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Administrativo de Biblioteca, Ayuntamiento de Beasain (Guipúzcoa)

1 Plaza, Concurso Oposición, Subgrupo C1, Acceso libre, 15-05-2013

 

Apertura de plazo
  • Requisitos académicos: Bachiller, Formación Profesional de 2.º grado o equivalente.

 

Bases de la convocatoria

Bases por las que se ha de regir el proceso de selección

por el sistema de concurso-oposición para la

provisión temporal del puesto de Administrativo de

Biblioteca.

Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal

mediante el sistema de concurso-oposición del puesto de

Administrativo de Biblioteca mientras su titular se encuentre

prestando servicios en otro departamento municipal. Dicho

puesto pertenece al Grupo de clasificación C1 y está dotada del

nivel retributivo 11,15 de Udalhitz.

El perfil lingü.stico requerido es el 3, con carácter preceptivo

y titulación académica, Bachiller, Formación Profesional

de 2.º grado o equivalente.

La jornada de trabajo será la que establezca anualmente la

Corporación atendiendo, en todo caso, a la naturaleza y necesidades

específicas del puesto.

La lista de aspirantes aprobados y que no resulten nombrados

integrarán una bolsa de trabajo que será utilizada por el

Ayuntamiento para cubrir necesidades temporales que puedan

surgir en puestos de Administrativo del Ayuntamiento de

Beasain y resto de Instituciones municipales. La bolsa tendrá

una vigencia de 3 años.

Requisitos.

a) Tener nacionalidad española. Los nacionales de los

normalitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse

inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a

sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en

los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Titulación académica; Bachiller, Formación Profesional

de 2.º grado o equivalente. Estar en posesión o haber abonado los

derechos para la obtención del titulo de Bachillerato, Formación

Profesional de Segundo grado o titulación equivalente. En el

caso de las titulaciones extranjeras deberá estarse en posesión de

la credencial que acredite su homologación.

d) Estar en posesión del perfil lingü.stico 3 de euskera o

equivalente.

Todos los requisitos enumerados en las presentes Bases

deberán poseerse al día de finalización del plazo de presentación

de instancias, y mantenerlos en todo momento.

Para valorar la fase de concurso, se deberán de presentar los

siguientes documentos:

a) Acreditar formación oficial en absysnet mediante la

presentación del correspondiente documento.

b) Acreditar la formación en Informática en Tratamiento

de textos Word, Internet y Correo electrónico Outlook. La acreditación

de este apartado se realizará mediante la presentación

de las correspondientes certificaciones IT Txartela, siendo suficiente

con la de grado básico.

Funciones principales a desarrollar en el puesto.

—Llevar a cabo tareas de registro, catalogación de los fondos,

clasificación, agrupación de fondos, mecanización de

fichas, sellados, colocación de tejuelos, etc. De acuerdo con las

normas de catalogación y clasificación.

—Organizar y gestionar el almacenamiento de los fondos,

mediante el mantenimiento actualizado del inventario y la

correcta ordenación de fichas, localización, traslado, conservación,

y expurgo de los mismos.

—Orientar y asesorar al usuario en la búsqueda de información

y con objeto de fomentar la lectura.

—Informar al usuario de los servicios y actividades de la

biblioteca.

—Atención del servicio de consulta y préstamo de libros:

Registro de lectores, tramitar los carnés de socio y tarjetas de

lector, control de préstamo, devoluciones y reclamaciones.

—Servicio de reproducción por medio de fotocopias.

—Mantenimiento de la vigilancia y orden de la biblioteca,

garantizando el correcto uso de los documentos y soportes utilizados.

—Recoger las demandas y necesidades planteadas por los

usuarios de la Biblioteca, proponiendo cuantas acciones contribuyan

a su mejora.

—Cooperar en la selección de fondos y realizar el seguimiento

y comprobación de los pedidos.

—Elaborar cuantos informes y documentos (memorias,

estadísticas de explotación, índices de afluencia, uso de fondos,

etc.) derivados de su actividad y los relativos al funcionamiento

general de la Biblioteca que le sean solicitados.

