Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de San Javier (Murcia)
- Requisitos de los aspirantes: Educación Secundaria Obligatoria o técnico auxiliar.
- Plazo de presentación de solicitudes: pendiente de publicación
- PDF de las bases de la convocatoria BORM nº 6 de 10-02-2011
- PDF del anuncio de presentación de solicitudes BOE nº 27 de 01-02-2011
Bases de la convocatoria
Bases reguladoras del proceso de funcionarización del personal
laboral fijo del Ayuntamiento de San Javier.
Bases que han de regir el proceso de Funcionarización del Personal Laboral
fijo del Ayuntamiento de San Javier.
Objeto de la convocatoria
1.- La presente convocatoria tiene por objeto la adaptación del régimen
jurídico del personal fijo de éste Ayuntamiento a la naturaleza funcionarial de
los puestos que ocupa, mediante la superación de los correspondientes cursos
de carácter selectivo cuya calificación se efectuará mediante un proceso de
evaluación continuada y prueba final.
En el Anexo I de estas bases se detallan los puestos de trabajo ocupados por
personal laboral fijo que son objeto del presente proceso de funcionarización, de
acuerdo con la Oferta de Empleo Público vigente.
2.- El personal que supere el proceso de funcionarización será nombrado
funcionario de carrera y adscrito al puesto de trabajo que ocupaba como laboral
fijo, asimismo se le garantizará la misma antigüedad y trienios que detentaba
como personal laboral fijo.
3.- El personal que voluntariamente no acceda o no supere el proceso de
funcionarización, permanecerá en los puestos que ocupe sin menoscabo alguno
de sus expectativas de promoción profesional.
4.- Todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 del convenio
colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de San Javier para los años
2010-2012.
Condiciones de los aspirantes
Para acceder al proceso de funcionarización los aspirantes deberán reunir,
en la fecha que determine el plazo de presentación de instancias, los siguientes
requisitos:
a) Ser personal laboral fijo de este Ayuntamiento en activo o en situación
distinta pero con derecho a reserva de puesto de trabajo, y ocupar un puesto de
trabajo clasificado de naturaleza funcional.
b) Poseer la capacidad funcionarial para el desempeño de las tares.
c) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquier Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
e) Estar en posesión de la titulación correspondiente, de acuerdo con lo
establecido en el Anexo II.
Presentación de instancias
1.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso de funcionarización
se dirigirán a la Alcaldesa Presidente de la Corporación, según el modelo de
instancia que figura en el Anexo III, y que también se encuentra disponible en
la página web de este Ayuntamiento www.sanjavier.es. En ella, los interesados
harán constar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base
segunda.
2.- Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento
de San Javier, en horario de 9 a 14 h. de lunes a viernes, o en cualquiera de las
formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
3.- La instancia se acompañará de la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
Cuarta.- Derechos de examen.
Los interesados están exentos del pago de derechos de examen.
Admisión de los aspirantes
1.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldesa Presidenta
aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará
pública en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y en el tablón de
edictos de este Ayuntamiento, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para
subsanar los defectos u errores que hayan motivado la exclusión, contado a
partir del día siguiente al de su publicación en el BORM. No obstante, los errores
materiales o de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a
instancia de parte.
2.- Concluido el trámite anterior, la alcaldesa presidenta dictará nueva
resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
que se hará pública del mismo modo que la provisional. En caso de no existir
reclamaciones, la lista provisional se elevará a definitiva sin necesidad de nueva
publicación.
3.- La Alcaldía, en la misma resolución que se apruebe la lista definitiva,
determinará el calendario de realización de los cursos selectivos, su régimen
horario, el lugar de impartición y la fecha y hora de realización de la prueba final.
Asimismo, determinará el profesorado idóneo y cualificado para impartir tales
cursos.
Desarrollo de los cursos selectivos.
El procedimiento de adaptación del personal laboral fijo a la condición de
funcionario de carrera del Ayuntamiento de San Javier consistirá en la superación
de un curso selectivo cuya calificación se efectuará mediante un proceso de
evaluación continuada y prueba final.
1.- Evaluación continuada:
1.- El curso versará sobre el temario que figura en el Anexo III de esta
convocatoria. La duración del mismo estará en función del subgrupo de
clasificación profesional de pertenencia:
Grupo A, Subgrupo A1: 50 horas lectivas.
Grupo A, Subgrupo A2: 40 horas lectivas.
Grupo C, Subgrupo C1: 30 horas lectivas.
Grupo C, Subgrupo C2: 20 horas lectivas.
Grupo Agrupaciones Profesionales: 10 horas lectivas.
