusión, que se publicará en el tablón de

anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu,

número 7, Madrid), y en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).

4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación

de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados

a partir del siguiente a la publicación de la citada Resolución, a fin de subsanar el defecto

que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la

omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su

subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar bajo su exclusiva

responsabilidad, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además,

que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3 Contra la Resolución definitiva, que haga pública la relación definitiva de

aspirantes admitidos y excluidos, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,

con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad

Politécnica de Madrid en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación,

o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,

contados a partir del día siguiente al de su publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 8.3 de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.4 La posible devolución de la tasa por derechos de examen se regirá por lo

dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2002 de 24 de octubre (BOCM del 29) por el que se

aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de

Madrid.

 

Tribunal

 

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de esta

convocatoria.

5.2 Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, deberán pertenecer a un

cuerpo o escala para cuyo ingreso se requiera nivel de titulación igual o superior a la

exigida a los aspirantes a la selección o poseer la titulación requerida a los aspirantes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rectorado

de esta Universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo

28.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubiesen realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a cuerpos y escalas análogos

al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación

de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún

modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas

convocadas.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no

hallarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su

juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias de abstención citadas, conforme al

artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante

publicará Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que

hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas

en la base 5.2, o por otras causas, en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad

Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), así como en la página

web de esta Universidad (http://www.upm.es/).

5.4 La sesión de constitución del Tribunal se celebrará una vez publicada la resolución

por la que se aprueben las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al

proceso selectivo, y tendrá lugar previa convocatoria por el Secretario, por orden del

Presidente, de los miembros titulares y suplentes que lo integran. En dicha sesión, el

Presidente recordará a todos los miembros del Tribunal el rigor en el cumplimiento del

deber de sigilo profesional a que vienen obligados, así como las responsabilidades

administrativas o penales que por cualquier causa pudieran derivarse.

Asimismo, en dicha sesión constitutiva, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales titulares y, en

defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o vocal suplente respectivo.

A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia

del Presidente, del Secretario y de al menos tres de sus miembros titulares o, en su caso,

de sus respectivos suplentes. El Tribunal adoptará sus acuerdos por mayoría de votos.

5.5 De cada sesión que celebre el Tribunal se levantará acta por el Secretario, que

actuará con voz, pero sin voto.

Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión y serán firmadas, al

menos, por el Secretario con el visto bueno del Presidente, pudiendo firmarlas también

cualquier otro miembro titular del Tribunal asistente al acto que lo desee.

Los miembros del Tribunal podrán hacer constar en el acta su voto contrario al acuerdo

adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen, o el sentido de su voto

favorable.

5.6 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción

Profesional; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda de la

Comunidad de Madrid, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y

actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad

de Madrid, y en lo previsto en las bases de esta convocatoria.

El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para

adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no

previsto por las presentes bases y normativa aplicable.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas

para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su

colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para

tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá

comunicarse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid.

5.8 El Tribunal calificador adoptará discrecionalmente las medidas precisas, de forma

que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de

los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las

personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las

adaptaciones posibles en tiempo y los medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los

órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de

la Comunidad de Madrid.

5.9 El Presidente del Tribunal, bajo su responsabilidad, adoptará las medidas de

seguridad que considere necesarias para garantizar el máximo rigor y confidencialidad en

el proceso de elaboración y custodia de los ejercicios, informando al Tribunal de dichas

medidas con carácter previo a su adopción, así como que los ejercicios de la fase de

oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos

que permitan conocer la identidad del opositor y a aquellos que no hayan atendido

debidamente las instrucciones del Tribunal.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en

el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu, número 7,

28040 Madrid, teléfono 91 336 60 00).

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del

Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas

selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda

de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (Boletín Oficial

del Estado del 30).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el

proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en estas bases será nula de

pleno derecho.

 

Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquel

aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «K», de conformidad con lo establecido

en la Resolución de 3 de julio de 2009, de la Dirección General de la Función Pública de

la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere

el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

(BOCM de 21 de julio de 2009)

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del

Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único

llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los

casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y aquellos de

fuerza mayor, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de la lista de aprobados de cada ejercicio y del anuncio de

celebración de los sucesivos ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se

haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal (edificio A del Rectorado de la

Universidad Politécnica de Madrid, calle Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), y en la

página web de la UPM, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para

la iniciación del mismo.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento

de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la

presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los

efectos procedentes.