—Cualquier otra tarea que le pueda ser exigida en relación

a sus funciones y categoría profesional.

Presentación de solicitudes.

4.1. Quienes deseen tomar parte en el correspondiente

proceso selectivo, deberán hacerlo constar mediante instancia

(ajustada a modelo oficial y normalizado) que será facilitada en

la página Web municipal www.beasain.net y en la Oficina de

Atención al Ciudadano. Dicha instancia irá dirigida al

Presidente de la Corporación.

4.2. Las solicitudes se presentarán dentro del plazo de 20

días naturales contados a partir del día siguiente al anuncio de

la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa.

4.3. La presentación de instancias se hará en la citada oficina

de atención al ciudadano o en la forma establecida en el

artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos se

entregarán en éstas antes de la finalización del plazo de presentación

de instancias, en sobre abierto, para ser fechadas y selladas

por el/la funcionario/a de Correos. Sólo así se entenderá que

tuvieron su entrada el día de su presentación en Correos.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse

en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona

interesada.

4.4. A la instancia debidamente cumplimentada se deberá

acompañar fotocopia del DNI y fotocopia de los documentos

acreditativos de los requisitos exigidos en la Base Segunda de

esta Convocatoria.

Admisión de aspirantes.

La resolución por la que se apruebe la lista provisional de

personas admitidas y excluidas, designación del Tribunal

Calificador y anuncio de la fecha del primer ejercicio de la oposición,

se hará pública en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento de Beasain y en la página Web municipal

(www.beasain.net), concediéndose un plazo de 5 días hábiles

tras su publicación para presentación de reclamaciones.

La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a

definitiva si no se produjeran reclamaciones. Si las hubiere,

serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se

eleve a definitiva la relación provisional de aspirantes admitidos

y excluidos, que se hará pública en la forma prevista en el

apartado anterior.

Tribunal Calificador.

6.1. El Tribunal calificador que se constituya para valorar

el proceso selectivo contará con un/a Presidente, un/a

Secretario/a y los/as Vocales titulares que determine la convocatoria

y sus correspondientes suplentes, no pudiendo ser en

ningún caso el número de miembros inferior a 5.

6.2. El Tribunal como órgano de selección será colegiado

y su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y

profesionalidad de sus miembros. Los vocales deberán poseer

titulación académica del mismo nivel o superior a la exigida

para el acceso a las plazas convocadas. Se respetará, asimismo,

el principio de especialidad, conforme al cual al menos la mitad

de los miembros deberá poseer una titulación correspondiente a

la misma área de conocimiento que la exigida para el ingreso.

6.3. Salvo que se justifique debidamente su no pertinencia,

la composición del tribunal ha de ser equilibrada de mujeres

y hombres con capacitación, competencia y preparación

adecuada. Se considera que existe una representación equilibrada

cuando en los órganos de más de cuatro miembros cada

sexo está representado al menos al 40%; en el resto, cuando los

dos sexos estén representados.

6.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores/as especialistas para las pruebas que estime

oportunas, limitándose dichos/as asesores/as a prestar su colaboración

en sus especialidades técnicas.

6.5. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas

para garantizar que las pruebas de la fase de oposición,

que sean escritas y no deban ser leídas ante el Tribunal, sean

corregidas sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.

6.6. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas

que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen

orden del Concurso-Oposición en todo lo no previsto en estas

Bases.

6.7. El presidente tendrá voto de calidad en el caso de

empate.

6.8. La designación nominativa de los/las miembros del

Tribunal así como de sus suplentes se hará pública, como se ha

indicado, conjuntamente con las listas definitivas de admitidos/

as y excluidos/as.

6.9. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia

de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes

indistintamente, siendo preceptiva la asistencia del/de la

Presidente/a y Secretario/a.