2.- Para la superación del curso, además de superar el proceso de evaluación
continuada, será requisito indispensable la asistencia a un 85%, como mínimo
de la duración total del curso selectivo al que esté adscrito, salvo enfermedad
debidamente acreditada. La calificación de la evaluación continuada será de 0 a
10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.
2.- Prueba final. La prueba final consistirá en responder por escrito un
cuestionario de 50 preguntas tipo test (para los subgrupos A1, A2 y C1) y de
30 (para los subgrupos C2 y AP) con varias respuestas alternativas cada una,
de las cuales sólo una será correcta, sobre la materia impartida en el curso. No
penalizan las respuestas en blanco. El tiempo para su realización será fijado por
el tribunal calificador. La calificación de esta prueba será de 0 a 10 puntos y será
necesario obtener un mínimo de 5 puntos para aprobarla.
3.- Calificación. Tanto la evaluación continuada como la prueba final serán
valoradas por el tribunal calificador. Para la superación del curso selectivo y, por
tanto, para ser nombrado funcionario de carrera, será necesario haber obtenido
la calificación de apto en cada una de las dos partes.
Tribunal calificador
1.- El tribunal calificador será un órgano colegiado y su composición deberá
ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y
tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. El personal de elección o
designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán
formar parte de los órganos de selección.
2.- La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual,
no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
3.- El tribunal calificador estará constituido por:
- Presidente/a: un funcionario de carrera, de igual o superior categoría a la
de los puestos a funcionarizar.
- Secretario/a: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
- Vocales: tres funcionarios de carrera, de igual o superior categoría a la de
los puestos a funcionarizar.
4.- Los miembros del tribunal calificador serán designados por la Alcaldía
Presidencia en la misma resolución que se apruebe la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos.
5.- El órgano de selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia,
como mínimo de la mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente;
actuando todos sus miembros con voz y voto.
Publicidad de las listas de aprobados
Finalizados los cursos selectivos, el tribunal calificador hará pública la relación
del personal que ha participado en los mismos, con expresión de la calificación
obtenida, elevando a la Alcaldía propuesta de nombramiento para aquellos que lo
hayan superado.
Nombramiento
Cumplidos los trámites señalados, se procederá al nombramiento de los
aspirantes propuestos que deberán tomar posesión en el plazo no superior a
treinta días contados a partir del siguiente al que le sea notificada la propuesta
de nombramiento.
Las incidencias
El tribunal calificador queda autorizado para resolver las dudas que se
presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso en
todo lo no previsto en las presentes bases.
Normativa aplicable
En lo no previsto en las presentes bases regirá lo dispuesto en el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido
de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 7/2007 de 12 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; y demás disposiciones vigentes
referidas al personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Recursos
Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos
definitivos se deriven de la misma, los interesados podrán interponer los recursos
en los casos y en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en la Ley 26/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Publicidad de las bases y convocatoria
Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Región de Murcia
y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento.
El anuncio de convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Los
sucesivos anuncios se publicarán únicamente en el Boletín Oficial de la Región de
Murcia, en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en la página WEB oficial
de la Entidad.
Temario
Tema 1: La constitución Española de mil novecientos setenta y ocho.
Estructura y principios generales.
Tema 2: El tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.
Tema 3: La Corona.
Tema 4: Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia,
jerarquía, descentralización y desconcentración.
Tema 5: Principios de actuación de la Administración Pública: coordinación,
buena fe y confianza legítima.
Tema 6: El procedimiento administrativo: concepto, clases.
Tema 7: Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación,
instrucción y terminación.
Tema 8: El acto administrativo: concepto, clases y elementos
Tema 9: El acto administrativo: motivación y notificación
Tema 10: La actividad de policía: las licencias.
Tema 11: El servicio público local: formas de gestión del servicio público
local.
Tema 12: El Municipio. Concepto y elementos.
Tema 13: Organización municipal: el Ayuntamiento Pleno.
Tema 14: Organización municipal: la Junta de Gobierno Local.
Tema 15: El personal al servicio de las Entidades Locales: Funcionarios.
Tema 16: El personal al servicio de las Entidades Locales: Personal Eventual
y Personal Directivo Profesional.
Tema 17: Régimen jurídico del personal de las Entidades Locales: Régimen
disciplinario.
Tema 18: Especialidades del procedimiento administrativo: registro de
entrada y salida de documentos.
Tema 19: La gestión del riesgo en el Ayuntamiento de San Javier.
Tema 20: El sistema de gestión de prevención de riesgos laborales del
Ayuntamiento de San Javier.