Cambiar a contenido. | Saltar a navegación

Herramientas Personales

958 57 47 67
Horario de 09:00 h. a 14:00 h.
Usted está aquí: Inicio / Convocatorias / Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de Mosqueruela (Teruel)

Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de Mosqueruela (Teruel)

1 Plaza, Concurso Oposición, Acceso Libre, Grupo C2, 12-07-2011
Pendiente de apertura de plazo

Bases de la convocatoria

 

Por Resolución de Alcaldía de fecha 27 de Junio
de 2011,  se aprobaron  las bases para  efectuar la
correspondiente convocatoria para provisión, por el
sistema de acceso libre y mediante concursooposición, de una plaza de personal laboral de duración determinada a media jornada como AUXILIAR
DE BIBLIOTECA, y la formación de una Bolsa de
Trabajo. Todo ello con arreglo a las siguientes bases:

 

OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el sistema de acceso libre y por el procedimiento de concurso-oposición de una plaza de personal laboral de duración determinada a media jornada, de AUXILIAR DE BIBLIOTECA, vacante en la

plantilla de personal del Ayuntamiento de Mosqueruela.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Para ser admitidos al procedimiento selectivo los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos

referidos al último día de plazo de presentación de

instancias:

A) Ser español o  ciudadano de cualquiera de los

países de la Unión Europea.

B) Tener cumplidos los 18 años de edad.

C) Poseer el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

D) Tener conocimientos de Informática a nivel de

usuario (Internet, Office…).

E) No padecer enfermedad o defecto físico que

impida el desempeño de las correspondientes funciones, acreditado mediante certificado médico.

F) No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el

desempeño de funciones públicas.

G) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos

en la legislación vigente.

SOLICITUDES: FORMA Y  PLAZO DE PRESENTACIÓN.

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Mosqueruela, presentándose en el Registro General de Ayuntamiento o en cualquiera de las

demás formas previstas en el art. 38.4  de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de

diez días naturales contados a partir del siguiente al

de la publicación de la convocatoria en el “Boletín

Oficial” de la provincia.

En la solicitud los aspirantes deberán manifestar

que reúnen todas y cada una de las condiciones

exigidas en la convocatoria, con referencia siempre

a la fecha de expiración del plazo de presentación

de instancias.

A la instancia se acompañará:

A) Copia del Documento Nacional de Identidad.

B) La documentación acreditativa de los méritos

que se aleguen para la fase de concurso.

Los documentos a presentar no tienen por que

estar compulsados, la persona que resulte seleccionada en el proceso presentará los originales para su

cotejo.

ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.

Expirado el plazo de presentación de  instancias,

el Alcalde Presidente dictará resolución declarando

aprobada la lista de admitidos y excluidos, así como

la composición del Tribunal. Dicha resolución se

publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

En la misma resolución, y para el supuesto de

que se rechazase alguna solicitud,  se señalará un

periodo de cinco días siguientes a la publicación en

el Tablón, para la subsanación de defectos en las

solicitudes, y se indicará lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio.

En el supuesto de que no se presentaran escritos

de subsanación de tales defectos, la lista de admitidos y excluidos se entenderá elevada a definitiva sin

necesidad de dictar nueva resolución lo que se

anunciará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

TRIBUNAL.

El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:

PRESIDENTE: miembro designado por la Diputación Provincial de Teruel o por la Comarca de

Gúdar- Javalambre.

VOCALES: miembro designado por la Diputación

Provincial de Teruel o por la Comarca de Gúdar-

Javalambre. 

SECRETARIO: Un funcionario de la Diputación

Provincial de Teruel o personal laboral de la Corporación.

DESARROLLO DEL EJERCICIO.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento

a los aspirantes que acrediten su personalidad. 

Los aspirantes serán convocados para cada

ejercicio en llamamiento único, quedando excluidos

del proceso selectivo aquellos del proceso selectivo

que no comparezcan a realizarlo.

PROCESO DE SELECCIÓN. 

FASE DE CONCURSO.

-  Esta fase será previa a

la de oposición, y no tendrá carácter eliminatorio. En

ésta se valorarán los méritos que se indican con las

puntuaciones siguientes:

Experiencia profesional: se valorará los servicios

prestados en una plaza similar a la convocada, en

calidad de personal laboral o funcionario en cualquier administración pública a razón de 0,01 puntos

por mes completo trabajado, hasta un máximo de 2

puntos.