6.10. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir notificándolo a la autoridad convocante y los/as aspirantes

podrán recusarlos/as, cuando concurran las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92 de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

6.11. En cualquier momento del proceso selectivo, si el

Tribunal tuviere conocimiento de que alguno/a de los/as aspirantes

no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la

presente convocatoria, previa audiencia del/de la interesado/a,

deberá proponer su exclusión al órgano competente, comunicando

las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante

de la solicitud.

6.12. El Tribunal calificador, a petición de cualquiera de

sus miembros, se reserva la posibilidad de solicitar en cualquier

momento del proceso selectivo la documentación original que

afecte a cualquier fase del proceso.

6.13. Las alegaciones ante las actuaciones y/o publicaciones

del Tribunal se presentarán, por escrito, en la Oficina de

Atención al Ciudadano o ante el/la Secretario/a del Tribunal

quien deberá registrarlas oficialmente.

6.14. Los acuerdos del Tribunal Calificador se harán

públicos en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de

Beasain y en la Web del Ayuntamiento de Beasain.

6.15. El Tribunal Calificador, se constituirá de la siguiente

manera:

Presidente:

—La Coordinadora de Cultura y Euskera del Ayuntamiento

de Beasain.

Vocales:

—Responsable de la Biblioteca Municipal de Beasain.

—Administrativo de la Biblioteca Municipal de Beasain.

—Técnico de Cultura y Euskera del Ayuntamiento de

Beasain.

—Un empleado/a del Ayuntamiento de Beasain.

Secretario/a:

—Un técnico del Ayuntamiento de Beasain, con voz pero

sin voto.

Desarrollo de las pruebas.

7.1. En atención al número de aspirantes presentados/as y

a la complejidad del procedimiento selectivo, el Tribunal determinará

el orden de realización de la fase de concurso y de la

fase de oposición.

Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en

igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos,

con excepción de aquellos que directa o indirectamente

impliquen una participación en el ejercicio del poder público o

en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los

intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.

También serán admitidas aquellas personas a que hace referencia

el artículo 57,2 y 3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del

Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las

tareas.

c) Tener cumplidos los 16 años, y no exceder, en su caso,

de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones

Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las

Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta

o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,

para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para

ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso

del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabi-

7.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada

prueba en un único llamamiento.

7.3. Los aspirantes que por cualquier circunstancia,

incluso por causa de fuerza mayor, no comparezcan al llamamiento

del Tribunal para el desarrollo de las pruebas en el lugar,

día y hora señalados, serán excluidos del procedimiento selectivo.

La misma regla se aplicará a aquellos aspirantes que concurran

a la realización de cualquiera de las pruebas una vez iniciada

la ejecución de las mismas.

7.4. Los/as aspirantes deberán comparecer a las diferentes

pruebas provistos de su documento de identidad o pasaporte,

cuya presentación podrá ser exigida por el Tribunal en todo

momento.

7.5. A la realización de las pruebas podrán asistir las personas

aspirantes que figuren como definitivamente admitidas al

proceso, así como aquellas que, figurando como excluidas acrediten

en el acto convocado la interposición del correspondiente

recurso de alzada pendiente de resolución.

7.6. El orden de actuación de los/as aspirantes se iniciará,

en aquellas pruebas que no puedan ser realizadas simultáneamente

por todos/as los/as aspirantes, por el/la aspirante cuyo

primer apellido comience por la letra que por sorteo establezca

el Tribunal.

7.7. El lugar, fecha y hora de celebración de la primera

prueba se publicará en el Tablón de Anuncios y página Web del

Ayuntamiento de Beasain al menos con un mínimo de 7 días de

antelación a su celebración.

7.8. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

de cada una de las pruebas se efectuará por el Tribunal, con

al menos 2 días de antelación al comienzo de éste, sin perjuicio

de que el Tribunal calificador pueda publicar calendarios de

convocatorias a prueba/s selectivas.

7.9. El Tribunal Calificador podrá disponer la realización

de las pruebas en orden diferente al establecido en estas Bases,

así como la celebración de varias pruebas el mismo día. En este

caso, sólo se evaluarán las pruebas de los aspirantes que hayan

superado la anterior.

Proceso selectivo.