 

Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el

lugar o lugares de celebración del último ejercicio, en la página web de la UPM y en los

tablones de anuncios (edificio A del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid,

calle Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), las relaciones provisionales de aspirantes que

han superado el proceso selectivo en cada uno de los turnos, por orden de puntuación

alcanzada, con indicación del número de su documento nacional de identidad, sin que su

número pueda ser superior al de plazas convocadas.

Los interesados podrán alegar ante el Tribunal calificador, en el plazo de diez días

hábiles, cuantas cuestiones estimen contrarias a las presentes bases.

7.2 El Tribunal, una vez resueltas las alegaciones formuladas y, en su caso, corregidos

los errores advertidos, elevará copia certificada de las relaciones definitivas de aprobados

al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, quien ordenará su

publicación en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid

(calle Ramiro de Maeztu, número 7, Madrid), en el lugar de celebración del último ejercicio,

así como en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).

 

Lista de espera para funcionarios interinos

8.1 A los efectos de la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal

funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad

Politécnica de Madrid, se formará una lista de espera con los aspirantes del sistema

general de concurso-oposición libre, que se regulará según lo dispuesto en el Decreto

50/2001, de 6 de abril (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 19 de abril), de la

Consejería de Presidencia y Hacienda de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan

los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal

funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid.

8.2 La lista de espera resultante de esta convocatoria, dejará nulas y sin efectos a las

anteriores existentes en la Universidad Politécnica de Madrid para el llamamiento de

funcionarios interinos de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

 

Presentación de documentos

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en

que se hiciera pública la relación definitiva de seleccionados, los aspirantes incluidos en la

misma deberán presentar en el Servicio de Selección y Gestión del Personal de

Administración y Servicios —Sección de Concursos y Oposiciones—, de la Universidad

Politécnica de Madrid, los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada o cotejada del título exigido en la base 2.1.3) de esta

convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos

los estudios para la obtención del mismo o, en su caso, de la credencial que acredite la

homologación de las titulaciones obtenidas en el extranjero.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar,

además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan en su Estado el

acceso a la Función Pública, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria.

C) Certificado médico oficial, exigible para el acceso a la función pública, de no estar

afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones, expedido por los órganos competentes de la Comunidad de

Madrid.

D) Quienes ya tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de

justificar los extremos que sirvieron de base para su anterior nombramiento, debiendo

presentar certificación del Servicio de Personal del Ministerio u organismo público del que

dependan, justificativo de tal condición.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen

la documentación o de su examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas

sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad

en la solicitud de participación en las pruebas.

9.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse

por orden de puntuación ante el Rectorado de la Universidad, previa oferta de los mismos,

de acuerdo con lo establecido en la base 1.6 de esta convocatoria.

10 Nombramiento de funcionarios y toma de posesión

10.1 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieren superado y aporten la

documentación requerida en la base 8.1 serán nombrados funcionarios de carrera de la

Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de

Madrid, mediante Resolución del Órgano convocante que se publicará en el Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid.

10.2 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran superado el proceso

selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su

nombramiento en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

10.3 Previamente a la incorporación del funcionario al puesto de trabajo adjudicado,

la Gerencia de la Universidad Politécnica de Madrid podrá acordar la realización de un

curso formativo acorde a las funciones a desarrollar.

11 Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la

actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos

por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid podrá, en su caso,

proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la

mencionada Ley.

Madrid, 15 de junio de 2010.—El Rector, Javier Uceda Antolín.

