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Auxiliar de Biblioteca, Universidad Politécnica de Madrid

15 plazas acceso libre, 1 plaza acceso libre discapacitados, 2 plazas promoción interna, Concurso-Oposicón, Grupo C1, 02-09-2010

 

 

Bases de la convocatoria BOE nº 213 de 02-09-2010

 

 Resolución de 15 de junio de 2010, de la Universidad Politécnica de Madrid,
por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica
Auxiliar de Biblioteca, Subgrupo C1, por el sistema de promoción interna y
acceso libre.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 215/2003, de 16 de octubre, del Consejo
de Gobierno de la Comunidad de Madrid («BOCM» de 29 de octubre), por el que se
aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a
las necesidades del Personal de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1
en relación con el artículo 2.2.e) de la Ley Orgánica 6/2001 de 24 de diciembre, de
Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), así como en los
artículos 67 y 177.3 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas
selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Auxiliar de Biblioteca de la Universidad
Politécnica de Madrid, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria

 

Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 18 plazas pertenecientes a la Escala
Técnica Auxiliar de Biblioteca, Subgrupo C1, de la Universidad Politécnica de Madrid, para
su provisión simultánea, por el sistema general de concurso-oposición de promoción
interna y por concurso-oposición libre.
Las características de las plazas convocadas comprenden, entre otras funciones, la
realización de actividades de apoyo en las tareas bibliotecarias acordes al nivel de titulación
y especialización requeridas para su participación en la convocatoria, y sus funciones se
realizarán en jornada normal de mañana, en jornada de tarde y en jornada especial.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de concurso-oposición libre
asciende a 16 plazas.
Del total de plazas convocadas se reserva 1 plaza para ser cubierta por persona con
discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición
adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficial del
Estado» de 29 de julio).
La plaza reservada al cupo de personas con discapacidad se acumulará al resto de las
convocadas en caso de no cubrirse.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al turno de promoción interna asciende
a 2 plazas. En caso de no quedar cubiertas, se acumularán a las del sistema de concursooposición
libre.
En este sentido, el proceso selectivo del turno de promoción interna finalizará antes
que el correspondiente al sistema de concurso-oposición libre.
1.1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas: turno de
promoción interna o sistema general de concurso-oposición libre.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 7/2007, de 12 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada, entre otras, por la Ley 23/1988, de 28
de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de
abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real
Decreto 227/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y
provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; el Real Decreto
543/2001, de 18 de mayo sobre acceso al Empleo Público de la Administración General
del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros estados a los que es de
aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; la Ley de la Comunidad de
Madrid 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid («Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid» de 24 de abril); los Estatutos de la Universidad
Politécnica de Madrid; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo («Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid» de 14 de mayo), por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento
y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la
Comunidad de Madrid; lo dispuesto en la presente convocatoria y demás normativa de
aplicación.
1.3 El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con las
pruebas, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II
de esta convocatoria.
1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo a las siguientes fases:
1.5.1 Fase de concurso: la lista que contenga la valoración provisional de méritos de
la fase de concurso se hará pública, mediante Resolución del Rectorado de la Universidad,
para aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
A efectos de esta valoración, se expedirá de oficio, a los aspirantes que hayan superado
la fase de oposición, certificación según el modelo que figura como anexo VI a esta
convocatoria. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para alegar las rectificaciones
pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.
Por la misma autoridad se dictará Resolución que contenga la relación de las
puntuaciones definitivas en fase de concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
1.5.2 Fase de oposición: El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir
de la segunda quincena de septiembre de 2010.
1.6 Superarán el proceso selectivo, siendo nombrados funcionarios de la Escala
Técnica Auxiliar de Biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid, aquellos aspirantes
que, sumadas las puntuaciones de las fases de concurso y oposición hayan obtenido
mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de plazas convocadas. La
adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará
de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo del proceso selectivo.
1.7 Duración del proceso selectivo:
Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publicación de la relación
definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo, no podrán transcurrir más de
seis meses, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que en
ningún caso excederá de nueve meses.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente
deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco
días naturales, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior, que
en ningún caso excederá de noventa días naturales.
1.8 La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid» y en el «Boletín Oficial del Estado». Todos los actos derivados de ella se harán

públicos en la página web de la Universidad Politécnica de Madrid (www.upm.es), en los
tablones de anuncios del Rectorado (Edificio A), y en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid, cuando proceda.