La selección de los/las aspirantes se llevará a cabo por el

sistema de Concurso-Oposición.

8.1. Fase de oposición.

—Primera prueba: Obligatoria y eliminatoria.

Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas, con

respuestas alternativas, relacionadas con el temario adjunto

(Anexo I).

Esta prueba se calificará sobre un máximo de 10 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 5 para superar la

misma.

Cada pregunta contestada que sea errónea se penalizará con

1/3 del valor dado a una respuesta correcta.

—Segunda prueba: Obligatoria y eliminatoria.

Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas, con

respuestas alternativas, relacionadas con el temario adjunto

(Anexo II).

Esta prueba se calificará sobre un máximo de 15 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 7,5 para superar la

misma.

Cada pregunta contestada que sea errónea se penalizará con

1/3 del valor dado a una respuesta correcta

—Tercera prueba: Práctica. Obligatoria y eliminatoria.

Consistirá en la resolución por escrito de uno o varios

supuestos prácticos y/o teórico-prácticos, relacionados con el

contenido del programa-temario (Anexo II) y/o con las funciones

del puesto.

La prueba será propuesta por el Tribunal inmediatamente

antes de su realización y tendrá la duración que determine el

mismo. Se calificará con un máximo de 35 puntos y será necesario

obtener un mínimo de 17,5 puntos para superar la prueba

y continuar el proceso selectivo.

Fase de concurso.

a) Formación en Absysnet: 2 puntos.

b) Informática: Se valorará con un máximo de 3 puntos (1

por especialidad) el conocimiento de informática en

Tratamiento de textos Word, Internet y Correo electrónico

Outlook.

Publicación de resultados.

9.1. Después de la publicación de los resultados de cada

prueba se establecerá un plazo mínimo para revisión de exámenes

de 3 días hábiles y un plazo subsiguiente de reclamaciones

de 2 días hábiles a contar desde la revisión del examen. Las

reclamaciones, dirigidas al Presidente del Tribunal, deberán

presentarse por escrito en la Oficina de Atención al Ciudadano.

9.2. Concluida la realización de todas las pruebas, el

Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hubiesen

superado todas las pruebas, por orden de puntuación total alcanzada,

con indicación de los puntos obtenidos en cada una y la

puntuación final.

9.3. Listas de contratación temporal. Esta convocatoria

generará lista de contratación para la cobertura de futuras necesidades

temporales de Administrativo en el Ayuntamiento de

Beasain y resto de Instituciones municipales de él dependientes.

Dicha lista se gestionará de acuerdo a la normativa que el

Ayuntamiento tenga establecida o venga a establecer.

Propuesta del Tribunal.

La calificación final de cada aspirante estará constituida por

la suma de las obtenidas en el conjunto de la fase de oposición

y en la fase de concurso.

El Tribunal hará público en el tablón de anuncios, el nombre

del aspirante propuesto, según el orden de puntuación final.

En caso de empate en la puntuación se decidirá de conformidad

con los siguientes criterios, respetando su orden:

—La obtención del mayor número de puntos en la prueba

práctica.

—La obtención de mayor número de puntos en la fase de

concurso.

De persistir el empate, se dará prioridad a las mujeres en

aquellos cuerpos y escalas y categorías de la Administración en

las que la representación de las mujeres sea inferior al 40%,

salvo que concurran en los otros candidatos motivos que, no

siendo discriminatorios por razón de sexo, justifiquen la no

aplicación de la medida, como la pertenencia a otros colectivos

con especiales dificultades para el acceso al empleo.

Si mediara informe razonado y motivado del Tribunal

encargado de este proceso selectivo, la presente convocatoria

podrá declararse desierta.

El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de

aspirantes que el de plazas convocadas.

El Tribunal elevará el acta al órgano competente del

Ayuntamiento de Beasain para que ordene la formalización del

correspondiente contrato laboral temporal, por el plazo necesario

para la sustitución.

Formalización del Contrato y período de prácticas y formación.

