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Auxiliar de Documentación, Archivo y Biblioteca, Ayuntamiento de Maracena (Granada)

1 Plaza, Oposición, Acceso Libre, Subgrupo C2, 23-04-2012
Apertura de plazo
 

Bases de la convocatoria

BASES PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE AUXILIAR

DE DOCUMENTACION, ARCHIVO Y BIBLIOTECA, FUNCIONARIA/

O DE CARRERA, PERTENECIENTE AL GRUPO C,

SUBGRUPO C2, DE CONFORMIDAD CON LA DISPOSICION

TRANSITORIA TERCERA, APARTADO 2, DE LA LEY 7/2007,

DE 12 DE ABRIL, QUE REGULA EL ESTATUTO BASICO DEL

EMPLEADO PUBLICO, ESCALA ADMINISTRACION ESPECIAL,

SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES, CLASE COMETIDOS

ESPECIALES, MEDIANTE OPOSICION LIBRE.

Objeto de la Convocatoria.

 

Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante

OPOSICION LIBRE de una plaza de Auxiliar de Documentación

Archivo y Biblioteca funcionaria/o de carrera, perteneciente

al Grupo C Subgrupo C2, de conformidad con

la Disposición Transitoria Tercera, apartado 2, de la ley

7/2007, de 12 de abril, que regula el Estatuto Básico del

Empleado Público, Escala de Administración Especial,

Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales,

vacante en la plantilla de Funcionarios del Ayuntamiento

de Maracena.

Requisitos que han de reunir las/los aspirantes.

Para tomar parte en la Convocatoria serán requisitos

imprescindibles:

a) Ser español/a o nacional de los demás Estados miembros

de la Unión Europea así como los cónyuges de los españoles

y de los nacionales de otros Estados miembros de

la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho

y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre

que no estén separados de derecho sean menores de 21

años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su

caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del Título de Graduado en educación

secundaria obligatoria o equivalente, o en condiciones

de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño

de las tareas.

e) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario

de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado

para el ejercicio de funciones públicas.

Instancias y documentos a presentar.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria se

dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Maracena y

se efectuarán en el modelo Anexo incluido en las presentes

bases, debiendo manifestar que cumplen todos y

cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad

igual o superior al 33% y necesitasen adaptación de tiempos

y/o medios deberán indicarlo en la solicitud, acompañando

certificación o información adicional expedido por

la Administración Pública competente, a fin de que el Tribunal

pueda dar cumplimiento a lo dispuesto en el RD

2271/2.004 de 3 de diciembre que regula el acceso al empleo

público y la provisión de puestos de trabajo de las

personas con discapacidad.

Se deberán adjuntar, fotocopias de los documentos

que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos,

a excepción de los reseñados en los apartados d y e)

que deberán acreditarse posteriormente.

Los documentos que se han de presentar para acreditar

que se cumplen los requisitos señalados en los apartados

a), b) y c) serán los siguientes:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2) Fotocopia del título académico o del resguardo de

haber abonado los derechos para su expedición.

Los requisitos anteriores deberán poseerse a la fecha

de expiración del plazo de presentación de instancias y

mantenerse hasta la fecha de toma de posesión.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

calificador tuviera conocimiento de que alguna o

algún candidata/o no reúne algún requisito de los exigidos

en la convocatoria deberá proponer su exclusión a la

autoridad convocante.

Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentos se presentarán en el Registro

General del Ayuntamiento de Maracena, de lunes

a viernes de 8:30 a 13:30 horas, y los lunes y miércoles

de 17 a 19:30 horas o por los medios previstos en el artículo

38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, dentro del plazo de

20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca

el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial

del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente

si el plazo terminase en un día inhábil.

Derechos de examen.

Las/los aspirantes deberán ingresar la cuantía de

40,00 euros en la cuenta 2024 0714 93 3800000015 de

Caja Sur. 2031 0090 66 0100221685 de Caja Granada.

2103 0917 09 0060000015 de Unicaja. 2100 2497 14

0210001298 de La Caixa.

En el documento de ingreso se consignará el nombre

de la/del interesada/o y la denominación de la plaza a la

que se opta.