 

Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida
en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge,
descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho,
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente,
se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los
que sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de
jubilación legalmente establecida.
2.1.3 Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado
Polivalente, Bachiller LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o
en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de
solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión
de la credencial que acredite su homologación, o en condiciones de obtenerla.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
las correspondientes funciones.
Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además de no
encontrarse inhabilitados para el acceso a la Función Pública en España, no deberán estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a
la Función Pública.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna
deberán pertenecer como funcionarios de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de
los Subgrupos C2 ó C1 de la Universidad Politécnica de Madrid, no encontrarse en la
situación administrativa de suspensión de funciones, y haber prestado servicios efectivos
como funcionario de carrera, al menos durante dos años, en los subgrupos C1 ó C2 de la
Universidad Politécnica de Madrid.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión como funcionario de carrera.

 

Solicitudes

3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas se encuentra disponible
en la página web https://www.upm.es/preinscripcion_pas/, cuya cumplimentación le
reconoce provisionalmente como candidato al proceso selectivo, debiendo, además,
imprimirse y ser presentada en el Registro General de la Universidad Politécnica de Madrid
o en cualquiera de los Centros, o a través de las demás formas previstas en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para confirmar de forma efectiva su
participación.

3.2 La presentación de solicitudes deberá realizarse en el plazo de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al. Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica
de Madrid, calle Ramiro de Maeztu, n.º 7, 28040 Madrid. Las solicitudes suscritas en el
extranjero podrán cursarse, en el plazo establecido anteriormente, a través de las
representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
A la solicitud deberá adjuntarse comprobante bancario original de haber satisfecho los
derechos de examen a favor de esta Universidad. La falta del comprobante bancario
original acreditativo del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del
aspirante. Asimismo, en ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la
sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación, en tiempo y forma,
en los términos expresados en el párrafo anterior.
Junto a la solicitud de participación en estas pruebas selectivas se acompañarán dos
fotocopias legibles del documento nacional de identidad o documentación acreditativa
correspondiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho
a participar, deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad
y, en su caso, los documentos que acrediten alguna de las circunstancias previstas en la
base 2.1.1, en virtud de las cuales se puede participar en la presente convocatoria.
Así mismo, se acompañarán copias cotejadas de las titulaciones que puedan tenerse
en cuenta para valorar los méritos previstos en la fase de concurso, siempre que no se
haya aportado con anterioridad al Servicio de Selección y Gestión del PAS de la UPM.
La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en la Universidad
Politécnica de Madrid en los Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la
Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público («BOE» de 13 de abril
de 2007), a efectos de la valoración de la fase de concurso, será expedida de oficio una
vez haya terminado la fase de oposición, según el modelo que se adjunta como anexo VI
de la presente convocatoria.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los lugares y forma señalados
en esta base se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro
General de la Universidad Politécnica de Madrid.
3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación
de su solicitud:
En el recuadro destinado a «Centro» consignarán: «U.P.M.: «Escala Técnica Auxiliar
de Biblioteca»
En el recuadro destinado a «Escala» consignarán: «Escala C1»
En el recuadro destinado a «Forma de Acceso» consignarán: «P», si concurren por
sistema de Promoción Interna, o «L» si concurren por el sistema de concurso-oposición
libre.
En el recuadro destinado a «Fecha BOE» consignarán: «días, mes y año de
publicación»
3.4 Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, expedido por la
Administración Pública competente.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo con una antigüedad
mínima de seis meses, referida a la fecha de la publicación de la correspondiente
convocatoria de pruebas selectivas en el «Boletín Oficial del Estado».
Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo
causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y
que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos
señalados, se solicitará en la oficina del Instituto Nacional de Empleo. En cuanto a la
acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita
del solicitante, según el modelo del Anexo V. Ambos documentos deberán acompañarse a
la solicitud.
c) Asimismo, estarán exentas del pago las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e
hijos.
3.5 Los derechos de examen serán de 6,72 euros para los aspirantes de promoción
interna y de 13,44 euros para los aspirantes de turno libre. Estos derechos se ingresarán
en la cuenta corriente número 0049-5121-24-2510121551 de la entidad Banco Santander,
abierta a nombre de la Universidad Politécnica de Madrid, haciendo constar «Pruebas
Selectivas Escala Técnica Auxiliar de Biblioteca. Libre».
3.6 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado
dirigido al Sr. Gerente (Sección de Concursos y Oposiciones), cuando concurra alguna
causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal,
siempre a fecha anterior a la finalización del periodo de presentación de instancias.
3.8 Los datos consignados en las solicitudes serán tratados de conformidad a lo
dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de protección de datos de carácter personal en
la Comunidad de Madrid, para uso exclusivo de este procedimiento, pudiendo los
interesados ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación,
oposición y cancelación sobre los mismos.