 

ANEXO I

 

Proceso de selección y valoración

Turno de Promoción Interna

Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán hasta un máximo de 40

puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación

de solicitudes:

a) Antigüedad.—La antigüedad como funcionario en los cuerpos o escalas incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado

Público, se valorará hasta un máximo de 16 puntos, teniendo en cuenta a estos efectos los

servicios prestados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes,

siempre que se trate de servicios no prestados simultáneamente con otros igualmente

alegados, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de un

punto por la pertenencia al Subgrupo C1; 0,75 puntos por la pertenencia al Subgrupo C2;

y 0,50 puntos por la pertenencia al grupo E, hasta el límite máximo expuesto.

b) Grado personal.—Se valorará el que los aspirantes tengan consolidado a la fecha

en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:

Hasta el Grado 17: cinco puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 17: un punto más, hasta un máximo de 10

puntos.

c) Puesto de trabajo.—Se valorará el nivel de complemento de destino

correspondiente al puesto de trabajo que se tenga en propiedad el día en que finalice el

plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:

Nivel 17: cinco puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 17: un punto más, hasta un máximo de 10

puntos.

c) Titulación académica.—Se valorará con cuatro puntos la posesión de una o más

titulaciones académicas oficiales superiores, incluido el título de Doctor, además de la

exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del artículo 76 de la Ley

7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

Fase de oposición

La oposición estará formada por los ejercicios siguientes:

Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Este primer ejercicio estará dividido en

dos partes.

La primera parte constará de 20 preguntas correspondientes al epígrafe 3 del programa:

Organización administrativa y universitaria.

La segunda parte constará de 70 preguntas correspondientes a los epígrafes 1 y 2 del

programa: Biblioteconomía y documentación y Fuentes de información y organización

bibliotecaria

Los aspirantes que participen en la presente convocatoria y sean funcionarios de

carrera de alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 de la Universidad Politécnica

de Madrid, están exentos de contestar la primera parte del ejercicio.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos para ambas

partes.

El Tribunal podrá llevar a cabo la corrección del ejercicio mediante el sistema de

marcas ópticas, para lo cual los opositores deberán acudir al examen provistos de su

documento nacional de identidad o documento acreditativo equivalente, bolígrafo azul o

negro, lápiz del número 2 y goma de borrar.

La calificación de la primera parte de este ejercicio será de «apto» o «no apto», siendo

necesario para superarla haber contestado correctamente 10 preguntas de las 20 de que

consta.

La calificación de la segunda parte de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo

necesario para aprobar obtener un mínimo de 15 puntos. Cada respuesta incorrecta de

esta segunda parte se penalizará con el 25 por 100 de una correcta.

Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en desarrollar, por escrito,

dos supuestos de carácter práctico, de cuatro propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo

para la realización de los supuestos será de tres horas.

Cada supuesto estará compuesto de dos partes, que se realizarán en una sola sesión.

La primera parte consistirá en la redacción de un asiento bibliográfico en formato

MARC 21 de un documento moderno.

El asiento bibliográfico constará de:

a) Catalogación de acuerdo con las vigentes Reglas de Catalogación.

b) Descriptores que se redactarán libremente o ajustándose a alguno de los tesauros

existentes.

c) Clasificación Decimal Universal.

Los opositores podrán utilizar las reglas de catalogación ISBD, el manual de formato

MARC, las tablas de CDU y los instrumentos de ayuda a la indización que estimen

oportunos, además de diccionarios.

Se calificará de cero a 15 puntos, siendo necesario para la superación de esta parte

del ejercicio obtener una puntuación mínima de ocho puntos y no haber obtenido una

puntuación de cero en ninguno de los asientos bibliográficos.

La segunda parte consistirá en la realización de una búsqueda bibliográfica utilizando

los recursos impresos y/o automatizados de información bibliográfica de los que dispone

la UPM sobre un tema concreto que propondrá el Tribunal, El ejercicio consistirá en la

descripción de los pasos seguidos en la estrategia de búsqueda, hasta llegar a la obtención

de unos resultados que se expresarán de forma numérica, no siendo necesario aportar la

referencia bibliográfica de cada uno de los documentos obtenidos.

Se calificará de cero a 15 puntos, siendo necesario para su superación obtener un

mínimo de ocho puntos.

Tercer ejercicio (optativo y de mérito).—Consistirá en la traducción directa sin diccionario

de un texto profesional propuesto por el Tribunal en inglés o francés, a elección del

aspirante.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 60 minutos. La calificación

será de 0 a 4 puntos.

Turno de acceso libre

Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los siguientes méritos,

referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Los servicios efectivos prestados a la Universidad Politécnica de Madrid de los

aspirantes que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes ostenten o hayan

ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de cualquier escala de la

Universidad Politécnica, dentro del año inmediatamente anterior a la finalización del plazo

de presentación de solicitudes, a razón de 0,20 puntos por mes completo, hasta un máximo

de 8 puntos.

b) Titulación académica: Se valorará con 1 punto la posesión de una o más titulaciones

académicas superiores a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A1

del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,

debiendo acreditarse con copia cotejada, que se adjuntará a la solicitud de participación

en las pruebas selectivas.