Formación: 

Estar en posesión de  título de Licenciado o Diplomado universitario se valorará con 1 punto.

Cursos, cursillos y seminarios impartidos por el

INAEM u otros organismos públicos o por centros

privados homologados oficialmente, relacionados

con las funciones del puesto a desempeñar:

De 20 a 60 horas de duración: 0.10 puntos por

curso.

De 61 o más horas de duración: 0,20 puntos por

curso.

La puntuación máxima  por este concepto es de

2 puntos.

Los méritos referidos se acreditarán con la siguiente documentación: la experiencia profesional,

mediante certificados de la Administración, organismo o empresas públicas en la que se prestaran servicios.

Los títulos Universitarios, mediante fotocopia de

los mismos.

Los cursos, cursillos y seminarios mediante fotocopia del diploma acreditativo de de haberlos superado o, en su defecto, del correspondiente certificado expedido por el centro que los impartió.

FASE DE OPOSICIÓN.

-  La fase de oposición

estará integrada por un ejercicio.  Consistirá en contestar por escrito, durante un periodo máximo de

una hora, un cuestionario de 20 preguntas relacionadas con el programa del anexo I de la convocatoria (puesto de trabajo a desempeñar). El máximo de

puntuación a obtener por este ejercicio es de 10

puntos. 

Las calificaciones de cada ejercicio se harán pú-

blicas, el mismo día en que  se acuerden, mediante

su exposición en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de Mosqueruela.

La calificación final del proceso selectivo vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase concurso y en la fase de oposición,

conllevará la realización de una propuesta de contratación a favor del aspirante que haya obtenido

mejor puntuación en dicho proceso y se hará pública

en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

Los aspirantes con mejor puntuación entrarán a

formar parte de una bolsa de trabajo y podrán ser

llamados según el orden de puntuación en el supuesto de causar baja el titular del  puesto.

PROPUESTA DE CONTRATACIÓN.

 Concluidas las pruebas y hechos públicos los

resultados, el Tribunal elevará a la Alcaldía la calificación final mencionada, junto con la propuesta de

contratación del aspirante que haya superado el

proceso selectivo, para la aprobación de esta última.

El acuerdo que al respecto adopte la Alcaldía será notificado al interesado.

PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

El aspirante propuesto aportará ante la Corporación dentro del plazo de diez días naturales siguientes a aquél en que se haga públicos su nombre, los

documentos acreditativos de las condiciones de

capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:

A) Título académico original exigido para ser admitido a la plaza.

B) Declaración jurada de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario del servicio de

cualquiera de las administraciones públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Tras la notificación de la Resolución referida y la

aportación de los documentos indicados, el órgano

competente efectuará nombramiento del aspirante y

procederá a la formalización del contrato de trabajo.

Impugnación.

Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de la misma y de la ac

tuación del Tribunal podrán ser impugnados por los

interesados en los casos  y en la forma establecida

en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 

Mosqueruela, 27 de junio de 2011.-El Alcalde,
Maria Isabel Gil Salvador. 

 

ANEXO I - TEMARIO

Tema 1.-  Concepto y misión de los servicios de

bibliotecarios.

Tema 2.- La Biblioteca Pública: definición y funciones.

Tema 3.- Clases de biblioteca.

Tema 4.- Sistema bibliotecario español. Ley de

Bibliotecas de Aragón.

Tema 5.- Recepción, preparación y colocación de

los materiales en la Biblioteca.

Tema 6.- Servicios a los lectores: préstamo,

préstamo interbibliotecario y lectura en sala.

Tema 7.- Servicio a los lectores: referencia e información bibliográfica. Formación de usuarios.

Tema 8.- Actividades culturales en la biblioteca.

Tema 9.- La sección infantil en la Biblioteca Pú-

blica: servicios.

Tema 10.- Clases de catálogos en las Bibliotecas. Los catálogos automatizados (OPAC,s) y su

consulta pública.

Tena 11.- Internet en la biblioteca.

Tema 12.- Informática en la Biblioteca. 

Tema 13.- Sistema integrado de gestión de bibliotecas Absys. NET.

Tema 14. Formato de intercambio de información

bibliotecaria: Formato MARC.

Tema 15.- Historia de la Biblioteca Municipal de

Mosqueruela. Servicios que presta.