 

Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
Politécnica de Madrid dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, sin perjuicio de lo
establecido en el artículo 42.6, párrafo segundo, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y
expresando las causas de exclusión, que se publicará en el tablón de anuncios del
Rectorado (Edificio A) de la Universidad Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu,
n.º 7, Madrid), y en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).
4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente a la publicación de la citada Resolución, a fin de subsanar el defecto
que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de discapacidad, no cumplan o,
en su caso, no acrediten cumplir alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas
plazas de reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación definitiva de aspirantes admitidos
por turno libre, siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar bajo su exclusiva
responsabilidad, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además,
que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
4.3 Contra la Resolución definitiva, que haga pública la relación definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico. de la
Universidad Politécnica de Madrid, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a su publicación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de Madrid, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116
y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el
artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
4.4 La posible devolución de la tasa por derechos de examen se regirá por lo
dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre («BOCM» de 29 de octubre),
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la
Comunidad de Madrid.

 

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de esta
convocatoria.
5.2 Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, deberán ser funcionarios
de carrera y poseer un nivel de titulación igual o superior al de las plazas convocadas.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rectorado
de esta Universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo
28.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubiesen realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos y Escalas análogos
al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación
de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese periodo de algún
modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas
convocadas.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su
juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias de abstención citadas, conforme al
artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante
publicará Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que
hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas
en la base 5.2, o por otras causas, en el tablón de anuncios del Rectorado (Edificios A) de
la Universidad Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu, n.º 7, Madrid), así como en
la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).
5.4 La sesión de constitución del Tribunal se celebrará una vez publicada la resolución
por la que se apruebe la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos al proceso
selectivo, y tendrá lugar previa convocatoria por el Secretario, por orden del Presidente, de
los miembros titulares y suplentes que lo integran. En dicha sesión, el Presidente recordará
a todos los miembros del Tribunal el rigor en el cumplimiento del deber de sigilo profesional
a que vienen obligados, así como las responsabilidades administrativas o penales que por
cualquier causa pudieran derivarse.
Asimismo, en dicha sesión constitutiva, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales titulares y, en
defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o vocal suplente respectivo.
A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia
del Presidente, del Secretario y de al menos tres de sus miembros titulares o, en su caso,
de sus respectivos suplentes. El Tribunal adoptará sus acuerdos por mayoría de votos.
5.5 De cada sesión que celebre el Tribunal se levantará acta por el Secretario, que
actuará con voz, pero sin voto.
Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión y serán firmadas, al
menos, por el Secretario con el visto bueno del Presidente, pudiendo firmarlas también
cualquier otro miembro titular del Tribunal asistente al acto que lo desee.