Fase de oposición

La oposición estará formada por los ejercicios siguientes:

Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en la realización por escrito de

un resumen analítico (de hasta 150 palabras) de un artículo sobre temas bibliotecarios/

documentales en un idioma extranjero (inglés o francés, a elección del opositor). Para

realizar el ejercicio los aspirantes podrán utilizar diccionario.

El tiempo máximo de duración será de una hora treinta minutos.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para

superar el ejercicio.

Este ejercicio se realizará de acuerdo con lo establecido en las siguientes Normas

UNE: UNE 50-103-90 (Preparación de resúmenes) y UNE 50-104-94 (Referencias

Bibliográficas).

Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Consistirá en contestar un cuestionario

de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta,

basado en el contenido completo del programa, que figura en el anexo II de esta

convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.

El Tribunal podrá llevar a cabo la corrección del ejercicio mediante el sistema de

marcas ópticas, para lo cual los opositores deberán acudir al examen provistos de su

documento nacional de identidad o documento acreditativo equivalente, bolígrafo azul o

negro, lápiz del número 2 y goma de borrar.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de 5 puntos. Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25 por 100

de una correcta.

Tercer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).—Este ejercicio, de carácter práctico,

constará de dos partes, que podrán realizarse en la misma o en distinta sesión:

Primera parte.—Consistirá en la redacción de los asientos bibliográficos en formato

MARC 21 de cuatro documentos modernos, dos de los cuales deberán ser obligatoriamente

en castellano y otros dos en inglés.

El asiento bibliográfico constará de:

a) Catalogación de acuerdo con las vigentes Reglas de Catalogación.

b) Descriptores que se redactarán libremente o ajustándose a alguno de los tesauros

existentes.

c) Clasificación Decimal Universal.

Los opositores podrán utilizar las reglas de catalogación ISBD, el manual de formato

MARC, las tablas de CDU y los instrumentos de ayuda a la indización que estimen

oportunos, además de diccionarios.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de tres horas.

Se calificará de cero a 5 puntos, siendo necesario para la superación de esta parte del

ejercicio obtener una puntuación mínima de 2,5 puntos y no haber obtenido una puntuación

de cero en ninguno de los asientos bibliográficos.

Segunda parte.—Consistirá en la realización de una búsqueda bibliográfica utilizando

los recursos impresos y/o automatizados de información bibliográfica de los que dispone

la UPM sobre un tema concreto que propondrá el Tribunal, y que se seleccionara por

sorteo entre varias propuestas del Tribunal. El ejercicio consistirá en la descripción de los

pasos seguidos en la estrategia de búsqueda, hasta llegar a la obtención de unos resultados

que se expresarán de forma numérica, no siendo necesario aportar la referencia bibliográfica

de cada uno de los documentos obtenidos.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de una hora.

Se calificará de cero a 5 puntos, siendo necesario para su superación obtener un

mínimo de 2,5 puntos.

Cuarto ejercicio (eliminatorio y obligatorio).—Consistirá en la traducción directa sin

diccionario de un texto profesional propuesto por el Tribunal en inglés o francés, a elección

del aspirante.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 60 minutos. La calificación

será de 0 a 5 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 2,5 puntos

Valoración final

Corresponde al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar cada uno de los

ejercicios de la fase de oposición. Todo ello a la vista del grado de dificultad de los ejercicios

propuestos y del conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta

escala.

La calificación final del proceso selectivo para el sistema de concurso-oposición libre y

promoción interna, respectivamente, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de carácter eliminatorio

de los que consta la fase de oposición. En caso de igualdad en la puntuación total, se dará

prioridad al aspirante con:

A) Mayor puntuación en el tercer ejercicio de la fase de oposición.

B) Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.

C) Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

D) Mayor puntuación en el cuarto ejercicio de la fase de oposición.

E) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que

aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente, de persistir la igualdad.

De persistir el empate, se acudirá para dirimirlo al orden alfabético del primer apellido

empezando por la letra mencionada en la base 6.1.