Una copia original del justificante de haber efectuado

el ingreso deberá acompañarse a la instancia.

Admisión de Aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr.

Alcalde dictará Decreto declarando aprobada la lista de

admitidas/os y excluidas/os, en su caso. En dicho Decreto,

que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, así

como en el Tablón de Edictos de la Corporación y en la página

Web del Ayuntamiento de Maracena, se indicará el

plazo de subsanación, que en los términos del artículo 71

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se concederá a las/los aspirantes

excluidos. Solamente serán subsanables aquellos requisitos

que lo sean por su propia naturaleza.

Asimismo se determinará el lugar, fecha y hora del

comienzo del primer ejercicio.

La fecha de publicación del indicado Decreto será determinante

para el cómputo de los plazos a los efectos

de las posibles impugnaciones o recursos.

Asimismo el Sr. Alcalde procederá al nombramiento

del Tribunal que se hará público junto con la referida lista

en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusación

previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen

sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos

y excluidos, se expondrá en el Tablón de Edictos de

la Corporación y en la página Web del Ayuntamiento de

Maracena.

Procedimiento de selección de las/os aspirantes.

La realización del primer ejercicio de la oposición se

llevará a efecto en la fecha que indique la resolución a la

que hace referencia la Base 6ª, en la que se expresará

también lugar y hora de la realización del mismo.

La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos

ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48

horas, en el Tablón correspondiente ubicado en el local

donde se haya celebrado el ejercicio anterior, debiendo

exponerse además en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento

de Maracena y en la página Web.

La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético,

a partir del primero de la letra "U", según lo establecido

en la resolución de la Secretaría de Estado para

la Función Pública de 27 de enero de 2011.

Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio

en llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes

no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente

acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a

los/as opositores para que acrediten su personalidad.

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema

de oposición y constará de los siguientes ejercicios para

todos los aspirantes:

Primer Ejercicio: Obligatorio y eliminatorio, consistirá

en contestar por escrito, un cuestionario de 100 preguntas

tipo test, con tres respuestas alternativas, en un

tiempo de 100 minutos, elaborado por el Tribunal antes

de su realización en relación con los temas contenidos

en el Anexo de esta convocatoria.

El criterio de corrección será el siguiente: por cada

dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará

con una contestada correctamente. Cuando resulten

contestadas correctamente el 70% del total de las preguntas

del cuestionario, una vez restadas las erróneas

según la proporción citada, la nota corresponderá a 5,00

puntos, puntuación mínima requerida para superar el

ejercicio. A partir de la superación del 70% del total de

las preguntas por cada 6 preguntas acertadas el aspirante

sumará un punto, o puntuación proporcional si el

número de respuestas acertadas fuese menor, a la nota

inicialmente obtenida.

Segundo Ejercicio: Obligatorio y eliminatorio, consistirá

en la realización de uno o mas supuestos prácticos

propuestos por el Tribunal y relacionados con las materias

del Anexo y las funciones encomendadas a la plaza a

la que se opta. El tiempo máximo de realización del ejercicio

será de dos horas y su puntuación máxima será de

10,00 puntos, siendo 5,00 puntos, la puntuación mínima

requerida para superar el ejercicio.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad

de raciocinio, la sistemática en el planteamiento

y formulación de conclusiones.

Tercer Ejercicio: De carácter complementario y que

no tendrá carácter eliminatorio, y consistirá en una entrevista

del aspirante con el Tribunal constituido a tales

efectos en relación a las funciones de la plaza que se

convoca y de los contenidos atinentes a las materias incluidas

en el Anexo de estas Bases, valorándose la capacidad

de análisis, las aptitudes, habilidades y destrezas y

disposición profesional de los aspirantes y se valorará

con un máximo de puntuación de 5,00 puntos.

Sólo podrán realizar este ejercicio quienes hubiesen

superado el primer y segundo ejercicio de la oposición.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones en cada uno de los ejercicios.

En caso de empate se resolverá a favor de quien

haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio; si

persistiera el empate se recurrirá al segundo ejercicio; en

su defecto, el criterio de desempate será a favor de la mujer

como medida de promoción e integración laboral, y en

su defecto, se recurrirá al sorteo.