Los miembros del Tribunal podrán hacer constar en el acta su voto contrario al acuerdo
adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen, o el sentido de su voto
favorable.
5.6 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción
Profesional; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda de la
Comunidad de Madrid, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y
actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad
de Madrid, y en lo previsto en las bases de esta convocatoria.
El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para
adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no
previsto por las presentes bases y normativa aplicable.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su
colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para
tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá
comunicarse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid.
5.8 El Tribunal calificador adoptará discrecionalmente las medidas precisas, de forma
que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de
los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las
personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las
adaptaciones posibles en tiempo y los medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los
órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de
la Comunidad de Madrid.
5.9 El Presidente del Tribunal, bajo su responsabilidad, adoptará las medidas de
seguridad que considere necesarias para garantizar el máximo rigor y confidencialidad en
el proceso de elaboración y custodia de los ejercicios, informando al Tribunal de dichas
medidas con carácter previo a su adopción, así como que los ejercicios de la fase de
oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos
que permitan conocer la identidad del opositor y a aquellos que no hayan atendido
debidamente las instrucciones del Tribunal.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (calle Ramiro de Maeztu, n.º 7, 28040
Madrid, teléfono 91 336 60 00).
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del
Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas
selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda
de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo («Boletín
Oficial del Estado» de 30 de mayo de 2002).
5.12 El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que
contravenga lo establecido en estas bases será nula de pleno derecho.

 

Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquel
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «K», de conformidad con lo establecido
en la Resolución de 3 de julio de 2009, de la Dirección General de la Función Pública de
la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
(«BOCM» 21 de julio de 2009).

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del
Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los
casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y aquellos de
fuerza mayor, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de la lista de aprobados de cada ejercicio y del anuncio de
celebración de los sucesivos ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se
haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal (Edificio A del Rectorado de la
Universidad Politécnica de Madrid, Calle Ramiro de Maeztu, n.º 7, Madrid), y en la página
web de la UPM, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la
iniciación del mismo.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los
efectos procedentes.

 

Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares
de celebración del último ejercicio, en la sede del Tribunal (Edificio A del Rectorado de la
Universidad Politécnica de Madrid, calle Ramiro de Maeztu, n.º 7, Madrid), y en la web de
la UPM, la relación provisional de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por
orden de puntuación alcanzada, con indicación del número de su documento nacional de
identidad.
Los interesados podrán alegar ante el Tribunal calificador, en el plazo de diez días
hábiles, cuantas cuestiones estimen contrarias a las presentes bases.
7.2 El Tribunal, una vez resueltas las alegaciones formuladas y, en su caso, corregidos
los errores advertidos, elevará copia certificada de la relación definitiva de aprobados al Sr.
Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, quien ordenará su publicación
en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (calle
Ramiro de Maeztu, n.º 7, Madrid), así como en la página web de esta Universidad (http://
www.upm.es/).

 

Lista de espera para funcionarios interinos

8.1 A los efectos de la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal
funcionario de la Escala Técnica Auxiliar de Biblioteca de la Universidad Politécnica de
Madrid, se formará una lista de espera que se regulará según lo dispuesto en el Decreto
50/2001, de 6 de abril («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» de 19 de abril), de la
Consejería de Presidencia y Hacienda de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan
los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal
funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid.
8.2 La lista de espera resultante de esta convocatoria, dejará nulas y sin efectos a las
anteriores existentes en la Universidad Politécnica de Madrid para el llamamiento de
funcionarios interinos de la Escala Técnica Auxiliar de Biblioteca.

Presentación de documentos

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hiciera pública la relación definitiva de seleccionados, los aspirantes incluidos en la
misma deberán presentar en el Servicio de Selección y Gestión del Personal de
Administración y Servicios de la Universidad Politécnica de Madrid (Sección de Concursos
y Oposiciones) los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada o cotejada del título exigido en la base 2.1.3) de esta
convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos

los estudios para la obtención del mismo o, en su caso, de la credencial que acredite la
homologación de las titulaciones obtenidas en el extranjero.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta
convocatoria. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar,
además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan en su Estado el
acceso a la Función Pública, según el modelo que figura como anexo IV a esta
convocatoria.
C) Certificado médico oficial, exigible para el acceso a la Función Pública, de no
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones, expedido por los órganos competentes de la Comunidad de
Madrid.
D) El aspirante que haya accedido por el cupo de reserva de discapacitados con
grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberá acreditar tal condición
mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, salvo en el supuesto
de que lo hubieran aportado a los efectos previstos en la base 3.5.
E) Quienes ya tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de
justificar los extremos que sirvieron de base para su anterior nombramiento, debiendo
presentar certificación del Servicio de Personal del Ministerio u Organismo Público del que
dependan, justificativo de tal condición.
9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de su examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad
en la solicitud de participación en las pruebas.
9.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse
por orden de puntuación de acuerdo con lo establecido en la base 1.6 de esta convocatoria,
ante el Rectorado de la Universidad, previa oferta de los mismos.
10 Nombramiento de funcionarios
10.1 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieren superado y aporten la
documentación requerida en la base 9.1 serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala
Técnica Auxiliar de Biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid, mediante Resolución
del órgano convocante que se publicará en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
10.2 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran superado el proceso
selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su
nombramiento en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
10.3 Previamente a la incorporación del funcionario al puesto de trabajo adjudicado,
la Gerencia de la Universidad Politécnica de Madrid podrá acordar la realización de un
curso formativo acorde a las funciones a desarrollar.
11. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la
actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos
por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid podrá, en su caso,
proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la
mencionada Ley.
Madrid, 15 de junio de 2010.–El Rector, Javier Uceda Antolín.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración
Turno de promoción interna
Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán hasta un máximo de 16
puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes:
A) Antigüedad: la antigüedad como funcionario en los Cuerpos o Escalas incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público, se valorará hasta un máximo de ocho puntos (8), teniendo en cuenta a estos
efectos los servicios prestados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes, siempre que se trate de servicios no prestados, simultáneamente con otros
igualmente alegados, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una
puntuación de 0,30 puntos, hasta el límite máximo expuesto.
B) Grado personal: Se valorará el que los aspirantes tengan consolidado a la fecha
en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:
– Grado correspondiente a los niveles, 15 y 16: 2,5 puntos
– Grado correspondiente al nivel 17 y 18 3 puntos
C) Puesto de trabajo: Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente
al puesto de trabajo que se tenga en propiedad el día en que finalice el plazo de presentación
de solicitudes, según la siguiente escala:
– Nivel CD 15 y 16: 2,5 puntos
– Nivel CD 17 y 18: 3 puntos
La valoración efectuada de este apartado no podrá ser modificada como consecuencia
de posibles cambios de nivel de complemento de destino, obtenidos o reconocidos con
posterioridad a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
D) Titulación Académica: se valorará la posesión de una titulación académica igual o
superior, pero distinta a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del
artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,
hasta un máximo de 1,5 puntos, según la siguiente escala:
– Bachiller, Formación Profesional de 2.º grado y prueba de acceso a la Universidad
para mayores de 25 años, o equivalente, 1 puntos.
– Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, tres años de carrera
de Facultad o Escuela Técnica Superior, o equivalente: 1,5 puntos.
– Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente: 2 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación alcanzada en
la fase de oposición, a efectos de determinar los aspirantes que han superado el proceso
selectivo.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
Fase de oposición
La fase de oposición estará formada por los ejercicios siguientes:
Primer ejercicio: De carácter eliminatorio.