 

ANEXO II Temario

Programa

 

1. Biblioteconomía y documentación

 

Tema 1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases de bibliotecas.

Tema 2. La profesión bibliotecaria. Ética profesional y deontología. Asociaciones

profesionales.

Tema 3. Las bibliotecas universitarias, concepto y función. Los centros de recursos

para el aprendizaje y la investigación (CRAI).

Tema.4. Situación actual de las bibliotecas universitarias. Cooperación, redes de

bibliotecas universitarias y de investigación. Cooperación internacional.

Tema 5. El sistema de bibliotecas de la Universidad Politécnica de Madrid

Tema 6. Automatización de la actividad y los servicios bibliotecarios. Panorama y

tendencias de las bibliotecas universitarias en España

Tema 7. Los OPAC: diseño, prestaciones y accesos

Tema 8. Organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias

Tema 9. Gestión automatizada de la colección bibliográfica en la biblioteca universitaria:

Selección y adquisición de materiales. Criterios, técnicas y evaluación. Adquisición

cooperativa y compartida.

Tema 10. Gestión automatizada de la colección bibliográfica en la biblioteca universitaria:

Proceso técnico de materiales. Normalización, formatos y Metadatos.

Tema11. Lenguajes documentales: La Clasificación Decimal Universal, descriptores

y tesauros.

Tema12. Servicios para el usuario en la biblioteca universitaria: Información básica y

bibliográfica. Formación de usuarios, acceso al documento, y servicios de extensión

universitaria.

Tema 13. Preservación y conservación de los materiales bibliográficos. Sistemas de

reproducción. Prevención y control del vandalismo.

Tema 14. El Espacio Europeo de Educación Superior y el papel de las bibliotecas

universitarias en su desarrollo.

 

2. Fuentes de información y organización bibliotecaria

 

 

Tema 1. Panorama actual de la edición y distribución electrónica.

Tema 2. Internet. Funcionamiento acceso y utilidad. Aplicación en bibliotecas

universitarias.

Tema 3. Explotación y gestión de sistemas informáticos documentales. Productores,

distribuidores y redes: Interconexión de centros y servicios.

Tema 4. Fuentes de información en Ciencia y Tecnología.

Tema 5. Fuentes de información en Ingeniería y Arquitectura

Tema 6. Productores y distribuidores de Bases de Datos bibliográficas y documentales

en España y en el mundo

Tema 7. Catálogos colectivos: Tipos, fines y mantenimiento. Accesibilidad: Protocolo

Z39.50.

Tema 8. Sedes web en bibliotecas: arquitectura de la información. Interfaces y

motores de búsqueda. Accesibilidad.

Tema 9. Historia del libro y la imprenta.: Panorama histórico general.

Tema 10. La encuadernación e ilustración del libro: Panorama histórico general.

Tema 11. Origen y evolución de las bibliotecas universitarias. El movimiento

bibliotecario anglosajón y su influencia en otros países.

Tema 12. El impacto de las tecnologías de la información en la sociedad. La Sociedad

de la Información.

Tema 13. La industria editorial y el comercio del libro en España en la actualidad.

 

3. Organización administrativa y universitaria

 

 

Tema 1. Legislación española sobre el patrimonio artístico, bibliográfico y

documental.

Tema 2. La Ley de Propiedad Intelectual.

Tema 3. La Constitución española.

Tema 4. Organización territorial del Estado español. Las Comunidades Autónomas y

la Administración Local.

Tema 5. Las competencias del Estado en materia de cultura. Estructura organizativa

de los Ministerios de Educación y Ciencia y de Cultura y Deporte en relación con el libro,

archivos y bibliotecas.

Tema 6. Ley orgánica 6/2001 de Universidades y sus modificaciones.

Tema 7. La Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público. El

personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clasificación y características.

Normativa.

Tema 8. Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid.

Tema 9. El acceso a la documentación pública. Evolución del marco legislativo y

situación actual. El acceso a la documentación universitaria.

Tema 10. La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Derecho de los ciudadanos.

Tema 11. El sistema bibliotecario español. Legislación y competencias de las distintas

Administraciones.

 

ANEXO III

Tribunal

El Tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas será el siguiente:

Tribunal titular:

Presidente: Don José Manuel Perales Perales, Vicerrector de Tecnología de la

Información y Servicios en Red de la UPM.