Una vez realizada la propuesta de contratación la primera

persona de la lista deberá aportar en el plazo de 3 días hábiles

los originales de la documentación a la que se hace referencia

en la base n.º 2 (Requisitos).

La persona aspirante contratada deberá superar un periodo

de prueba que tendrá una duración de 2 meses.

En el informe que se emitirá por la Responsable de la

Biblioteca en relación al periodo de prueba se deberán tener en

cuenta: Las aptitudes demostradas en cuanto a capacidad de trabajo

y rendimiento profesional; sentido de responsabilidad y

eficiencia; disposición e iniciativa; interés demostrado en el trabajo

y capacidad de integración en el equipo de trabajo.

Si el aspirante no superase el período de prueba, se extinguirá

su contrato laboral mediante Resolución motivada del

Alcalde-Presidente, y se procederá a la contratación del

siguiente aspirante con mayor puntuación de entre los que figuren

en la relación de aprobados.

Incidencias

El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que se

presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden y

perfecto desarrollo del Concurso-Oposición en todo lo no previsto

en estas Bases.

Impugnaciones

Estas Bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos

se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal

Calificador, podrán ser impugnados por las personas interesadas

en los casos y forma establecidos en la Ley 30/92 de 26 de

noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I - Temario Común

Tema 1. El Municipio. El término municipal. La población.

El empadronamiento.

Tema 2. Procedimiento administrativo local. El registro de

entrada y salida de documentos. Requisitos en la

presentación de documentos.

Tema 3. Procedimiento administrativo local.

Comunicaciones y notificaciones.

Tema 4. Fases del procedimiento administrativo.

Tema 5. Organización municipal. Enumeración y características

de los órganos municipales. Atribuciones y

competencias.

Tema 6. Régimen de funcionamiento de las Entidades

Locales: Convocatoria y régimen de sesiones plenarias,

votaciones, asistencia y deliberaciones.

Tema 7. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades

Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y

aprobación.

Tema 8. Derechos y deberes de los funcionarios públicos

locales. Derechos de sindicación.

Tema 9. Derechos y deberes de los funcionarios públicos

locales. Seguridad Social.

Tema 10. Derechos y deberes de los funcionarios públicos

locales. Deber en materia de prevención de riesgos

laborales.

ANEXO II - Temario Específico

Tema 1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios.

Tipos de bibliotecas.

Tema 2. Bibliotecas públicas: Concepto y funciones.

Tema 3. Los documentos y sus clases. Tipos de soportes

documentales en bibliotecas.

Tema 4. Formación de la colección: Selección y adquisición

de materiales bibliográficos.

Tema 5. Los sistemas de gestión integrada de bibliotecas.

Tema 6. La normalización de la identificación bibliográfica:

ISBD, ISBN, ISSN.

Tema 7. Los catálogos de las bibliotecas: Conceptos, clases,

fines. Los OPACS.

Tema 8. Clasificación de los fondos bibliográficos.

Clasificaciones alfabéticas y sistemáticas. La CDU.

Tema 9. Los servicios al usuario: Referencia e información

bibliográfica.

Tema 10. Los servicios al usuario: Acceso al documento y circulación

de fondos.

Tema 11. Servicios de biblioteca para sectores específicos de

población. Extensión bibliotecaria. La sección

infantil en la biblioteca pública.

Tema 12. La acción cultural y la biblioteca. Formas y técnicas

de animación.

Tema 13. Marketing de la biblioteca: Promoción, comunicación

y difusión de los servicios bibliotecarios.

Tema 14. Nuevas tecnologías aplicadas a los servicios bibliotecarios.

Formación de usuarios.

Tema 15. La colección local en la biblioteca pública. La

bibliografía vasca.

Tema 16. La biblioteca pública en el siglo XXI: Nuevos servicios.

Tema 17. La cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes.

Tema 18. Organización bibliotecaria en la Comunidad

Autónoma Vasca.

Tema 19. Ley 10/2007 de la lectura del libro y de las bibliotecas.

Tema 20:. Ley 11/2007 de bibliotecas de Euskadi.