Este primer ejercicio estará dividido en dos partes.
La primera parte constará de 15 preguntas correspondientes al epígrafe I del programa:
Legislación, Derecho Administrativo, Gestión Universitaria.
La segunda parte constará de 65 preguntas correspondientes al epígrafe II del
programa: Biblioteconomía y Documentación.
Los aspirantes que participen en la presente convocatoria y sean funcionarios de
carrera de alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 de la Universidad Politécnica
de Madrid, están exentos de contestar la primera parte del ejercicio.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos para ambas
partes.
El Tribunal podrá llevar a cabo la corrección del ejercicio mediante el sistema de
marcas ópticas, para lo cual los opositores deberán acudir al examen provistos de su
D.N.I. o documento acreditativo equivalente, bolígrafo azul o negro, lápiz del número 2 y
goma de borrar.
La calificación de la primera parte de este ejercicio será de «apto» o «no apto», siendo
necesario para superarla haber contestado correctamente 8 preguntas de las 15 de que
consta.
La calificación de la segunda parte de este ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo
necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos. Cada respuesta incorrecta de
esta segunda parte se penalizará con el 25 por 100 de una correcta.
Segundo ejercicio: De carácter eliminatorio. Consistirá en desarrollar por escrito, dos
supuestos de carácter práctico, de entre cuatro propuestos por el tribunal, todos ellos
correspondientes a la parte del programa de Biblioteconomía y Documentación. Los
ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a apreciar la capacidad de los
aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas con el contenido de las materias a
que hace referencia la parte del programa de Biblioteconomía y Documentación.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de 10 puntos, y no haber sido calificado con 0 puntos en ninguno de los
supuestos.
Tercer ejercicio: De carácter voluntario o de mérito. Consistirá en la traducción directa
con diccionario de un texto profesional propuesto por el Tribunal en inglés o francés, a
elección del aspirante. Los opositores podrán acudir al examen provisto de diccionarios
generales y especializados.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos.
La calificación será de cero cuatro puntos y dicha calificación no servirá en ningún
caso para la superación de la oposición.
Turno de acceso libre
Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los siguientes méritos,
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Los servicios efectivos prestados a la Universidad Politécnica de Madrid de los
aspirantes que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes ostenten o hayan
ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de cualquier escala de la
Universidad Politécnica, dentro del año inmediatamente anterior a la finalización del plazo
de presentación de solicitudes, a razón de 0,20 puntos por mes completo, hasta un máximo
de 8 puntos.
La acreditación de estos méritos deberá realizarse mediante certificación, según el
modelo del anexo VI de esta convocatoria, expedida por el Servicio de Selección y Gestión
del Personal de Administración y Servicios.
b) Titulación académica: Se valorará con 1 punto la posesión de una o más titulaciones
académicas superiores a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1

del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,
debiendo acreditarse con copia cotejada, que se adjuntará a la solicitud de participación
en las pruebas selectivas.
Fase de oposición
La fase de oposición estará formada por los ejercicios siguientes:
Primer ejercicio: De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario de
100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta,
basado en el contenido completo del programa, que figura en el anexo II de esta
convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.
El Tribunal podrá llevar a cabo la corrección del ejercicio mediante el sistema de
marcas ópticas, para lo cual los opositores deberán acudir al examen provistos de su
D.N.I. o documento acreditativo equivalente, bolígrafo azul o negro, lápiz del número 2 y
goma de borrar.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de 10 puntos. Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25 por
100 de una correcta.
Segundo ejercicio: De carácter eliminatorio. Consistirá en desarrollar, por escrito,
cuatro supuestos de carácter práctico, de entre cinco propuestos por el Tribunal, todos
ellos correspondientes a la parte del programa de Biblioteconomía y Documentación. Los
ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a apreciar la capacidad de los
aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas con el contenido de las materias a
que hace referencia la parte del programa de Biblioteconomía y Documentación.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de 10 puntos, y no haber sido calificado con 0 puntos en ninguno de los
supuestos.
Tercer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la traducción
directa sin diccionario de un texto de carácter básico propuesto por el Tribunal en inglés o
francés, a elección del aspirante.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. La
calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener
un mínimo de 5 puntos.
Valoración final
Corresponde al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición. Todo ello a la vista del grado de dificultad de los ejercicios
propuestos y del conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta
Escala.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de carácter
eliminatorio de que consta la fase de oposición. En caso de igualdad en la puntuación total,
se dará prioridad al aspirante con:
A) Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.
B) Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
C) Mayor puntuación en el tercer ejercicio de la fase de oposición.
D) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que
aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente, de persistir la igualdad.
De persistir el empate, se acudirá para dirimirlo al orden alfabético del primer apellido
empezando por la letra mencionada en la base 6.1.