Vocal 1.º: Don Sixto García Alonso, Gerente de la UPM.

Vocal 2.º: Don Miguel Ángel Gómez Tierno, Director de ETSI Aeronáuticos.

Vocal 3.º: Doña María Boyer Lagos, E. Facultativos Archivos, Bibliotecas y Museos de

la UPM.

Vocal 4.º: Doña María Isabel Domecq Urquijo, E. Ayudantes. Archivos, Bibliotecas y

Museos de la UPM.

Vocal 5.º: Doña Carmen Guío Moreno, E. Ayudantes Archivos, Bibliotecas y Museos de

la UPM.

Vocal 6.º: Don José Manuel Iglesias Vázquez, E. Administrativa de la UPM.

Secretaria: Doña María Seguido Aliaga, E. Ayudantes Archivos, Bibliotecas y Museos

de la UPM.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Emilio Mínguez Torres, Vicerrector de Gestión Académica y Profesorado

de la UPM.

Vocal 1.º: Don Jenaro Martínez Blanco, Vicegerente de la UPM.

Vocal 2.º: D. César Sanz Álvaro,Director de EUIT Telecomunicación.

Vocal 3.º: Doña María José Carrillo Troya, E. Ayudantes Archivos, Bibliotecas y Museos

de la UPM.

Vocal 4.º: D. José Ignacio González González, E. Ayudantes Archivos, Bibliotecas y

Museos de la UPM.

Vocal 5.º: Don Andrés García Cubillo, E. Ayudantes Archivos, Bibliotecas y Museos de

la UPM.

Vocal 6.º: Don Juan B. Gómez Sansegundo, E. Sup. Sistemas y Tecnologías Infor. de

la UPM.

Secretaria: Doña Rosa María Díaz Asensio, E. Ayudantes Archivos, Bibliotecas y

Museos de la UPM

 

ANEXO IV

Don/doña ..................................................................................................................,

con domicilio en ....................................................................................................................

y con documento nacional de identidad número ...................................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala

de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid,

que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones públicas y que

no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

En ......................................., a ............. de ...................................... de ........

Aspirantes que no posean la nacionalidad española

Don/doña ..................................................................................................................,

con domicilio en ....................................................................................................................

y con documento nacional de identidad número ...................................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala

de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid,

que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su

Estado el acceso a la función pública.

En ......................................., a ............. de ...................................... de ........

 

ANEXO V

Don/doña ..................................................................................................................,

con domicilio en ....................................................................................................................

y con documento nacional de identidad número ...................................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de quedar exento del pago de los

derechos de examen, que no percibe rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional.

En ......................................., a ............. de ...................................... de ........

 

ANEXO VI

Don Jenaro Martínez Blanco.

Cargo: El Vicegerente.

CERTIFICA: que de los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor

abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:

 

PROMOCIÓN INTERNA:

 

Datos del opositor:

Apellidos y nombre: ........................................................................................................

Documento Nacional de Identidad: Cuerpo o Escala a la que pertenece: .....................

Número de Registro de Personal: ..................................................................................

Destino actual: Situación actual: ....................................................................................

1 Antigüedad reconocida en la Universidad Politécnica de Madrid a efectos de la

valoración de la fase de concurso:

Escala A1: Años ............ meses ............ días ............

Escala A2: Años ............ meses ............ días ............

Escala B: Años ............ meses ............ días ............

Escala C1: Años ............ meses ............ días ............

Escala C2: Años ............ meses ............ días ............

Escala E: Años ............ meses ............ días ............

 

TOTAL ANTIGÜEDAD:

 

Años ............ meses ............ días ............

1.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala a la que pertenece:

Años .......... meses ............ días ............

2 Grado personal consolidado y formalizado a la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes:

Grado: ............ Fecha de Consolidación: ............

3 Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo en propiedad a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Nivel: ............ Fecha de Toma de Posesión: ............ Denominación: ............

4 Nivel de complemento de destino provisional en otros Puestos a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Nivel: ............ Fecha de Toma de Posesión: ............ Denominación: ............

5 Nivel de Estudios:

Titulación: .......................................................................................................................

Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid, a ......... de ......... de 2010.