Tribunal Calificador.

PRESIDENTE: Una/un funcionaria/o de Carrera de cualquiera

de las Administraciones Públicas designado por el

Sr. Alcalde.

VOCALES:

- Cuatro funcionarias/os de Carrera de cualquiera de

las Administraciones Públicas, designadas/os por el Sr.

Alcalde.

SECRETARIO:

Funcionaria/o de Carrera del Ayuntamiento de Maracena

designada/o por el Sr. Alcalde, con voz pero sin

voto.

La designación de las/los miembros del Tribunal, incluirá

la de sus respectivas/os suplentes. El Tribunal no

podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos

la mitad mas uno de las/los miembros, titulares o suplentes,

indistintamente. De no asistir la/el Presidenta/e será

sustituido por la/el miembro del Tribunal de mayor edad,

sin contar a la/el Secretaria/o, y/o de no comparecer la/el

Secretaria/o por la/el de menor edad.

Las/los vocales, en todo caso, deberán estar en posesión

de un nivel de titulación igual o superior al exigido

para el ingreso en las plazas convocadas.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones

de asesores/ras especialistas, para todas o algunas

de las pruebas. Las/los asesores/ras colaborarán con

el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de

sus especialidades técnicas, actuando por tanto con voz

pero sin voto.

Las/los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

formar parte del mismo cuando concurra alguna de las

circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Relación de aprobadas/os, presentación

de documentación y nombramiento de funcionaria/o.

Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal

publicará el nombre de el/la aspirante que haya obtenido

la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones

obtenidas en los distintos ejercicios, que se

elevará al Sr. Alcalde para que proceda al nombramiento

de funcionaria/o de carrera. En ningún caso podrá el Tribunal

declarar aprobados mayor número de aspirantes

que el de plazas convocadas.

La/el aspirante propuesta/o presentará en el Area de

Recursos Humanos del Ayuntamiento de Maracena, en

el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente

a que se haga pública la propuesta, los documentos

acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos

exigidos en la convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza

mayor, la/el aspirantes propuesta/o no presentase la documentación,

no podrá ser nombrada/o funcionaria/o de carrera

y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades

en que hubiere podido incurrir. La/el

aspirante seleccionada/o deberán someterse, previamente

a la obtención de la condición de funcionario, a un reconocimiento

médico por los servicios que se le designen por el

Ayuntamiento de Maracena a fin de comprobar que la/el

misma/o no padece enfermedad o defecto físico alguno

que le impida el desempeño de las funciones correspondientes

a la plaza para la que ha sido propuesta/o.

Quien tuviera la condición de funcionaria/o pública/o

estará exenta/o de justificar las condiciones y requisitos

ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o

designación, salvo el de reconocimiento médico previo,

debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio,

Organismo o Corporación de quien dependan, acreditando

su condición y demás circunstancias que consten

en su expediente personal.

Incidencias.

El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten

y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo

del proceso selectivo.

En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará

a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el

que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público,

en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de

Régimen Local; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, por el que

se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales

vigentes en materia de régimen local; R.D. 896/91, de 7

de junio; y supletoriamente, en lo no previsto anteriormente

el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se

aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración del Estado, y de provisión

de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios

civiles de la Administración General del Estado y

demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

Recursos.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de estas, podrán ser impug-

nados por las/los interesadas/os, en los casos y formas

establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora

del Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO - TEMARIO

Tema 1.- La Constitución española de 1978: contenido

y principios básicos.

Tema 2.- La organización territorial del Estado. Principios

generales, la Administración Local y las Comunidades

Autónomas.

Tema 3.- Organos de Gobierno de las Entidades Locales.

El alcalde, la Junta de Gobierno, el Pleno. Atribuciones

y competencias.

Tema 4.- Funcionamiento de los órganos colegiados

locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados

de acuerdos.

Tema 5.- La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común: contenido, ámbito de aplicación y principios

generales. Cómputo de plazos.

Tema 6.- Motivación y publicación de los actos administrativos.