ANEXO II

Programa

I. Legislación, Derecho Administrativo y Gestión Universitaria


Tema 1. Legislación española sobre el patrimonio artístico, bibliográfico y
documental.
Tema 2. La Ley de Propiedad Intelectual.
Tema 3. La Constitución Española.
Tema 4. Organización territorial del estado español. Las Comunidades Autónomas y
la Administración Local.
Tema 5. Las competencias del Estado en materia de cultura. Estructura organizativa
de los Ministerios de Educación y Ciencia y de Cultura y Deporte en relación con el libro,
archivos y bibliotecas.
Tema 6. Ley orgánica 6/2001, de Universidades, y sus modificaciones.
Tema 7. Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El
personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clasificación y características.
Normativa.
Tema 8. Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid.
Tema 9. La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común. Derecho
de los ciudadanos.


II. Biblioteconomía y documentación


Tema 1. Concepto y función de las bibliotecas. Clases de bibliotecas.
Tema 2. Las bibliotecas universitarias en España.
Tema 3. El sistema de bibliotecas de la Universidad Politécnica de Madrid.
Tema 4. El sistema español de bibliotecas, competencias y funciones de los diferentes
organismos y administraciones.
Tema 5. La cooperación entre bibliotecas. Sistemas, consorcios y redes de
bibliotecas.
Tema 6. El Espacio Europeo de Educación Superior y el papel de las bibliotecas
universitarias en su desarrollo.
Tema 7. Los documentos y sus clases. Tipos de soportes documentales en
bibliotecas.
Tema 8. Gestión de la colección bibliográfica: selección y adquisición de publicaciones
en las bibliotecas.
Tema 9. La descripción bibliográfica: normalización, ISBD, formato MARC 21.
Metadatos. Identificación bibliográfica; ISBN, ISSN, NIPO, DOI, etc.
Tema 10. Control de publicaciones periódicas.
Tema 11. Los catálogos. Concepto, clases y fines. Los OPAC.
Tema 12. Sistemas de clasificación e indización bibliográficas. La CDU y los
encabezamientos de materia.
Tema 13. Sistemas de organización física y ordenación de colecciones y documentos
en bibliotecas.
Tema 14. Control de colecciones: inventario y expurgo. Prevención y control del
vandalismo.
Tema 15. Tecnologías actuales para el almacenamiento y transmisión de la
información. Su aplicación en servicios de documentación y bibliotecas.
Tema 16. La red Internet. Aplicaciones de Internet en servicios de documentación y
bibliotecas.
Tema 17. Nociones generales sobre sistemas y servicios automatizados en las
bibliotecas universitarias.
Prestaciones al usuario.

Tema 18. Servicios a los usuarios. Lectura en sala, préstamo domiciliario y préstamo
interbibliotecario.
Tema 19. Servicios a los usuarios. Tipología de usuarios. Sus necesidades de
información.
Tema 20. Servicios a los usuarios. Atención al usuario: pautas y métodos. Formación
de usuarios.
Tema 21. Servicio de información bibliográfica. Servicios de referencia en línea.
Tema 22. Instalaciones, organización espacial y equipamiento de la biblioteca
universitaria.
Tema 23. Nociones generales de la historia del libro, las bibliotecas y soportes de
información y comunicación.
Tema 24. Técnicas actuales de edición y reproducción de documentos. Publicaciones
electrónicas.
Tema 25. Preservación, conservación y restauración de materiales bibliográficos.
Tema 26. Las colecciones electrónicas: organización, URL’s, control de disponibilidad.
Limitaciones de disponibilidad y uso.
Tema 27. La evaluación de los servicios bibliotecarios universitarios. El modelo EFQM.

ANEXO III

Tribunal
El Tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas será el siguiente:
Tribunal Titular:
Presidente: D. José Manuel Perales Perales, Vicerrector de Tecnología de la Información
y Servicios en Red de la UPM.
Vocal 1.º: D. Sixto García Alonso, Gerente de la UPM.
Vocal 2.º: D. Germán Glaría Galcerán, Director de EUIT Forestal.
Vocal 3.º: D.ª María Boyer Lagos, E. Facultativos Archivos, Bibliotecas y Museos de la
UPM.
Vocal 4.º: D.ª Agustina Rollán Malmierca, E. Técnico Auxiliar de Biblioteca de la UPM.
Vocal 5.º: D. Andrés García Cubillo, E. Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos
de la UPM.
Vocal 6.º: D.ª M.ª Dolores Guío Moreno, E. Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y
Museos de la UPM.
Secretaria: D.ª Ana Belén López García, E. Técnico Auxiliar de Biblioteca de la UPM.
Tribunal Suplente.
Presidente: D. Emilio Mínguez Torres, Vicerrector de Gestión Académica y Profesorado
de la UPM.
Vocal 1.º: D. Jenaro Martínez Blanco, Vicegerente de la UPM.
Vocal 2.º: D. Luis Maldonado Ramos, Director de ETS Arquitectura.
Vocal 3.º: Dª Mª José Carrillo Troya, E. Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos
de la UPM.
Vocal 4.º: D. Pedro Pulla Ortega, E. Técnico Auxiliar de Biblioteca de la UPM.
Vocal 5.º: D.ª Paloma Salazar González, E. Gestión Universitaria de la UPM.
Vocal 6.º: D.ª Margarita Pérez Andrés, E. Administrativa de la UPM.
Secretaria: Dª Rosa Mª Díaz Asensio, E. Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos
de la UPM.

ANEXO IV

Don/doña..................................................................................................................,
con domicilio en ....................................................................................................................
y con documento nacional de identidad número ...................................................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala
Técnica Auxiliar de Biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid, que no ha sido
separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla
inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
En ......................................., a ............. de ...................................... de ........
Aspirantes que no posean la nacionalidad española
Don/doña..................................................................................................................,
con domicilio en ....................................................................................................................
y con documento nacional de identidad número ...................................................
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala
Técnica Auxiliar de Biblioteca de la Universidad Politécnica de Madrid, que no ha sido
sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la función pública.
En ......................................., a ............. de ...................................... de ........

ANEXO V

Don/doña..................................................................................................................,
con domicilio en ....................................................................................................................
y con documento nacional de identidad número ...................................................
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de quedar exento del pago de los
derechos de examen, que no percibe rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional.
En ......................................., a ............. de ...................................... de ........

ANEXO VI

Don Jenaro Martínez Blanco.
Cargo: El Vicegerente.
CERTIFICA: Que de los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor
abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:
PROMOCIÓN INTERNA:
Datos del opositor:
Apellidos y nombre: ........................................................................................................
Documento nacional de identidad: Cuerpo o Escala a la que pertenece: .....................
Número de Registro de Personal: ..................................................................................
Destino actual: Situación actual: ....................................................................................
1 Antigüedad reconocida en la Universidad Politécnica de Madrid a efectos de la
valoración de la fase de concurso:
Escala A1: Años ............ meses ............ días ............
Escala A2: Años ............ meses ............ días ............
Escala B: Años ............ meses ............ días ............
Escala C1: Años ............ meses ............ días ............
Escala C2: Años ............ meses ............ días ............
Escala E: Años ............ meses ............ días ............

TOTAL ANTIGÜEDAD:
Años ................ meses ................ días ................
1.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala a la que pertenece:
Años ................ meses ................ días ................
2 Grado personal consolidado y formalizado a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes:
Grado: ................. Fecha de Consolidación: ..................
3 Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo en propiedad a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Nivel: ................ Fecha de Toma de Posesión: ............... Denominación: ..............
4 Nivel de complemento de destino provisional en otros Puestos a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Nivel: ................ Fecha de Toma de Posesión: .............. Denominación: ..............
5 Nivel de Estudios:
Titulación: .......................................................................................................................
Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid, a ........ de ........... de 2010.
cve: BOE-A-2010-13655