Notificación.

Tema 7.- Revisión, anulación y revocación de los actos

administrativos. Recursos administrativos. Principios

generales. Clases de recursos.

Tema 8.- Derechos de los ciudadanos y sus relaciones

con las Administraciones Públicas. Derecho de acceso a

archivos y Registros públicos.

Tema 9.- El personal al servicio de las Entidades Locales:

concepto y clases. Derechos, deberes e incompatibilidades.

Régimen disciplinario de los funcionarios públicos.

Tema 10.- Historia del libro desde la antigüedad hasta

la Edad Media.

Tema 11.- Historia del libro desde el siglo XV hasta la

actualidad.

Tema 12.- Historia de las bibliotecas desde la antigüedad

hasta la Edad Media.

Tema 13.- Historia de las bibliotecas desde el siglo XV

hasta la actualidad.

Tema 14.-Clases de bibliotecas: Diferentes clasificaciones,

definición, funciones y servicios.

Tema 15.- La biblioteca pública: Concepto, funciones

y servicios.

Tema 16.- Los documentos y sus clases. Las obras de

referencia.

Tema 17.- La formación de la colección: selección y

adquisición de fondo.

Tema 18.- El tratamiento del fondo, ubicación y ordenación.

El control de la colección: Inventario y expurgación.

Tema 19.- Los catálogos: Concepto, clases y fines. El

catálogo automatizado y su uso público.

Tema 20.- La descripción bibliográfica y su normalización:

ISBD, reglas de catalogación españolas, ISBN y ISSN.

Tema 21.- La clasificación: definición y objetivos. El

Sistema de Clasificación Decimal Universal (CDU) estructura,

uso y contenido.

Tema 22.- Instalaciones y equipamientos de los servicios

bibliotecarios: dimensiones, secciones, disposición,

mobiliario.

Tema 23. Servicios al lector: préstamo, referencia e

información bibliográfica. La formación de usuarios:

concepto, objetivos y planificación.

Tema 24.- Extensión bibliotecaria y extensión cultural.

Animación a la lectura.

Tema 25.- La sección local en las bibliotecas públicas:

concepto y organización.

Tema 26.- La sección infantil y juvenil en las bibliotecas

públicas. Servicios bibliotecarios para chiquillos.

Tema 27.- Sistemas y redes de bibliotecas. Los catálogos

colectivos.

Tema 28.- La bibliografía: definición, objetivos y evolución

histórica. Tipos de bibliografías.

Tema 29.- Automatización de bibliotecas. Internet y

las nuevas tecnologías aplicadas a las bibliotecas. El servicio

de Internet para los usuarios.

Tema 30.- Las bibliotecas digitales, virtuales e híbridas.

Definición y evolución.

Tema 31.- Organización bibliotecaria española.

Tema 32.- Igualdad de oportunidades. Principios de

igualdad: Marco normativo español. Estratégicas para desarrollar

la igualdad de oportunidades. Planes de Igualdad

y Conciliación del Ayuntamiento de Maracena.

ANEXO II - SOLICITUD

SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

1. PLAZA A QUE ASPIRA:

2. CONVOCATORIA:

3. DATOS PERSONALES:

Apellidos: __________________ Nombre: ____________

Fecha Nacimiento: _________________________

Provincia: _________________________________

Domicilio: _________________________________

Municipio: _______________ Provincia: ____________

Código Postal: ____________ Teléfonos: ____________

4. FORMACION (TITULACION):

5. DOCUMENTACION QUE SE ADJUNTA:

- Resguardo de ingreso de derechos de examen.

- Fotocopia del D.N.I.

- Otros:

El abajo firmante, solicita ser admitido/a a las pruebas

selectivas a las que se refiere la presente instancia y declara

que son ciertos los datos contenidos en ella y que reúne

las condiciones señaladas en la Convocatoria, comprometiéndose

a probar documentalmente todos los

datos que figuran en esta solicitud.

En ________________ a _____ de ____________ de 20 __

Firma

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA.

Maracena, 16 de enero de 2012.-El Alcalde-Presidente,

fdo.: Noel López Linares.